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710.661 mensajes • 396.159 usuarios registrados desde el 25/05/2005
Hola. La semana pasada vi por casualidad una noticia en la página del SAF sobre la que no he leído nada por aquí, quizás porque no afecte a mucha gente (aunque interesados me consta que habemos porque de este tema se ha hablado algunas veces en este foro). Se trata del tema del perfeccionamiento de trienios en el grupo inferior, cuando en ese período de tres años también se ha trabajado en un grupo superior y lo que hasta ahora había hecho la Junta, es reconocerte el trienio en el grupo inferior que es el en grupo en que estás trabajando cuando se cumple el trienio. Pues bien, según el SAF, bueno os pongo el enlace para que lo leáis vosotros mismos
[--http://www.sindicatosaf.es/contenido/18/09_Sept/20180914_Trienios.pdf--]
Esto no es una noticia, esto es un notición!!!! Pero no encuentro nada ni en la página del defensor del pueblo, ni por parte de función pública, ni otros sindicatos han dicho nada. En fin, nada de nada. Alguien sabe algo más???
• 02/10/2018 19:31:00.
• Mensajes: 54
• Registrado: diciembre 2011.
Pregunta en la sede del SAF de tu provincia
Ya, si pensaba hacerlo. Pero lo he puesto por aquí a parte de por preguntar, para comunicarlo a los que no lo supieran.
• 03/10/2018 19:45:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: julio 2005.
Mil gracias Bartola por la información, a mi tambien me afecta y no había visto la nota
Lo estáis reclamando? Que os han dicho en vuestras Delegaciones?
• 04/10/2018 9:34:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: julio 2005.
YA LO HE RECLAMADO, YA OS CONTARE LO QUE ME DICEN.
• 04/10/2018 13:29:00.
• Mensajes: 28
• Registrado: enero 2017.
La normativa y la jurisprudencia es clara
La Secretaría General de Administración Pública se ha visto obligada a ceder tras las presiones de SAF.
Las personas afectadas verán reconocidos sus derechos económicos.
• 04/10/2018 13:38:00.
• Mensajes: 122
• Registrado: febrero 2007.
Hola, tengo 4 trienios, cuando cumplí el primero si estuve en distintos cuerpos, uno de ellos superior, se podría reclamar o solo es con los que se vayan cumpliendo a partir de ahora?
Gracias
• 04/10/2018 13:53:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: julio 2005.
YO CREO QUE LO PUEDES RECLAMAR, OTRA COSA ES LOS EFECTOS RETROACTIVOS QUE SEGURAMENTE SERA COMO MAX. 4 AÑOS ANTERIORES, POR EL TEMA DE LA PRESCRIPCION.
HOLA
Para solicitar el reconocimiento de trienio en grupo superior ¿habéis acudido al sindicato SAF o habéis hecho un escrito por vuestra cuenta y lo habéis presentado por registro de entrada?
Yo no estoy afiliado al SAF, por lo que estaba pensando en hacerlo por mi cuenta y me surge la duda de si en su redacción basta con aludir al art. 46 de la Ley 6/1985 y ¿a quien debe ir dirigido?
Espero respuestas
GRACIAS
Chambo, va dirigido a la Secretaría General para la Administración Pública que es la que tiene la competencia del régimen retributivo del personal y a la que alude el SAF en la comunicación de su página web.
Respecto a la primera pregunta, por mi cuenta.
• 05/10/2018 15:07:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: julio 2005.
Yo lo he hecho por mi cuenta y lo he presentado en mi delegación territorial.
• 08/10/2018 9:44:00.
• Mensajes: 122
• Registrado: febrero 2007.
Hola, gracias por contestar lamaspeque!!Pues lo voy a solicitar porque además era del grupo II. Yo no estoy afiliada al SAF, tenéis alguno un modelo de reclamación para utilizarlo de guía?? Os lo agradecería muchísimo.
• 17/10/2018 11:50:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: noviembre 2015.
Hola, acaban de reconocerme un trienio en el Grupo C1, a pesar de que en los servicios previos inscritos en mi hoja de acreditación de datos consta que la mayor parte del tiempo he prestado servicios en el grupo 1 ¿Alguien puede decirme de qué manera han recurrido y qué han alegado, para que me cuenten el trienio en grupo 1?
• 19/10/2018 12:36:00.
• Mensajes: 122
• Registrado: febrero 2007.
Yo también agradecería mucho si nos ayudaran alguien que lo haya reclamado ya, muchas gracias
• 19/10/2018 13:31:00.
• Mensajes: 28
• Registrado: enero 2017.
::: --> Editado el dia : 19/10/2018 13:32:12
::: --> Motivo :
Os recomiendo que contacteis con la sede de SAF de vuestra provincia.
SAF ha conseguido resolver la cuestión y son los que mejor os pueden asesorar
En octubre de este año registre mi solicitud de reconocimiento de trienio en grupo superior y aun no he tenido respuesta alguna.
¿A alguno/a de vosotros/as os han contestado?
GRACIAS
• 19/12/2018 15:18:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: julio 2005.
Yo tb la presente en esas fechas y aun no me han contestado
Misma fecha de presentación y a mí tampoco me han contestado.
• 19/12/2018 16:41:00.
• Mensajes: 1462
• Registrado: abril 2007.
Yo también lo he reclamado pero todavía no sé nada. Lo hice por mi cuenta
• 20/12/2018 8:51:00.
• Mensajes: 122
• Registrado: febrero 2007.
Me podríais orientar como lo habéis hecho, si tenéis un modelo y donde lo habéis presentado? Muchas gracias
• 04/01/2019 13:15:00.
• Mensajes: 18
• Registrado: octubre 2012.
Hola, yo lo solicité hace unas semanas...
Tenéis algún tipo de respuesta?
Habéis pedido la retroactividad económica?
Un saludo
• 04/01/2019 15:49:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: julio 2005.
Lo solicite por mi cuenta en octubre y si pedi la retroactividad económica.
• 04/01/2019 16:54:00.
• Mensajes: 1462
• Registrado: abril 2007.
Te han contestado ya lamaspeque? Yo llevo 2 semanas de vacaciones así que no tengo ni idea de si me habrán contestado o no.
También pedí la retroactividad económica. El límite son 4 años
• 04/01/2019 17:44:00.
• Mensajes: 545
• Registrado: enero 2017.
A mí me lo denegaron. Interpuse reposición y ni han contestado.
Junta cuando lo solicitaste tu, en que mes?
• 04/01/2019 20:17:00.
• Mensajes: 545
• Registrado: enero 2017.
Hace ya bastante.
A mi tampoco me han contestado. Lo reclamé en octubre como dije más arriba. También pedí retroactividad económica desde la fecha en que se me tuvo que haber reconocido. Aquí no hay límite de 4 años.
• 06/01/2019 12:08:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: julio 2005.
PERDONA SHASTHA POR LA TARDANZA EN CONTESTAR, PERO ME HAS COGIDO DE VACACIONES Y DESCONECTO DEL TODO.
AUN NO ME HAN CONTESTADO.
• 10/01/2019 10:16:00.
• Mensajes: 122
• Registrado: febrero 2007.
Donde habéis presentado el escrito? habéis ido en persona o por correo con sello de fecha de presentación? Gracias
• 10/01/2019 10:32:00.
• Mensajes: 1462
• Registrado: abril 2007.
Pues en un registro
• 21/01/2019 23:18:00.
• Mensajes: 154
• Registrado: junio 2007.
Buenas noches... ¿Os han respondido a la solicitud de reconocimiento de Trienio en el grupo superior de los trabajados en ese período?
El Artículo 46 de la Ley 6/1985 de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, es muy claro al respecto:
1. Las retribuciones de los funcionarios son básicas y complementarias.
2. Son retribuciones básicas.
a) El sueldo, que corresponde al índice de proporcionalidad asignado a cada uno de los
grupos.
b) Los trienios, consistentes en una cantidad igual para cada uno de los grupos por cada
tres años de servicios. En el supuesto de que los tres años de servicios lo sean en grupos
distintos, se computará para todo el período el correspondiente al grupo superior.
