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710.954 mensajes • 396.180 usuarios registrados desde el 25/05/2005

omelosacoomecortolasvenas

Una convocatoria, una ilusión!!!

• 05/10/2005 12:02:00.
Mensajes: 24
• Registrado: agosto 2005.

Duda test

La pregunta es la siguiente:

La acumulación de exedientes en un procedimiento la acuerda el/la:
a)autoridad administrativa que deba resolverlo.
b)Jefe de Servicio
c)Jefe de Sección
d)Örgano administrativo que lo inicie o tramite

Según qué manual mire me da como correcta la d) ó la c).

Yo basándome en el Decreto 90/1993, de 13 de julio pensaba que era el Jefe de Sección, pero en el manual de donde he sacado el test (MAD) me dice que la correcta es la d) según la LRJAP y PAC.

¿me podeis dar vuestra opinión?

2 RESPUESTAS AL MENSAJE

casandra

• 05/10/2005 12:18:00.
Mensajes: 16
• Registrado: junio 2005.

RE:Duda test

El artículo 73 Ley 30/92 dice: El órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento, cualquiera que haya sido la forma de su iniciación, podrá disponer su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión.

Por tanto la respuesta correcta es la D.

omelosacoomecortolasvenas

Una convocatoria, una ilusión!!!

• 05/10/2005 13:35:00.
Mensajes: 24
• Registrado: agosto 2005.

RE:Duda test

Teneis razón en lo que decís pero además resulta que el Decreto 90/1993, de 13 de julio de Organos Administrativos de la J.A. dice que:

"Artículo 4º.-
Son funciones propias de las Secciones u órganos asimilados las siguientes:
• a) Informar a los interesados del estado de tramitación de los expedientes en su ámbito de actuación, sin perjuicio de que dicha función se pueda encomendar a otro órgano especializado.
• b) Expedir y autorizar las copias de documentos públicos o privados a que se refiere la Ley 30/92, obrantes en los expedientes que se encuentren tramitándose por dichos órganos.
• c) Informar y orientar acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones imponen a los proyectos, actuaciones o solicitudes que los ciudadanos se propongan realizar.
• d) Acordar la acumulación de expedientes.
• e) Requerir la subsanación de escritos o solicitudes a loa interesados.
• f) En general las funciones de instrucción de los procedimientos y aquellos otros que se les atribuyen por delegación o desconcentración o tengan ya atribuidas expresamente."

Por eso tengo la duda


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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