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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
711.404 mensajes • 396.218 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 07/10/2017 14:18:00.
• No registrado.
• 07/10/2017 14:20:00.
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¿Cómo era? ¿Con muchas preguntas cortas, a semejanza de los A2?? ¿De qué iba?
• 07/10/2017 14:21:00.
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Aquí estoy con el movil, esperando para entrar al de las 16:00, a ver qué nos ponen
Yo no se en vuestra aula,la mia que fue la 2 fue una chapuza. No comentaron nada de lo de q no se pde escribir a la izquierda solo a la derecha es cierto q estab en la segund hoja de instrucciones pero no costaba nada comentarlo igual q cmentaron 4 veces lo d movil. Hbian pasado 20-25 minutos y muxisim gente pidiendo cuadernillo nuevo para pasar todo puesto que hbian escrito tamb enla izquierda. De hexo una chica vi que entrego el examen y tenia escrito en ambas caras x lo que segun l norma estaria suspensa no? Porque en mi clase muxisima gente perdio tiempo para transcribir de nuevo solo en l derecha. Examen on fallo d posicion de las h ojas las cuales hbia que saltarselas para leer el caso en orden c el descoloque que conlleva. Que una pregunta valga 10 puntos y ocho preguntas que son d pensar 20 me parece descompensado . Examen dificil,mal estructurado y descompensado. Uno q haga la pgunta 9 bien y dos mas tne ya un 15, absurdo. No dejaron folios cosa que en el A.2 si dejaron,tmpoco lo cmprendo. El caso de contratos nivelon nivelon.....de matricula. En fin ....animo a todos y a ver quien aprueba.
• 07/10/2017 15:00:00.
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¿Qué han preguntado de contratos? ¿Cómo era la pregunta más larga? Ay, dame pistas, que nervios, que desesperación!!!!
• 07/10/2017 16:40:00.
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• Registrado: junio 2016.
Cat77 a que te refieres con que no se podia escribir en los folios de la izquierda? Es que yo en el a2 escribi a doble cara y nos dijeron que si se podia.
Alzada o reposición???
En.a2 si se podia doble cara, en este no
Ese es el tema, la gente iba con la experiencia del A.2.1, que de hecho en mi clase el sabado pasado una chica pregunto si podía escribir a dos caras y nos dijeron que sí porque no había nada especificado. En este examen, además de las instrucciones generales, como en el A.2.1 había una hoja por ahí donde ponía lo de escribir sólo a la derecha. Cosa que no tuvieron el detalle de comentar en clase antes de empezar. Fue un caos, nos avisaron al rato y todo el mundo con cuadernillo nuevo, por lo que está claro que el que haya escrito en la izquierda eso no se lo tendrán en cuenta. Absurdo sí, porque son exigencias absurdas y por algún despiste, alguno va a tener un suspenso como una rosquilla. Lo de la dificultad es una cosa, ahí cada uno es libre de opinar, pero peticiones absurdas no. Eso sí, luego hay que leer saltandose páginas porque han puesto mal el orden de las páginas del caso práctico, que cuesta revisarlo antes? Lo que está claro es que muchísima gente perdío entre 20-25 minutos en pasar lo que tenía a un cuadernillo nuevo, por la exigencia de escribir sólo en la derecha, por lo que si se tiene en cuenta también la izquierda a alguien, no es legal. Ví varias personas así, con las dos caras escritas, lo cual me sorprendió, porque se avisó en clase, no se si se despistaron o ya tenían mucho escrito y no se atrevieron a perder tiempo en pasarlo. Un descoloque todo la verdad...
• 07/10/2017 20:36:00.
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• Registrado: junio 2011.
Alguien ha hecho contratos?? Lo del convenio, que era?? (Puse que estaba excluido de contratos). Y lo de las mesas.... ni idea. Tampoco tengo claro lo de el periodo del convenio... que cacao de examen!! A mi la materia en si, me ha parecido bte dura
• 08/10/2017 9:28:00.
• Mensajes: 459
• Registrado: julio 2015.
Yo estoy sin palabras. Vaya exámen..., yo hice el supuesto 1, propuesta de resolución de recurso..., no lo había hecho nunca antes..., vaya examen que hice, para enmarcarlo. Qué depresión!
• 08/10/2017 10:01:00.
• Mensajes: 76
• Registrado: junio 2016.
