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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 23/09/2010 12:59:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: septiembre 2010.
Hola,
en la Agencia del Medio Ambiente y del Agua, todo el personal contratado y laborales FIJOS serán laboral INDEFINIDO. ¿Qué diferencias hay con un laboral FIJO?
Por cierto, los EGMASITOS se creen que van a estar sujetos al VI Convenio Laboral, pero se van a llevar un chasco.....
PacoCMA
• 24/09/2010 9:37:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: mayo 2005.
Creo que el laboral fijo tiene una plaza de RPT mientras que el indefinido no es de RPT.
Javivi
• 24/09/2010 20:01:00.
• Mensajes: 143
• Registrado: noviembre 2008.
Uno se convierte en laboral fijo cuando ha superado una selección por concurso o concurso-oposición. El laboral indefinido es el contratado de toda la vida, para entendernos.
• 24/09/2010 23:31:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: septiembre 2010.
::: --> Editado el dia : 24/09/2010 23:31:59
::: --> Motivo :
Calonchea.... me gusta tu respuesta.
Según he podido saber, y no es nada oficial, lo más FUERTE es (En Medio Ambiente al menos):
Todos los interinos van a pasar a labora indefinido (sí, los fijos a indefinidos) y los EGMASITOS a laboral indefinido también, pero todos fuera del 6º Convenio, con el convenio, sueldo, horario y MAMONEO de la dichosa agencia.
Es decir, todos laborales indefinidos. No hay que perder de vistas que todos los laborales de las delegaciones de Medio Ambiente van a pasar a la agencia.
Ante esto, a ver que pasa después de las elecciones
Javivi
• 25/09/2010 1:21:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: septiembre 2010.
Alto voltaje...justo al revés. ¿por eso pasaran todos los laborales a indefinido.... ?ummmmm, no se. Según he leído leido, en igualdad los interinos co mas de 3 años de antiguedad pasaran a laborales indefinidos. ¿le conservaran la antigüedad? Se admiten apuestas
J
• 25/09/2010 11:00:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: mayo 2005.
Más o menos.... lo que pasa que según el viceconsejero, esos indefinidos se van a regir por el EBEP. De locos!!
Lo que veo preocupante en Medio Ambiente (entre otras cosas), es la dependencia funcional (que será cualquier cosa que ellos quieran) de los funcionarios del personal pseudolaboral que se han sacado de la manga, y...ojito con los laborales auténticos (los de opos): Los pasan de fijos a indefinidos.
Huele que apesta
• 25/09/2010 11:50:00.
• Mensajes: 143
• Registrado: noviembre 2008.
::: --> Editado el dia : 25/09/2010 11:52:04
::: --> Motivo :
Es que esto es una auténtica ABERRACIÓN. Tengo compañeros que aprobaron OPOSICIONES para ser laborales de la Junta, y ahora se tendrán que ir obligados a la Agencia con las mismas condiciones que el sobrinito de X. Bueno, ni eso. Porque el sobrinito , el hermanito, el cuñado y cualquier parentesco hasta el 5 grado de afinidad/consaguinidad la mayoría de ellos se les intentará poner en un carguito, medio o alto según grado de cercanía al susodicho enchufante.
• 26/09/2010 18:56:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: julio 2010.
Por lo que se desprende de este artículo, el laboral indefinido en una administración pública no es igual a fijo puesto que no ha accedido a través de igualdad, mérito y capacidad, por lo que la administración correspondiente debe de cubrir esos puestos con los medios formales = igualdad, mérito y capacidad y el trabajador indefinido ocuparlo mientra se resuelve el proceso
[--http://www.administracionpublica.com/content/view/491/1/--]
• 08/10/2010 21:43:00.
• Mensajes: 135
• Desde: Córdoba.
• Registrado: septiembre 2009.
