Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
711.404 mensajes • 396.218 usuarios registrados desde el 25/05/2005
Bueno....hay opiniones x ahí?...muy mixto, el caso B infumable y el A con pguntas d 4 bloques y muxas preguntas con novedades de presupuesto. La gente salía diciendo que muy fácil, yo no opino eso, algunas eran de pillar con novedades muy recientes
• 11/03/2018 18:25:00.
• Mensajes: 438
• Registrado: julio 2017.
Mira que iba a abrir yo el mismo hilo jajaja Pienso exactamente como tú. Compañeros míos con notas bajitas en el primero han contestado TODAS porque decían que el supuesto A era muy fácil...yo tampoco lo veo así, esperaremos mañana a la plantilla, seguro que más de uno se lleva una sorpresa.
• 11/03/2018 19:19:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: octubre 2008.
Buenas... Yo he hecho el supuesto A, como la mayoría, imagino. Me ha parecido bastante asequible a pesar de las novedades, en el sentido de que quien llevara al día las actualizaciones, lo saca. Me han pasado una plantilla que ha sacado otra persona supuestamente está bien aunque hasta mañana no saldremos de dudas. La pego:
Plantilla del a:
BDDBD
BDACA
DBDCC
DCCBB
CBDBC
BDDCD
CCC
• 11/03/2018 19:43:00.
• Mensajes: 30
• Registrado: noviembre 2017.
Cat te ha dicho mucha gente que era fácil? Pues no sé yo opino lo mismo que vosotras, preguntas para pillar y novedades, pero bueno a ver.
• 11/03/2018 19:50:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: octubre 2008.
Kikosiles4, yo al principio también creí ver algunos errores en esa plantilla pero después, comprobándolo entre varios compañeros, nos sale que está correcta. De todos modos, mañana sacarán la oficial.
Examen con trampa, aquellos que dicen que fue facil son gente que habran pasado el primer examen con 55 pelado y no tenian nada que perder y han contestado todo pensando que era muy facil. Mañana se llevaran chasco y seguiran creyendo que esto en 1 año o 8 meses se saca( cada vez esta más dificil porque hay muchisima competencia). Impugnables la 25 porque hay una resolución de 25 de julio de 2017 de la dirección general de presupuestos que cambian los codigos por tanto la consejería de turismo y deporte es la 1700. Respecto a la pregunta 22 es impugnable porque en el decreto 282/2010 te dice en articulo 10.B que viene que las normas reguladoras y en el articulo 120.bis del TRLGHP si te dice la convocatoria. Va haber cambios pero no muchos.
• 11/03/2018 20:07:00.
• Mensajes: 30
• Registrado: noviembre 2017.
Exacto yo esas dos las veo claramente impugnables. En cuanto a la 25 al no expresar ni artículo ni decreto en concreto está claro que no se sabe a qué se refiere y que ambas pueden ser correctas.
• 11/03/2018 20:11:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: marzo 2018.
yo no tengo opciones a plaza y sí me ha parecido muy asequible el supuesto A,, sobretodo para los que tenían muy buena nota. No ha sido para nada un examen práctico, era teórico, así que no había ninguna teoría que saber aplicar en la práctica como por ejemplo computar plazos...Nada que saber interpretar, solo saberse bien las leyes. En mi opinión, no creo que ninguno de los que optaba a plaza haya pinchado...
• 11/03/2018 20:31:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: marzo 2018.
En cuanto a la plantilla si creo que es correcta, salvo la 22 que puede ser impugnable y las de reserva que diría que son B A B,
Voy x partes, lo d fácil lo dcia la gente cuando salí, a mi personalmente no m h parecido fácil, algunas si eran facilitas pero el global, pguntando 4 bloques ...hbia q saber d tdo. Hay muxas pguntas q parecen q se tnen bien y luego t llevas el xasco, como dce el compañero, pq no m explicó tanta gente q comenta eso. La 22 es algo confusa, pero yo veo q es la A. Es cierto q no t dce el artículo pero con este tribunal ya sabéis. La otra no la vería tan limpia como respuesta correcta. La 25 creo q no l impugnarán pq han sabido no cogerse los dedos, t dce de donde coger l respuesta x tanto aunq haya algo posterior q lo modifique....t pguntan por lo anterior. Es injusto? Muxo pero no sé bjarian d burro pq ya h habido precedente cuando pguntado x quien nombraba a los interinos según el artículo. 29 6/85 donde pone consejero previa autorización d sgap y eso ya no es así, es dgf pública y no se bajaron, pq t decían la ley y art. Absurdo!? Si....pero más c este tbunal. A mí m da q no impugnan ninguna o una como muxo no más. Las d reservas veo q sin CCC, no lo q dce el compi de BAB.
Puede que haya precedentes pero en anteriores convocatorias habia otra comisión diferente y ademas no habia preguntas de reserva como ahora que para algo lo ponen y este es un caso evidente que hay norma que lo demuestra. Por tanto impugnable no significa que la vayan a modificar pero si deberían y para ello deberíamos hacer ruido y no dejarlo todo a la simple discrecionalidad de la comisión. yo no lo digo por ti Cat 77 lo decia por la gente que salia del examen diciendo que era facil. No fue facil. Animos y que dios reparta suerte.
• 11/03/2018 21:11:00.
• Mensajes: 186
• Registrado: octubre 2015.
::: --> Editado el dia : 11/03/2018 21:13:08
::: --> Motivo :
La pregunta de la consejeria no me cuadraba en el examen porque a día de hoy es la 1700 pero al ver que preguntaban por la orden anterior vi que era la 1600. Al haber puesto en el enunciado la orden no la veo impugnable porque se han curado en salud. La 22 es muy ambigua pero yo apuesto por norma reguladora porque al poner en el enunciado " prevea" eso suena más a las normas reguladoras del 282 y no al 120 bis de Hacienda, pero deberían haber especificado más en el enunciado. Las de reserva son ccc sin dudas ninguna. Mañana veremos la plantilla oficial.
