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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
Bueno abro este hilo para los compañeros de IES. Ha empezado la escolarización y tenemos nueva normativa. Seguro que hay dudas y podemos ir resolviéndolas por aquí.
Planteo la primera cuestión: ejemplo: Un alumno de 2º de ESO que solicita plaza para 3º en otro centro. Sólo pone ese nuevo centro, es decir, en la solicitud no pide ningún otro centro subisidiario. Si no resulta admitido en el nuevo centro, ya que, o bien no hay vacantes o bien, si las hay, no ha obtenido puntos suficientes, ¿Sigue el alumno en su actual centro para el curso que viene?, ¿Le asigna la Comisión de Garantías una plaza en otro centro diferente -del actual y del solicitado-?
En este tema, el Decreto (art. 7.3 y 7.4) dice una cosa y la Orden (art. 14) dice otra, es decir, mientras el Decreto (jerarquía normativa superior a la Orden) dice lo que es de sentido común -si un alumno no es admitido en el/los centro/s olicitado/s, sigue en su actual centro- la Orden dice que al alumnado no admitido le será adjudicada una plaza por la Comisión de Garantías.
• 06/03/2011 13:12:00.
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• Registrado: agosto 2009.
En la reunión de directores de mi delegación les quedó clarísimo, que los alumnos que opten a otro Centro, y no tengan plaza, siempre tendrán la plaza segura del primero, sin que intervenga la Comisión, eso nos lo recalcó bastante el Director
• 06/03/2011 13:45:00.
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• Registrado: mayo 2010.
The Crow, lo peor para mí no es que haya nueva normativa, sino lo mal redactada que está. Cada vez lo hacen peor y generan más dudas.
Hay muchas contradicciones. Un ejemplo es que, pese a afirmar que cuando hay adscripción única a un solo centro docente (anexo 1), el alumnado que quiera ir a ese centro no tiene que presentar solicitud de admisión, eso no es siempre cierto. Es el caso de mi IES, donde en Séneca no se genera el anexo 1, sino un anexo 2 (incomprensible), y que es correcto, según nos ha dicho planificación y escolarización. Un despropósito que no lo entienden ni ellos...
La respuesta a tu pregunta sí la tengo clara, pero no por la normativa, sino por la reunión de la comisión de escolarización a la que fue el director de mi IES (como dice Triji), y en la que dijeron que un alumno solo pierde su reserva de plaza en su centro de origen si se le admite en algún centro de los que señaló en su solicitud de admisión (anexo 3). Parece que prima el Decreto, como dice la lógica y la jerarquía normativa. Las solicitudes fuera de plazo van aparte.
Saludos
¿Habéis visto lo del sorteo público para los desempates? Parece que el artículo lo ha redactado Groucho Marx (Bueno, en realidad si lo hubiera redactado Groucho tendría algo de lógica al final, cosa que aquí no se da).
Donde creo que ha habido algo de acierto es en la acreditación de la familia monoparental, simplemente a través del libro de familia (la normativa que regula el Libro de Familia establece las situaciones que tienen que quedar inscritas en el mismo -otra cosa es que la gente, por desconocimiento, no inscriba las separaciones o divorcios, por ejemplo-). De todas formas estoy esperando a ver algún libro de familia donde venga claramente inscrita una separación/divorcio y quien tiene la custodia del alumno.
Efectivamente, al día de hoy y en estos momentos está desabilitada la grabación de solicitudes, por tanto, habrá que seguir esperando.
• 07/03/2011 13:39:00.
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• Registrado: marzo 2006.
Hola The Crow, tengo que decirte que según el art 16.2 del nuevo Decreto 40/2011 la familia monoparental no es cuando exista un divorcio sino cuando la patria potestad es ejercida por sólo uno de los padres, lo que no existe normalmente en caso de divorcio, por lo tanto casi ningún alumno tendrá puntos por familia monoparental.
Bueno la patria potestad ejercida por uno de los padres lo dictamina el juez siempre que sean por causas graves -en circunstancias normales la custodia es compartida-, tras una separación, divorcio o en casos de maltrato o dejación de obligaciones respecto a los hijos.
• 08/03/2011 10:15:00.
