Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 25/01/2017 20:25:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: enero 2017.
::: --> Editado el dia : 25/01/2017 20:34:10
::: --> Motivo :
Buenas tardes:
Soy funcionaria de la Junta de Andalucía C2 y he realizado el examen para la promoción interna C1 del pasado sábado.
Tengo un tiempo prestado en el SAS como interina pero como personal estatutario C2.
¿Creéis que valorarán en el apartado de antigüedad esta experiencia para la promoción interna? Estoy en un sin vivir porque mi plaza depende de ello.
En el examen tengo un 69 y por ello ahora dependo del concurso
Gracias de antemano.
Hola Gemasanchez, yo no te podría decir pero te entiendo xq aunque yo ni contándomelos, tendría posibilidades de entrar, si te puedo decir q tengo 1 año también como interino en el SAS, y cerca de 3 años con contratos eventuales y creo q no vale para nada, y piensp q no debería ser así, pero así es.
Gema, has conseguido averiguar algo?, yo creo que no lo cuentan pero en fin te deseo toda la suerte del mundo, si con esos puntos tienes opciones de entrar.
• 26/01/2017 12:45:00.
• Mensajes: 58
• Registrado: enero 2010.
c) Antigüedad: La antigüedad se computará por años completos de servicio o fracción superior a seis
meses, computándose los servicios prestados como personal funcionario de carrera e interino y valorándose
hasta un máximo de 16 puntos, a razón de 0.8 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
No especifica nada más. Será a criterio de la Comisión.
• 26/01/2017 12:55:00.
• Mensajes: 44
• Registrado: octubre 2014.
Antigüedad: La antigüedad se computará por años completos de servicio o fracción superior a seis meses, computándose los servicios prestados como personal funcionario de carrera e interino y valorándose hasta un máximo de 16 puntos, a razón de 0.8 puntos por año o fracción superior a 6 meses.
A saber que hará la Comisión!!!!. En otras ocasiones sólo han tenido en cuenta el tiempo como funcionario de carrera e interino en la Junta. De hecho al personal laboral del Estado transferido a la Comunidad Autónoma que luego se presentaron por la promoción cruzada NO SE LO COMPUTAN.
En efecto Funcinit después harán lo que les de la gana, a mí de todas formas ya desde un principio con esto de solo especificar funcionarios e interinos pues me fastidió y bien fastidiado, pues como dije antes tengo ceca de 3 años de contratos eventuales en el SAS, pero lo que está claro es que no se tenía que haber especificado ninguno, ni siquiera interino, porque está claro que la igualdad parte desde que somos funcionarios y nada más, pero en fin lo de siempre decisiones que benefician a unos/as y perjudican a otros/as
• 26/01/2017 14:18:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: enero 2017.
Buenasss: Pues no he averiguado nada mas. Creo que será una lotería. Al decir únicamente personal funcionario de carrera o interino entiendo que a un interino del SAS le debe contar.
Si fuera laboral, seguro que no cuenta, pero yo creo que van a contarla por interpretar el término "personal funcionario de carrera o interino" en un sentido amplio. Además es incluso de la misma administración, no sé...
• 26/01/2017 14:43:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: marzo 2014.
Al personal estatutario tanto fijo como interino te deben de contar el tiempo trabajado.
Si m,iras el art. 1 del Estatuto Marco se dice que el personal estatutario tiene relacion funcionarial.
Pero como hay mucho torpe tendrás que reclamar.
Lo digo por propia experiencia.