Si yo estoy cntgo wakynithg pero no olvidemos q este tbunal, tniend varias aún d reserva no anulo pguntas c errores en las leyes d sus enunciados, muy fuerte y no les tembló el pulso. En una d 30 dudo que bajen y tne pinta l 15 dq al poner la orden no la impugnarán. Eso sí...el q quiera q se mueva obviamente, faltaría más. Yo l 22 como dce Bartolita, sigo viendo l A, a pesar d las dudas, es la más correcta x el enunciado , aunq no nombre art. Ni ley. Reservas CCC totalmente, aunq tengo una mal pero es así. M recuerda este examen al C2 q era muuuy fácil y luego no había tanto 80, vamos a ver q pasa, h sido un camino duro y es cierto, exe d menos plazos, y más historias, pero no olvidemos el caso B , q no tne nombre!!!! Este tbunal en general h sido muy duro.
• 11/03/2018 21:25:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: marzo 2018.
Me ponéis en duda con las de reserva... la 154 no lo sé, pero las otras no están en el artículo 44 y ss del VI convenio? No es grave entonces?
• 11/03/2018 21:45:00.
• Mensajes: 186
• Registrado: octubre 2015.
Pichurrilla, hablamos de reserva del supuesto A y tú hablas del supuesto B por lo que veo.
• 11/03/2018 22:19:00.
• Mensajes: 35
• Registrado: octubre 2017.
Buenas noches, porque pensais q la pregunta 22 del caso práctico A es impugnable??
En la pregunta hacen referencia bancaria la ley de hacienda, artículo 40, y en ese artículo siempre hace referencia a la ley de presupuestos.
• 11/03/2018 22:23:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: marzo 2018.
Hola! Estoy de acuerdo con la plantilla salvo la pregunta 30 (supuesto A), la correcta es la opción c
• 11/03/2018 22:24:00.
• Mensajes: 35
• Registrado: octubre 2017.
Perdón. Se me coló antes la palabra bancaria.
En las respuestas q han marcado arriba como correctas, la pregunta 11 da como respuesta correcta la opción d.
Pero realmente no sería la opción de b?? En ese artículo al q hace referencia habla del plazo de 10 días hábiles
• 11/03/2018 22:40:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: marzo 2018.
Gracias Bartolita, pues la he liado...he hecho el supuesto A y las de reserva del B pensando que eran únicas para los dos supuestos...que bajón me acaba de dar..
La 11 está bien , no puede ser la b), pq la ley dice no inferior a 10 ninsup a 15. Y la correcta viene textual en ese artículo.
La 30 han ido a pillar, ya no es " necesariamente" es se podrá! Lo cambiaron hace nda, d ahí examen trampa! Hay muxas q han cambiado hce nada
• 11/03/2018 22:57:00.
• Mensajes: 35
• Registrado: octubre 2017.
Oohh. Muy buena apreciación.
Y la 22 definitivamente es la opción A??
Muchas gracias cat77
• 11/03/2018 23:15:00.
• Mensajes: 30
• Registrado: noviembre 2017.
En cuanto a las pregunta de la norma reguladora, es verdad viendo literal la pregunta el decreto 282 hace referencia en concreto a las de régimen de concurrencia competitiva y no así el decreto de hacienda que habla más bien en general. Y con las consejerías efectivamente, si cogemos literal la pregunta la respuesta es 1600. Yo creo que al final tenéis razón, se han curado en salud y ni anularán ninguna.
Yo dudo q anulen aunq m beneficiaria, pero con este tbunal no creo. Lo q si se está viendo esq no fue tan tirado el examen como se oía , hay muxa puntillista guardada en algunas pguntas. Muxo ánimo a todos y a ver si no tarda mañ en colgar plantilla
En primer lugar suerte a todos! Respecto a la pregunta 25 la Disposición final primera de esa orden dice: "Habilitación.
Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Presupuestos para cuantas actuaciones sean necesarias en aplicación y ejecución de la presente Orden, así como para introducir modificaciones en el contenido de los anexos, en función de las necesidades que surjan durante la gestión presupuestaria, a cuyo fin podrá dictar las resoluciones o instrucciones que sean precisas." Luego con la modificación que se hizo su sección es la 1700, asi que no hay ninguna correcta. Pero a ver que hacen esta gente porque en el primer examen como dicen algunos compañeros se aqui ignoraron cosas del estilo.
• 12/03/2018 6:49:00.
• Mensajes: 438
• Registrado: julio 2017.
Creéis que poner un corte aquí tiene sentido o se aprobará con 15?
Si sacas un 15 se suma con tu nota del primero. Aprobar te refieres a sacar la plaza no? Creo q aqui ya no hay corte opositorasanz, cuando esten las notas se ordenan por orden decreciente como en la clasificacion de las ofertas en los contratos jajajaja
• 12/03/2018 8:18:00.
• Mensajes: 438
• Registrado: julio 2017.
Sí, me duda era si con un 15 ya se sumaba al primero o quizás lo podrían poner en un 18 y a quien tenga menos no le suma nada. Es sobre todo por el tema de bolsa. Muchas gracias karlsonatti!
Suerte a todos!
• 12/03/2018 8:48:00.
• Mensajes: 4
• Desde: Alegría-Dulantzi.
• Registrado: junio 2017.
Hola buenos días,
En cuanto a la pregunta 22, en mi opinión tanto el decreto 282/2010 como la ley de hacienda hacen referencia a la convocatoria, me explico: el decreto 282/2010 hace referencia al supuesto de que la orden o decreto que aprueba las BBRR efectué la convocatoria de la misma, y con carácter general las bases y la convocatoria ya no se pueden efectuar en el mismo acto sino por separado. Por tanto la opción correcta seria en la convocatoria de la subvención.
esperemos que la plantilla no salga muy tarde hoy y nos aclare las dudas
• 12/03/2018 10:15:00.