Entonces uno era de preguntas cortas de contratos y el otro era hacer un informe?
::: --> Editado el dia : 14/04/2022 23:52:37
::: --> Motivo :
:::
En ambos casos habia preguntas con varios apartados dentro. Ademas el caso 1 en la ultima pregunta hbia q redactar una resolucion del recurso q se planteaba en funcion de tdos los satos que se tenia. Entiendo q era algo en condiciones no un folio pq valia esa pgunta 10 puntos casi la mitad del examen.
• 08/10/2017 11:16:00.
• Mensajes: 76
• Registrado: junio 2016.
Ah vale. Gracias
Alguien puso que el recurso era de alzada (caso 1)? Que depresión...si haces la primera mal, todas mal.
• 08/10/2017 12:30:00.
• Mensajes: 121
• Registrado: abril 2008.
Era reposición por lo que estas explicando Interventore. El examen tenía su miga, y creo que la mayoría cogimos el primer supuesto así que tendrán donde comparar entre unos y otros. Y también pienso que el Tribunal valorará unas respuestas correctas y bien argumentadas por lo que no creo que hubiera que escribir el Quijote a la
hora de responder cada pregunta ya que la mayoría de las preguntas eran muy concretas, y en la última simplemente estructurar bien la propuesta de resolución y fundamentarla bien, no van a pedir ahora una resolución elaborada por un magistrado del TSJA.
• 08/10/2017 12:31:00.
• Mensajes: 19
• Registrado: julio 2017.
Yo tambien puse reposicion pero tampoco supe enfocar la propuesta... tampoco habia hecho ninguna e hice un churro y no creo que pase. Me resulto dificil y me bloquee mucho al principio y tenia q volver cada dos x tres a leer el enunciado, un agobio muy grande y lo pase fatal.
me voy a tomar el tercero con tranquilidad y resumire los temas xq aunq no apruebe asi ya los tengo para el proximo y solo haria falta actualizarlo...
• 08/10/2017 12:56:00.
• Mensajes: 121
• Registrado: abril 2008.
Si Atticus, pero no más, era algo concreto, con sus tres antecedentes, los mismos fundamentos de derecho y el propone, poco más. Bueno ya se verá, esperemos que no tarden más de 1 mes en sacar notas
• 08/10/2017 13:39:00.
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• Registrado: junio 2017.
Lulu1984 yo tb me he cargado el caso,tambien puse alzada... lo malo es ese q al tener esa mal nos fastidia muchas... en fin,en mi caso para otra sera :( la primera pregunta lo q no se yo si es alegaciones en vez d recurso,me dio ayer por leer bases d nombramientos provisionales de los concursos que han habido esta ultima vez y pone alegaciones... ni con los apuntes delante me aclaro
Debe ser director general y materia d personal. No tener rango de director general. Debe serlo. Una cosa es el rango y otro lo q se es. La pgunta 9 vale 10 puntos ,no creo que les vslga una carilla,seria de risa. Hblan d hcer una resolucion. Con todos sus ingredientes y partes .
Tambien tiene eango de director general un delegado de gobierno y si resuelve algo en materia d personal no pone fin a la vua administrativa. La unica forma esq al fibal de l resolucion expecifuque q pone fin. Pero si no lo pone y ns basamos en la normativa debe ser director general no tener rango .
• 08/10/2017 13:51:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: junio 2017.
No me quito el examen de la mente, creo que como la gran mayoría. Yo elegí también el primer caso y puse potestativo de reposición porque el decreto 255/1987 atribuye la resolución del art.30 a los consejeros, de manera que deduje que había delegado la competencia en la SGT. No sé cómo lo veis..
La verdad que era difícil salir de este examen con certeza, sobre todo por el informe y lo abierto que es de por sí.
Esperemos que pronto saquen las notas.
Ánimo a todos y ojalá vaya bien!
• 08/10/2017 14:08:00.
• Mensajes: 36
• Registrado: octubre 2017.
::: --> Editado el dia : 08/10/2017 14:11:31
::: --> Motivo :
Hola. Ya que ni con los apuntes/leyes delante es posible tener una idea de si hemos palmado o no, a ver si entre todos podemos llegar a conclusiones.
Respecto a si es alzada o reposición, yo creo que es alzada por los siguientes motivos:
- El caso habla de la resolución como PROVISIONAL, por tanto lo interpreto como un acto de trámite que no pone fin a la vía administrativa
- La resolución provisional la emite la SGT, que evidentemente tiene superior jerárquico.
