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710.691 mensajes • 396.159 usuarios registrados desde el 25/05/2005

mia05

La peor decisión, la indecisión

• 15/09/2005 10:41:00.
Mensajes: 14
• Desde: Sevilla.
• Registrado: julio 2005.

DUDA SOBRE DECRETOS

Buenas a todos,

me estoy haciendo un lio pq no sé si REAL DECRETO es lo mismo q Real Decreto Legislativo o qué. Tengo claro la diferencia entre D.Legislativo y D.Ley pero no sé muy bien a qué se refiere cuando una norma pone sólo REal Decreto.

gracias a todos.

12 RESPUESTAS AL MENSAJE

Gilda

• 15/09/2005 11:33:00.
Mensajes: 27
• Registrado: junio 2005.

RE:DUDA SOBRE DECRETOS

Hola mia,

como ya sabes los Decretos Legislativos y los Decreto-Ley son disposiciones normativas CON fuerza o rango de ley.

Los Decretos son disposiciones normativas SIN rango de ley y es la forma que deben revestir las decisiones del Consejo de Ministros cuando aprueben disposiciones de carácter general.

Son expedidos por el Rey, en el Estado (de ahí lo de REAL decreto).
Son refrendados por los Ministros correspondientes o, en su caso, por el Presidente del Gobierno o Ministro de la Presidencia.

Deben ser publicados en BOE: entran en vigor a los 20 días de su entera publicación, salvo que en él se disponga otra cosa.

OJO: en las CC.AA no hay Reales Decretos, ya que en ellas el Rey no sanciona. En Andalucía (y demás Comunidades Autónomas) tenemos Decretos a secas (lo de Real, va pa los decretos estatales).

El Real delante es porque lo expide el Rey, simplemente. Real Decreto-Ley, etc...

Espero que te haya aclarado algo.

Saludillos ;)

mia05

La peor decisión, la indecisión

• 15/09/2005 11:47:00.
Mensajes: 14
• Desde: Sevilla.
• Registrado: julio 2005.

RE:DUDA SOBRE DECRETOS

gracias por la respuesta.
Pero otra cosa, tanto los D.legislativos como los D.ley salen del consejo de ministros, así q si los DEcretos tb salen del consejo de ministros no sé donde está la diferencia muy bien uffffffffffffff :((

Gilda

• 15/09/2005 12:08:00.
Mensajes: 27
• Registrado: junio 2005.

RE:DUDA SOBRE DECRETOS

Hola de nuevo,

a ver, la diferencia no está en quién los aprueba sino en lo que regula cada uno. Es un poco abstracto y larguillo. Los D.Legislativos y D.Ley existen para casos concretos (textos articulados y textos refundidos). Los D.Ley para casos de urgente necesidad (que hay que aprobar rapidito y luego ya, pueden convertirse en Ley). Si quieres te paso una explicación larga por mail, o si no quieres dar mail te lo subo a alguna web o como quieras. Es que es larguillo para poner por aquí.

chapa

• 15/09/2005 12:34:00.
Mensajes: 3
• Registrado: junio 2005.

RE:DUDA SOBRE DECRETOS

por favor puedes hacerlo,yo tp tengo esto del todo muy claro y me ayudaria leer mas sobre esto.
Muchas gracias.

mia05

La peor decisión, la indecisión

• 15/09/2005 13:16:00.
Mensajes: 14
• Desde: Sevilla.
• Registrado: julio 2005.

RE:DUDA SOBRE DECRETOS

gracias,
mi mail es rocio.es@gmail.com

Gilda

• 15/09/2005 14:15:00.
Mensajes: 27
• Registrado: junio 2005.

RE:DUDA SOBRE DECRETOS

Bueno, no os desesperéis ni esperéis una definición exacta porque no la hay. Un Decreto (o Real Decreto) se define mejor por lo que no es que por lo que es, además de por quién lo aprueba (esto para una clase con pizarra y todo).

