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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 28/07/2011 18:04:00.
• Mensajes: 271
• Registrado: septiembre 2005.
::: --> Editado el dia : 28/07/2011 18:15:00
::: --> Motivo :
acceso libre grupo c2 en 2007
reconocimiento grado 14 en 2009
todos los puestos del grupo c2 en nivel 14
promocion interna del c2 nivel 14 al c1 nivel 15 en abril 2011
obtencion puesto nivel 16 por concurso de meritos con toma de posesion en enero 2012 ;-)
pregunta 1: Consolida el grado 15 en abril 2013, ¿correcto?.
pregunta 2: Consolidacion el grado 16, ¿en enero de 2014 o en abril de 2015?
• 28/07/2011 20:33:00.
• Mensajes: 69
• Registrado: julio 2005.
::: --> Editado el dia : 28/07/2011 20:52:21
::: --> Motivo : fallo técnico
tengo que repasar.
• 28/07/2011 20:48:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: julio 2011.
::: --> Editado el dia : 28/07/2011 20:48:05
::: --> Motivo :
Pregunta 1: consolida grado 15 en abril de 2013
Pregunta 2: consolida grado 16 en abril de 2015
Consiguió un puesto de nivel 16 con carácter definitivo cuando aún estaba consolidando el de nivel 15, así que hasta que no termine de consolidar el nivel 15 no empezará a consolidar el de nivel 16.
Seudónimo, ¿a la pregunta 2 esas eran las 2 posibles respuestas? ¿De un tipo test o de un ejemplo que te has puesto tú?
Saludos.
• 28/07/2011 20:55:00.
• Mensajes: 69
• Registrado: julio 2005.
Tartesa llevas razón...he tenido un lapsus.
Primero debes consolidar el 15 pq es el mínimo del cuerpo al que accedes.
abril 2013 el 15
Abril 2015 el 16
Si es que no he tenido otro lapsus!
Necesito vacaciones!!!
• 28/07/2011 20:58:00.
• Mensajes: 46
• Registrado: noviembre 2008.
Ahí van mis respuestas:
1. Consolida el 15 en 2013 y el 16 en 2015
2. Puede "perder" el año del 15 y consolidar el 16 en 2014
• 28/07/2011 20:59:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: julio 2011.
Vacaciones las necesitamos todos!! Je, je, je... :)
• 28/07/2011 21:01:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: julio 2011.
¿HellJob, podrías explicar mejor el punto 2.?
• 28/07/2011 21:04:00.
• Mensajes: 46
• Registrado: noviembre 2008.
Pues, que como has empezado a consolidar el 15 pero obtienes un 16 antes de que puedas consolidar el 15, tienes la posibilidad de continuar el camino de consolidación que llevabas, con lo cual consolidas el 15 en 2013 y luego el 16.
O puedes, "renunciar" al año del 15 y empezar a consolidar directamente el 16, con lo que le ganas un año al 16.
• 28/07/2011 21:10:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: julio 2011.
¿Pero a qué te refieres con "renunciar" al año del 15? Llámame torpe si quieres pero no lo entiendo.
No podrías obtener un 16 si antes no has promocionado del C2 al C1, o sea, que no podrías pasar directamente del 14 (c2) al 16 (c1) si no has promocionado antes obteniendo un 15. ¿No?
• 28/07/2011 21:14:00.
• Mensajes: 46
• Registrado: noviembre 2008.
La consolidación de grados es a solicitud de parte. Cuando ingresas en C1 en nivel 15 empiezas a consolidar el 15, que en teoria seria el 2013. Si en 2012 te dan un 16, y llega el 2013 y NO SOLICITAS la consolidación del 15 no consolidas nada. Entonces, llegado 2014, es cuando solicitas la consolidación del 16. Es que no se si me explico bien.
• 28/07/2011 21:15:00.
• Mensajes: 69
• Registrado: julio 2005.
Heljob creo que lo primero que se hace es consolidar el grado mínimo del cuerpo al que accedes aunque al días siguiente consigas por concurso un nivel 18.Eso fué lo que a mi me confundió y por eso no se lo puede "saltar"....
• 28/07/2011 21:20:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: julio 2011.
Si, si está bien explicado, lo que ocurre es que no sabía que podía hacerse eso. Pero en el supuesto que se ha planteado en este post, el nivel 16 es de un C1 y no de un C2. No me explico cómo puedes saltarte un grado que has conseguido por PI así.