- El escrito/recurso, va dirigido a la D.G de RRHH, es decir, el superior jerárquico de la SGT, ya que de ser recurso de alzada, sería el competente para resolverlo (si bien podría haberlo dirigido también a la SGT).
Cómo lo veis?
Respecto a si es alegación o recurso, el propio enunciado de la última pregunta ya lo está diciendo (recurso).
Yo me quedé sin tiempo para redactar bien la última (debí hacerlo al principio), pero hay que recordar que la motivación debe hacerse "con SUCINTA referencia a hechos y fundamentos de derecho", por lo que no creo que hubiera que escribir el Quijote. El PROPONE, digo yo que había que inventárselo al no tener más datos. ¿Qué habéis propuesto vosotros?. Yo con el tiempo encima simplemente propuse 1- desestimar las petición por carecer manifiestamente de fundamento y 2- elevar a definitiva la propuesta provisional.
Por cierto, hice todo el examen a 1 cara, como decían las instrucciones, pero en la última pregunta, que me ocupó 2 caras, se me pasó y la contesté a doble cara. Qué opináis sobre las consecuencias de eso?
• 08/10/2017 15:05:00.
• Mensajes: 121
• Registrado: abril 2008.
El artículo 114.2 c de la 39/2015 es bastante claro
• 08/10/2017 15:46:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: noviembre 2015.
Yo también he puesto recurso de reposición, porque el órgano competente para resolver un artículo 30 es el consejero y si lo hace la secretaria general técnica, es por delegación del consejero. Es cierto que la se retaría general tecnica tiene rango de director general, pero la competencia para resolver el artículo 30 es del consejero y no de aquella.
• 08/10/2017 15:50:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: noviembre 2015.
Ah.., y sobre si son alegaciones o un recurso, puse recurso, porque ponía resolución de adjudicación provisional y creí, que no es que la resolución sea provisional, sino que el puesto que se adjudica tiene carácter provisional, por ser un artículo 30.
• 08/10/2017 15:53:00.
• Mensajes: 459
• Registrado: julio 2015.
Tambié puse de reposición, pero lo puse por lo de rango igual o superior a Director general, no hice mención al consejero. En la que hablaba de Delegación todo el mundo estaba de acuerdo en que sí se podía delegar, no?
• 08/10/2017 15:56:00.
• Mensajes: 459
• Registrado: julio 2015.
Yo también puse recurso, si no a qué venía la última pregunta??? y diré de paso que hice, como otro compañero también ha dicho, un churro, pero un churro, vamos... Yo me doy por suspendida..., entre eso y otros errores de los que me ha dado cuenta después...
Yo puse alzada. Resolver, resuelve el consejero, otra cosa son las delegaciones, que que yo sepa no entran en el temario. La DGRHyFP nada pinta aquí, y para muestra, ella remite el recurso a la consejería cuando lo recibe. La única duda es que las comisiones levantan actas provisionales, y luego las ratifican si hay alegaciones..y eso se recurre. No estemos tan seguro de que es recurso, igual eran alegaciones..
• 08/10/2017 16:07:00.
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• Registrado: octubre 2017.
Compañeros, yo sigo en mis trece de que es alzada. Si estáis seguros de que es reposición es que algo se me escapa.
Efectivamente el 114.2 es muy claro... pero respecto al DG. Un acto suyo, queda claro que pone fin a la via administrativa. Pero el acto lo dicta la SGT. El tema de la delegación tenéis razón, pero está delegada esa competencia? En el texto no se dice nada
• 08/10/2017 16:13:00.
• Mensajes: 121
• Registrado: abril 2008.
Pues deberías bajarte de las 13 compañero mira el literal del articulo
) Los emanados de los órganos directivos con nivel de Director general o superior, en relación con las competencias que tengan atribuidas en materia de personal. Con nivel de DG como es el caso de la SGT, es claro no?
• 08/10/2017 16:23:00.
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• Registrado: noviembre 2015.
En la orden de 4 de noviembre de 2016, viene que esta delegada competencia en la secretaria general tecnica.
• 08/10/2017 16:26:00.
• Mensajes: 459
• Registrado: julio 2015.