• Mensajes: 146
• Registrado: marzo 2008.
"Un ejemplo es que, pese a afirmar que cuando hay adscripción única a un solo centro docente (anexo 1), el alumnado que quiera ir a ese centro no tiene que presentar solicitud de admisión, eso no es siempre cierto"
¿Donde pone eso en la Orden? Es que la he leido un par de veces y no encuentro donde pone que no es necesario presentar solicitud de admisión en esos casos.
¿Alguien me lo puede aclarar?
Saludos orgásmicos.
• 08/03/2011 10:37:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: junio 2005.
Estoy contigo orgasmus, yo me he agarrado a la pagina de la consejeria en la que en preguntas frecuentes deja bien claro que no es necesario que presenten solicitud los que esten adscritos a un unico centro. Yo me he hasta imprimido las "preguntas frecuentes" al completo por si acaso.
Un saludo
• 08/03/2011 11:24:00.
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• Desde: Málaga.
• Registrado: mayo 2005.
Yo tampoco lo he encontrado. Lo más parecido, el artículo 8.4 de la Orden: "El alumnado que solicite ser admitido prioritariamente en algún centro distinto del centro o de los centros que le corresponden por adscripción, presentará solicitud conforme a lo establecido en el artículo 47.1 del Decreto 40/2011". Si no dijera centros se podría interpretar de aquí, pero como pone centros y estos siempre presentan solicitud...
Ahora una consulta mía, aunque creo que es que no: una alumna que solicita la preinscripción tiene un hermano solamente de madre en el Centro. Uno aparece en el libro de familia como hijo de madre soltera y el otro aparece con los 2 padres. Leyendo el artículo 11.4 parece que no se consideran hermanos o ¿se acoge a lo de tutela?
Los IES nos tienen entretenido: legislación nueva y que cada uno se apañe.
• 08/03/2011 12:12:00.
• Mensajes: 65
• Registrado: diciembre 2010.
Joder que lio..
::: --> Editado el dia : 08/03/2011 12:38:20
::: --> Motivo :
Orgasmus, Guapeche: ver el Anexo I de la Orden (adscripción a único centro), en el apartado 3, párrafo 2º.
• 08/03/2011 12:47:00.
• Mensajes: 146
• Registrado: marzo 2008.
Sí, The Crow, gracias. Ya lo había visto. El problema es que el IES de referencia obligatoria del mío (el mío solo tiene hasta ESO) parece que nos pide que mandemos no obstante las solicitudes pues recibe gente de varios centros y quizá tengan que hacer criba y derivar alumnado. Así que cursaremos las solicitudes por petición de ellos.
Otra orgásmica cosa. La documentación que debe publicarse obligatoriamente según el art. 5 de la Orden en el Tablón de Anuncios ¿donde se ve en Séneca? He pillado ya las plazas otorgadas y el centro de referencia y su localización... pero lo de la web de referencia y demás ¿se saca por Séneca o hay que hacer un documento por nuestra cuenta?
Saludos orgásmicos.
• 08/03/2011 13:23:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: mayo 2010.
Antes que nada, perdonad si lo que dije de la adscripción única no quedó claro. Solo quería poner un ejemplo a The Crow de lo liosa que me resulta la nueva normativa.
Jarg, mi IES solo tiene un centro adscrito para bachillerato y, como escribí antes, obligan a presentar solicitud de admisión en él. De hecho, insisto que en Séneca solo se genera el anexo 2, no el 1, considerándolo como adscripción múltiple. Planificación y escolarización lo justifica porque el centro adscrito tiene dos ramas de bachillerato.
Orgasmus, la documentación a colgar en el tablón se saca casi totalmente del Séneca, en documentos, alumnado, admisión, enseñanzas, "documento de publicación de documentación inicial". Sale solo con perfil de dirección, y la ruta es aproximada, porque hablo de memoria (hoy no estoy en el trabajo).
Guapeche, lo siento, pero no sé responder a tu duda. Yo llamaría a la Delegación, aunque igual ni ellos mismos se aclaran...
• 08/03/2011 17:08:00.
• Mensajes: 146
• Registrado: marzo 2008.