• Mensajes: 153
• Registrado: noviembre 2015.
Estoy de acuerdo en las respuestas dadas..
Aunque en mi opinión deben anular la pregunta 22 por tener 2 respuestas verdaderas A Y B, por no referirse a ninguna disposición en concreto y la 25 debe ser la C , por que sí citan la Orden 26 de de 2017.
Si la orden que regula las bases reguladoras efectua la convocatoria dejan de ser bases reguladoras?
• 12/03/2018 11:34:00.
• Mensajes: 186
• Registrado: octubre 2015.
A ver cuando sale la plantilla y salimos de dudas con la 22. Están tardando bastante.
• 12/03/2018 12:12:00.
• Mensajes: 54
• Registrado: octubre 2017.
Estarán ocupados autoimpugnandose como en el primer examen jaja. Vaya panda de inutiles, deberían prohibirles presentarse a otro tribunal de oposiciones.
• 12/03/2018 12:19:00.
• Mensajes: 159
• Registrado: octubre 2017.
Amén Susano!
En la pregunta 25 está claro que citan la Orden, pero está MODIFICADA, al igual que los artículos que han utilizado en las "preguntas trampa"
• 12/03/2018 12:46:00.
• Mensajes: 6
• Registrado: marzo 2018.
Yo también considero que la 22 es la A, además de por lo q he ha dicho un compañero de cuando se refieren a las de concurrencia competitiva y dice “preverá” porque entiendo que si las bases reguladoras no lo prevén las convocatorias no tienen por qué fijar dicha posibilidad...y la 25 estaba claro lo que pedían porque si no, no había respuesta correcta en las 4 opciones, por lo que no se causa indefensión a nadie...
No olvidemos q es un caso pctico y q habla d subvenciones concurr.competitiva, así q se debe deducir q la 22 es la A
• 12/03/2018 13:00:00.
• Mensajes: 31
• Registrado: diciembre 2015.
ya están colgadas 22 definitivamente la B
• 12/03/2018 13:16:00.
• Mensajes: 153
• Registrado: noviembre 2015.
hay que impugnar la 22... por el artículo 10 b) del decreto 282/2010...lo pone literalmente
• 12/03/2018 13:24:00.
• Mensajes: 59
• Registrado: agosto 2016.
No hay nada colgado aún en el IAAP osea que...
• 12/03/2018 13:25:00.
• Mensajes: 242
• Registrado: octubre 2017.
esa puede ser impugnable creo yo pero de todas formas en el artículo 120 bis del TRLGHP lo pone claramente que es en la convocatoria. La pregunta en sí no establece con referencia a qué ley realmente. Pone artículo 40 para referirse a los gastos de carácter plurianual. pero no dice segun que ley donde se tiene que establecer. Vamos yo habia puesto tb la A pero no se si se bajaran del burro. En el artículo 120bis.2 pone:
2. Las convocatorias de las subvenciones fijarán el importe del gasto aprobado, que representará la cuantía máxima destinada a las subvenciones convocadas, así como los créditos presupuestarios a los que se imputará el mismo, con la indicación, en su caso, de la posibilidad de adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual o de tramitación anticipada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 40 y 40 bis de esta Ley.
Por favor, podría alguien decirme cual es exactamente la resolución de modificación de la orden de elaboración del presupuesto. No consigo encontrarla por ningún sitio. Graciaaaaas
• 12/03/2018 13:28:00.
• Mensajes: 10
• Registrado: mayo 2016.
::: --> Editado el dia : 12/03/2018 13:30:06
::: --> Motivo :
[--http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadminist...=read&cd=187069--]
• 12/03/2018 13:29:00.
• Mensajes: 31
• Registrado: diciembre 2015.
yo ya me la he bajado de la web del iaap
::: --> Editado el dia : 12/03/2018 13:37:20
::: --> Motivo :
Por cierto, también creo que la 22 es impugnable. El artículo 120.bis pone lo siguiente:
a) Con la propuesta de convocatoria de subvenciones regladas, y antes de su aprobación, deberá efectuarse la aprobación del gasto, siendo competente el órgano gestor, independientemente de la cuantía, y sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 115 de esta Ley.
La pregunta del examen dice en la 'correspondiente convocatoria' y la ley dice 'la propuesta de convocatoria'. Me parece que no es lo mismo.
Además la pregunta habla de 'previsión' no de las normas a que debe atenerse el procedimiento de aprobación del gasto. de esto ya hay otra pregunta. Y voy a impugnarla.
• 12/03/2018 13:40:00.
• Mensajes: 242
• Registrado: octubre 2017.
pues si es impugnable creo yo. vamos ya te digo yo la tengo mal puse la base reguladora. pero ademas las pregunta no esta clara.
¿como han ido las notas?
• 12/03/2018 13:43:00.
• Mensajes: 159
• Registrado: octubre 2017.
Acuario70
Es la Resolución de 12 de junio de 2017 de la Dirección General de Presupuestos.
• 12/03/2018 13:46:00.
• Mensajes: 44
• Registrado: noviembre 2017.
Por dónde creéis que andará el corte por plaza???
• 12/03/2018 13:51:00.
• Mensajes: 32
• Registrado: febrero 2007.
Q tal os ha ido? Q opcion habeis elegido? Q numero de acuertos netos teneis segun la plantilla?
• 12/03/2018 14:02:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: marzo 2018.
Mis notas:
Primer examen: 68.33
Segundo examen: 22
Nota Final: 90.33
A ver si hay suerte...
Mil gracias hombredecampo.
