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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 14/12/2012 18:09:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: diciembre 2012.
::: --> Editado el dia : 14/12/2012 18:29:09
::: --> Motivo :
Esta es buena amigos, ¿qué ha ocurrido hoy con el asunto de la mesa sectorial, presentación de 2º sentencia por parte de SAF y comunicado en la web de CCOO?.
Pues bien, según parece, FP se retrae de las actuaciones practicadas pronunciándose en el allanamiento sobre los procedimientos judiciales abiertos, pensemos de lógica y de justicia.
Llega CCOO y el último párrafo de su web se pronuncia y dice:
“Desde CCOO consideramos que la mejor manera de atender a las personas que no van a poder desistir del concurso actual y se puedan sentir perjudicadas por el tremendo retraso del concurso, es la convocatoria de un nuevo concurso en cuanto se resuelva el actual, y la aprobación urgente del Plan de Conciliación de Vida Personal, Familiar y Laboral propuesto por CCOO en septiembre de este año. “
Es decir un 2º concurso lo más pronto posible que este asunto ha causado un grave perjuicio a todos los funcionarios en AGJA, pensemos que es lógico y de justicia.
Ahora el remate, jeje, llega SAF y pone sobre la mesa sectorial la 2º sentencia del TSJA que entra en el fondo del asunto sobre el asunto de antigüedad de interinos, y si, amigos, esta sentencia lleva un párrafo que me encanta, me encanta y me encanta que dice :
“ que la antigüedad como interino ya fue valorada en el concurso-oposición de acceso a la condición de funcionario de carrera, por lo que supondría valorar doblemente éste mérito en detrimento del funcionario de carrera, con clara vulneración del art. 23 de la Constitución". “
Con este último párrafo, ¿bajo qué argumento se puede nadie plantear una modificación del decreto 2/2002 en las líneas que en estos últimos meses se plantea FP?, y si hay un nuevo concurso como se pronuncia CCOO.... ¿un nuevo concurso bajo qué reglas del juego?.
¿Qué tiene que decir USTEA sobre es parrafito de "“ que la antigüedad como interino ya fue valorada en el concurso-oposición de acceso a la condición de funcionario de carrera, por lo que supondría valorar doblemente éste mérito en detrimento del funcionario de carrera, con clara vulneración del art. 23 de la Constitución". “
"?...
vamos....vamos....vamoooos.
• 14/12/2012 18:53:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: marzo 2007.
Orden HAP/835/2012, de 16 de abril, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo.
Baremo:
d) Antigüedad: Se valorará a razón de 0,10 puntos por cada año de servicio hasta un máximo de 3 puntos, computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario.
¿Esto es inconstitucional?.
• 14/12/2012 18:57:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: diciembre 2012.
totalmente nuevoenesto, según el parrafito de los jueces en la 2º sentencia y además en toda regla.
con dos cojones ahí van los tios queriendo redactar decretos anticonstitucionales.
• 14/12/2012 19:00:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: marzo 2007.
Es un concurso de traslado de la administración General del Ëstado,
• 14/12/2012 19:05:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: diciembre 2012.
::: --> Editado el dia : 14/12/2012 19:19:43
::: --> Motivo :
Quieres decir que la lOrden HAP/835/2012, de 16 de abril, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo.
d) Antigüedad: Se valorará a razón de 0,10 puntos por cada año de servicio hasta un máximo de 3 puntos, computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario.
¿se trata de una propuesta de modificación del decreto 2/2002 en AGJA que provenga de concursos en la administración General del estado?
conviene leer esto:
[--http://www.fsp-ugtcadiz.org/images/stories/AUTONOM...RETO_2-2002.pdf--]
• 14/12/2012 19:23:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: noviembre 2011.
¡ ESPAÑOLES, LA MODIFICACIÓN DEL DECRETO 2/2002 HA MUERTO!
Os animo a que les demos ideas a la Junta sobre temas de los que se pueden pasar horas y horas hablando y que tienen menos futuro que Tarzán en un geranio. Por ejemplo: la modificación del decreto 2/2002 en lo concerniente a la antigüedad como interino, la inmortalidad del cangrejo de río, el sexo de los ángeles, la reproducción del oso pardo en cautividad...
• 14/12/2012 19:38:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: diciembre 2012.