REAL DECRETO-LEY

es una norma CON RANGO DE LEY dictada por el ejecutivo (Gobierno, que, en sentido institucional es sinónimo de Consejo de Ministros), por motivos de extrema ORGENCIA O NECESIDAD. Deben ser ratificados por el Congreso en 30 días. Por ejemplo: Real Decreto Ley por el que se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales...

REAL DECRETO LEGISLATIVO

también es una norma CON RANGO DE LEY, pero se diferencia del decreto-ley, porque, o el parlamento ha autorizado al gobierno a redactarla (se suele dar el caso en normas que tengan un carácter técnico y no político) o en el caso que el decreto legislativo refunda leyes existentes (coge leyes existentes y las funde en un único texto pero sin cambiar el contenido, para que no haya dispersión).

O lo que es lo mismo, las Cortes habilitan al Gobierno mediante Ley de Bases o Ley Ordinaria, para que hagan ese Texto Articulado o Texto Refundido. Como sabéis la competencia legislativa es de las Cortes, no del Gobierno, pero en este caso las Cortes delegan SU EJECUCIÓN al Gobierno, la titularidad no la delegan, sigue siendo de las Cortes.

Estas leyes de delegación (o sea, la ley de bases o la ley ordinaria) contienen:

-la habilitación expresa al Gobierno (o sea, el decir: tú, Gobierno, te habilito para que articules o refundas esto)
-el plazo que tienen para hacerlo
-y la indicación de que: la delegación es para un solo acto y que se agota en el momento de publicación del correspondiente Decreto Legislativo. Es decir, que no se puede delegar ‘pa siempre’, sino que se va autorizando según vaya surgiendo: “delego en ti para esto en concreto, en cuanto lo hagas, se acaba la delegación”.
- esta delegación es indelegable, oséase, que no puede ir delegándose de órgano a órgano.

REAL DECRETO (o Decreto)

es la forma que adoptan los acuerdos del Presidente del Gobierno, y las del Consejo de Ministros (normas con rango REGLAMENTARIO, SIN RANGO DE LEY). Los reglamentos se aprueban por Decreto.

El Decreto del Consejo de Gobierno (en la Junta de Andalucía), es a nivel autonómico, lo que el Real Decreto al Consejo de Ministros, es decir, el reglamento de mayor rango que emite el ejecutivo, tiene más carácter administrativo y de organización que político.

La palabra "Real" hace referencia a que es el propio Rey quien sanciona y ordena publicar (en el caso de los Decretos autonómicos no se da esto).Es decir, una Comunidad Autónoma no hace REALES Decretos, sino Decretos.

Son disposiciones más concretas, de desarrollo, no tratan aspectos tan amplios como las leyes, decretos-ley urgentes... Generalmente los Decretos aprueban: reglamentos, nombramientos, reestructuraciones de departamentos ministeriales, regulaciones de organismos autónomos,... Pero no se puede definir que un Real Decreto o Decreto apruebe tales materias en concreto.

Los reglamentos (aprobados por Decreto o Real Decreto) no pueden regular materias reservadas a la Ley, ni infringir normas con rango de ley. Además, aunque pueden desarrollar o colaborar con respecto a la Ley, no pueden tipificar delitos, faltas o infracciones administrativas, establecer penas o sanciones, tributos, cánones ...

Competencia y jerarquía:

Disposiciones aprobadas por Real Decreto del Presidente del Gobierno o del Consejo de Ministros.
Disposiciones aprobadas por Orden Ministerial.

Ningún reglamento puede vulnerar preceptos de otro de jerarquía superior.

Es decir, no es tan definible un Decreto (o Real Decreto) como una Ley Orgánica, por ejemplo. No existe una definición tipo: un Decreto regula tales materias.

El decreto se va definiendo más por lo que no es, por las características que no tiene que por las que tiene. Se va sabiendo más por descarte que por definición directa: una ley orgánica es X, una ley ordinaria es X, un decreto-ley existe para casos concretos de urgente necesidad, un decreto legislativo, ya lo sabemos.
Y a partir de ahí, las normas sin rango de ley (rango de reglamento) que son simples decisiones, póngase lo de simples entre comillas, que adopta el Consejo de Ministros o el Presi.

