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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Airam28

• 21/06/2018 9:59:00.
Mensajes: 27
• Registrado: octubre 2016.

Recurso de Alzada

::: --> Editado el dia : 21/06/2018 10:01:40
::: --> Motivo :

Buenos días compañeros,

Tengo una duda en cuanto el recurso de alzada, y es que tal y como dice la Ley 39/2015 no suspende el procedimiento, pues bien, si no suspende el procedimiento y en mi caso lo interpongo por un supuesto error de corrección en un examen, de que me sirve interponerlo si la toma de posesión e incluso la apertura de la bolsa de interinos es anterior a que me resuelvan?? Habría perdido por lo tanto mi derecho a plaza o a colocarme al principio de la lista de interinos, no?

5 RESPUESTAS AL MENSAJE

Joker1

Y fuimos salvajes y libres...

• 21/06/2018 11:14:00.
Mensajes: 198
• Registrado: agosto 2011.

RE:Recurso de Alzada

Artículo 117 Suspensión de la ejecución

1. La interposición de cualquier recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado.

2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el órgano a quien competa resolver el recurso, previa ponderación, suficientemente razonada, entre el perjuicio que causaría al interés público o a terceros la suspensión y el ocasionado al recurrente como consecuencia de la eficacia inmediata del acto recurrido, podrá suspender, de oficio o a solicitud del recurrente, la ejecución del acto impugnado cuando concurran alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que la ejecución pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación.

Joker1

Y fuimos salvajes y libres...

• 21/06/2018 11:18:00.
Mensajes: 198
• Registrado: agosto 2011.

RE:Recurso de Alzada

Artículo 109 Revocación de actos y rectificación de errores

2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Airam28

• 21/06/2018 11:22:00.
Mensajes: 27
• Registrado: octubre 2016.

RE:Recurso de Alzada

Muchas gracias Joker1, yo también lo había estudiado, pero me pareció leer por un foro que el procedimiento seguía, pero supongo que resolverán pronto para poder continuar con el procedimiento.. Tanto estudiar la teoría para que después en la práctica tenga dudas de todo!! Mas claro no lo has podido dejar.
Un saludo

sinbarba

No te rindas

• 21/06/2018 12:17:00.
Mensajes: 61
• Registrado: diciembre 2007.

RE:Recurso de Alzada

::: --> Editado el dia : 21/06/2018 12:25:08
::: --> Motivo :

Gracias por compartir tu duda y a joker por su respuesta.

qwerty83

• 21/06/2018 12:35:00.
Mensajes: 30
• Registrado: marzo 2018.

RE:Recurso de Alzada

Eso dice la ley.
A efectos prácticos:
El recurso de alzada sólo te sirve para poder ir al contencioso-administrativo.
Salvo que se alineen los astros el recurso de alzada será denegado por silencio administrativo.
Pero si no lo interpones no puedes acudir al contencioso, creo, no estoy seguro porque al ser un procedimiento selectivo, con muchos interesados, no sé si que uno de los interesados interponga el recurso de alzada ya es suficiente para que cualquiera de los demás vaya al contencioso.
Ponlo que es gratis.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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