En el caso de que un funcionario preste sus servicios sucesivamente en diferentes
cuerpos, escalas, clase o categoría de distinto grupo de clasificación tendrá derecho a seguir
percibiendo los trienios devengados en los cuerpos anteriores.
Si la Secretaría General para la Administración Pública ha reconocido el error, según el SAF, tendrán que reconocer estos derechos a todos.... ¿y con carácter retroactivo?... ... A ver que noticias tenemos. Gracias por leer y mantener este tema dentro del Foro, vivo.
Buenas noches
• 22/01/2019 9:01:00.
• Mensajes: 545
• Registrado: enero 2017.
Jhosepe, pues parece que no lo van a reconocer a todos y menos con efectos retroactivos, a menos que vayamos a juicio. A mí ya me los han denegado.
Qué piensas junta chupigua que a unos sí y a otros no, lo van a reconocer? Con efectos retroactivos sería mucho dinero
• 22/01/2019 9:49:00.
• Mensajes: 545
• Registrado: enero 2017.
Los que los cumplan a partir de 16 de enero sí, todos los anteriores como es mi caso los están denegando. Esas son las órdenes que han dado. Ya no es el tema de los efectos económicos retroactivos, sino que me parece una medida poco igualitaria.
• 22/01/2019 9:54:00.
• Mensajes: 72
• Registrado: enero 2011.
INSTRUCCIÓN 1/2019 POR LA QUE SE MODIFICA LA INSTRUCCIÓN 3/2005, DE 18 DE
MARZO, SOBRE RECONOCIMIENTO DE TRIENIOS Y RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS
PREVIOS AL PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL, AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN
GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA. (16 de enero de 2019)
DISPONGO:
Primero. El apartado undécimo de la Instrucción 3/2005, de 18 de marzo, queda redactado
de la siguiente manera:
«UNDÉCIMO.- Valoración de los trienios.
La valoración de los trienios en relación con los servicios prestados en la Administración
General de la Junta de Andalucía en calidad de personal funcionario, ya sea de carrera o interino,
bien de forma consecutiva o con interrupción, sin que durante la misma se hayan prestado servicios
en otra Administración y solicitado su reconocimiento, se realizará valorándose cada uno de ellos de
acuerdo con el grupo o subgrupo superior desempeñado en el transcurso de los tres años de
servicios prestados en la Administración General de la Junta de Andalucía como personal
funcionario de carrera o interino, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46.2.b) de la Ley
6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.»
Segundo. Fecha de efectos.
La valoración de los trienios en la redacción dada por la presente Instrucción será de
aplicación a aquellos que se perfeccionen desde el día de su firma.
• 22/01/2019 9:57:00.
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• Registrado: abril 2007.
Que vergüenza. Ósea que lo demás nos quedamos sin el trienio y los que lo hagan ahora si, no? Mira ya no es que se nos reconoZca con efecto retroactivo desde antes, me aguantaría pero esto es una vergüenza. Porque una instrucción que tiene que ver existiendo normativa al respecto?
• 22/01/2019 9:58:00.
• Mensajes: 1462
• Registrado: abril 2007.
Pues yo voy a preguntar porque como me enteré de que a uno solo se lo han aceptado lo mismo me meto en juicio
• 22/01/2019 10:03:00.
• Mensajes: 545
• Registrado: enero 2017.
Lo de vergonzoso se queda corto. Lo único que podría intentarse es consultarlo con un abogado para ver si es factible ganarlo mediante juicio.
• 22/01/2019 10:05:00.
• Mensajes: 545
• Registrado: enero 2017.
O incluso quejas masivas al defensor del pueblo...
• 22/01/2019 10:06:00.
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Lo que tampoco me cuadra es que precisamente el sindicato que inició todo aún no haya actuado.
SHASTHA, es que sí, a uno sólo se lo han reconocido, al que se ha metido en juicio. Llamé en su día al SAF para preguntar y me dijeron que esto venía a raíz de un juicio que ellos habían llevado de una persona, pero no me dijeron más datos lógicamente, por eso han cambiado la normativa, pero vamos que si los demás no tenemos que meter en juicio para que nos lo reconozcan pues yo por mi parte pienso hacerlo, porque lo que no es normal es que yo lo reclamara en su día en mi servicio de personal, hayamos presentado nuestras reclamaciones y ahora nos quedemos con cara de tontos. A partir de ahora sí, pero los que hemos presentado las reclamaciones no. Unos se quedan con las hieles y otros ( que no han hecho ná ) recogen las mieles.
Con "reclamé en su día a mi servicio de personal" me refiero a hace algunos años, no a la reclamación que presenté en octubre a la Secretaría General para la Administración Pública.
• 22/01/2019 13:47:00.
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• Registrado: abril 2007.
Efectivamente, además que una instrucción no se hasta qué punto puede establecer Eda distinción. Pero que si me tengo que afiliar al sindicato, me afilio y que me asesoren. Es que y está bien de tomarnos por gilipollas
• 22/01/2019 14:27:00.
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También se puede hacer un grupo de afectados y hacer una demanda conjunta.
• 01/02/2019 12:47:00.
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• Registrado: julio 2005.
ACABO DE COMPROBAR QUE EN MI HOJA DE ACREDITACION DE DATOS YA ME FIGURAN LOS TRIENIOS CORRECTAMENTE RECONOCIDOS, AUNQUE EN LA NOMINA DE ENERO ME LOS HAN PAGADO MAL. PEDI LOS EFECTOS RETROACTIVOS EN LAS RETRIBUCIONES PERO ESTO NO SE ME HA TENIDO EN CUENTA.
NO HE RECIBIDO NINGUN TIPO DE ESCRITO RECONOCIENDOME LOS TIRENIOS, SIN EMBARGO LOS HAN CAMBIADO EN LA HOJA ACREDITACION.
ALGUIEN MAS LO HA COMPROBADO POR FAVOR.
Hola lamaspeque, acobo de mirar mi Hoja de Acreditación y nada, no me han reconocido lo de los trienios. Por cierto ¿cuando pediste el reconocimiento? Mi solicitud es de 26 de octubre y aún sigo esperando, como si no hubiera hecho nada.
• 01/02/2019 13:28:00.
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• Registrado: noviembre 2007.
Lamaspeque.
A mi tampoco me han hecho ningún cambio en los trienios. ¿Es automático o lo hacen desde tu Servicio de Personal?
• 01/02/2019 13:33:00.
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• Registrado: julio 2005.
LO PEDI EN OCTUBRE EN MI SERVICIO DE PERSONAL.
• 01/02/2019 13:50:00.
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• Registrado: noviembre 2007.
Lamaspeque, ¿En que Consejería, Delegación o Agencia estás? los de mi Servicio de Personal no saben como hacerlo.
Muchas gracias!!!!!!
• 01/02/2019 15:46:00.
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• Registrado: julio 2005.
Estoy en Salud.
• 01/02/2019 19:30:00.
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• Registrado: abril 2007.
Pero eso iría a la consejería, no? Bueno si te lo han reconocido es buena señal, a ver qué pasa con el resto...
• 03/02/2019 17:01:00.
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• Registrado: enero 2017.
A mi me los han denegado dos veces por escrito y en la hoja de acreditación de datos aparecen como siempre.
Me consta que los sindicatos se están movilizando, pero no tengo claro hasta que punto poner el contencioso por mi cuenta...
• 04/02/2019 10:24:00.
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• Registrado: enero 2017.
La más peque estás en Delegación territorial o no?
Yo sí y me crea una impotencia la situación.
Ninguno tiene más información al respecto. Yo tengo dos versiones: que finalmente los van a reconocer de oficio y la otra es que van a explicar la instrucción 1/2019 sin más.
¿Ahora a cuál de ellas se le hace caso?
Hola,
lamaspeque, ¿presentaste la solicitud sólo en tu sección de personal o también queja al Defensor del Pueblo Andaluz? Es que estoy pensando presentarla además de en la SGAP en lo oficina del DPA. Gracias.
• 04/02/2019 10:57:00.
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• Registrado: noviembre 2007.
