Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 03/06/2017 9:33:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: enero 2006.
Buenos días a todos.
Yo, como mucho de vosotros, participo en el concurso de traslados y me tengo que trasladar de provincia.
Según el decreto 2/2002, tengo un mes desde el día del cese en mi anterior puesto de trabajo
para incorporarme efectivamente al puesto de trabajo.
Este mes se considera como servicio activo a todos los efectos, pero mi pregunta es si también cobro
como un mes normal
Gracias
• 05/06/2017 14:11:00.
• Mensajes: 90
• Registrado: mayo 2005.
cobras normalísimamente.
• 05/06/2017 14:11:00.
• Mensajes: 90
• Registrado: mayo 2005.
cobras normalísimamente. Disfruta de tu mes.
Procede el mes si el puesto adjudicado supone un cambio de residencia y se acredita.
Te cesan, tomas posesión, acreditas el cambio de residencia y tienes un mes para incorporarte.
Por supuesto que se cobra.
• 06/06/2017 9:49:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: febrero 2011.
Una duda más concreta: ¿Hay que presentarse el primer día y entonces se coge un mes de permiso? ¿O puede uno presentarse en cualquier momento de ese mes? (avisando por teléfono por ejemplo). Si alguno trabaja en "personal", ¿cuál es la forma más habitual?
• 06/06/2017 11:34:00.
• Mensajes: 72
• Registrado: enero 2011.
¿El cambio de residencia implica cambiar de provincia?
Si yo cambio de puesto de un municipio a otro (dentro de la misma provincia) y me empadrono en la localidad del nuevo destino, ¿queda suficientemente justificado?
• 06/06/2017 11:59:00.
• Mensajes: 29
• Registrado: septiembre 2005.
Yo voy a cambiar de provincia .
Una pregunta, no estoy empadronada en la provincia donde ahora trabajo, con lo cual no se como voy a demostrar mi cambio.
Estoy pensando en empadronarme ahora, ¿es necesario estar mucho tiempo empadronada ?
o ¿ solo con estar en el momento del cambio vale?
Alguien que lo sepa por favor, o que esté trabajando en personal.
Gracias
• 06/06/2017 12:54:00.
• Mensajes: 61
• Registrado: septiembre 2005.
No lo se totalmente, yo lo único que te puedo decir es que tiene que haber un cambio efectivo de residencia que se suele acreditar mediante contrato de arrendamiento o título de propiedad o parecido del domicilio al que vas. Aunque te pueden pedir algo referente al domicilio del que vienes si con ello se acredita el efectivo cambio de residencia.
• 06/06/2017 12:54:00.
• Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.
Yo no cambio de provincia pero estoy empadronada en otra y lo voy a presentar porque cuando ya cambie de ciudad que ahora trabajo en un pueblo, voy a empadronarme en esa ciudad. En la normativa que yo sepa no pone nada de tiempo mínimo, empadrónate y que sean ellos los que te digan que no, ¿no? De todas formas hazlo ya, porque tardan algunos días en hacerte el cambio.
• 06/06/2017 13:10:00.
• Mensajes: 37
• Registrado: enero 2016.
El plazo de incorporación definitiva al nuevo puesto de trabajo se efectuará en los 3 días hábiles siguiente al del cese si no implica cambio de residencia del funcionario, o en el plazo de un mes si comporta cambio de residencia del funcionario, con la obligación, en este ultimo caso, de acreditar de forma fehaciente dicho cambio.
Esto es lo que decía la resolución del concurso en el año 2013, por lo que si hay un mes, y si lo quieres coger no tienes que aparecer por allí en ese tiempo.
Ahora bien, hay que tener en cuenta que ese mes no se va a cobrar sino que te lo pagaran todo junto después cuando te incorpores. O sea que lo cobras, pero con retraso.
En cuanto a lo demostrar de forma fehaciente supongo que será con el empadronamiento.
• 06/06/2017 13:19:00.
• Mensajes: 61
• Registrado: septiembre 2005.
Bien yo lo he vivido y fué asï (aunque no se hasta donde se puede tensar la cuerda). El día siguiente a cese que lo pone en la resolución del concurso me llegué a personal del sitio al que estoy y le conté la situación. He estado residiendo en tal provincia y ahora me incorporo aquí, me pidieron el D.N.I. y que acreditara donde iba a vivir. También les dije que después del mes aportaría el nuevo carnet y certificado de empadronamiento. Después únicamente con el carnet renovado fué suficiente y con eso lo daban por suficientemente acreditado.
• 06/06/2017 13:23:00.
• Mensajes: 29
• Registrado: septiembre 2005.
Entonces yo creo que con el certificado de empadronamiento valdrá.
No sabía que no se cobraba ese mes , que se cobra más tarde, eso no lo sabía.
y otra duda que tengo, si tienes exclusiva como yo, en ambos puestos, en el que dejo y al nuevo que voy..........el mes de plazo posesorio, no se me cuenta la parte proporcional de la exclusiva? es que ese mes no podría hacerla .
Alguien lo sabe?
Gracias de nuevo
• 06/06/2017 13:27:00.
• Mensajes: 61
• Registrado: septiembre 2005.
como yo lo hice lo cobré todo en su plazo normalmente y no hice cuentas de nada.
::: --> Editado el dia : 06/06/2017 13:35:32
::: --> Motivo :
jajaj cada vez queremos trabajar menos y cobrar más, después criticamos a los de las comisiones jajajaajjjjj