Muchas gracias, escondida. Había visto ese documento, pero no tenía claro que pudiera ser sólo ese el que publicar.
Saludos orgásmicos.
• 09/03/2011 10:12:00.
• Mensajes: 122
• Registrado: febrero 2007.
Otra cosita: a los de bachillerato no hay que pedirles certificación académica verdad?? Se supone que lo dará seneca, lo digo por si hay que desempatar... la verdad que nada más quye hay dudas, la orden y el decreto son confusos y contradictorios hasta en plazos muchas veces, vaya rollo..... de escolarizaciónnnn
• 09/03/2011 13:06:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: marzo 2008.
Se me acumulan las solicitudes de admisión y no habilitan en Séneca el módulo de admisión. A ver cuándo lo hacen deberían tenerlo habilitado desde el 1 de marzo. Otra cosa: en la relación de puestos de trabajo de mi instituto hay dos plazas C1, la que ocupo yo y otra vacante desde hace 14 meses. Pese a nuestras múltiples peticiones, no envían a ningún interino, cuya bolsa, a lo que se ve, está paralizada. Indigna que una plaza dotada presupuestariamente no la cubran mediante el llamamiento de personas que han estudiado tanto y que se han ganado el derecho, a través del esfuerzo y del estudio, de ser llamados.... Y mientras, la Administración paralela...
Pues sí, han quitado los anexos VII y VIII. El alumno que no le dan ninguna de las plazas solicitadas se queda en su centro.
El lunes estamos a mediados de mes y sigue sin habilitarse la grabación de solicitudes. Esto me suena a que las novedades introducidas tienen que estar provocando problemas en Séneca.
Al final, como siempre, todo chapucero, mal, deprisa y corriendo.
Todo lo que marquemos para que el solicitante autorize la comprobación de datos (domicilio, minusvalía, familia numerosa, etc.) aparecerá desbilitada la puntuación correspondiente hasta que los datos sean comprobados. Del mismo modo pasa con la puntuación por la renta. Por otro lado, cuando el solicitante NO sea famillia numerosa, monoparental, discapacitado, etc., y no tengamos que marcarle la casilla correspondiente, sí tendremos que ponerle forzosamente cero puntos. Los hermanos, una vez localizados y añadidos, también tenemos que ponerles los puntos (16, 32, etc.).
• 15/03/2011 8:53:00.
• Mensajes: 366
• Desde: Málaga.
• Registrado: mayo 2005.
Una cosilla, el trámite de audiencia y presentación de alegaciones, ¿que plazo os sale? A mí me sale del 14/4 al 5/5 (10 días lectivos), pero según la Delegación es hasta el 4/5. ¿Han pasado por alto el día 2 que es fiesta?
• 15/03/2011 9:40:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: abril 2009.
PARA JARG: LAS PREGUNTAS FRECUENTES, EN LA PAGINA DE EDUCACIÓN. NO DOY CON ELLAS, POR FAVOR, INDICAMÉ. GRACIAS DE ANTEMANO
::: --> Editado el dia : 15/03/2011 11:36:55
::: --> Motivo :
Preguntas frecuentes:
[--http://www.juntadeandalucia.es/educacion/webportal...chillerato/faqs--]
Las zonas de influencia se ven en el mismo portal, por localidades, buscando el centro y salen las calles de cada área.
• 15/03/2011 11:48:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: febrero 2011.
¿Os han enviado a vosotros el calendario y las instrucciones para los IES? Todos los años nos mandaban un calendario con fechas de listas, plazo de grabación, alegaciones, etc... y las instrucciones para su grabación en Séneca. No sé si es que no lo han hecho en Sevilla o es que no nos la han enviado desde la Delegación. Tampoco hemos recibido las vacantes que hay en los centros de mi localidad.... Este año es el más chapucero que he visto.
• 16/03/2011 12:44:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: junio 2008.
Una duda. Unos familiares han participado en concurso de traslados y ahora están trabajando fuera de andalucía. Se quieren venir para andalucía¿cuándo solicitan la escolarización de los niños sí no tienen domicilio aquí y no saben sí les pueden dar la capital o algún pueblo?
Epreso hacerme explicado. Gracias
• 16/03/2011 12:51:00.