Otra cosa, la 25 la impugno también del tirón. Con que plantan la nueva ley de contratos, que ha entrado en vigos hace tres días, la ley de hacienda que se modificó a primeros de año. ¿por qué entonces no contemplan la modificación que se hizó de la orden de elaboración del presupuesto que es del verano pasado? ¿Por qué la ley de hacienda modificada sí y la otra modificación no?
Por mi parte impugo también.
• 12/03/2018 14:40:00.
• Mensajes: 54
• Registrado: octubre 2017.
75+19= 94
Suerte a todos!!!!
• 12/03/2018 16:16:00.
• Mensajes: 242
• Registrado: octubre 2017.
cuando creeis que saldrán las notas oficiales? un mes, dos??
• 12/03/2018 17:34:00.
• Mensajes: 153
• Registrado: noviembre 2015.
yo tengo 14.3333 tampoco me valdría de mucho por la nota del primero(57 puntos) pero al menos si consiguemos que se anule la pregunta 22, me supondría poder sumar los 15 puntos.
Impugnaré la 22 por considerar que la respuesta dada en la pmantilla es incorrecta y la 25 porque ninguna es correcta
• 12/03/2018 20:19:00.
• Mensajes: 153
• Registrado: noviembre 2015.
::: --> Editado el dia : 12/03/2018 20:22:20
::: --> Motivo :
cuando y como se impugna.. hay que hacerlo esta semana?
Por cierto, yo tambien me uno a pedirle que quien lo tenga claro, en su momento, la plaza que va a elegir no ocupe otra solo por ocuparla, pues entre que son pocas si encima se cogen dobles.. apaga y vamonos.
Si me equivoco que alguien me corrija pero si no recierdo mal son 5 días habiles desde el día siguiente a la publicacion de la plantilla. Si quieres ponme un privado y mañana te paso un modelo de alegaciones.
• 12/03/2018 21:13:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: marzo 2018.
Buenas noches, veo que esta el foro muy poco participativo, no es normal que desde que salio la plantilla esta mañana haya solamente 20 notas. Por favor vamos a participar y ayudarnos un poco, pongamos todos los que conocemos el foro las notas, sean altas o bajas en el hilo de las notas. Muchas gracias y mucha mierda para todos!!!
• 12/03/2018 21:37:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: marzo 2018.
De la pregunta 22, es impugnable totalmente puesto que el articulo que al que os referir de la convocatoria el 120 de la TRLHP 1/2010 no esta en vigor, hasta que no se dicte la norma que lo desarrolle es decir el reglamento, que aun no se ha dictado.
• 12/03/2018 22:24:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: marzo 2018.
La respuesta a la 25 se tiene que impugnar verdad? Según la Ley de Presupuestos de 2018 la Consejería 1700 es la de Turismo y Deportes. La 1600 es Fomento y vivienda. Y la pregunta la han cogido del anexo de una orden que está derogada y no puede ir en contra de una ley que tiene rango mayor
• 12/03/2018 23:14:00.
• Mensajes: 242
• Registrado: octubre 2017.
la 25 si es claramente impugnable y x ese utimo motivo sobretodo. porque te preguntan por algo derogado. la 22 no creo que la cambien, la orden de la chap es para determinar el procedimiento de tramitación de la aprobación y el compromiso de gasto, no tiene na que ver con que la convocatoria indique que la subvención puede ser plurianual
• 13/03/2018 22:59:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: marzo 2018.
Aquí mi impugnación por si ayuda a alguien. Se agradecen comentarios por si se puede mejorar.
ALEGACIONES
primera: Que la pregunta 22 del caso practico A que establece: “en estas subvenciones se podrán adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual de conformidad con lo establecido en el articulo 40 del texto refundido de la ley general de la hacienda publica de la junta de Andalucía cuando se prevea en:
a) la norma reguladora.
b) la correspondiente convocatoria
c) la resolución de concesión de la subvención correspondiente.
d) ley del presupuesto de la comunidad autónoma de Andalucía.
Tienes varias respuestas correctas ya que si bien la respuesta B) es correcta según el articulo 120.2 bis del TRLGHPA
la opción A) también seria correcta en virtud del articulo 10b del decreto 282/2010 que establece:
Las bases reguladoras deberán contener los siguientes extremos: b) En el supuesto de que la Orden o el Decreto que apruebe las bases reguladoras efectúe la convocatoria de
las subvenciones en concurrencia competitiva, los créditos presupuestarios que financien la ejecución del programa de subvenciones especificarán la cuantía total máxima destinada a cada línea de subvenciones en dicha convocatoria, con la previsión, en su caso, de la posibilidad de adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y su normativa de desarrollo. En este último caso, además deberá indicarse su distribución por anualidades.
Así mismo la opción D) también podría ser considerada correcta ya que el propio articulo 40 del TRLGHPA establece que: “La autorización o realización de los gastos de carácter plurianual se subordinará al crédito que para cada ejercicio autorice el Presupuesto. “ lo que supone que si en el presupuesto correspondiente no se prevé crédito para estas subvenciones, aun previéndolo la base reguladora o la convocatoria no se puedan adquirir compromisos de gastos.
Por todo lo expuesto solicito que dicha pregunta sea anulada.
segunda: Caso práctico A, pregunta 25:
-Enunciado:
25.-Según se establece en la Orden de 26 de mayo de 2017, por la que se dictan normas para la elaboración del Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2018, los dígitos de la clasificación orgánica por secciones que corresponden a la Consejería de Turismo y Deporte son:
a)1500
b)1400
c)1600
d)1800
-La plantilla de respuestas indica como opción correcta la C).