No sé, pero es que me parece muy raro, la verdad. Es la primera que oigo eso :)
• 28/07/2011 21:26:00.
• Mensajes: 46
• Registrado: noviembre 2008.
Empiezas a consolidar el básico del grupo porque con carácter general, tu ingreso a un puesto definitivo es al nivel básico. Entonces si que no puedes consolidar uno superior, pero entiendo yo que, una vez tomado por concurso o pld un puesto definitivo de nivel superior, pasado el tiempo ERES TÚ el que solicitas la consolidación.
Ejemplo.
2011, entras en C1 15.
2012 por concurso un 16.
En 2013 tienes la posibilidad de solicitar TU consolidación del 15(aunque ya estás en un 16) ó esperar al año siguiente y consolidarte en el 16 ya que llevas 2 años en un puesto de caracter definitivo. Pero tú cuando entraste ya entraste en un puesto basico y empezaste a consolidar el básico.
Me explico?
• 28/07/2011 21:36:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: julio 2011.
Te explicas, te explicas, y con Decreto en mano.
Gracias HellJob, ahora entiendo ese parrafito infumable que no sabía cómo empezar a subrayar :)
• 28/07/2011 21:37:00.
• Mensajes: 69
• Registrado: julio 2005.
Helljob: Creo que eso no se puede hacer porque por narices debes hacer tu primera consolidación en el mínimo del nivel del grupo al que accedes (el 15)
Si te esperas al año siguiente como dices te diran que aun no has solicitado la consolidación del mínimo del cuerpo al que accediste por lo que te daran la consolidación del 15 y no del 16.
Hace años que no cojo la normativa pero creo que ahí no me equivoco.
Consolida el 15 en 2013 y el 16 en 2015.
Luego lo mirare en mi apuntes antiguos que ahora me voy pq a lo mejon me estoy ekivocando pero estoy casi seguro que eso no se puede hacer, porno decir seguro.
Un saludo!
• 28/07/2011 21:42:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: julio 2011.
Ojueldelalu, mira el art. 50.1 del D2/2002.
• 28/07/2011 22:54:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: diciembre 2010.
Hola a todos, ¿verdad que el mundo de la consolidación de grado es muy misterioso?, estoy con hellboy. La solicitud de consolidación de grado es a instancia de parte, así que estando 2 años en un puesto definitivo consolidas el grado del nivel del puesto si es como máximo en 2 niveles superior. En el caso que se plantea es así, si tú no pides consolidar el 15 a los 2 años de la P.I., pero te esperas a los 2 de la toma de posesión del 16 por concurso, consolidas el 16. Por cierto, el 16 no es un nivel de C1, al ser un puesto de doble adscripción, como el 18, pueden obtar los C2 y los C1, de hecho hay un montón de auxiliares que tienen negociados en propiedad.
Una pequeña broma: ¡Cómo se nota que estamos en vísperas de las listas provisionales del concurso!
Suerte a todos
• 29/07/2011 0:40:00.
• Mensajes: 240
• Registrado: diciembre 2009.
helljob tiene razon.es necesario consolidar el puesto base del cuerpo por el que se accede a la funcion publica (en este caso, al ser c2, es el 14, dos añitos de 14).Pero este requisito solo se pide una vez, si vas subiendo no se vuelve a pedir.En este caso, lo mas razonable es olvidarse del 15 y pedir el 16 en enero de 2014.
• 29/07/2011 0:57:00.
• Mensajes: 170
• Registrado: octubre 2005.
Yo he estado en esa situación y pedí la consolidación del superior (en el supuesto el 16) y me llamaron y me dijeron que...una m...que el mínimo del cuerpo...(el 15 del supuesto).
Llevaba casi 3 años en el cuerpo, y más de 2 en el nivel superior, puesto obtenido por concurso (digamos el 16), y me rechazaron la solicitud y me dieron como consolidado el base...con la respuesta de...primero hay que consolidar el mínimo del cuerpo.
Y ha sido este año, lo tenía que haber pedido el año pasado pero preferí hacerlo éste para intentar lo que comentáis y tener más puntos en el concurso...y nasti de plasti....
• 29/07/2011 1:43:00.
• Mensajes: 69
• Registrado: julio 2005.
Claro harto.Lo siento por ti tío.
Yo estaba casi seguro pero ya me hacian dudar.Si entras en un nuevo cuerpo la primera consolidación debe ser la del inferior al cuerpo que has entrado ocupes el puesto que ocupes.Eso de esperarte no cuela.(en el supuesto del que estamos hablando claro).