Hola Lamaspeque. ¿En Salud dónde? van a llamar los de mi servicio de Personal para ver como se hace el cambio de trienio.
Muchas gracias.
• 04/02/2019 12:06:00.
• Mensajes: 1189
• Registrado: diciembre 2008.
Yo he consultado en mi Servicio de Personal y me han dicho que esta Instrucción 1/2019 se aplica para los trienios que se reconozcan a partir de la entrada en vigor de dicha instrucción, es decir, desde el 17 de enero de 2019.
A los anteriores no se les aplica.
De todas formas lo he solicitado.
Para nada, pero en fin...Que no quede.
• 04/02/2019 13:00:00.
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• Registrado: julio 2005.
MI ESCRITO IBA DIRIGIDO A MI SERVICIO DE PERSONAL, Y NO HE PUESTO NADA EN EL DEFENSOR DEL PUEBLO.
• 04/02/2019 13:07:00.
• Mensajes: 291
• Registrado: julio 2005.
LOLITA76, TE HE PUESTO UN PRIVADO .
• 10/02/2019 18:17:00.
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• Registrado: junio 2007.
up
• 11/02/2019 12:34:00.
• Mensajes: 119
• Registrado: diciembre 2005.
A mi me acaban de dar resolución denegando la solicitud de que se me reconozcan los trienios conforme dice la Ley 6/1985, y lo que argumentan es que la Instrucción (donde se reconoce que lo han estado haciendo mal...) se aplica desde la fecha de firma de la misma!
Increíble! Reconoces que lo has estado haciendo mal, pero privas de los derechos que reconoce una Ley del año 1985 mediante una Instrucción!!! Se puede hacer peor????
Por cierto, yo también estoy en Salud...
Y voy a recurrir en alzada, claro!
• 12/02/2019 0:03:00.
• Mensajes: 545
• Registrado: enero 2017.
Pietro alzada? A mí me lo denegaron y presenté recurso de reposición con la misma respuesta. Con lo cual solo queda contencioso.
• 12/02/2019 8:57:00.
• Mensajes: 119
• Registrado: diciembre 2005.
Perdón! Sí, reposición...
• 13/02/2019 9:20:00.
• Mensajes: 25
• Registrado: enero 2010.
Lo de Función Pública es una vergüenza. Ojalá el nuevo gobierno despida a toda la corte de "hijos de" que hay allí. Una y otra vez no me deja de sorprender como este Centro Directivo se dedica sistemáticamente a joder una y otravez a sus propios "compañeros" con todo lo que tocan: concursos, pld´s virtuales, ahora esto de los trienios y un largo etcétera. Nos odian y se les nota muchísimo.
A ver pandilla de imbéciles: por Instrucción podréis decir que dejáis de aplicar una Ley estatal para aplicar la Ley andaduza ya que el Defensor de Pueblo y vuestra propia Asesoría Jurídica os lo están diciendo. Ya solo con esos por hhaber metido la pata deberían de cesaros a todos. ¿Pero quién os dice que por una Instrucción podéis, vosotros pandilla de inútiles, decidir, la fecha a partir de la cual se aplica la Ley? ¿Como vais a reconocer un trienio a unos de una manera y a otros de otra por cuestión de días o años que da igual?. En fin... ojalá os manden a la Delegacióna a dar entrada a los escritos que es para lo único que valéis y creo que hasta éso lo hariáis mal.
• 19/02/2019 10:11:00.
• Mensajes: 45
• Registrado: noviembre 2007.
Buenas. ¿Ninguna novedad?
• 19/02/2019 10:57:00.
• Mensajes: 154
• Registrado: junio 2007.
::: --> Editado el dia : 30/09/2020 19:54:04
::: --> Motivo :
Buenos días...
• 19/02/2019 14:24:00.
• Mensajes: 72
• Registrado: enero 2011.
La nueva directora general de función pública se reitera, ante la petición de un sindicato, en los términos de la instrucción 1/2019: no se reconocerán los que se hayan cumplido antes del 16 de enero de 2019.
• 19/02/2019 15:08:00.
• Mensajes: 45
• Registrado: noviembre 2007.
He mandado una reclamación al Defensor del Pueblo por su web, os la copio por si alguien más quiere hacer ruidito (Jhosepe me ha inspirado). También voy a escribir a la SG para la Administración Pública esta semana ya que en mi servicio de personal no pueden hacer nada en contra de la Instrucción.
Reclamación por la mala administración que está realizando la S.G. para la Administración Pública de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior a través de la la Instrucción 1/2019 por la que se modifica la Instrucción 3/2005, de 18 de marzo, sobre reconocimiento de trienios y reconocimiento de servicios previos al personal funcionario y laboral, al servicio de la Administración General de la Junta de Andalucía.
EXPONGO:
1. La Junta de Andalucía ha estado aplicando INCORRECTAMENTE hasta enero del 2019 para el reconocimiento de trienios de su personal funcionario el artículo 23.2b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, Ley de Reforma de la Función Pública, de carácter básico, que establece: " 2. Son retribuciones básicas: b) Los trienios, consistentes en una cantidad igual para cada grupo por cada tres años de servicio en el Cuerpo o Escala, Clase o Categoría. En el caso de que un funcionario preste sus servicios sucesivamente en diferentes Cuerpos, Escalas, Clases o Categorías de distinto grupo de clasificación, tendrá derecho a seguir percibiendo los trienios devengados en los grupos anteriores. Cuando un funcionario cambie de adscripción a grupo antes de completar un trienio, la fracción de tiempo transcurrido se considerará como tiempo de servicios prestados en el nuevo grupo” , en vez de aplicar el artículo 46.2.b) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, Ley de la Función Pública de Andalucía, que determina: 2. Son retribuciones básicas: b) Los trienios, consistentes en una cantidad igual para cada uno de los Grupos por cada tres años de servicios. En el supuesto de que los tres años de servicios lo sean en Grupos distintos, se computará para todo el período el correspondiente al Grupo superior.
2. Que con motivo la queja del Defensor del Pueblo sobre la Instrucción 3/2005, y el informe de la Asesoría Jurídica de la Junta de Andalucía en la que se manifiesta el sentido de que debe aplicarse al reconocimiento de trienios el artículo 46.2.b) de la Ley 6/1985, frente al 23.2b) de la Ley 30/1984, que se entiende con carácter básico la Secretaría General para la Administración Pública en consecuencia, considera lo más adecuado dar efectividad a la conclusión contenida en el mencionado informe jurídico y modificar el apartado undécimo de la Instrucción 3/2005, de 18 de marzo, quedando redactada de la siguiente manera:
«UNDÉCIMO.- Valoración de los trienios.
La valoración de los trienios en relación con los servicios prestados en la Administración General de la Junta de Andalucía en calidad de personal funcionario, ya sea de carrera o interino, bien de forma consecutiva o con interrupción, sin que durante la misma se hayan prestado servicios en otra Administración y solicitado su reconocimiento, se realizará valorándose cada uno de ellos de acuerdo con el grupo o subgrupo superior desempeñado en el transcurso de los tres años de servicios prestados en la Administración General de la Junta de Andalucía como personal funcionario de carrera o interino, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46.2.b) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.»
Segundo. Fecha de efectos.
La valoración de los trienios en la redacción dada por la presente Instrucción será de aplicación a aquellos que se perfeccionen desde el día de su firma.
3. Que la Secretaría General para la Administración Pública reconoce y corrige el error que lleva tantos años aplicando pero comete uno mucho mayor, y es el de establecer una fecha de efectos en una Instrucción contradiciendo la entrada en vigor de una Ley, la Ley de la Función Pública de Andalucía, que fue aprobada el 28 de noviembre de 1985 y que desde ese momento debería haberse empezado a aplicar el artículo 46.2.b) de la misma, tal como el propio informe de la Asesoría Jurídica manifiesta.
4. Que la Constitución Española en su artículo 9.3. establece el principio de jerarquía normativa de lo cual se conoce que una Instrucción carece de potestad reglamentaria, siendo ésta exclusivamente una herramienta para dirigir las actividades de los órganos administrativos. Por tanto, una Instrucción nunca podrá ir en contra de una Ley ni establecer la entrada en vigor de uno de sus artículos con una fecha distinta a la que establezca la propia Ley.