-Analizando de nuevo la normativa aplicable, no existe ninguna opción correcta en base a las siguientes argumentaciones:
1ª.- La orden de 26 de mayo de 2017, por la que se dictan normas para la elaboración del Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2018, fue modificada por la Resolucio769n de 12 de junio de 2017, de la Direccio769n General de Presupuestos, por la que se acuerda modificar el anexo I de la orden de 26 de mayo de 2017, por la que se dictan normas para la elaboracio769n del Presupuesto de la Junta de Andaluci769a para el an771o 2018.
Dicha modificación está basada en la la disposicio769n final primera de la citada Orden de 26 de mayo de 2017, que habilita a la persona titular de la Direccio769n General de Presupuestos para cuantas actuaciones sean necesarias en aplicacio769n y ejecucio769n de la propia Orden, asi769 como para introducir modificaciones en el contenido de los anexos, a cuyo fin podra769 dictar las resoluciones o instrucciones que sean precisas.
Por ello, acudiendo a los anexos de aplicación, modificados por la resolución de 12 de junio de 2017, la sección de la Consejería de Turismo y Deporte es la 1700, no existiendo por tanto ninguna opción correcta.
2ª.- Siguiendo con la primera argumentación y en cuanto a las dudas de la aplicación al presente supuesto, la Resolución de 12 de junio de 2017, de modificación de la orden de 26 de mayo de 2017, es anterior al año 2018, que es al año a que se refiere el procedimiento de concesión de subvenciones del caso práctico.
Todo ello emana del tercer párrafo del texto del enunciado al indicar lo siguiente en su segunda y tercera línea:
Una vez incorporado a su puesto de trabajo, y estando el centro directivo en
plena tramitación de los expedientes de subvención derivados de la convocatoria de ese año....
José García García accede al puesto de la Dirección General de Actividades y Promoción del Deporte en el año 2018, según lo indicado en la primera línea del primer párrafo del enunciado.
Por tanto, se deben referir a la Orden de 26 de mayo de 2017, pero teniendo en cuenta la modificación producida por la citada Resolución de 12 de junio de 2017, es decir, sección 1700.
3.- Para terminar, la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Auto769noma de Andaluci769a para el an771o 2018, recoge precisamente la sección presupuestaria 1700, y no 1600 que es la opción que se señala en la hoja de respuestas publicada. Como puede comprobarse en el BOJA numero 239 de viernes 15 de diciembre de 2017 pagina 239.
Por todo lo expuesto y apelando a la uniformidad de criterio seguida durante todo el examen referente a considerar como correcta la legislación mas novedosa y las ultimas modificaciones, se solicita la anulación de la pregunta.
• 13/03/2018 23:26:00.
• Mensajes: 38
• Registrado: marzo 2018.
Yo también voy a impugnar las preguntas. Ya tengo el escrito y lo llevaré mañana. Muy similar y en la misma línea que el que has puesto
• 14/03/2018 7:45:00.
• Mensajes: 153
• Registrado: noviembre 2015.
Cuantos más seamos mejor!!!
Yo también hice un escrito pero aún no se donde hay que enviarlo para que no se pierda por el camino
• 14/03/2018 7:57:00.
• Mensajes: 38
• Registrado: marzo 2018.
A la Comisión de selección del proceso selectivo por el sistema de acceso libre para ingreso en el cuerpo general de administrativos de la Junta de andalucia.
Instituto Andaluz de administración pública
Calle Torneo, 26
41071 Sevilla
La pregunta que impugne en el examen anterior lo entregue en el registro de la delegación del gobierno en Málaga y ellos se encargaron de mandarlo a Sevilla, sellando mi copia
• 14/03/2018 10:11:00.
• Mensajes: 153
• Registrado: noviembre 2015.
Yo creo que anularán las 2 preguntas:
la 22 por que la ley de presupuestos modifica expresamente el texto refundido de hacienda pero NO el Reglamento de Subvenciones.
y la 25 por la última actualización realizada en el orden de prelación de las Consejerías.
A mi parecer, es bastante claro.
• 14/03/2018 12:41:00.
• Mensajes: 153
• Registrado: noviembre 2015.
Yo he presentado esto: Espero no haberme equivocado es la primera vez que presento vía electrónica
EXPONE:
1.- Que habiendo realizado el segundo ejercicio el día 11 de marzo de 2018, correspondiente a las pruebas selectivas por el sistema de Acceso Libre, para el ingreso en el CUERPO GENERAL DE ADMINISTRATIVOS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA (C1.1000) correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2015 y 2016. Y habiéndose publicado la plantilla de respuestas del citado ejercicio, he comprobado la existencia de un error en la PREGUNTA Nº 22 del Caso Práctico A, por contener más de una respuesta verdadera. En concreto se trata de:
-Si bien es cierto, que la LEY 5/2017, de 5 de diciembre de Presupuestos de Andalucía 2018 añade el artículo 120 bis al texto refundido de la Ley General de Hacienda, indicando en dicho artículo que las "convocatorias de subvenciones" indicarán la posibilidad de adquirir compromisos de gastos de carácter plurianual de acuerdo con los artículos 40 y 40 bis del mismo texto refundido (D.L. 1/2010, de 2 de marzo).
-No es menos cierto, que en Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía (Decreto 282/2010, de 4 de mayo) en su artículo 10 b),se indica textualmente "LAS BASES REGULADORAS CONTENDRÁN LOS SIGUIENTES EXTREMOS: b) En el supuesto de que la ORDEN o el DECRETO que apruebe las bases reguladoras efectúe la convocatoria de las subvenciones en concurrencia competitiva, los créditos presupuestarios que financien la ejecución del programa de subvenciones especificarán la cuantía total máxima destinada a cada línea de subvenciones en dicha convocatoria, con la previsión, en su caso, de la posibilidad de adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y su normativa de desarrollo. En este último caso, además deberá indicarse su distribución por anualidades".