De todas formas lo miraré en la normativa mañana y colgarlo pq acabo de llegar y me voy pa la cama!!
Un saludo!!
• 29/07/2011 11:18:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: julio 2011.
Art. 34.3 D2/2002
"Los funcionarios de promoción interna conservarán el grado personal que hubieran consolidado en el Cuerpo de procedencia, siempre que se encuentre incluido en el intervalo de niveles correspondiente al nuevo Cuerpo al que acceden. Asimismo, el tiempo de servicios prestado en los puestos de origen y no agotado para la consolidación, le será computado, a su solicitud, para la consolidación de grado personal en el nuevo Cuerpo, siempre que los puestos de trabajo referidos tuvieran asignado un nivel de complemento de destino comprendido en el intervalo de niveles del nuevo Cuerpo."
Art.50 D2/2202
"Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que, antes de que se produzca el cese efectivo o, en todo caso, antes de que finalice el plazo de cese se hubiese obtenido otro destino mediante convocatoria pública, en cuyo caso serán los interesados los que, en el momento de solicitar el cese en el destino que tuvieran, determinen en cuál de ellos tomarán posesión, viniendo obligados a comunicar por escrito la opción ejercida a los órganos convocantes y a la Dirección General de la Función Pública, en el plazo de tres días hábiles desde la publicación de la última adjudicación.
Quienes habiendo participado en un concurso de méritos y, antes de su resolución, hubieren superado un proceso de promoción interna, podrán tomar posesión en el destino que le fuere adjudicado en el concurso en su condición de funcionarios del nuevo Cuerpo siempre que las características y requisitos del puesto obtenido lo permitan y la participación en el concurso hubiere sido anterior a la toma de posesión derivada del proceso de promoción."
En el supuesto que se plantea tampoco sabemos si el funcionario empezó a participar en el concurso antes de que se resolviera la promoción interna, pero bueno, el supuesto tampoco lo especifica así que damos por entendido que no es este el caso del art.50.
• 29/07/2011 15:47:00.
• Mensajes: 240
• Registrado: diciembre 2009.
sigo diciendo que no es asi, solo hay que consolidar el base del cuerpo en el que entras por primara vez.ejemplo:se entra como auxiliar (c2).se consolida el 14 a los 2 años.se concursa y te dan un 16, con lo que empiezas a consolidar el 16.si resulta que ese puesto es c-d, si apruebas la promocion interna pasas a ser c y sigues consolidando el 16.seria absurdo que si apruebas el c empiezas a consolidar el 15 y si no apruebas sigues consolidando el 16, te perjudicaría aprobar la promocion interna.
• 29/07/2011 16:39:00.
• Mensajes: 69
• Registrado: julio 2005.
Artículo 70.3 decreto 2/2002
Los funcionarios consolidarán necesariamente como grado inicial el correspondiente al nivel inferior del intervalo propio del Cuerpo o Especialidad en que hayan ingresado.
En el caso que nos ocupa tiene consolidado el 14 en c2.
Al ingresar en el c1 consolida necesariamente como grado inicial el correspondiente al nivel inferior del intervalo propio del Cuerpo o Especialidad que es el 15 en este caso.
Otra cosa es que viniera del c2 con un 16 consolidado que no es el caso.
Si no lo ves vision73 preguntale a harto que lo ha vivido en sus propias carnes.
Al promocionar internamente al c1 ha ingreado en ese nuevo cuerpo por lo que aunque intente dejar parar un año nasti de plasti pq se le aplica esa parte del artículo citado.
Y no te perjudica pq ganas mas dinero y tienes mas nivel.
Eso es lo que yo he entendido de toda la vida y mi humilde opinión pq nunca he trabajado en función pública.
Pero me juego un huevo!!!!jajajaja....e broma...pero creo que no me equivoco y el ejemplo está en harto.
Un saludo!
• 29/07/2011 22:59:00.
• Mensajes: 240
• Registrado: diciembre 2009.
Artículo 70.3 decreto 2/2002
Los funcionarios consolidarán necesariamente como grado inicial el correspondiente al nivel inferior del intervalo propio del Cuerpo o Especialidad "EN QUE HAYAN INGRESADO". Solo se ingresa una vez, cuando entras en la Funcion Publica.Cuando subes no ingresas de nuevo.