SOLICITO AL DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ:
Que inste a la S.G. para la Administración Pública de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior a rectificar el error cometido con la Instrucción 1/2019 por la que se modifica la Instrucción 3/2005, de 18 de marzo, sobre reconocimiento de trienios y reconocimiento de servicios previos al personal funcionario y laboral al servicio de la Administración General de la Junta de Andalucía, y que la fecha de efectividad de la aplicación del artículo 46.2.b) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, sea la misma que la entrada en vigor de dicha Ley. La mala práctica administrativa de esta Secretaría General al fijar una fecha de aplicación a su antojo, contradiciendo una norma con rango de Ley, es toda una arbitrariedad, discrecionalidad y genera inseguridad jurídica a los funcionarios de la Administración de la Junta de Andalucía.
• 19/02/2019 15:46:00.
• Mensajes: 1462
• Registrado: abril 2007.
Esta muy bien. Estoy unos días fuera, cuando vuelva al trabajo lo mando yo también. Estoy por ir a un abogado cuando me contesten. Lo que no entiendo a todo esto es por que a unos se la están denegando y a otros no.
• 21/02/2019 11:57:00.
• Mensajes: 25
• Registrado: enero 2010.
Nunca en provecho de su propio personal. Llega un nuevo gobierno y ponen de Directora a una Filóloga (francés) con "estudios" en Derecho por la UNED. Toma ya. Es lo que hay...
• 29/04/2019 12:11:00.
• Mensajes: 18
• Registrado: octubre 2012.
Hola, yo sigo sin recibir respuesta...
Alguna novedad en este tema¿???
• 29/04/2019 12:48:00.
• Mensajes: 1189
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Yo tampoco he recibido respuesta todavía.
• 03/05/2019 9:03:00.
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A mi me volvieron a denegar el reconocimiento en reposición (como era de esperar...) y al día siguiente interpuse un contencioso-administrativo...
No tiene sentido que se reconozca, y mediante instrucción, que se ha estado aplicando mal una ley, y que para arreglarlo se diga que se va a hacer bien pero a partir de una fecha concreta! Es decir, aplico mal la ley pero eso ya se queda así...jejejejjeje
Desconocimiento total de los principios básicos del Derecho y ganas 0 de hacer bien las cosas!
Por eso no queda otra que irse al contencioso...
• 03/05/2019 9:24:00.
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A mí tampoco me han contestado.
Me paerce impresentable, no, lo siguiente.
• 03/05/2019 10:10:00.
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Yo también he interpuesto contencioso.
• 15/05/2019 12:10:00.
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A mi me han contestado desde el Servicio de Personal lo siguiente:
"El escrito presentado, si bien no viene calificado de este modo, debemos entender por su
contenido que lo que solicita es la revisión de oficio de la citada Resolución de fecha 24 de
septiembre de 2008, al solicitar la interesada que se modifique su calificación y que se anote en
su historial administrativo como del actual Grupo A2, así como el pago de la diferencia salarial
dejada de percibir como consecuencia del error inicial en la calificación del trienio."
Por lo que me pidieron permiso para remitir mi expediente a la SGT de la Consejería (estoy en una Agencia Administrativa) y que lo revisasen allí.
Todavía no he tenido respuesta..... está claro que iré al contencioso después del verano si no me dicen nada.
Interinadecarrera, Junta chupiguay, Pietro
Os he puesto un privado.
Gracias
• 15/05/2019 17:25:00.
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A mí ni me contestaron. Supongo que desde que hice la solicitud el plazo que tendrían para contestar era 3 meses y luego el respectivo del contencioso que creo que era...6? a mí me parece que lo voy a dejar estar, buscar abogado y todo... no tengo yo ánimo para eso... aunque yo creo que estaría ganado y me da bastante rabia pero una de un sindicato me dijo que estudiarían el caso y como no estoy afiliada han pasado de mí aunque si me hubiesen contestado me habría afiliado, pero me comentaban que estaban buscando más casos como el mío y han pasado por lo que se ve
• 15/05/2019 19:00:00.
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Como no me contestaron creo que son 6 meses, estoy súper desconectada de temas de contencioso. Consultaré con un abogado
Ya tengo presentado mi recurso. Somos ya muchos, así quien vaya teniendo noticias del Juzgado que lo vaya poniendo.
Por otro lado, en la próxima reunión de la Mesa sectorial del 24 de junio van a tratar el tema de la Instrucción 1/2019, la relativa a los trienios. A ver qué dicen...
• 13/06/2019 13:19:00.
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Hablé por teléfono con el SAF.Se niegan a pasarme la sentencia.Les he dicho que las sentencias son públicas, y que hagan el favor de pasarla para poder fundamentar jurídicamente que ya hay un precedente, y que si su preocupación es el tema de los datos personales, pues que los tachen.Pero nada.Y que en todo caso sólo se la pasarían a afiliados.Menos mal que son un sindicato de defensa del "funcionario".
Yo estuve afiliado muchos años, y me quité por un tema estrictamente económico.Desde luego, si creen que con esa actitud van a conseguir que me afilie, van listos.
• 14/06/2019 14:19:00.
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Yo también he interpuesto contencioso - administrativo.
• 12/07/2019 14:18:00.
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Pues nada, me ha llegado la Resolución sobre el trienio.A grosso modo, siguen sin bajarse del burro, y sólo lo aplican desde la Instrucción
Alguien que pueda pasarme un modelo de recurso de reposición?También me interesaría saber que sindicato os lleva el tema
¿Que tal van los Recursos Contencioso Administrativos?
¿Existe ya alguna sentencia favorable?
GRACIAS
¿Habéis visto que en la próxima reunión de la mesa sectorial del día 29, es decir de este viernes, hay un punto del día en el que van a tratar la modificación de la Instrucción que sacaron en enero de los trienios?
¿ Qué es lo que van a modificar? ¿ Se van a bajar por fin del burro?
Por cierto, yo aún estoy pendiente de la celebración del juicio. Tengo fecha pero quedan unos meses...
NOTICIAS DEL SAF:
Reconocimiento de Trienios mixtos en el grupo superior: Informe del Defensor del Pueblo
Demoledor, y creemos que definitivo, informe del Defensor del Pueblo Andaluz del 25 de noviembre de 2019, a raíz de una queja presentada por el Sindicato Andaluz de Funcionarios, en la que pedíamos que se anulara en parte la Instrucción 1/2019 de la Secretaria General para la Administración Pública, puesto que dicha Instrucción no reconocía el carácter retroactivo de los trienios completados en más de un Grupo, con el valor del Grupo superior.
La Instrucción 1/2009, fue el último “regalito” que dejó la anterior Secretaria General antes de ser cesada, Lidia Sánchez Milán. Instrucción que fue ocultada a las organizaciones sindicales para evitar lo que no ha podido evitar: evidencia de un trato desigual en idénticas circunstancias.
Por resumir, el Defensor del Pueblo hace dos Recomendaciones. La primera de ellas es que se modifique la Instrucción 1/2019 en el sentido de que se valore a efectos de trienios completados en más de un Grupo los servicios prestados en todas las Administraciones públicas. La segunda recomendación solicita a la administración que teniendo en cuenta el informe resuelva los recursos pendientes en aplicación del artículo 46.2 b de la Ley 6/85.
Y como Sugerencia, el Defensor insta a que se emita informe del Gabinete Jurídico y se adopten las medidas necesarias para que se reconozcan, en el grupo superior, los trienios devengados en más de un Grupo, con anterioridad a la fecha de efectos de la Instrucción 1/2019.
El Sindicato Andaluz de Funcionarios, en solitario, ha luchado para que se haga justicia a muchos funcionarios públicos a los cuales se les ha perjudicado en sus derechos retributivos durante muchos años y que ahora se pretende paliar de forma definitiva.