Luego, dentro de las normas sin rango de ley (decretos) hay una jerarquía.

Al principio es un lío todo esto y más aún cuando no hay definición exacta como, por ejemplo, lo que es una Ley Orgánica. Supongo que, a medida que vais leyendo, vais viendo ( en BOJA o BOE,..) lo que se aprueba por Decreto y lo que no.

Por si os ayuda a ubicar más lo del Decreto (aunque no os lo toméis al pie de la letra porque no es exactamente así), un Decreto se dictaría más por el Consejo de Ministros como órgano administrativo que como órgano político.

Espero no haberos liado más.

solo50caracteres

• 06/10/2005 11:46:00.
Mensajes: 1
• Registrado: septiembre 2005.

RE:DUDA SOBRE DECRETOS

Por aquí preguntaba alguien sobre reales decretos. Subo el hilo.

Saludos.

KONSUS

• 06/10/2005 12:24:00.
Mensajes: 3
• Registrado: julio 2005.

RE:DUDA SOBRE DECRETOS

gracias or la aclaración , de hay surge otra duda q mas q duda son ganas de comerte la cabeza ¿el Rey sanciona y promulga reglamentos?
saludos y suerte a todos

SHILAH

• 06/10/2005 12:26:00.
Mensajes: 1
• Registrado: julio 2005.

RE:DUDA SOBRE DECRETOS

muchas gracias gilda!!!!!!! te has explicado muy muy muy bien. yo tb estaba liadilla con eso. gracias por tu ayuda.
Una pregunta : la titularidad de la potestad reglamentaria. eso me lio mucho, en el libro mad no me entero.

gracias . si me puedes ayudar .

Gilda

• 06/10/2005 13:47:00.
Mensajes: 27
• Registrado: junio 2005.

RE:DUDA SOBRE DECRETOS

Pues el asunto Decreto-Reglamento es el más abstracto y el menos definido.

Los reglamentos se aprueban por Real Decreto (en el Estado) porque los expide el Rey (que no sanciona ni promulga). En realidad es una cuestión puramente formal: aunque no promulga ni sanciona (son disposiciones normativas SIN rango de ley), los expide. En resumen: no, los reglamentos no los sanciona/promulga el Rey. Se aprueban por Real Decreto expedido por el Rey.

Potestad reglamentaria: es del Gobierno y se confiere (o sea, se le da también esa potestad) implícitamente a los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas.

No confundas la Delegación Legislativa en la que, la titularidad e iniciativa legislativa sigue siendo de las Cortes y sólo se delega al Gobierno la ejecución.

La potestad reglamentaria es del Gobierno (y Consejos de Gobierno de las Comunidades). Además, la Ley de Bases de Régimen Local confiere también la potestad reglamentaria a los Plenos de los Ayuntamientos, Plenos de las Diputaciones Provinciales (Ordenanzas y Reglamentos) y a los Alcaldes (Bandos).

Espero haberos aclarado algo.

Saludillos ;)

KONSUS

• 06/10/2005 13:53:00.
Mensajes: 3
• Registrado: julio 2005.

RE:DUDA SOBRE DECRETOS

gracias me has dado mucha luz sobre el tema
saludos

BLoody

• 27/03/2010 15:47:00.
Mensajes: 2
• Registrado: enero 2010.

RE:DUDA SOBRE DECRETOS

Holaa

haver quien me puede resover una duda .. bueno mejor dos

Los decretos legislativos y decreto ley se sancionan , promulgan y publican???
Mi profesora me dijo q solo se publican .. pero por lo que veo por internet se dice que solo se sancionan ... aver en que quedamos

alguien que sepa la resouesta ya que en las fuentes no se dice que se hacer con estos decretos, solo especifica sancion para las leyes y no para las normas con rango de ley


y otra cosa.. mucho mas facil

real decreo ley = A decreto ley

se dice por ahi que lo de real es por que lo expide el rey ... pero en este decreto el rey no expide nada

alguien que me diga si es lo mismo con la palabre "real" delante o no y la razon

grácias


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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