Harto, no se que te hicieron, pero lo siento por tí.De lo que yo hablo es experiencia propia, a mi me lo hicieron así, por eso decía que helljob tiene razon.Hay informes juridicos de funcion publica y sentencias del TS que dicen lo que yo digo.
• 30/07/2011 2:05:00.
• Mensajes: 240
• Registrado: diciembre 2009.
pero en el caso que nos ocupa se entra primero como c2, y despues se promociona a c1.Por lo tanto el cuerpo de ingreso es el c2.Si fuera como decís se produciría el absurdo de que alguien c2 con un 16 estaría consolidando el 16, y al aprobar el c1 pasaria a consolidar el 15 y no el 16, con lo cual aprobar la promocion interna lo perjudicaría.Os hablo exactamente de lo que dice helljob, el grado que te consolidan de oficio es con el que entras, los demas hay que pedirlos, y se puede jugar con eso.Personalmente conozco varias personas con su 14 consolidado, que despues en el concurso les dieron un 16, y mientras consolidaban aprobaron la promocion interna.Todas ellas pasaron en el mismo puesto a ser c1 puesto que los puestos eran c1-c2 16, se olvidaron del 15,y a los 2 años de estar en el 16 pidieron la consolidacion del grado y se lo dieron, pasaron del 14 al 16.
Preguntad en personal de vuestra consejería, o a cualquiera que haya estado en este caso, que hay mucha gente (las promociones internas aquellas de 2.500 puestos de d a c, pa los patanegras).
• 30/07/2011 12:29:00.
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• Registrado: diciembre 2009.
tulio, sobre la primera coña, hay una excepcion.Si tienes un 18 consolidado y eres c1, y obtienes por concurso o por pld un 22, consolidas el 20 a los dos años y el 22 a los otros dos MIENTRAS SEAS C1.Como apruebes la promocion interna la cosa cambia:al pasar al a2 no necesitas consolidar el basico del cuerpo (hace ya lo hiciste cuando entraste como c), y consolidas directamente el que estes trabajando, lo que significa en el ejemplo de antes que consolidas directamente el 22 al llevar dos años en el 22, sin necesidad de consolidar antes el 20.
Para todo esto son necesarios 2 requisitos:
1-que hayas consolidado el grado minimo del cuerpo en el que entraste a la funcion publica (por ejemplo el 14 en el c2)
2-que hayas ascendido de cuerpo
• 30/07/2011 12:34:00.
• Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.
Pero en ese caso no lo consolidas porque ya está consolidado y dentro del cuerpo nuevo al que accedes. En ese caso no se consolida, pero si de un C2 entrara por ejemplo por oposición libre en un A1 sí que tendría que consolidar el básico, que yo sepa, porque no está incluido.
La duda me entra en si el tiempo trabajado en este caso en C2 lo podrías contar para consolidar el A1.
• 30/07/2011 13:06:00.
• Mensajes: 240
• Registrado: diciembre 2009.
no tiene por que estar consolidado.respecto a lo que tu dices, el base del a lo consolidas pero no por obligacion, sino pq te dan un a base 22.Pero si tu estas de c1, con tu 16, y te dan en el concurso o por pld un 22, si al llevar año y 10 meses trabajando en el 22 sacas el a2 libre, no tienes que consolidar el 18 mínimo del a2, sino que lo que haces es esperar 2 meses a llevar los dos años en el 22, no pides la consolidacion del 18 y pides la del 22, y te la dan.
Como ya he dicho antes, primero consolidas el base del cuerpo en el que entras.despues no es necesario, si trabajas en uno superior consolidas el que trabajes.Esto esta pensao pa los plds sobre todo.
• 30/07/2011 14:08:00.
• Mensajes: 56
• Desde: Sevilla.
• Registrado: julio 2008.
::: --> Editado el dia : 30/07/2011 14:08:36
::: --> Motivo :
,,,
• 30/07/2011 14:16:00.
• Mensajes: 39
• Registrado: junio 2008.
No Vision73, si un funcionario del C1 aprueba las libres DEL SUBGRUPO A2, eso es como acceder desde la calle y tendría que consolidar el nivel mínimo del grupo o subgrupo en el que ingrese.
La excepción del art. 43.3 de la Ley 6/1985 sólo es para la P. Interna (del art. 37.2 como especifica el artículo anteriormente mencionado).
• 31/07/2011 16:58:00.