Ole,Ole y Ole. Toma ya!!! Muchas gracias Chambo por poner el resumen del Informe del Defensor del Pueblo. Entonces sí, me imagino que han ido los tiros por ahí en la Mesa Sectorial de hoy. Gracias al SAF y a todos los que hemos recurrido de manera individual esta injusticia.
• 29/11/2019 16:55:00.
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• Registrado: marzo 2017.
::: --> Editado el dia : 29/11/2019 16:56:52
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 29/11/2019 16:55:46
::: -- Motivo :
EN LA MESA SECTORIAL CELEBRADA HOY. LA ADMINISTRACIÓN HA ACEPTADO LA PROPUESTA DEL SAF Y MODIFICARÁ LA INSTRUCCIÓN 1/2019. RECONOCERÁ LOS TRIENIOS DEVENGADOS EN DISTINTOS GRUPOS, CON EL VALOR DEL GRUPO SUPERIOR, EN LOS CUATRO AÑOS ANTERIORES A LA FECHA DE VIGOR DE LA INSTRUCCIÓN. TAMBIÉN RECONOCERÁ LOS TRIENIOS DEVENGADOS EN DISTINTAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. GRAN TRABAJO DEL SAF, DESPUÉS DE AÑOS LUCHANDO POR CORREGIR ESTA INJUSTICIA.
Elcoqinas y se valora tb la experiencia en un trienio de funcionario y de laboral?
• 29/11/2019 22:55:00.
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• Registrado: marzo 2017.
LOS QUE APROBARON LS PROMOCIÓN CRUZADA SUS TRIENIOS PASARON A SER COMO EL DE LOS FUNCIONARIOS.
::: --> Editado el dia : 30/11/2019 1:34:04
::: --> Motivo :
¿Sólo 4 años anteriores a la entrada en vigor de la Instrucción? ¿Por qué? ¿Porque lo acuerden entre ellos? Pues mi trienio reclamado es del 201x, pero anterior al 2015. El defensor del pueblo, no dice en su informe nada de esos 4 años, lo que dice es que se resuelvan los recursos pendientes reconociéndose los trienios conforme a la ley 6/85, así que espero estar en ese saco porque si no tendré que ir finalmente a juicio y desde luego que lucharé hasta el final.
::: --> Editado el dia : 01/12/2019 0:59:31
::: --> Motivo :
Vamos a ver. Según lo que ha dicho El Coquinas, yo he entendido que sólo iban a reconocer los trienios devengados en los 4 años anteriores a la Instrucción, es decir, que mi trienio como es anterior al 2015 se quedaría fuera, pero tu lo que dices con lo de la ley de Hacienda, es que se reconocen todos los trienios devengados, pero sólo se pagan 4 años de atrasos. Pues alguien que sepa a ciencia cierta como queda la cosa.
No es difícil que me haya liado. Como la Instrucción dice que se reconocen de grupo superior los trienios que se perfeccionen a partir del 15 de enero de este año, día en que se firma la Instrucción, creí que lo de los 4 años iba en el mismo sentido. Gracias por la aclaración porque varía bastante la cosa.
• 01/12/2019 14:33:00.
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A todos los que les intereses. Los trienios perfeccionados como Laboral en la Administración Pública, pasan a tener la misma valoración cuando aprueben las oposiciones a funcionario de carrera. Dos sentencias del Tribunal Supremo avalan esto. Se reconoce el tiempo de laboral en cualquier administración, Ley 70/78, y ahora además al mismo precio perfeccionado. Atención no sólo a los laborales funcionarizados, sino a todos los que tengan perfeccionados trienios como laboral. Saludos.
Todo esto viene por la Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de noviembre de 2018 (rec. 1781/2017) a instancia de un funcionario interino que desempeño varios puestos en la Diputación Provincial de Málaga como médico y como Director del Centro de Drogodependencia.
El asunto fue llevado por la Asesoría Jurídica del CSIF en Málaga quien obtuvo tan importante éxito.
Posteriormente en Junta de Portavoces de la Mesa Sectorial y a la vista de que la Instrucción 1/2019 no preveía efectos retroactivos, las organizaciones sindicales solicitaron su revisión y afortunadamente en la Mesa Sectorial del 29 de noviembre se ha conseguido modificar dicha Instrucción permitiendo efectos retroactivos con las limitaciones de los 4 años que tenemos que soportar como límite para nuestras demandas judiciales con carácter económico.
Todo esto no viene por esa sentencia. Esa sentencia a la que haces referencia es relativa a la consolidación de grado por el personal interino. Lo del logro de los trienios ha sido gracias a la sentencia del SAF, al defensor del pueblo y a todos los que hemos reclamado en masa y hemos luchado por nuestros derechos.
Yo hace meses mas de 5 meses puse un recurso de reposición y no he obtenido respuesta.
¿Esto se resuelve tal cual, o he de interponer un nuevo recurso?
GRACIAS
• 03/12/2019 15:16:00.
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• Registrado: noviembre 2007.
Imagino que será otro recurso cuando salga la nueva instrucción. El mío se quedó en silencio.
::: --> Editado el dia : 03/12/2019 16:23:24
::: --> Motivo :
En el resumen que ha hecho ISA de la mesa sectorial, dice que será a solicitud del interesado a su órgano de personal.
• 04/12/2019 13:15:00.
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• Registrado: diciembre 2005.
Y a los que ya lo solicitamos a principio de año, luego interpusimos recurso y finalmente presentamos el contencioso... ahora qué? Otra vez hay que presentar la solicitud? Y los gastos y el tiempo de recursos y contenciosos quién los paga? Cada uno por la mala gestión de esta Administración???
Menudos chapuzas!!! Aunque ahora al menos ponen algo de cordura reconociendo lo que era de cajón!
• 10/12/2019 11:58:00.
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• Registrado: septiembre 2017.
Buenos días, pues en mi caso me han denegado el reconocimiento del trienio en el C1.1000 y me lo mantienen en el C2.1000 porque solicité a mediados de marzo el reconocimiento de servicios prestados durante 6 meses trabajados en un Ayuntamiento.
Y según la instrucción 1/2019 al haber solicitado este reconocimiento no me lo modifican.
• 17/12/2019 14:09:00.
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• Registrado: diciembre 2005.
Alguien tiene noticias de este tema? Los servicios de personal saben ya algo de cómo se tiene que gestionar?
Lo primero que habrá que esperar es a que modifiquen la Instrucción. Y una vez que ya sea oficial, solicitarlo a los servicios de personal.
• 18/12/2019 8:35:00.
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• Registrado: diciembre 2005.
Sí, tiene pinta que hasta después de Navidad no se hará algo al respecto...
• 14/01/2020 9:26:00.
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• Registrado: noviembre 2005.
¿Y la Instrucción? ¿A principios de año? ¿De qué año?
::: --> Editado el dia : 14/01/2020 10:44:06
::: --> Motivo :
Yo tengo el juicio señalado para dentro de unos meses y desde luego hasta que no vea que esto de verdad se resuelve no pienso presentar mi desistimiento. El día 20 hay una reunión de la mesa sectorial y no he visto en el orden del día que se vaya a tratar este tema. Espero que lo incluyan en "Otros Asuntos" y que esto no vaya a caer en el olvido.
• 14/01/2020 10:48:00.
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• Registrado: diciembre 2005.
Yo lo tengo el día 30 de este mes y no voy a desistir visto lo visto...
• 14/01/2020 10:52:00.
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• Registrado: febrero 2008.
Buenos dias a todos perdonar un poco mi ignorancia sobre el tema pero no me queda muy claro como va el asunto.Yo llevo año y medio en la junta y mi anterior tiempo de trabajo ha sido en otra administracion publica.En su momento en la otra administracion me reconocieron un trienio(que es el que tengo)como c2 y posteriormente en esa administracion trabaje un tiempo como a2.Cuando empeze en la junta reclame que tenia un trieno ya reconocido de otra administracion y me lo reconocieron en la junta y lo cobro como c2.Entiendo entonces que a partir de que salga la nueva instruccion(gracias a los que lo habeis peleado) previa solicitud a personal deben de empezar a pagarme el trienio ya reconocido y el segundo que lo hago pronto como A2?.Gracias.
