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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
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• 07/02/2009 9:34:00.
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pues eso, en el permiso que se concede por paternidad, la ley no dice si son días naturales o hábiles.
• 07/02/2009 16:42:00.
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Gracias profundidad. Q nick más llamativo.:D
en el caso del sector público (funcionarios), son efectivamente días naturales a contar desde el mismo día del alumbramiento (si nacen a las 23:55 pierdes ese día), tiene su importancia ya que no te paga tu centro de trabajo sino el INSS. Fuera de la función pública hay que distinguir entre los 3 dias posteriores al parto y los 12 restantes que puedes cogerlos cuando te venga bien (en función de la negociación con tu empresa).
No habia otra ley, creo que de igualdad, en la que se planteaba un periodo mayor que esos 15 dias?
• 09/02/2009 23:32:00.
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Si, la Ley 12/2007, hasta 4 semanas. Pero se ha de establecer reglamentariamente...