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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

TANGAROJO

• 19/02/2013 9:10:00.
Mensajes: 13
• Registrado: agosto 2007.

BAJA POR IT. RECAIDA

Buenos dias, necesito ayuda..me comentan que cuando te das de baja por recaida el periodo para cobrar el 100% del sueldo no comienza de nuevo, sino que sigue contando por donde se quedo cuando te diste de alta. Es decir, que no volveria a estar otra vez cobrando durante los 3 primeros dias el 50%...

Me han dicho que existe una instruccion/resolucion sobre ese tema...

alguien sabe de ello....

4 RESPUESTAS AL MENSAJE

VERSO

• 19/02/2013 9:41:00.
Mensajes: 2
• Registrado: febrero 2013.

RE:BAJA POR IT. RECAIDA

Hola, existe la instrucción 1/2013 de la DG de RRHH y F.P.

Dice textualmente en el número 3:

Cuando no se trate de un nuevo proceso de IT, sino de una recaída de otro proceso anterior, no se considerará como día primero de IT el que corresponda a cada uno de los períodos de recaída, sino que se continuará el cómputo del plazo a partir del último día de baja del período de incapacidad temporal.

Espero que te valga. un saludo.

TANGAROJO

• 19/02/2013 10:26:00.
Mensajes: 13
• Registrado: agosto 2007.

RE:BAJA POR IT. RECAIDA

gracias. me puedes facilitar el sitio donde puedo descargarmela o mandarmela al correo electronico si la tienes.

graciasssssss

VERSO

• 19/02/2013 12:09:00.
Mensajes: 2
• Registrado: febrero 2013.

RE:BAJA POR IT. RECAIDA

Si me das una dirección de correo te mando la instrucción.


saludos.

TANGAROJO

• 19/02/2013 12:35:00.
Mensajes: 13
• Registrado: agosto 2007.

RE:BAJA POR IT. RECAIDA

te he mandado una peticion de amistad por el foro para mandarte el correo. para no ponerlo por aqui.

estare pendiente


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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