Si como dicen por ahi, ha un decreto que dice que el competente para resolver es el consejero( la 6/85 dice la consejería) estaría delegado( pienso que es posible la delegación, porque no se da ninguno de los supuestos en los que no pueda delegarse las competencias) y hay que entender que es dictado por el delegante(Consejero), por tanto, sus actos agotan la vía administrativa y el recurso es de reposición.
Si no estuviese delegado también sería el de reposición porque el stg tiene nivel de director general y expresamente como ya se ha comentado la 39 establece que sus actos en materia de personal agotan la vía administrativa y también, por este motivo, cabe el recurso potestativo de reposición.
Yo lo veo así, pero bueno, que seguramente suspenda...
• 08/10/2017 16:33:00.
• Mensajes: 36
• Registrado: octubre 2017.
Pues si hay una orden que específicamente delega la competencia, no hay más que hablar entonces. Ahora, vaya máquina hay que ser para conocerla.
Palmado entonces.
• 08/10/2017 16:41:00.
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• Registrado: noviembre 2015.
Yo, tampoco la conocía la he buscado ahora porque imaginaba que debía haber una delegación, por ser el consejero el competente. Sin embargo tampoco creo que lo haya pasado porque tengo otros errores.
• 08/10/2017 17:09:00.
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• Registrado: abril 2008.
Dice lo mismo
• 08/10/2017 17:26:00.
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• Registrado: noviembre 2015.
Y respecto a la anulación del acto que pusisteis? A que se refería?
• 08/10/2017 19:47:00.
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• Registrado: julio 2015.
Yo no lo enfoqué...
• 09/10/2017 9:57:00.
• Mensajes: 459
• Registrado: julio 2015.
Nadie dice nada??? Qué habéis puesto en las demás preguntas??? La del recurso valía como máximo 2,5 y la del plazo del recurso 2,5 también, eso no lo es todo. Son 30 puntos
• 09/10/2017 12:57:00.
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• Registrado: junio 2017.
::: --> Editado el dia : 09/10/2017 12:58:03
::: --> Motivo :
Las demás no tenían mucho misterio, reposición, cabe contencioso, puede delegarse, experiencia profesional en puestos provisionals no se cuenta...etc. la criba estará en ella propuesta de resolucion
Nadie se atrevió con el supuesto 2??
Yo he puesto que la mesa debería proponer la desestimación y q abrir el sobre 3 hace que procedimiento sea nulo.
En cuanto a lo convalidar... No se puede porque se supone q hay una delegación del consejero al delegado. Como lo veis??
• 09/10/2017 23:06:00.
• Mensajes: 25
• Registrado: junio 2017.
La experiencia profesional en los puestos provisionales, si se cuenta nooo...??
• 10/10/2017 8:07:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: octubre 2009.
y en la pregunta última, qué hicistéis: propuesta de recurso o la resolución del recurso? Cómo lo habéis interpretado?
• 10/10/2017 9:07:00.
• Mensajes: 121
• Registrado: abril 2008.
Te pedían hacer una Propuesta de Resolución del recurso
• 10/10/2017 9:26:00.
• Mensajes: 17
• Registrado: octubre 2013.
Te pedían hacer una propuesta de Resolucion del Recurso ( propuesta en minúscula, resolucion del recurso en mayuscula). Muy mal expresado y confuso, daba lugar a interpretar cualquiera de las dos cosas.
Los que hayan elegido el primer caso deben responder perfectamente 6 preguntas de 9 para sacar un aprobado raspado (15). El tema es la ultima y como dije, no creo que valiendo 10 puntos valga cualquier cosa. Entre la gente que escribio en el reverso ( nulidad d respuestas) y la gente q se h equivocado...a mi no m salen las cuentas d gente q apruebe. Se han metido en un callejon sin salida poniendo 2 casos tan complejos cndo solo hay 301 personas. O pasan la mano...o se quedan plazas sin cubrir. Espero que no pasen l mano con las contestaciones q hay en los reversos ( q m consta mux examenes se han entregado asi) pq si no se ñia parda,puesto q venia en las instrucciones. Van a aprobar 4 gatos y cuando se den cuenta algo tendran que hacer pero espero que sea dentro d la legalidas. Si es anverso....anverso y si vale tanto....vale tanto una pregunta.
• 10/10/2017 9:40:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: noviembre 2015.
Yo también hice una resolución, y por el mismo motivo porque ponía una propuesta de Resolución de Recurso.
• 10/10/2017 13:34:00.
• Mensajes: 121
• Registrado: abril 2008.