• 14/01/2020 20:42:00.
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A ver ouyea, no es para trienios reconocidos al completo en un cuerpo, es para trienios que en el momento de reconocerse sea en dos cuerpos distintos el tiempo, el otro lo tenía reconocido en tu otra administración y en esta se te ha reconocido ese trienio de esa administración. Si ahora haces otro y has estado en varios grupos pues es cuando te tienen que reconocer el superior.
Bartola a la mesa sectorial ya no tienen que llevar nada, si eso está hablado ya en la atención. Lo que tienen que hacer es publicar la puñetera instruccion, a ver si lo hacen ya. Haces bien en continuar.
• 15/01/2020 9:40:00.
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gracias shastha por tu respuesta.En realidad he estado dos periodos trabajando en grupo superior a c2 uno de 4 meses en el primer trienio (ya reconocido como c2) y otro en el 2 trienio que hare a mediados de este año.Habra que esperar lo que establece la instruccion.Muchas gracias.
Shastha creí que tenían que hablar en la mesa los términos de la modificación de la Instrucción, pero tienes razón, no tienen ya nada de que hablar, ya quedó todo muy clarito. A ver si la publican ya.
• 15/01/2020 23:45:00.
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Pues ouyea a lo mejor ese trienio si te lo han reconocido mal tendrían que hacerlo bien pero ya no sé si tendría que ser el estado el que lo corrigiera y luego la junta o solo l junta l verdad. El nuevo trienio si tienes c2 y a2 te lo van a reconocer como a2
• 16/01/2020 9:12:00.
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Muchisimas gracias shastha me has sido de gran ayuda,estare pendiente de la instruccion para la reclamacion en ambos casos.
• 30/01/2020 7:26:00.
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• Registrado: abril 2007.
De nada, para eso estamos.
Vengo a preguntar si ha salido algo, no sabemos nada de nada, verdad?? Es que son ligeritos cuando ven avalancha y sacan la instruccion pero para modificar el punto del reconocimiento se van a tirar a saber cuanto.
• 30/01/2020 9:21:00.
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• Registrado: enero 2011.
La devolución de la parte no cobrada los cuatro últimos años ¿se entiende desde la fecha de la primera solicitud o desde la fecha de la nueva solicitud? Si es este segundo caso, cada mes que pase nos están sisando unos eurillos.
No, Fray Josepho. Desde 4 años antes a la entrada en vigor de la Instrucción que tienen que modificar. Así que tu por eso no te preocupes, estamos cubiertos desde entonces y cada mes que pasa sin que nos lo paguen es mes que nos deben, pero claro a ver cuando co-- sale la modificación de la Instrucción.
• 31/01/2020 10:50:00.
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Gracias Bartola
• 02/03/2020 9:53:00.
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De este tema se sabe algo? Porque se suponía que la modificación del despropósito de instrucción por la que se iba a empezar a cumplir la Ley era inminente y por ahora nada...no?
• 02/03/2020 12:26:00.
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• Registrado: enero 2017.
Yo creo que no se sabe nada. Yo aunque los tengo reconocidos via contencioso aún no me los han pagado. Así que esperando para solicitar la ejecución de sentencia.
Algún caso en que si los hayan pagado ya?
• 02/03/2020 19:47:00.
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Junta, cuanto te ha costado el contencioso? Yo lo pedi y no me contestaron. Creo que volveré a pedirlo como recurso de reposición y después interponer el contencioso pero tampoco quiero que sea lo comido por lo servido, sino ni me molesto. Pero l verdad que es una vergüenza que solo es modificar una instruccion y nos están tomando el pelo a todos para variar
• 28/04/2020 13:02:00.
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• Registrado: abril 2007.
El día 6 hay reunión mesa sectorial y tratan la modificación del tema de los trienios. Alguien que entienda bien de este tema me puede decir si nos lo van a reconocer?
• 06/05/2020 19:34:00.
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• Registrado: diciembre 2009.
En mi opinión sigue sin solucionar el tema.confunde los efectos económicos(4 años) con los administrativos.según está, puedes pedir un trienio hecho en los 4 años anteriores, pero no puedes pedir un trienio realizado en 1990, por ejemplo, y que te paguen los últimos cuatro años.Y por qué no, si ya estaba vigente la ley 30/84?
Que no, opositora2021. Como tu bien dices reconocen desde 4 años anteriores a la firma de la Instrucción. El hecho de que tsrden más en publicarla no nos afecta nada más en que todavía no lo hemos cobrado, pero reconocidos están. Lo expliqué en un mensaje más arriba. Cada mes que pasa es mes que nos deben.
::: --> Editado el dia : 07/05/2020 0:02:26
::: --> Motivo :
Hay una cosa que me gustaría que alguien me dijese si es que he entendido mal. He contestado a Opositora 2021 sin ver la modificación. En el borrador de la modificación se decía 4 años anteriores a la entrada en vigor de la Instrucción 1/2019 de no me acuerdo que dia de enero y ahora que dicen en el punto tercero ? 4 años anteriores a la modificación de esta instrucción? Entonces, si nos han sisado dinero!!! No es lo mismo empezar a pagar desde enero del 2015 que desde pongamos junio 2016. Se han soplado año y medio de atrasos. Corregidme si me equivoco.
::: --> Editado el dia : 07/05/2020 0:26:29
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 07/05/2020 0:25:35
::: -- Motivo :
Y lo de los efectos administrativos, es verdad que no queda claro.
::: --> Editado el dia : 07/05/2020 10:58:19
::: --> Motivo :
Claro, pero en un principio no estaba así previsto, estaba previsto 4 años desde aprobación instrucción 1/2019. Ya he dicho que te contesté antes de leerlo.
No es que yo lo creyera, es que lo recogieron así por escrito.
• 07/05/2020 10:46:00.
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• Registrado: abril 2007.
Si, administrativos hay que pedir revocación del trienio y reconocimiento del que corresponda, lo malo para la mayoría de la gente será los efectos económicos que ahí se va a perder dinero, algunos mucho.
Estas cosas, llegado el momento, a quien hay que pedirlo si estás en una delegación territorial? A tu delegación o a la consejería? Espero que no sea como lo de los trienios de laborales que han pasado a ser funcionarios que en mi delegación están dando vueltas por nóminas sin resolver, creo que los trienios vienen de consejería ¿no? Habría que pedírselo cada uno a la suya y ya ellos cuando reconozcan el trienio y revoquen el otro comunicarlo a la DT y nóminas, no?
Ya que estamos, acabo de hacer el mes pasado mi segundo trienio, se supone que este mes ya me debe aparecer en la HAD y cobrarlo, no?
Cuanto tiempo atrás te reconocen los trienios en un grupo superior? Desde el principio de tu vida administrativa o desde los cuatro años anteriores a la firma???
• 27/05/2020 11:50:00.
• Mensajes: 72
• Registrado: enero 2011.
¿qué esperan para sacar la instrucción?
• 27/05/2020 13:23:00.
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• Registrado: noviembre 2007.
La semana pasada me dijo una compañera que había ganado el contencioso, que tenía la sentencia desde marzo. Esperemos que se reactiven los procedimientos ya!!!!
• 27/05/2020 13:35:00.
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Eso digo yo, no publican la instrucción, no?
Si en esta ya años se está de funcionario interno y de laboral, se reconoce también como grupo superior si estás así?
• 20/06/2020 19:14:00.
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• Registrado: enero 2010.
Hola, se sabe algo nuevo de este tema?
Gracias.
• 20/06/2020 19:59:00.
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• Registrado: septiembre 2006.
::: --> Editado el dia : 20/06/2020 19:59:37
::: --> Motivo :
Hola compañeros! Algo muy básico pero tengo dudas. El primer trienio hay que solicitarlo o te lo conceden de oficio? Muchas gracias!
• 21/06/2020 10:13:00.
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• Registrado: abril 2007.
Es de oficio.
Ya que estamos, sabemos algo más del tela o no? Siguen sin publicar la modificación y el tiempo sigue pasando...
• 23/07/2020 11:45:00.