A todos, de la mejor manera que puedo, intentare aclarar todo este lio, lo de las RPT’s no es una diferencia, todas las empresas publicas y privadas tienen una plantilla o relación de puestos de trabajo, incluso si me apuras, hay una RPT donde no solo se incluye a funcionarios o laborales del VI convenio sino tambien a los de los antiguos entes publicos, hoy APE’s, agencias administrativas y demas entes cuasipublicos o con alguna potestad administrativa.
Segundo, en el Estatuto de los Trabajadores (articulo 15 y siguientes) se distingue entre TRABAJADORES fijos y temporales y CONTRATOS indefinidos o de duración indeterminada, nada de laborales fijos ni algo por el estilo. Vamos, que es cuestión de según la palabra que quieras usar, ya que a efectos de despido un trabajador fijo o uno con contratación indefinida tendran la misma indemnización.
El tema de “laboral” es porque constituye uno de las clases de empleado publico (articulo 8 del EBEP), que para el INEM, Seguridad Social y demás es un “trabajador fijo o con contrato indefinido” como otro cualquiera del sector privado, con los mismos mínimos del Estatuto de los Trabajadores y todo lo que consiga a través de sus propios convenios colectivos
Supongo que algun fallo habre cometido, pero he intentado echar algo de luz, y espero que si es asi me ayude a corregirlo, pero con fundamento, como diria Arguiñano, y no con meras suposiciones.
Ah, y para el año que viene un ERE de 3000 plazas cuando las ARE’s y APE’s esten funcionando. Seguramente afectara principalmente a los trabajadores con contrato temporal, como llevan haciendo un par de años en algunas empresa publicas
• 08/10/2010 21:47:00.
• Mensajes: 135
• Desde: Córdoba.
• Registrado: septiembre 2009.
Ah, mira que sabia que me equivocaria en algo, a los trabajadores fijos de la Junta o clase "laboral fijo", la ventaja que tenian sobre los trabajadores fijos o con contrato indefinido de las empresa publicas es que si bien se le aplica el Estatuto de los Trabajadores, éste creo se hace sobre aquellos aspectos no regulados por el EBEP o a la inversa. Lo digo porque el personal Estatutario aunque tiene su propio Estatuto Basico tambien se le puede aplicar el EBEP en aquello no recogido en el suyo, y los docentes otro tanto, uy, que me lio.
Bueno, lo que si tengo claro son los concettos, otra cosa es que tengan una especifica de infracciones y sanciones, OJO, siempre segun su convenio y tomando como partida el ET, o que tengan alguna garantia adicional via EBEP
Creo que mejor me hubiera estado quieto porque creo que lo he liado todo mas
• 09/10/2010 10:26:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: julio 2009.
Hace tiempo escribí algo más detallado de las diferencias entre Laboral Fijo e indefinido, pero os voy a resumir el punto más grave:
1. Antes de la puesta en funcionamiento del EBEP (por lo menos lo que si ha entrado en vigor) no existía dentro de las AAPP, pero si en el resto del ámbito privado la figura de laboral indefinido.
2. Los laborales eran fijos o temporales, según hubiesen o no pasado un proceso selectivo que les hubiese hecho conseguir plaza o no, aunque los segundos podían haber pasado un proceso selectivo sin obtención de plaza por que alguien con más puntos se la quito.
3. Con la entrada en vigor del EBEP lo que se busca es dar solución a los miles de personas que trabajan pseudo legalmente para las AAPP sin haber pasado ningún proceso selectivo y que llevan más de dos años (con lo que la ley obliga a hacerlos indefinidos). Es decir es pa meter al hijo del cuñao del vecino del Alcalde del pueblo tal que se acuesta por su puesto con la vecina y por eso le debe el favor al vecino. En la mayoría de los pueblos andaluces y en muchas AAPP existen casos conocidos de lo que hablo, aunque quizás no tan exageraos.
Se da la circunstancia que en la mayoría de los casos ni siquiera recurrian a los juzgados por no cabrear al que les enchufó. Hecho que cambiaba cuando entraba un alcalde distinto (incluso a veces del mismo partido) y entonces recurrian y ganaban.
