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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

John Locke

• 18/07/2010 21:22:00.
Mensajes: 11
• Registrado: junio 2009.

BIENES INVENTARIABLES.

::: --> Editado el dia : 18/07/2010 21:24:43
::: --> Motivo :

::: -- Editado el dia : 18/07/2010 21:23:53
::: -- Motivo :

¿A partir de que presupuesto un bien se considera inventariable?

Por cierto, ¿en que norma viene?

2 RESPUESTAS AL MENSAJE

chuperchechi

• 18/07/2010 23:33:00.
Mensajes: 43
• Registrado: diciembre 2009.

RE:BIENES INVENTARIABLES.

Disposición Adicional 8ª de la Ley 4/1986 de Patrimonio

Octava.
Uno. El Inventario General de Bienes y Derechos
de la Comunidad Autónoma, al que se refiere
al artículo 14 de esta ley, comprenderá todos
los bienes y derechos que integran el Patrimonio
de la Comunidad Autónoma, con excepción de
los que hayan sido adquiridos con el propósito de
devolverlos al tráfico jurídico patrimonial de
acuerdo con sus fines peculiares, y de aquellos
bienes muebles que sean fungibles o cuyo valor
unitario sea inferior a 50.000 pesetas, sin perjuicio
del correspondiente control por el órgano al
que están adscritos para su utilización y custodia

John Locke

• 19/07/2010 8:07:00.
Mensajes: 11
• Registrado: junio 2009.

RE:BIENES INVENTARIABLES.

Muy agradecido


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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