• Mensajes: 240
• Registrado: diciembre 2009.
censurado, creo que no es así.en las libres por ejemplo te dan la opcion de transformar tu plaza si apruebas y ya eres funcionario.si eres c 18 y tienes tu grado consolidado, y apruebas por libre el a2, resulta absurdo que tengas que estar dos añitos en el a2 para coger el grado minimo, ¡si ya lo eres en el c1!.
respecto a lo que decia mar de fondo, no se puede ser funcionario de 2 cuerpos a la vez, de ahi la excedencia, pero eso no tiene nada que ver con el grado.
Preguntadle a cualquiera que haya aprobado la promocion interna de c2 al c1, que hay muchisima gente, con su 14 consolidado, y que estuvieran en un 16 cuando aprobaron.toda esa gente ha seguido consolidando el 16 tranquilamente, no ha tenido que pasar por el 15 dos añitos y luego por el 16 otros dos, es absurdo
• 31/07/2011 18:30:00.
• Mensajes: 69
• Registrado: julio 2005.
Claro vision pero pq ya lo tiene consolidado.Y ese no es el caso que plantea seudónimo.
Planteas casos diferentes.
abril 2013 el 15
Abril 2015 el 16
• 31/07/2011 19:34:00.
• Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.
¿Con un PLD consolidas grado? ¿Pero el grado no se consolida con los puestos desempeñados con caracter definitivo y no provisional? Los PLD no son definitivos, ¿cómo se consolida el grado?
::: --> Editado el dia : 31/07/2011 20:13:24
::: --> Motivo :
1. A ver, yo estoy en un IES, soy C1 y tengo el 15 consolidado. Me han dado en el concurso un 18, ¿En cuantos años consolido el 18?
2. Un poné: imaginemos que, una vez que tomo posesión del 18, en mi IES, que me quieren mucho y que no pueden estar sin mí, hacen porque que salga un art. 30 para la plaza que ocupaba. El 18 que ocuparé proximamente no me hace tilín y quiero volver al IES por el art. 30 (suponiendo que me lo dieran) ¿En qué situación estaría?¿Estaría en el IES con un 18, con el 15?
• 31/07/2011 20:25:00.
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• Registrado: julio 2011.
Shastha, por Dios, que un PLD es definitivo. Lo que ocurre que su cese es discrecional, y entonces te adscriben provisionalmente a otro en tanto obtengas otro definitivo, y bla, bla, bla.
Debe ser la caló, no?
Saludos.
• 31/07/2011 20:39:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: julio 2011.
1. cuatro años para consolicar el 18.
2. Se supone que un funcionario no puede ser designado para un puesto inferior en más de dos niveles al correspondiente a su grado consol¡dado, pero claro, si es por voluntad de uno, ya no sé si te darían o no el art. 30. Si es mucho lo que te quieren, estarías provisionalmente en un nivel 15, con retribuciones del 15. Lo que está claro es que eres un 18 :)
Si o no?
• 31/07/2011 20:41:00.
• Mensajes: 39
• Registrado: junio 2008.
::: --> Editado el dia : 31/07/2011 22:00:32
::: --> Motivo :
Rectifico, y sí se puede convertir la plaza si el puesto es de doble adscripción cuando apruebas la plaza por convocatoria libre y eres funcionario de otro cuerpo.
The Crow consolidas el 18 en 4 añitos (primero consolidas el 17, pues ya tienes el 15 consolidado y sólo se puede consolidar como másximo 2 niveles cada 2 años y a los 2 años siguientes el 18)
Con respecto a un artículo 30, se consolida el nivel del puesto de origen (en este caso un 18) pero se cobra el que desempeñas provisionalmente por art. 30 (o sea el 15).
Harías un mal negocio. Los arts. 30 que se piden es porque son de nivel mayor del que tienen, para cobrar más, pero no lo consolidan.
• 31/07/2011 20:51:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: julio 2011.
Lanzo yo ahora otra pregunta:
A qué se refieren cuando se dice que "adquieres un grado" o "se te reconoce el gado correspondiente".
¿Son dos cosas distintas, o son dos formas de decir la misma cosa? ¿A qué se refieren? A que consigues ese grado pero luego lo tienes que consolidar poco a poco, o que directamente ya has consolidado el grado, del tirón?
¿Y el grado que se inscribe en el Registro Gral. de Personal es el que ya has consolidado o el que acabas de adquirir, por los procedimientos habituales, y que , por tanto, está en proceso de consolidación?
Gracias.
• 31/07/2011 21:23:00.
