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• 31/05/2012 15:02:00.
• Mensajes: 35
• Desde: Línea de la Concepción (La).
• Registrado: junio 2008.
Mi duda es si hay que estudiar el RDL 2/2000, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. A mi entender, creo que sí hay que estudiarlo ya que en el TEMA 16 lo mencionan..... ¿Que opiniaís?....
Gracias a tod@s por contestar de antemano.....
ElLinense2
• 01/06/2012 10:55:00.
• Mensajes: 115
• Registrado: diciembre 2011.
Buenos días ElLinense2.
En primer lugar y antes de nada, mandarte muchos ánimos y decirte q la constancia en el estudio de las oposiciones, tarde o temprano dará su fruto.
En cuanto a la duda q planteas, te doy mi opinión: según la disposición derogatoria única de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, LCSP, derogada por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a la presente Ley y, en particular, las siguientes: a.-El Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, a excepción del Capítulo IV del Título V del Libro II, comprensivo de los artículos 253 a 260, ambos inclusive.
Acudiendo a la Disposición Derogatoria única del RDL 3/2011, de 14 de noviembre, q es la normativa actualmente vigente en materia de contratos del sector público, podemos observar q el Capítulo IV del Título V del Libro II del RDL 2/2000, de 16 de junio, también ha sido derogado.
Seguramente, lo q quedaba en vigor del RDL 2/2000 tras aprobarse la Ley 30/2007, lo han refundido en el RDL 3/2011, de 14 de noviembre. Por tanto, con estudiarte el RDL 3/2011 debería ser suficiente.
Si me permites un consejo, debes ser especialmente prudente y cuidadoso con los temarios q estén un pelín anticuados. Te pueden llevar a error. Últimamente con los temarios pasa lo mismo q con la informática. Te compras un temario nuevo y en poco tiempo está desfasado. Te aconsejo estar pendiente de cualquier posible actualización.
Espero haberte sido de ayuda.
• 01/06/2012 11:30:00.
• Mensajes: 4
• Desde: Cúllar Vega.
• Registrado: diciembre 2011.
Lo que te ha dicho Schubert, ElLinense2.
Lo que se mantenía vigente del RDL 2/2000 se añadió al RDL 3/2011, por lo que el RDL 2/2000 está completamente derogado. Eso sí, sigue vigente su Reglamento de desarrollo, el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, junto con el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo.
• 01/06/2012 13:09:00.
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• Registrado: diciembre 2011.
Exacto Gaiseric, esos RD siguen en vigor.
Importantísima y vital es también la normativa andaluza al respecto, plasmada en el Decreto 39/2011, de 22 de febrero.
ElLinense2, aunque supongo q conocerás las página web de noticias juridicas, no está de más recordarlo. En esa página puedes estar al corriente de recientes actualizaciones.
• 01/06/2012 13:26:00.
• Mensajes: 35
• Desde: Línea de la Concepción (La).
• Registrado: junio 2008.
Hola chic@s: En resumen, que lo está en vigor son el RD 1098/2001 de 12 de octubre, el Decreto 39/2011, de 22 de febrero y el RD 817/2009, de 8 de mayo.
Creo que os voy a hacer caso y gracias por resolverme la duda que tenía....
ElLinense2
• 01/06/2012 13:39:00.
• Mensajes: 115
• Registrado: diciembre 2011.
A nivel estatal están en vigor:
-RDL 3/2011, de 14 de noviembre.
-RDL 1098/2001, de 12 de octubre.
-RDL 817/2009, de 8 de mayo.
Y a nivel autonómico:
-Decreto 39/2011, de 22 de febrero.
Si quieres puedes tener en cuenta el Acuerdo de 11 de octubre de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la no exigencia de garantía provisional durante los años 2012 y 2013. En función de cómo evolucione la situación económica, quizás se vaya prorrogando dicho Acuerdo para años posteriores.
Por cierto compañeros de ftigas, La ley de Presupuestos Generales del Estado a veces introduce modificaciones en el tema de contratos pero aún no se ha aprobado verdad? Un saludo
• 04/06/2012 10:02:00.
• Mensajes: 115
• Registrado: diciembre 2011.
sinbarba, aún no se ha aprobado la Ley de Presupuestos Generales del Estado.