2.- Que la citada PREGUNTA Nº 22, no hace MENCIÓN EXPRESA a ninguna disposición en concreto, pudiendo ser correcto TANTO lo dispuesto en el artículo 120 bis del Decreto 1/2010, de 2 marzo (por la cual sería correcta la respuesta b) de la pregunta 22 del Supuesto Práctico A), COMO lo dispuesto en el artículo 10 b) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo (por la cual sería correcta la respuesta a) del citada pregunta 22)
3.- Que ambas disposiciones se encuentran a día de hoy en vigor.
SOLICITA:
Que la Comisión de Selección de las Pruebas del citado proceso, tenga a bien proceder a la anulación de la PREGUNTA Nº22 del Caso Práctico A, por contener MÁS DE UNA respuesta correcta.
Pues no creo q anulen y no seria razonable q anularan la del orden de las Consejerias ya q estan haciendo referencia a una orden con concreta aunq despues se haya modificado el orden
Si no hicieran referencia a esa orden pues si seria anulables pero aqui no cabe duda de lo q te estan preguntando.Asi q no la van anular con esa intención
habran puesto esa pregunta para q la gente pique
Yo no se si anularán la 25 o no, pero para que la gente picara me parece que no era. En ese caso habrían puesto las respuestas nuevas y las antiguas, como hicieron en otras preguntas con importes, la de las incorporaciones de remantes...en esta se ve que no se dieron cuenta. Que conste que yo la contesté bien, no es un deseo personal que la anulen.
Yo tampoco creo q la pudieran pa q se pícara. Sino simplemente no sabían q había una mas actual. Aún viendo impugnables 15 y 22....dudo q impugnen ninguna. Cómo muxo la 22, pq hay dos correctas, pero la otra, por poner l orden no se bajan del burro. Lo vuelvo a decir...este tbunal no h anulado pguntas donde hablan d una ley q no es la q se refiere, x error suyo al transcribir , más de cajón q eso para q impugnen...y nanai d la china. Dudo yo q vayan a impugnar 2 pguntas d 30 pq es exarsela mierda a ellos. X supuesto q son para imougarlas, pero como muxo lo harán c la 22 y ya m sorprendería bastante.
• 14/03/2018 13:41:00.
• Mensajes: 30
• Registrado: noviembre 2017.
nuberosa como lo has presentado por vía electrónica?. Estoy de acuerdo contigo Cat, pero bueno igual haciendo ruido se puede hacer algo.
• 14/03/2018 16:40:00.
• Mensajes: 153
• Registrado: noviembre 2015.
si con certificado digital a través de atención a la ciudadanía, como había indicado otro chico
• 14/03/2018 16:43:00.
• Mensajes: 153
• Registrado: noviembre 2015.
yo la 25 no la he reclamado porque opino como cat77...las que se refieren a disposiciones concretas, si hay otra posterior que la modifique... no la aceptarían..Pero bueno..a ver si hay suerte..estamos en nuestro derecho de reclamar...otra cosa es que lo acepten
• 14/03/2018 16:45:00.
• Mensajes: 153
• Registrado: noviembre 2015.
Eso si, cuantos más reclamen mas ruido se hace, y tendrá más peso a la hora de decidir..
• 14/03/2018 16:54:00.
• Mensajes: 30
• Registrado: noviembre 2017.
Yo tampoco, he reclamado sólo la 22. Ya he hecho el escrito y esta tarde lo mando por correo a ver qué pasa...
Pues la ley de hacuenda bien que la ha modificado la ley de presupuesto y mira si la han puesto. El caso es exactamente el mismo. Es más apuesto más porque modifiquen la 25 que la 22. Yo de todas formas las impugno las dos
Yo he impugnado las dos preguntas por las razonas que ya habéis dado. Lo que no entiendo es a los que dicen que la 25 la darán por buena porque la pregunta hace referencia a la normativa de la respuesta, y entendiendo que sobre lo que pregunta está derogado por otra norma en las siguientes oposiciones nos podemos encontrar una pregunta que haga referencia a la ley 30/92 aunque esté derogada por la 39/2015, siempre que en la pregunta hagan referencia a dicha normativa.
Pues vamos a tener que estudiar mas que un notario. No tiene ni pies ni cabeza que no la anulen ya que seguro que no se han dado cuenta de la actualización que hubo otra cosa es que lo hagan por ser una decisión del tribunal.
• 14/03/2018 18:10:00.
• Mensajes: 153
• Registrado: noviembre 2015.
correcto Acuario70 las dos disposiciones se modifican, yo la diferencia que veo es que en la pregunta 22 , no se refieren expresamente a la ley de hacienda, si fuera así , no habría nada que hacer. Ha habido muchas preguntas de modificaciones por la LEY DE PRESUPUESTOS y damos por hecho que son válidas
Pero es mi humilde opinión, cualquiera sabe por donde saldrán esta vez.
La verdad es que sí. Os puedo decir que llevo bastantes oposiciones en el cuerpo y esta comisión esta siendo la más inepta y cabrona, con perdón.
En caso de que no anulen la 25 es para poner recurso de alzada cuando salga la lista de aprobados porque tiene narices el tema.
En cuanto a la 22 yo no la he impugnado pidiendo anulación por tener dos respuestas correctas porque la redacción de los dos artículos es diferente. Si os fijáis el enunciado de la pregunta 22 es literalmente el artículo 10 del decreto 282. No se si me equivoco, que creeis?
Yo he pedido cambio de opción
• 14/03/2018 19:09:00.
• Mensajes: 30
• Registrado: noviembre 2017.
Sí, también lo fueron preguntas del primer examen del c1 dando a entender que se sobreentendía que ley era. La verdad es que me gustaría contestar eso a una comisión cuando nos hagan la pregunta de que ley es tal o pascual y le contestemos que nos hemos equivocado pero bueno que se sobreentiende...en fin.