• Mensajes: 39
• Registrado: junio 2008.
Es lo mismo y se anota en el SIRHUS a petición de parte (es decir, a petición del funcionario). Se anota cuando se consolida (como dice el art. 22 de la Ley 6/1985).
Es un mero formalismo a efectos de movilidad de puesto te asegures unos ingresos (retribución complementaria).
Si estás en un puesto 28 toda tu vida y no lo solicitas, pues te jubilas sin el grado consolidado y no pasa nada.
• 31/07/2011 21:28:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: julio 2011.
Ok, volveré a leer la Ley 6/1985 :)
Gracias CENSURADO.
• 31/07/2011 21:35:00.
• Mensajes: 240
• Registrado: diciembre 2009.
La base novena de las libres del a1 dice:
2. Las personas seleccionadas que ya tengan la condición
de personal funcionario de carrera, y que ocupen con carácter
definitivo un puesto de doble adscripción, podrán solicitar
la adjudicación del mismo con el mismo carácter de ocupación,
siempre y cuando cumplan los requisitos de la Relación
de Puestos de Trabajo. En tal caso, sus solicitudes quedarán
excluidas del sistema de adjudicación de destino por el orden
de puntuación obtenido en el proceso selectivo.
En el caso de optar por continuar en el mismo puesto,
se producirá simultáneamente la toma de posesión en dicho
puesto como personal funcionario del nuevo Cuerpo y la declaración
de la situación de excedencia prevista en el artículo
15 del Real Decreto 365/1995, conforme a la redacción
dada por el Real Decreto 255/2006, en el Cuerpo al que pertenecía
con anterioridad.
Por lo tanto, aunque apruebes en las libres, si que puedes trnasformar tu plaza si ya eres funcionario.
The crow, lo normal serian 4 años, 2 pal 17 y otros 2 pal 18, como ha dicho alguno ya.
Pero si apruebas la promocion interna y subes al a2 la cosa cambia, si no has pedido el 17 esos 2 añitos trabajados de 18 te valen para consolidar el 18, con lo caul pasarias del 15 al 18 en 2 años.ya se que la ley pone 2 grados cada 2 años, pero lo que quiero explicar y parece que no convenzo demasiado es que hay excepciones a la regla.
• 31/07/2011 21:44:00.
• Mensajes: 39
• Registrado: junio 2008.
::: --> Editado el dia : 31/07/2011 21:48:20
::: --> Motivo :
Cierto, en ese caso sí puede quedarse en su mismo puesto si es de doble adscripción al aprobar las libres, ya lo dice el art. 25.5 del D. 2/2002.
Y sí, el A2 se consolidaría el nivel 18 como dices, por el art. 34.3 del Decreto 2/2202.
Saludos.
• 01/08/2011 11:47:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: diciembre 2009.
A propósito de la consolidación de grado, alguien podría poner un ejemplo del segundo párrafo del art.70.5 del decreto 2/2002:
"Cuando un funcionario obtenga destino de nivel inferior al del grado en proceso de consolidación, el tiempo de servicios prestados en puestos de nivel superior podrá computarse, a su instancia, para la consolidación del grado correspondiente a aquél".
Muchas gracias¡
• 01/08/2011 12:37:00.
• Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.
Ay, Tartesa, gracias por la aclaración, que ayer estaba espesita y estaba pensando en cuando se produce el cese y se adscribe a un puesto provisional, estaba mezclando cosas. A mí me va a dar ya algo con estos dichosos calores.
• 02/08/2011 16:54:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: octubre 2009.
Retomo el ejemplo de Seudónimo pero con una variante, un nivel más:
acceso libre grupo c2 en 2007
reconocimiento grado 14 en 2009
promocion interna del c2 nivel 14 al c1 nivel 15 en abril 2011
obtencion puesto nivel 18 por concurso de meritos
pregunta 1:¿Cuándo se consolida éste?Allá por el 2017?
Gracias muchas
• 03/08/2011 16:45:00.
• Mensajes: 39
• Registrado: junio 2008.
Consolidas el 18 en abril de 2015.
Saludos.
• 03/08/2011 16:54:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: marzo 2009.
Que lio esto de la consolidación. Retomando lo que plantea xxx1982. En mi caso:
Toma posesión septiembre 2010 nivel 15
Concurso traslado junio 2011 nivel 14
Cuando pase dos años en septiembre 2012. Consolidaria el 14? como puedo recuperar el 15?
Saludos