O también si tarzán y la mona chita habrán de tener que pedir recurso de amparo al constitucional...jajajjaja....que bueno homogranatensis.
[--http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo2-1979.t3.html--]
• 14/12/2012 19:44:00.
• Mensajes: 15
• Registrado: julio 2005.
UGT Defendiendo la LEGALIDAD por los COJONES.
Estos Sociatas Cortijeros no tienen arreglo posible.
• 14/12/2012 20:52:00.
• Mensajes: 47
• Registrado: mayo 2005.
Yo entiendo que este párrafo de la nueva sentencia:
"El Alto Tribunal andaluz establece que con la modificación se pretende "volver a la redacción del Decreto 2/02, efectuada por el Decreto 528/04, y que fue declarada nula por la Sala de Granada del Tribunal Superior de Justicia, (...) al entender que se vulneran los arts. 23.2 y 14 CE cuando se computan como antigüedad en un concurso de méritos los servicios prestados con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario. El cómputo de tales servicios (...) no puede ser tenido en cuenta en concurso de méritos, porque impondría un tratamiento discriminatorio entre los funcionarios de carrera y los interinos, y porque contravendría la propia naturaleza de la situación de interinidad, exenta de permanencia y estabilidad". Y continúa que "la modificación operada por el Decreto ahora impugnado establece discriminatoriamente el cómputo de la antigüedad no sólo en relación al tiempo prestado como personal funcionario, sino también al prestado con anterioridad a la adquisición de tal condición. Por ello, este apartado ha de ser anulado, manteniéndose la redacción inicial". "
MACHACA COMPLETAMENTE LA PRETENDIDA MODIFICACIÓN DEL DECRETO QUE QUERÍA PONER EN MARCHA, ¿NO?
Al fin y al cabo, la modificación era para volver a la redacción dada por el Decreto 528/04, así que ya no tienen excusa.
O al menos no tendrían excusa en un Estado de Derecho real y efectivo, y no en una República Bananera como Andalucía...
• 14/12/2012 21:25:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: diciembre 2012.
pues CCOO quiere otro concurso deprisa y corriendo nada más se resuelva el actual...ajjajajajjajajaj
• 14/12/2012 21:38:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: diciembre 2012.
A ver en esto yo preveo guerra la verdad, porque el asunto de antigüedad de interinidad en la junta es más claro que el agua, y seguir solicitando ese aspecto está claro que no tienen fin y lo saben ahora...o al menos cualquiera con dos luces lo ve claro.....ahora....sobre otros aspectos de antigüedad como laboral o interinidad en otras administraciones....veremos a ver por donde salen....habrá que estar muy al loro.
Ya hay que ponerse a buscar por donde pillar este asunto de antigüedad de laborales y antigüedad en otras administraciones como interino.
La última sentencia lastra aún más las intenciones de la junta en cuanto a la modificación del decreto. Es más la hace insostenible. Ante la evidencia de la alusión al D.528/2004 todavía espero un ataque de responsabilidad de USTEA, UGT y CC.OO, soy un iluso, verdad?
¿Estamos mejor que hace un mes?
NO, yo sigo igual de jodido.
¿Es esperanzador que digan que lo resuelven? SI
¿Tener esperanza mejora nuestra situación? NO
Pensar que esta gente es de fiar es de ilusos.
Creer que hay que esperar a los pronunciamientos de los allanamientos y desistimientos es de ignorantes, la rebaremación no existe, ha sido ANULADA, procede resolver ya y dentro del plazo de ejecución, TODAS LAS DEMÁS FECHAS fuera del 27/01 es reirse por enésima vez de nosotros, burlarse del estado de derecho y disponer de unos meses maravillosos para buscar cualquier excusa para NO RESOLVER.
¿Qué podemos hacer?
1. MOVILIZARSE. A los que vayamos nos supondrá un gran esfuerzo ir, vamos a ir gente que nos va a suponer llegar a la capital de provincia más de 200 km ida y vuelta. ES LO MÍNIMO QUE PODEMOS HACER. BASTA YA DE REIRSE DE NOSOTROS.
2. SAF. DENUNCIA PENAL POR DESOBEDIENCIA SI NO TOMAMOS POSESIÓN ANTES DEL 27 DE ENERO.