Pedían una propuesta de resolución del recurso, una cosa es una resolución y otra una propuesta de resolución, y pedían una propuesta
• 10/10/2017 17:48:00.
• Mensajes: 17
• Registrado: octubre 2013.
Se pedía que redactases una propuesta de Resolución del Recurso.
Yo también creo que se refieren a una propuesta previa a la resolución, pero creo que está terriblemente concretado. El supuesto no tiene "solución" clara, tu puedes estimar o desestimar mientras fundamentes, por eso creo que se puede entender que se proponga una resolución (de las posibles).
Si se quiere una propuesta se podría haber definido como "propuesta previa a la resolución " o que menos que Propuesta de Resolución del Recurso, todo en mayuscula
No han estado finos
• 11/10/2017 11:49:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: noviembre 2015.
Alguien sabe a que se refiere la pregunta 2, sobre la anulación?
• 11/10/2017 15:57:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: febrero 2007.
Yo con respecto a la pregunta 2, puse q se referia a los actos de revision de oficio, q en este caso es a instancia de parte , q agota la via administrativa.al ser un acto desfavorable para la interesada entendi q la declaracion de lesividad no podia ser, ya q la reclamante entiende q la baremacion es desfavorable para ella.....
Es mi interpretacion...
• 11/10/2017 17:40:00.
• Mensajes: 47
• Registrado: junio 2017.
Yo puse ambas cosas. Primero que se refería a la Resolución, y al ver que se me quedaba corta la pregunta puse que podría estar solicitando una rectificacion de errores ya que revision de oficio sería actos nulos y no parecía nulo, y declaración de lesividad tampoco xq como has dicho debia ser favorable. En fin, muy rara esa pregunta
• 15/10/2017 18:11:00.
• Mensajes: 459
• Registrado: julio 2015.
No os parece que este examen favorece a la gente que ha visto en su vida laboral propuestas de resoluciones de recursos???
A mi lo que me parece es que hay un nivel de subjetividad bastante importante en este examen. Nadie sabe por donde van a ir los tiros. En un test sabes a qué atenerte pero aquí pueden subir la mano.....bajar la mano.....en fin....
yo lo siento mucho por los que escribieron en el reverso pero en mi clse se agotaron los formularios pq casi nadie se percato y casi a la media hora los q vigilan ns avisaron. El fallo fue nuestro x no leer bien las instrucciones( q desde mi humilde opinion m parecen chorras,pq en el A.2 se permitio escribir a dos cara) pero persimos entre 20-25 min en transcribir d nuevo por tanto...el q hsya escrito en el reverso esta suspenso ya,puesto que a no ser que haya cntestado limpismente en la cara derecha....aun asi para aprobar seria cmplejo. El tribunal no debe tener en cuenta los reversos porque si lo hace deja en desventaja a los q SI lo han escrito correctamente. Si pasan l mano en eso se lia parda!!! Espero q si lo hacen lo hagan oficial pero lo malo esq lo hagan y no ns enteremos cosa cmplicada pq tdo conocem a ge te q lo ha hexo mal y si estan aprobadas es pq han pasad l mano c l instruccione. Es una putada . Es absurdo poner doble instruccion...nadie lo duda pero q se cumpla la norma y quien haya entregado dble cara esta suspenso seguro pq no m salen las cyentas pa q aprueben
• 23/10/2017 16:31:00.
• Mensajes: 110
• Registrado: octubre 2006.
Yo fuí una de esas personas que no leyó bien las instrucciones y escribí a doble cara. Efectivamente, una vez transcurridos 25 minutos o más, nos lo advirtieron y, como buenamente pude, empecé de nuevo y obviamente, me faltó tiempo. No entendería que ahora sí se tuviera en cuenta lo escrito en el reverso. Sería muy injusto y por supuesto, no dudaría en impugnar el ejercicio y si fuera necesario, el proceso selectivo.
• 23/10/2017 17:51:00.
• Mensajes: 47
• Registrado: junio 2017.
