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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 22/07/2016 14:45:00.
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• Registrado: marzo 2010.
Hola.
Hola.
Tomé posesión de mi actual plaza en noviembre de 2014, como consecuencia de un proceso de permuta. La ocupación de los puestos obtenidos por permuta se hace con carácter definitivo. Quería saber si ello significa que son equiparables a la toma de posesión derivada de un concurso y, por lo tanto, si le es aplicable la excepción que establece que, hasta transcurridos dos años de la toma de posesión, sólo puedes concursar en plazas de tu Consejería de destino.
No sé si me he explicado :)
Si alguien puede aclararme esta duda le estaré muy agradecido.
Un saludo.
• 23/07/2016 11:46:00.
• Mensajes: 56
• Registrado: marzo 2010.
Lo subo, por si alguien puede ayudarme.
Gracias.
• 23/07/2016 15:48:00.
• Mensajes: 1189
• Registrado: diciembre 2008.
Buenas.
Yo interpreto que al ser un nuevo puesto con carácter definitivo, efectivamente, si llevas menos de 2 años en ese puesto, sólo puedes concursar a puestos de tu misma Consejería.
Saludos.
• 23/07/2016 17:15:00.
• Mensajes: 56
• Registrado: marzo 2010.
Ok, muchas gracias por responder.
Soy de la misma opinión, y la verdad es que me da rabia, porque los puestos que me interesan son de una Consejería que, hasta la última reordenación orgánica, compartía Delegaciones con la mía, por lo que, si a Susanita no le hubiera dado por separar Delegaciones de nuevo, ahora podría participar.
En fin, es injusto que me queje. Aquí estoy de lujo, es sólo que me he dejado tentar por el vil metal :)
Un saludo.
Buenos días, sabéis donde puedo ver las bases del concurso?
• 24/07/2016 12:44:00.
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• Registrado: agosto 2007.
En el BOJA del Viernes 22
• 25/07/2016 12:26:00.
• Mensajes: 87
• Registrado: agosto 2006.
Mira te respondo porque conozco el tema de muy muy buena tinta.
A un amigo mío le pasa algo parecido, él aprobó la promoción interna, ocupó su plaza y no le dejaron participar fuera de su consejería de origen por no llevar los dos años... Recurrió, ganó en primera instancia, ganó en el TSJA y ahora tiene su plaza + la difencia de sueldo + intereses de demora, etc...
El decreto dice textualmente "El personal funcionario de carrera que no lleve dos años con destino definitivo obtenido por concurso", Si tu plaza es por permuta, por promoción interna, pq te ha tocado en la tómbola o porque la mismísima susana te la ha dado, puedes participar, el término "OBTENIDO POR CONCURSO",está ahí para cumplirse... No se puedo obviar.
Al tema, no te dejarán participar, pero no pasa nada, presentarás tu recurso de alzada, no te harán ni puto caso, pero no tú a los tribunales que está ganado al 100%
Dentro de 4 años me invitas a una cerveza por la info :)
• 26/07/2016 1:06:00.
• Mensajes: 56
• Registrado: marzo 2010.
Jaja, cuenta con esa cerveza cuando quieras :)
Creo que tienes toda la razón. Me excluirán y no harán ningún caso de recursos en vía administrativa, para variar. La verdad es que no creo que llegue a los tribunales, pero porque no tengo necesidad, estoy a gusto donde estoy.
PERO si, por cualquier razón, quisiera marcharme, soy de tu misma opinión. Esto, en los tribunales, está ganado. Hoy mismo lo comentaba con el chaval con quien hice la permuta. Él, lógicamente, está en mi misma situación. Y a diferencia de mi, él sí tiene la suficiente antigüedad para aspirar a niveles 20 o 22, más aún en Sevilla, donde hay tantas plazas apetecibles. Él sí tiene claro que, llegado el caso, recurrirá. No basta que nos digan: "el criterio dde Función Pública es equiparar la permuta el concurso". Ese "criterio", o está basado en un artículo concreto de una norma concreta, o no sirve de nada.
Yo voy a incluir esas plazas en la solicitud. Me excluirán, y ahí acabará la historia por lo que a mí respecta. Pero hay otras personas que sí están dispuestas a pelear en los tribunales. Y a ganar.
Un saludo, y muchas gracias por responder.