• Mensajes: 45
• Registrado: noviembre 2007.
Parece que se retoma este tema en la reunión del 30 de julio!!!!
• 23/07/2020 17:26:00.
• Mensajes: 1462
• Registrado: abril 2007.
A ver si es verdad que la aprueban ya de una vez que no se puede dar más vueltas a este tema, lo están haciendo queriendo para no reconocer nada. Hay borrador de la nueva modificación que llevan?
• 24/07/2020 12:07:00.
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Con respecto a este tema, este mes la Junta ha comenzada a abonar al Personal Funcionario que tenía trienios perfeccionados como Personal Laboral, la cuantía que cobraban cuando eran Laborales, porque así lo ha establecido el Tribunal Supremo en 2 sentencias casacionales de Mayo del año paso. Pero la Junta como son tan listos, sólo les ha pagado o les va a pagar esta diferencia a los Funcionario que entraron por Promoción Cruzada. Es decir discrimina a los funcionarios que fueron laborales pero se presentaron a oposiciones libres y por Promoción Cruzada. Las Sentencias del T.S. en su fallo dice que las cuantías que cobraban por trienios cuando eran Laborales se han de respetar una vez adquirida la condición de Funcionario. No habla de sistema de acceso ni nada, sólo funcionarios que antes fueron laborales. Pero la Junta y sus asesores discriminan a sabiendas a parte del Personal afectado y que además no tuvieron las "facilidades" de los de la Promoción Cruzada. A ver si los SINDICATOS les piden explicaciones por esta discriminación "Cuasi Prevaricadora".
• 24/07/2020 12:10:00.
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• Registrado: diciembre 2008.
Es decir discrimina a los funcionarios que fueron laborales pero se presentaron a oposiciones libres y NO por Promoción Cruzad.
Esto es lo que he querido decir en el comentario anterior.
• 30/07/2020 15:53:00.
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La junta ha llevado el mismo texto que la otra vez, los sindicatos ha pedido la inclusión de los laborales y nada, a seguir el tema que lo volverán a estudiar. Está claro que no les interesa sacarlo adelante. A este paso como la vigencia sea la nueva firma de la instrucción la sacarán para 2023 para cuando ya no hay nadie que cumpla en esa fecha trienio afectado por las anteriores instrucciones... yo de verdad es que alucino que tengan que estar dando tantas vueltas a algo tan simple
• 30/07/2020 16:48:00.
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Pero vamos a ver señores que hay ya 2 sentencias del Tribunal Supremo que en sus Fallos dicen que el Personal Funcionario con servicios prestados de Laboral y con trienios consolidados como Laboral, hay que abonarlos según la cuantía que cobraban como Laboral...y estos pedazos de prevaricadores todavía haciéndose los tontos y pasando del tema. Y lo que ya no soporto es que los sindicatos ni les replican ni nada...y a otra cosa mariposa.
• 13/08/2020 10:51:00.
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Buenos días compañeros, por favor alguien podría someramente resumir en qué punto exacto nos encontramos actualmente con respecto a si podemos solicitar o no el reconocimiento, si la Instrucción 1/2019 sigue vigente...son tantos frentes abiertos los que tenemos que ya ni me acuerdo!! Muchas gracias
::: --> Editado el dia : 13/08/2020 12:43:37
::: --> Motivo :
Pues yo te lo digo. En la reunión que hubo a finales de julio han llevado por tercera vez que yo recuerde, el borrador de la modificación de la Instrucción 1/2019. No hacen na más que marear la perdiz para no publicar de una puñetera vez la modificación y que podamos pedir los trienios, porque claro, van a reconocer sólo hasta 4 años anteriores a la publicación y mientras más tarden en publicarla menos atrasos tendrán que pagar.
• 13/08/2020 14:31:00.
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• Desde: Sevilla.
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Gracias por la respuesta.
Y si nos vamos a los tribunales para que reconozcan más de esos 4 años tenemos visos de éxito?
• 13/08/2020 15:04:00.
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Pues a lo mejor, pero tardará. Pero lo de los cuatro años es desde la 1/2019, porque la instrucción nueva modifica el apartado de esa instruccion así que están alargando tontamente la publicación porque igualmente tendrán que pagar desde 4 años antes a a esa instrucción que es la que modifican
Buenas a ver si alguien me puede ayudar...... en mi primer trienio en 2008, tuve el primer año una interinidad como C1 pero la plaza la conseguí como C2, pero claro....el trienio me lo abonaron desde entonces como C2.....como ya hace tiempo de esto y habiendolo reclamado a personal de mi delegación, la duda que tengo es si puedo volver a reclarmarlo desde años atrás, aunque pierda más de los que me corresponden...... Al menos si pudiera reclamar eso, me gustaría aunque fuese para joderles un poquito nada más...... y porque me quitaron un derecho que era mio.
uy quiero decir si puedo reclarmar los 4 años atrás, no los demás........
• 14/08/2020 11:31:00.
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• Desde: Sevilla.
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Qué es más conveniente solicitarlo ya o esperar a la futura modificación o ir a ls tribunales? gracias compis
• 09/09/2020 10:18:00.
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Ayer se aprobó la Instrucción 1/2020 que modifica la 1/2019...hay que volver a solicitar el reconocimiento de los trienios mal reconocidos y se aplica la retroactividad a efectos económicos de 4 años como se esperaba!
• 09/09/2020 10:45:00.
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Yo lo tengo reconocido ya por vía judicial y ni por esas pagan. Ya voy a la ejecución de sentencia.
Junta Chupiguay, ¿desde cúando te han reconocido judicialmente? ¿Desde que debieron abonártelo o sólo cuatro años atrás? Yo tenía juicio previsto este año pero coincidió con estado de alarma y me lo han atrasado al año que viene y estoy valorando conformarme con este acuerdo o seguir para alante.
Shatsa, apartado 4 de la Instrucción 1/2020 que se refiere a fecha de efectos. " La presente instrucción surtirá efectos desde la fecha de su firma( yo dije publicación, bueno), tomándose ésta como referencia para el cómputo de los 4 años de prescripción"... es decir que son 4 años anteriores al 8-9-2020, no se coge la fecha de la instrucción 1/2019 como tu decías, luego,¿ ves la importancia de que firmaran y publicaran de una puñetera vez la modificación de la 1/2019?
• 09/09/2020 11:01:00.
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A mi judicialmente no me lo reconocieron, a pesar de que a gente de mi Consejería se lo reconocieron sin tener que meterse de contenciosos...Cosas de esta Junta!
Ahora a ver con qué me salen...porque lo que está claro es que los trienios mal reconocidos con anterioridad los tienen que modificar, no? Aunque los efectos económicos sean solo desde 4 años hasta la fecha de esta Instrucción!
• 09/09/2020 11:13:00.
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Bartola me ha reconocido los 4 años anteriores a la solicitud.
::: --> Editado el dia : 09/09/2020 11:56:04
::: --> Motivo :
Gracias, porque ahora ya tengo clarísimo lo que voy a hacer. Verás, que 4 años anteriores a la solicitud, que no a esta Instrucción, sería desde octubre del 2014,en lugar de septiembre de 2016, pero para 2 años más no me meto en jaleos.
• 09/09/2020 12:35:00.
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No me entero muy bien de lo que decis...BarTola y Junta chupiguay
A BarTola sé que se lo reconocieron (creo recordar que en Salud y Familias, donde yo estoy y no me lo reconocieron...), pero esta nueva instrucción parece decir (cosa que sería otra barbaridad...) que se reconocen los trienios como se debería haber hecho (en el grupo superior) en el caso de los reconocidos en los últimos 4 años???? O a todos los mal reconocidos, pero pagándose atrasos a los reconocidos en los últimos 4 años???? O se reconocen a todos y se abonan como mucho los 4 años anteriores a la Instrucción por aplicación de la Ley de Hacienda??? (opción esta última que sería la más lógica y legal)
Qué interpretáis?
Vamos a ver Pietro, partimos de la base de que a mí no me lo han reconocido nunca en ningún momento, si no no tendría un contencioso pendiente, será a otra Bartola que conoces, yo soy BarTola I ( Bartola primera).
