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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
710.661 mensajes • 396.159 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 10/09/2005 17:03:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: agosto 2005.
Ahi os dejo una serie de preguntas a ver quien sabe responderlas:
1-¿Quienes se consideran altos cargos de la junta?
2-¿Cual es el plazo para que entren en vigor las leyes de Andalucia una vez que se publican?
3-¿Quien convoca al paralamento de Andalucia por primera vez despues de haberse celebrado elecciones?
4-¿Los cabildos son iguales que las diputaciones o son organos distintos?
Gracias
• 10/09/2005 19:30:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: junio 2005.
Hola el niño:
Parlamento Andalucía:
Artículo 4 (Reglamento Parlamento Andalucía)
Concluidas las votaciones, los elegidos ocuparán sus puestos. El Presidente electo prestará y solicitará de los demás Diputados el juramento o la promesa de acatar la Constitución y el Estatuto de Autonomía; a tal efecto serán llamados por orden alfabético.
El Presidente declarará constituido el Parlamento de Andalucía y, seguidamente, levantará la sesión.
La constitución del Parlamento será comunicada por su Presidente al Rey, al Senado, al Presidente de la Junta de Andalucía y al Gobierno de la Nación.
Eficacia de la norma – Andalucía
Promulga y ordena su publicación: el Presidente de la Junta en nombre del Rey
Publicación en BOJA en 15 días desde su aprobación
Vigor: desde su publicación en BOJA
Cabildos (LRBRL):
Los Cabildos Insulares Canarios, como órganos de gobierno, administración y representación de cada isla, se rigen por las normas contenidas en la disposición adicional decimocuarta de esta Ley y supletoriamente por las normas que regulan la organización y funcionamiento de las Diputaciones provinciales, asumiendo las competencias de éstas, sin perjuicio de lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de Canarias.
En el Archipiélago Canario subsisten las mancomunidades provinciales interinsulares exclusivamente como órganos de representación y expresión de los intereses provinciales. Integran dichos órganos los Presidentes de los Cabildos insulares de las provincias correspondientes, presidiéndolos el del Cabildo de la Isla en que se halle la capital de la provincia.
Los Consejos Insulares de las Islas Baleares, a los que son de aplicación las normas de esta Ley que regulan la organización y funcionamiento de las Diputaciones provinciales, asumen sus competencias de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley y las que les correspondan, de conformidad con el Estatuto de Autonomía de Baleares
Los Altos cargos ya lo ha puesto el otro chico.
P.D: a ver si somos un poco más agradables que nadie nace sabiéndose el Estatuto. Y para eso están los foros: para preguntar.
Saludos.
• 10/09/2005 23:20:00.
• Mensajes: 16
• Registrado: julio 2005.
HOLA!! YO DE LAS OTROS DUDO UN POCO PERO LA PREGUNTA DE CUANDO ENTRAN EN VIGOR LAS LEYES PUEDO DECIRTE KE EL PLAZO SUELE SER DE 20 DÍAS KE ES LA LLAMADA "VACATIO LEGIS" SALVO KE EN LA NORMA SE DISPONGA OTRO PLAZO. SUERTE!!!!
• 11/09/2005 0:30:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: junio 2005.
Hola Eli,
los 20 días es desde su publicación en BOE, no en BOJA. El niño preguntaba la eficacia de la norma en Andalucía.
A nivel Estatal:
Sanción de la Ley por el Rey: en 15 días desde su aprobación
Publicación en BOE
Vigor: a los 20 días de su publicación en BOE, salvo que se especifique otro plazo en la Ley aprobada.
Saludos.
• 11/09/2005 0:44:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: junio 2005.
Fase de la integración de la eficacia (Procedimiento Legislativo - Parlamento de Andalucía):
Esta última fase comprende la promulgación de la ley, que se llevará a cabo en nombre del Rey por el Presidente de la Junta de Andalucía, el cual ordenará su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) en el plazo de quince días desde su aprobación, así como en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A efectos de su vigencia regirá la fecha de publicación en el BOJA.
cuestion resuelta... ¿alguien da mas?
Gilda, los 15 días es el plazo para que se publiquen en el boja. Una vez publicada entra en juego el plazo de entrada en vigor, que salvo que la disposición diga otra cosa es de 20 días desde su publicación. Y esto es así sea BOE BOJA o BOP. Incluso es el mismo plazo en los reglamentos comunitarios desde su publicación en el DOUE.
Saludos.
• 11/09/2005 10:56:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: junio 2005.
Hola Viva Yo,
lo que pasa es que a efectos de su vigencia, regirá la fecha de publicación en BOJA (eso dicen las malas lenguas legisladoras), por lo que entiendo que, aunque haya posterior publicación en BOE (que, como también he puesto, la hay) la entrada en vigor que se toma de referencia es la de publicación en BOJA (sin perjuicio de publicaciones en otros Boletines Oficiales).
http://www.parlamentodeandalucia.es/opencms/export/portal-web-parlamento/elparlamento/funciones/funcionlegislativa/procedimientolegislativo.htm
Igual estoy equivocada, claro.
Saludillos a tod@s
• 11/09/2005 12:07:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: mayo 2005.
En la pregunta de la convocatoria del Parlamento, desde mi opinión, se convoca a raíz del Decreto del Presi de la JA disolviendo el Parlamento y convocando elecciones, ya q, en ese Decreto, viene ya la fecha de la 1ª convocatoria, que tiene q ser dentro de los 25 días posteriores a la celebración de las elecciones. En esa 1ª reunión, ante la mesa de edad, es en la q se elige al Presi del Parlamento y de jura o promete el cargo.
• 11/09/2005 13:22:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: junio 2005.
Ahora que recuerdo, esta pregunta ha caído este año en el D:
27. SEGÚN LA NORMATIVA AUTONÓMICA, A EFECTOS DE LA VIGENCIA DE LAS LEYES
EMANADAS DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA REGIRÁ LA FECHA DE SU
PUBLICACIÓN EN EL:
a) Boletín Oficial del Estado.
b) Boletín Oficial de la Provincia.
c) Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
d) Boletín Oficial de las Comunidades Europeas.
Respuesta correcta: c
• 15/09/2009 12:13:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: septiembre 2009.
Hola la respuesta de la segunda pregunta es que se regira desde su publicacion en el boletin oficial de la Junta de andalucia, viene en el articulo 116 del estatuto.