Desde el primer examen se vio que este tribunal es un tanto peculiar... Es capaz de que se quede tal y como está y no se anulen ninguna, porque como han dicho por ahí anular dos de 30 me parece demasiadas para este eficiente tribunal... Así que a esperar. Yo la verdad es que no he pedido cambio de opción por la respuesta d), en sí la pregunta me parecía demasiado ambigua... Vamos a ver qué pasa..
• 14/03/2018 21:12:00.
• Mensajes: 196
• Registrado: abril 2013.
Habéis leído la convocatoria? Le he echado un vistazo hace unos minutos y en el primer ejercicio sí que pone..."Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones a la misma. La resolución de las
alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte de la Comisión de Selección se hará pública con la lista de personas aprobadas del ejercicio, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación"... pero en el segundo ejercicio solo pone..."Celebrado el examen, si la Comisión de Selección debiera anular una o varias preguntas ordinarias, establecerá en el mismo Acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de las anuladas por otras tantas de reserva, por su orden." Pero no he leído nada de quese pudiera alegar como en el primero.
Lo comento porque es algo que me ha chocado simplemente y me parecía conveniente nombrarlo aquí por los que estáis con las alegaciones, a ver si al final no va a servir para nada que aleguéis.
Si hay algún experto que me puede aclarar porqué no aparece lo de alegar en el segundo ejercicio lo agradecería.
Yo ya lo había leído y comparado con la convocatoria de 2013, donde sí aparece. Aún así voy a presentar las alegaciones por si acaso. No perdemos nada.
• 15/03/2018 15:13:00.
• Mensajes: 38
• Registrado: marzo 2018.
Yo también me di cuenta de que no aparecía plazo para alegar pero aún así lo he presentado. Tendremos que esperar y ver que hacen con las alegaciones. Nosotros no tenemos nada que perder por intentarlo.
• 15/03/2018 20:28:00.
• Mensajes: 30
• Registrado: noviembre 2017.
Yo no lo sabía la verdad, pero bueno igualmente y supongo no sé, que algo mirarán y cuántas más impugnaciones haya pues igual más caso harán,no sé.... Con este tribunal.nunca se sabe. Yo tengo una duda no se si alguna tiene alguna info porque haya estado en alguna academia en este tiempo.. Os han dicho impresiones? En plan como creen que quedará el corte o si ven alguna realmente factible para que la anulen?
• 16/03/2018 8:24:00.
• Mensajes: 153
• Registrado: noviembre 2015.
buenos días, mi preparador me ha comentado que la 22 es totalmente factible, la 25 a su parecer, no tanto, pero que todo depende del tribunal, hay casos de reclamaciones en el Contencioso aún pendientes de muchas oposiciones, existen infinidad de casos que si concluyen en la posibilidad de obtener plaza, incluso terminan con indemnización por el tiempo transcurrido.
A la Comisión les da igual, con decir que la ley tiene diferentes interpretaciones, se lavan las manos en algunos casos.
Lo que está claro es que sino se reclama, por ellos mismos no van a reconocer ningún error, salvo que sea demasiado evidente.
En cuanto al "corte", solo se puede especular, pero viendo la sencillez del supuestos A, no debe haber demasiados cambios con respecto al listado del primer ejercicio.
• 16/03/2018 8:44:00.
• Mensajes: 186
• Registrado: octubre 2015.
Nuberosa80, ya lo he comentado varias veces y pienso igual que tú preparador. La 22 es totalmente factible que la impugnen por no especificar en el enunciado a una normativa concreta y la 25 no la veo tan clara porque especifican concretamente la normativa. Al ser el supuesto A) tan asequible, la lista inicial variará muy poco,como mucho 10- 15 personas caerán ( si no menos ) y se meterán otros 10 o 15 que estaban a las puertas. En fin ya veremos cuáles impugna el tribunal y a ver si sacan las notas en mes o mes y medio.
Pues perdonarme, pero sigo sin entenderlo. Es decir te tienes que saber las disposiciones modificadas o derogadas? Porque la norma de la pregunta 25 está modificada y, por tanto, parcialmente derogada por otra norma. o puede ser que vosotros/as tampoco supieseis que estaba modificada?
De verdad que no entiendo que no lo veais, buenoooo, la verdad es que si lo entiendo, barréis para casa, está claro.
• 17/03/2018 10:25:00.
• Mensajes: 159
• Registrado: octubre 2017.
::: --> Editado el dia : 05/04/2018 11:00:56
::: --> Motivo : Estaba incorrecto
Mi nota total es 80.
En cuanto a la pregunta 25 la anularán porque el código de sección sólo puede ser uno, el vigente. Si no nos podemos encontrar en el próximo examen con preguntas sobre las Leyes fundamentales del Reino en vez de la Constitución.
La 25 y 22 están mal, j71...es evidente, lo q se discute aquí no es sólo eso sino la viabilidad d su impugnacion y más...con este tribunal. Es tantas cosas q no se aplican x una modificación, como x ejemplo si nos hubiese pguntado x lo d la discapacidad q en el Ebep pone 7% y ya es 10% , etc. Si nos dice Ebep ....sería 7, aunq no sea así. O lo d minimo d 12 meses y sin ya 16 , pero en Ebep sigue diciendo 12, si t nombran l ley....es muy probable que no acepten tocarla. En el decreto 2/2002 tb hay muxas cosas q no se aplican ya, pero como t pgunten y nombre la ley...apaga y vamonos y lo justo es q si meten l para lo acepten pero no siempre es así. Siempre hay tribunales como el q nos h tocado, que no tienen humildad. La 22 tne dos correctas y si es más lógico q la anulen. Yo sigo pensando q no tocaran nada, son 30 pguntas y sería un fracaso para ellos. X tanto....creo q casi todos entendemos q ambas están mal, pero q anulen las dos..... difícil dficil. Recordad el teórico, fue una chuleria lo q hcieron
• 17/03/2018 11:11:00.
