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709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005

javier125

suavemente me mata

• 27/11/2011 13:59:00.
Mensajes: 33
• Registrado: marzo 2010.

duda sobre seguridad social

Hay una cosa sobre seguridad social a la que no pillo el concepto (entre otras cosas):
Cuando los sujetos responsables del pago de las cuotas a la seguridad social no las ingresen ni presenten los documentos de cotizacion dentro de plazo reglamentario de ingreso:
1º recargo dek 20% de la deuda, si se abonasen las cuotas debidas antes de la terminacion del plazo de ingreso de la reclamacion de la deuda o acta de liquidacion. !!!! Esto que es?!!!! no entiendo a que periodo de tiempo se refiere, por que yo entiendo periodo voluntario y periodo ejecutivo.

2º recargo del 35 % de la deuda si se abonaran a partir de la terminacion de dicho plazo de ingreso. !!! Que plazo? el de ingreso voluntario o ejecurivo!!!!!!

7 RESPUESTAS AL MENSAJE

gigi1970

y ahora me toca a mí, quitarse de enmedio!

• 27/11/2011 14:35:00.
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• Desde: Huelva.
• Registrado: enero 2010.

RE:duda sobre seguridad social

::: --> Editado el dia : 27/11/2011 14:36:14
::: --> Motivo :

vamos a ver que lo que voy a decir lo revise otro porque yo ya no me fio de mi misma. Estas en el caso en qeu no has pagado las cuotas pero encima no has entregado los documentos de cotizacion en el periodo voluntario. Antes de que acabe el periodo voluntario si no tienes dinero para pagar por lo menos entrega la documentacion. La administracion al terminar el periodo voluntario te notifica la reclamacion de la deuda ( oye pagame) y te mete un recargo del 20% y en la notificaccion te da un plazo no se si 15 días buscalo. y si encima pasa ese plazo que no se si son 15 días en que le tienes que pagar entonces el recargo ya te sube a el 35%. Si sigues sin pagar lo siguiente será la notificacion de la providencia de apremio digo yo. ¿por cierto la respuesta correcta en el a2 era el 5% de recargo porque era segundo mes y entregó los documentos de cotizacion no?

javier125

suavemente me mata

• 27/11/2011 15:14:00.
Mensajes: 33
• Registrado: marzo 2010.

RE:duda sobre seguridad social

hola gigi1970 con respecto a tu pregunta a2 no se, yo no me he presentado, yo voy a c1, pero si es el segundo mes y no se ha presentado documentacion es el 5% (1 mes 3, 2 mes 5 ,3 mes 10 a partir del 3 mes 20).
lo que tu me dices de cuando se termina el periodo voluntario de pago, sin entregar la documentacion, de que en 15 dias me mandan esa notificacion de que pague, no lo se, tengo que mirar en mis apuntes, por que o se me ha pasado o no lo tengo.
Lo que si tengo claro es que cuando se termina el periodo voluntario de pago sin haberlo realizado es cuando empieza el periodo ejecutivo ( con la emision de la provicencia de apremio).
Suerte gigi para el 18 d

gigi1970

y ahora me toca a mí, quitarse de enmedio!

• 27/11/2011 16:36:00.
Mensajes: 40
• Desde: Huelva.
• Registrado: enero 2010.

RE:duda sobre seguridad social

jo lo de los 15 dias me lo he inventado, o lo he soñado. vete al articulo 30 de la ley de seguridad social, reclamacion de deuda y el siguiente sobre acta de liquidacion. Cuando se acaba el periodo voluntario te van a reclamar la deuda con un recargo por no haber pagado dentro del plazo reglamentario y el plazo para pagarlo viene en ese artivculo depende de cuando te llegue la notificacion de la reclamacin de la deuda si es del 1 al 15 o del 16 hasta fin de mes. Gracias por lo de la suerte que me va a hacer falta. Lo mismo te deseo, quien sabe.

javier125

suavemente me mata

• 27/11/2011 18:46:00.
Mensajes: 33
• Registrado: marzo 2010.

RE:duda sobre seguridad social

eso de si es del 1 al 15 es hasta el 5 del mes siguiente y del 16 al ultimo dia del mes el 20 del mes siguiente ( he tenio que suflir a hacienda en mis carnes), pero:


Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

Articulo 55. Miralo gigi y comentamelo si puedes. Yo lo que pienso es que en defecto de normativa especifica ( lo del 1 al 15 etc) se aplicaria lo que pone este articulo

gigi1970

y ahora me toca a mí, quitarse de enmedio!

• 27/11/2011 19:15:00.
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• Desde: Huelva.
• Registrado: enero 2010.

RE:duda sobre seguridad social

ya me lo he leido y me ha venido bien porque no sabia una cosa. Yo entiendo lo siguiente:
el plazo reglamentario para los recursos de la seguridad social son los qeu establezca la normativa especifica de cada recurso y si no lo dice la normativa especifica entonces lo que diga el reglamento y si no viene el reglamento tu plazo reglamentario comenzara cuando la seguridad social te reclame el dinero desde qeu te llega la carta hasta el fin del mes siguiente. Pero eso es para todos los recursos que tiene la seguridad social en general, pero uno de esos recursos son las cuotas (el dinero qeu saca con las cuotas a la ss.ss) pues esas se pagan en el plazo qeu esta regulado en el articulo siguiente el 56. de forma general te dice en el mes siguiente a su devengo aunque segun el regimen (general, especial..) puede su normativa especifica determinar otro. Ese es el plazo reglamentario para pagar una cuota, en el mes siguiente a su devengo. Si no pagas en el mes de mayo las cuotas de abril y encima no entregas los documentos de cotizacion, a partir de junio la ss.ss te va a mandar una cartita reclamandote la deuda con un recargo de 20% y segun si te llegue del 1 al 15 y tal.......ya sabes cuando tienes que soltar la manteca. Pero tu plazo reglamentario para pagar se acabó el 31 de mayo. Y si te sigues haciendo el chulo y no pagas entonces te notificarán el apremio.

gigi1970

y ahora me toca a mí, quitarse de enmedio!

• 27/11/2011 19:22:00.
Mensajes: 40
• Desde: Huelva.
• Registrado: enero 2010.

RE:duda sobre seguridad social

logicamente si en ninguna parte esta regulado el plazo reglamentario para pagar (ni en su normativa especifica, ni en el reglamento) pues te tendras qeu esperar a que te la reclame la ss.ss y tienes hasta el fin del mes siguiente pero ese tipo de reclamacion es distinta no lleva recargo imagino. No es el caso de las cuotas a la ss.ss qeu la normativa de cada regimen recoge el plazo reglamentario para pagar. Si te pasas de ese plazo ya vienen las reclamaciones (entiendase oye tu no mas pagao, pagame y ahora te fastidias qeu te cobro el 20% mas por listo)

javier125

suavemente me mata

• 27/11/2011 22:11:00.
Mensajes: 33
• Registrado: marzo 2010.

RE:duda sobre seguridad social

ahora empieza a entrar en mi cabeza el concepto, el orden cronologico de los sucesos, pero es un putoooooooooo liiiioooooooooooooooooo, gracias gigi


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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