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::: --> Editado el dia : 04/11/2011 15:45:12
::: --> Motivo :
Hola a todos tngo una duda que planteo de una forma práctica:
Por la Dirección Gneral de Recurso Humanos y Funcón Pública, dictada por delegación de la persona titular de la COnsejería de Hacienda y Administración Pçublica se deniega un permiso al funcionario WW- Ante esta resolución el funcionario WW interpone recurso potestativo de reposicón ante la persona titular de la Consejería de H y AP ( órgnao que dictó el acto) y en vitutd del art 112 LAJA "ponen fin a la vía admiinistrativa". pero mi duda es ahora ¿Quién resuelve el recurso?:
A_ La Driección General ... ( el órgano que dictó la resolución)
B. La Consjería de H y AP ( el órgano deelgante)
en definitiva ¿quién resuelve el recurso en los casos de delegación de competencias
Gracias, un saludo
• 03/11/2011 23:59:00.
• Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.
Es la DG.
Artículo 102 de la LAJA
5. El recurso de reposición que, en su caso, se interponga contra los actos dictados por delegación, salvo que en esta se disponga otra cosa, será resuelto por el órgano delegado.
• 04/11/2011 0:06:00.
• Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.
Pero está hablando de un recurso de reposición, si por delegación, el Consejero delega sus competencias en otro órgano, el acto pone fin a la vía administrativa y no se va a interponer contra otro órgano, sino contra el que dictó el acto. Y por la LAJA, se presenta ante el órgano delegado y no delegante. Tú en el artículo 114 estás hablando del recurso de alzada.
• 04/11/2011 9:12:00.
• Mensajes: 198
• Registrado: agosto 2011.
Un caso así cayo en la promoción,y van y se equivocan en la solución,jajaja. Fue impugnada.
• 04/11/2011 10:12:00.
• Mensajes: 30
• Registrado: diciembre 2009.
Ahora que hablais de esto
cuando el artículo 13 de la ley de procedimiento dice
1. La competencia es irrenunciable y se ejercerá precisamente por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación, cuando se efectúen en los términos previstos en ésta u otras leyes. La encomienda de gestión, la delegación de firma y la suplencia no suponen alteración de la titularidad de la competencia, aunque sí de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada caso se prevén.
CUANDO dice salvo los casos de delgación o avocación se refiera al ejercicio no? porque la competencia imagino seguirá siendo de quien la delega. porque como luego cuando habla de la encomienda, la delegación y firma dice que no supone alteración de la competencia y lo pone con unpunto seguido parece como si fuese contrario a la delegación es decir como si se perdiese la competencia al delegarla aunque luego sea reovacable.
Sí me basé en el caso de la promoción pero no sabía que había sido impuganda y corregida la sollución. En el caso que planteo entoces puede que NO sea correcta la inteposición del recurso alnte la persona titular de la Consejería.
Creo que me he liado con la interposicón del recurso y su resolución,
Según el arti 116 se interpone ante el órgano que dictó el acto que es también el que lo resulve no?
Mejor planteo el caso de la promoción:
"Por Resolución del Director General de COmunicación Social, de 27 de mayo de 2001, dictadaa por delegación de la persona titular de la Consjería de la Presidencia se tiene a la entidad Sdeuxe SL por desisitida de su solicitud al considerar que los documentos se han presentado fuera de plazo.
La entiddad interesada entiende qeu la Resolución no es correcta ". Y se plante la siguente cuestión:
12-¿Qué recurso administrativo cabe contra dicha Resolución?
A-Recurso de alzada ante la persona titular de la COnsjería de la Presidencia.
B-Recurso de reposición ante la persona titular de la COnsjería de la Presidencia.
C-Recurso de reposición ante la Dirección General de Comunicación Social
la correcta es la C ¿Por qué? Según ley 30 13,4: Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.
y el 116 "ante el mismo órgano que lo huebiera dictado? ¿Por qué se interpone entonces ante la Direción General y no ante la Consería que dictó el acto? ¿Es por el art 102 LAJA tal como dice shasha? ¿Se interpone entoces y se resuleve por el órgano delegado'
Muchas gracias, un saludo
• 04/11/2011 15:52:00.
• Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.
Yo tengo que ser invisible...
Ya te dije antes que en el artículo 102 de la LAJA dice que en caso de delegación de competencias, el recurso de reposición se interpone ante el órgano delegado, no el delegante, por eso se interpondría ante la Dirección General de Comunicación Social.
No, no eres invisible, perdona leí las intervenciones muy rápido y ya vi que pusiste la DG.
Muchas gracias ya lo entendí, muy bien diste con el quid de la cuestión, un saludo y suerte si te presentas a examen
• 05/11/2011 11:05:00.
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• Registrado: noviembre 2011.
Esto es impresionante