En ese momento eran indefinidos por gracia de la legislación existente, pero los jueces no podían hacerlos fijos y además la figura como los designaban no cabia dentro de la organización de las distintas AAPP, al ser la de indefinido. Es decir un follón que el EBEP por lo que los chorizos políticos antes habían hecho ahora tenía que solucionar.
4. Como lo que he dicho antes no se puede hacer a lo grande, por que en ayuntamientos pequeñitos meter a tanto enchufao se nota o no es posible por el tamaño y presupuesto de la corporación municipal, los espabilaos de la Junta de Andalucía (y otras AAPP por cierto y de distinto color político) se inventaron las famosas empresas públicas que ahora nos explotan en la cara y son nido de enchufaos políticos que no han sacao su acta de concejal, no se la encuentran ni pa mear o que trabajan directamente en las sedes de los partidos. Con eso no digo y que nadie se cabree que todos los empleados de empresas públicas son enchufaos, por que me consta que la mayoría son curritos como los demás, pero esta maniobra de las agencias está hecha pa ayudar a los politicos y jorobar a los curritos como explicaré más tarde.
5. He leido antes que si lo lleva el ET o el EBEP. Pues pa que no liaros más, deciros que se rigen por el EBEP, para ello se ha creado la nueva categoria de indefinidos, pero que tal como también se señala cuando no lo contemple éste será de aplicación el ET.
6. Bueno el punto clave y gran diferenciador, es que el personal laboral fijo si es despedido de manera improcedente y es declarado como tal por el juzgado de lo social, entonces la AAPP pública no tiene otra opción que readmitir al trabajador, mientras que al indefinido si se le declara despido improcedente el empleador es el que decide si lo readmite o le da las perras de la indemnización pa que se vaya a su casa. En ambos casos, tanto para fijo como para indefinido si el empleador decide readmitirle el trabajador puede rechazarlo y llevarse la indemnización.
7. He visto también por ahí que cuando eres FIJO no se te puede despedir salvo por procedencia en el despido que va asociada a la sanción, expediente disciplinario y no se cuantas cosas más, pero nadie se para a pensar que también es procedente el despido después de un ERE o por cualquier reestructuración de la AAPP que le haga perder una competencia que ya no posee. Por aquí es donde yo creo que van todos los problemas, por que si por el tema de la crisis se quieren cargar a un puñao de trabajadores no es lo mismo que seas funcionario, laboral fijo que indefinido.
Y no dudeis que si se demuestra las circunstancias económicas difíciles de la empresa, o como la nueva Reforma Laboral se refiere al indicar que incluso pueden ser las dificultades futuras, los jueces le van a dar la razón a la Junta y todos a la "put... calle".
8. Con lo cual se cumple el doble objetivo de las agencias quitarle defensa jurídica al trabajador protegido (funcionario, laboral fijo) al igualarlos todos con la condición de laboral indefinido y por otro lado meter en la AAPP (que es mejor que en una empresa pública) a todos sus enchufaos antes de que llegue un cambio político (que la verdad yo no lo veo nada claro) y les haga lo que ellos quieren hacer, es decir una "limpia" de personal.
No es lo mismo decir a un político enchufao, que no tiene mérito alguno, que está en una empresa pública que le han despedido por eso mismo, que decir que es un empleado de una agencia, a la sazón AAPP, y que es victima de una caza de brujas de carácter político. En un caso se cargan a un jodio político y en el otro se venden como pobrecillos empleados de una AAPP.
Bueno me despido y espero que os haya aclarado algo.
• 16/03/2011 22:17:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: agosto 2010.
PacoC...
Je que sorpresa, buscando buscando la mentira se va encontrando.
El personal de la AAA se queda en la Consejeria de Medio Ambiente porque así lo han acordado UGT CCOO y la JUNTA