• Mensajes: 186
• Registrado: octubre 2015.
::: --> Editado el dia : 17/03/2018 11:14:10
::: --> Motivo :
J71, no estoy diciendo que la 25 este bien en ningún momento,de hecho es la pregunta a la que le di más vueltas en el examen porque no veía la sección 1700 por ningún lado, al volver a leer el enunciado vi que preguntaban por la orden antigua y por eso conteste la seccion 1600. Al ver lo que hizo el tribunal con las impugnaciones del primer examen, que algunas eran de traca que no la impugnaran como el Tribunal de Cuentas, por eso me baso en que esta gente la 25 tiene pinta que no la tocan y quizá ni la 22. Decirte que yo no barro para casa, al tener las 3 bien de reserva, me da igual la que impugnen , pero pienso que cualquiera de nosotros puede dar su opinión, de todos modos la última palabra la tiene el tribunal y ya veremos por donde sale, igual impugnan cualquier otra que ni nos esperamos.
• 17/03/2018 16:19:00.
• Mensajes: 113
• Registrado: junio 2017.
Evidentemente todo el mundo tiene derecho a intentar alegar lo que quiera, yo no lo he hecho visto el precedente del primer examen, y tengo las 3 de reserva bien, pero creo que para cambiar la respuesta de una opción a otra, tiene que estar bastante justificado...
La pregunta 25, que yo aclaro que acerté, si le cambian la respuesta porque una Resolución de una Dirección General produce modificación... A su vez entonces podríamos alegar los que la pusimos conforme a la Orden actual...
En un examen vas nervioso, y si ves "Orden tal", pues te guías por eso...
Es como si hubiesen preguntado por el Anticipo de Caja Fija según la Orden actual del anticipo de caja fija, vs la Ley de Hacienda tras la modificación del presupuesto, ¿es 3005,06 € o 3000 €? Tácitamente se podría entender modificada la cantidad de la Orden al ser la Ley de más jerarquía, pero yo entiendo que todo eso debe estar muy claro... Y la ambigüedad pues en su caso, anular.
Y ojo opino lo mismo de la 22: yo tengo la b) y pienso que la pregunta simplemente no está 100 % clara (aunque creo que la a) tiene más sentido, en caso de no decir nada, una Ley tiene más jerarquía que un Decreto, es así, para qué nos hacen estudiarnos la jerarquía de las fuentes del Derecho, pues para este tipo de casos...). Pues no pediría ni he pedido que la cambien a la a), porque si no está clara lo que tienen que hacer es anular, si no todos barremos para casa e intentamos sumar puntos que no conseguimos en el examen...
Dicho lo cual, creo que no harán ninguna anulación ni cambio. Las 3 preguntas de reserva eran asequibles, la nota por lo que parece en el supuesto va a ser en general alta, no la van a subir más. (Yo por ejemplo subo si anulan la 22, que es la que más dice la gente, y entiendo que la 25 no la acertó todo el mundo, subirá mucha gente si la anulan...)
A esperar ya solo, que lo corrijan todo y vaya lo más rápido posible. Del supuesto B ni hablo, infernal, todavía ni lo he hecho en casa tranquilo, empecé a hacerlo la primera media hora y a la pregunta 10 o así dije... Esto, cambio...
Y estuve a punto de no haberme estudiado la nueva de contratos por decir, es demasiado larga y hay muchos temas, pero está claro que este Tribunal todos vemos ya como es: entró en vigor el día viernes 9 de marzo, pues para el domingo 11 entraba... Y si no querías contratos, toma dos tazas, en forma como ya digo del supuesto B que creo aprobaría casi ajustado hasta haciéndolo tranquilo en casa...
Un saludo a todos y todas y buena suerte.
Automotril tu q nota has sacado al final?
• 17/03/2018 16:53:00.
• Mensajes: 186
• Registrado: octubre 2015.
Aitormotril, pon tu nota en el otro hilo, mientras más notas mejor! El caso B era infernal y poca gente lo eligió pq con ese caso sacar una nota alta era muy complicado.
Yo no sé si cambiaran la 25 o no y me da igual porque no me llega la nota de ninguna manera pero con ella pasa como con las preguntas que han puesto de la ley de hacienda modificada por la ley del presupuesto. ¿Ha cambiado el nombre de la ley poeque esté modificada o se hace alguna referencia al presupuesto? No. Pues aquí pasa igual. Esa orden esta modificada sí o sí le deis las vueltas que le déis.
• 17/03/2018 20:33:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: marzo 2018.
Yo veo totalmente impugnables la 22 y la 25. Si no me la impugnan y no entro por eso me voy a los tribunales. Si está derogado me da igual q citen la orden q quieran. Es como decía un compañero... Si les da por preguntar la ley 30/92 nos habríamos quejado no? Pues esto es igual. Yo ya he hecho mi escrito. No pienso quedarme de brazos cruzados como mucha gente q dice...total, si no van a impugnarla... Con esa actitud desde luego q no! Cuantos más seamos más cuenta creo q nos echarán. Por lo menos no podré decir q no hice todo lo q pude...
Confiemos en q el tribunal va a ser coherente. Si no para q ponen 3 de reserva?
• 17/03/2018 20:39:00.
• Mensajes: 153
• Registrado: noviembre 2015.
pues daros prisa los que penséis en impugnar.. eran 5 días hábiles. yo ya lo hice el otro día
• 17/03/2018 22:42:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: diciembre 2017.
Podría alguien que haya impugnado la 22 y la 25 pasarme por privado su escrito para tener una base, un saludo.
• 18/03/2018 0:43:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: marzo 2018.
Mira mi mensaje de esta fecha 13/03/2018 22:59:00. Otro compi también lo dejo un poco más arriba.