• Mensajes: 24
• Registrado: noviembre 2005.
Para andrew, la ruta es: alumnado admisión relación de solicitudes: eliges el curso que sea y añades la solicitud con el + que aparece arriba a la derecha.
Para Hoymas, las vacantes ya vienen grabadas en Séneca por defecto para cada Centro desde la correspondiente Delegación. Las vacantes de los centros de la zona que no sean el tuyo no las puedes ver tu, a ellas accede el presidente de la correspondiente Comisión de Escolarización.
El calendario y las instrucciones se encuentran en la página web de la Consejería de Educación (escolarización) o en la plataforma de escolarización establecida al efecto (al menos para la Delegación de Sevilla).
• 16/03/2011 14:23:00.
• Mensajes: 34
• Registrado: junio 2005.
Para obtener los dos puntos por familia monoparental, no solo tiene que estar inscrito el divorcio en el libro de familia sino que además solamente el conyuge con el que convive el alumno debe tener la patria potestad. Así que los dos puntos por familia monoparental serán principalmente por viudedad o soltería pues raros son los casos de divorcio en los que quitan la patria potestad.
Seriais tan amables de responder a la siguiente cuestion:
Los alumnos de centros adscritos a varios centros estan obligados a presentar la soliditud de admision (preinscripcion).
Pues mi centro que solo imparte E.S.O. tiene adscrito para 1º de ESO solo un centro, este ultimo tiene la posibilidad de elegir entre dos centros adscritos, el mio y otro.
Por lo tanto si no cubre dicho centro todas las vacantes que le hemos reservado ahora para la preinscripción, ¿puedo otorgarselas a alumnos procedentes de otros centros?
Pues seguro que por dejadez la gente no presenta preinscripción y luego se creen con el derecho a tener plaza reservvada en julio para las MATRICULAS.
gracias por las respuestas
• 17/03/2011 11:53:00.
• Mensajes: 56
• Registrado: octubre 2005.
Recapitulo: (Mi IES no ha recibido ningún tipo de Instrucción interna de la Delegación de Almería, para la preinscripción. No sé los demás)
Período de inscripción 1-31 marzo.
Página web con todo el rollo:
[--http://portal.ced.junta-andalucia.es/educacion/web...escolarizacion/--]
1. Grabar solicitud. Séneca ( Alumnado--admisión--relación de solicitudes)
2. Publicar relación de alumnos Tablón a ntes del 14 de abril.
3. Publicar resolución de admisión el 11 de mayo. CREO QUE ES POR AQUÍ: Séneca ( Documentos--alumnado--admisión--enseñanza)
Mi pregunta es ¿hay que cerrar algún tipo de candado?
A la Delegación (desde un IES de Pueblo), ¿qué docuemtanción se les envía por correo postal? ¿o no hace falta?
Para Chambo: Por ejemplo, si tenéis 30 plazas reservadas para el alumnado adscrito y sólo os presentan solicitud, por ejemplo, 25, yo entiendo que esas plazas se les puede dar a otros alumnos que no procedan del centro adscrito, ya que ¿Cómo podemos saber que esos 5 alumnos no se han ido directamente a pedir plaza a otro centro que no les corresponde por adscripción porque les interesa más que el tuyo? Es decir, puede ser que, los padres no se hayan enterado de lo que tienen que hacer o puede ser que sí, que sepan que están adscrito a un IES pero no les gusta y se van a otro centro no adscrito a presentar la solicitud.
En todo caso, lo que está claro es que saldrá una lista provisional con los alumnos y su puntuación, posteriormente un plazo de reclamaciones y a continuación la lista definitiva de admitidos en la que no van a aparecer esos 5 alumnos.
Por tanto, como no hay manera de saber cual es la intención de los padres al no presentar la solicitud, yo (bueno, el director), debería dar esas plazas a otros alumnos no adscritos si los hubiere.
También es verdad que estos padres empezarán a "llorar" y dirán que por desconocimiento (por dejadez) sus hijos están adscritos, que tienen su plaza aunque no hayan presentado la solicitud, que si patatín que si patatán, van a la Delegación correspondiente y finalmente le dan la plaza.