No creo que ni siquiera nos enteremos de si han tenido en cuenta a aquellos que escribieron a doble cara o no, igual que no nos enteramos de la razón de poner la nota de corte tan alta.
claro q ns enteraremos. Yo conozco a 2 personas que han bordado el examen,una eligio contratos. Una pidio formulario nuevo perp aun asi...volvio a escribir en el reverso y lo entrego asi pq ya no le daba tiempo escribir tanto. El otro caso tb escribio mal. Imposible q hyan aprobado. Si lo hcen no cuadra. D tdas formas no creo que vayan a mojarse en eso. Creo q este tribunal es duro y tal vez apruebe lo justo o menos q las plazas q hay y no les temblara el pulso. Todos estam muuuy pendientes d este tema cmo para dejarlo pasar y es facil percatarse si ño hcieran y no lo expecificaran. Creo q no hbra mas d 100 aprobados .
• 23/10/2017 21:14:00.
• Mensajes: 121
• Registrado: abril 2008.
Yo pienso lo mismo que Atticus, las instrucciones eran muy claras, no se podía escribir en el reverso así que no deberían evaluar lo escrito ahí y más teniendo en cuenta que hubo gente que tuvo que repetir el examen con prisaspor equivocarse
• 03/11/2017 20:40:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: noviembre 2017.
::: --> Editado el dia : 03/11/2017 20:57:01
::: --> Motivo :
Si alguien hizo el de contratos, la pregunta 1 es de traca. Sobre si debe ser una ley autonómica o estatal o las dos y lo fundamentes jurídicamente... La pregunta es tan subjetiva, que el propio Tribunal Constitucional se ha tenido que expresar en una sentencia, porque no queda claro: [--https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-4826--]
O el que se presentaba a la oposición trabajaba como juez en el tribunal constitucional o no había manera de responder acertadamente a esa pregunta. O eres un jurista de gran futuro... pero que te vas a dedicar a ser administrador. Y todo, por 5 puntitos.
PD. La respuesta correcta es que sólo puede ser estatal... y el fundamento jurídico lo dictó un juez del TC, porque a los abogados del Estado y las asesorías jurídicas de varias comunidades autónomas no lo tenían claro.
• 04/11/2017 13:47:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: junio 2017.
Ojalá que no se demoren mucho y antes del puente tengamos noticias. Esto es un sinvivir..
• 07/11/2017 8:09:00.
• Mensajes: 53
• Registrado: junio 2011.
Yo hice contratos pq no me ví capacitada para redactar la resolución del otro caso. Pero vaya plan entonces, entre la preguntica de los sobres, el convenio de colaboración y lo que comentas ahora de la primera pregunta.... o no son mu exigentes a la hora de corregir, o me da que van a dejar plazas desiertas
Lo dificil del práctico de contratos, pedir una resolución que vale muchísima puntuación, gente escribiendo en el reverso..... miedo me dan las notas.
Ojalá no se demoren mucho y nos saquen de este sin vivir de espera
::: --> Editado el dia : 14/04/2022 23:51:48
::: --> Motivo :
:::
• 13/11/2017 13:46:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: noviembre 2017.
En el caso 1, la propuesta pesaba mucho.
Sin embargo, en el caso 2, las preguntas eran más propias de un cuerpo de Letrados que de Administradores, con justificaciones jurídicas que requerían hacer interpretaciones de la ley para responderlas.
Igual en la próxima convocatoria, en el caso práctico ponen preguntas de informática o de medicina... Total, parece que para ser administrador en la Junta debes ser un Dios experto en todas las materias.
• 16/11/2017 9:19:00.
• Mensajes: 23
• Desde: Madrid.
• Registrado: noviembre 2016.
Disponibles nuevos esquemas de ayuda.
- ESQUEMA ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE ANDALUCÍA.
- ESQUEMA PROTECCIÓN DATOS
- ESQUEMAS LEY PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES
- ESQUEMAS ESTATUTO EMPLEADO PÚBLICO
- ESQUEMAS IGUALDAD DE GÉNERO ANDALUCÍA
- ESQUEMAS ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO
- ESQUEMAS CONSTITUCIÓN
Disponibles en: ttemarium@gmail.com
Estoy pensando preparar a1. Para la próxima convocatoria pero estoy perdida, me he comprado el primer volumen de Adams para empezar . Alguna recomendación? Sabéis cuando se prevé convocar y cuanto.se tarda Entr e esta y el examen?
Miss Irene , yo también me acabó de comprar el temario de Adams aunque va a haber que actualizar el tema de los contratos porque viene la ley antigua pero bien. Siempre hay que completarlo con la ley. Exámenes dicen que a final del 2018 aunque si juntan las convocatorias del 17 y 18 serán más tarde. Ánimo