• 09/09/2020 13:55:00.
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Ahh...perdón! me habré confundido!
Y cómo interpretas tú esta Instrucción?
• 09/09/2020 14:22:00.
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Eso mismo pensaba yo al leer la Instruccción de manera rápida esta mañana...porque es lo lógico!
Pero leyendo despacio después tengo claro que no tienen intención de pagar esos 4 años de atrasos a los trienios consolidados antes de ese plazo...y es más, pienso que incluso dejan la puerta abierta a no reconocer siquiera en el nivel superior esos trienios anteriores al plazo de 4 años!!! cosa que sería de traca!
Por eso pregunto vuestras opiniones, porque la Instrucción más ambigua no puede ser...
::: --> Editado el dia : 09/09/2020 14:42:50
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 09/09/2020 14:41:05
::: -- Motivo :
Pietro, no entiendo muy bien lo que quieres decir, pero mi interpretación es que nos van a reconocer ese trienio administrativamente del grupo superior tal y como correspondió haber hecho en su momento, pero pagar sólo nos van a pagar 4 años anteriores a 8-9-2020 (es decir desde 8-9-2016) la diferencia retributiva entre lo que teníamos que haber cobrado por ese trienio y lo efectivamente percibido. Y ya por supuesto a partir de ahora, ese trienio tendrá que abonarse de grupo superior hasta la fecha de nuestra jubilación.
• 09/09/2020 18:35:00.
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Es lo que decía antes...que eso había entendido yo con una primera lectura rápida, porque es lo más lógico y legal y por las ganas de que lo hagan medio bien de una vez!
Pero si lees despacio, hace referencia a los trienios "reconocidos" en los 4 años anteriores a la Instrucción 1/2020!!! Es decir, se refiere a aquellos casos de funcionarios que se les haya reconocido mal un trienio en ese periodo de 4 años antes...cosa que no tiene sentido y sería de juzgado de guardia, pero es lo que pone!
De hecho, esta mañana he hablado con bastante gente de este tema y nadie lo ve como tú o como yo lo veía al leer la instrucción por primera vez...
Como muy bueno, yo creo que nos reconocerán bien el trienio mal consolidado en su momento, pero sin ver ni un € de atrasos!
Espero equivocarme y que estés tú en lo cierto!
::: --> Editado el dia : 09/09/2020 23:11:27
::: --> Motivo :
A ver Pietro, mira el párrafo que dice " Visto lo anterior..." (antes del Dispongo). Es que no lo tengo delante pero dice que procede el abono de las diferencias retributivas como máximo 4 años atrás de los trienios reconocidos.... "Trienios reconocidos", pero no te dice que hayan tenido que reconocerse en esos 4 años. Por favor no nos echemos piedras encima de nuestro propio tejado.
• 10/09/2020 8:12:00.
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No creo que se trate de echarse piedras en nuestro tejado!
Te repito que yo lo ví en un principio como tú lo ves... y tengo bastante interés en que así sea!
Pero que leyendo despacio, y conociendo como hacen las cosas, no lo veo ahora así! Además he consultado a un sindicato y tampoco lo ven como tú...el comentario fue: "esta Instrucción es más de lo mismo..."
Así que espero estar equivocado!
::: --> Editado el dia : 10/09/2020 9:29:43
::: --> Motivo :
Vamos a ver. Estoy siguiendo este tema desde hace 2 años que abrí este hilo y he estado siguiendo todas las noticias que daban los sindicatos acerca del mismo, el informe del Defensor del pueblo, etc. Todo lo tengo guardado y lo que se pretendían era reconocerlos pero sólo pagar los últimos 4 años. Así que a los que ahora ven este texto por primera vez y esta noticia les coge por sorpresa o no saben de lo que va el tema que no empiecen con sus interpretaciones ( y no lo digo por ti Pietro, sino por la gente a la que preguntas que seguro que además ni les va ni les viene el tema). Por supuesto que voy a solicitarlo y si me lo deniegan, mira qué bien que tengo el juicio señalado para el año que viene.
• 10/09/2020 9:49:00.
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BarTola I, no dudo de que conoces mucho del tema, espero que tengas razón y por supuesto, como yo he hecho y todos deberían hacer, hay que solicitarlo...yo lo hice ayer mismo, a pesar de la opinión que estoy dando!
El problema es la ambigüedad de la Instrucción (que no creo que sea accidental, más bien todo lo contrario...) que hace que al leer varias veces vayas cayendo en distintos "detalles" que te hacen dudar de lo que en realidad se está diciendo...
De la gente con la que lo he comentado, como bien dices, algunos son gente que ni les va ni les viene o que no saben nada del tema...pero otros son funcionarios licenciados en Derecho (como yo) como muchos años de experiencia en la Junta en puesto de mucha responsabilidad y que, además, también les afecta este tema!
Ya litigué este tema a principios del años pasado y no conseguí nada...me representé yo mismo, así que te puedes imaginar que me empapé bien del tema!
Y repito, de verdad, que espero equivocarme!
• 10/09/2020 10:27:00.
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¿Qué interpretación dais a lo referido al Personal Laboral?. Como he puesto en otros comentarios anteriores, hay 2 sentencias del Tribunal Supremo de mayo de 2019, donde dice claramente que a los Funcionarios que antes fueron Laborales y con trienios perfeccionados, hay que pagarles la cuantía perfeccionada en el momento que eran Laborales. Ahora en esta Instrucción, vuelven a acotar...y habla de Funcionarios que se presentaron a Promoción Interna y tal y tal...Vamos a ver las Sentencias que son 2 y crean jurisprudencia...habla de funcionarios que fueron laborales y tienen trienios perfeccionados...y punto. No sé que opinais.
• 10/09/2020 10:37:00.
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Pues, en mi opinión (y tengo que decir que sobre eso no me paré porque no me afecta...) pasa algo parecido...porque en la introducción parece que se asume todo e incluye a todos, pero en las disposiciones que modifican la Instrucción de 2019 limita a los procesos de promoción interna...lo que hay que ver es si las famosas promociones cruzadas (con las que, dicho sea de paso, no estoy nada de acuerdo) se consideran promoción interna!
• 11/09/2020 12:00:00.
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• Registrado: octubre 2005.
Los efectos económicos son 4 años atrás.
Es en cuanto a los efectos administrativos que habría que estudiar.
Según la Instrucción 1/2020
La valoración de los trienios, en la redacción dada por la presente Instrucción, será de aplicación a aquellos que se perfeccionen desde el día de su firma.
¿Cuál es el día de su firma? El día 16 de enero de 2019, Instrucción 1/2019.
¿Desde? Después de... Dicho de otro modo, del 17 de enero en adelante.
¿Qué es que se haya perfeccionado? Concepto de perfeccionar según RAE
Completar los requisitos para que un acto civil, especialmente un contrato, tenga plena fuerza jurídica.
Hasta aquí de acuerdo, aquellos trienios perfeccionados
Ahora bien ¿la retroactividad a cuatro años o a más años?
No obstante, en los casos que proceda, se podrá solicitar la actualización de los importes en que se hayan valorado aquellos trienios reconocidos en los cuatro años anteriores y el consiguiente abono de las diferencias que correspondan.
Conclusión primera tope 4 años.
Por un lado está la perfección, por otro lado la valoración y por otro lado el reconocimiento.
O ¿qué es que se haya reconocido?
¿Qué pensáis?
• 12/09/2020 18:21:00.
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• Registrado: abril 2007.
Bartola ya he visto lo de la instruccion, juraría que cuando lo dije en el borrador ponía que modificaba la instrucción anterior y de ahí que por eso comenté eso pero ya he visto que lo han sacado desde esta (juraría que en el borrador no venía así)
Yo lo voy a presentar, supongo que irá dirigido a las consejerias, no a las delegaciones territoriales. Creo que nos vamos a morir hasta que contesten y paguen lo que tengan que pagar...
• 12/09/2020 18:24:00.
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• Registrado: abril 2007.
Pues tenías tú razón, yo lo miré mal. Y estaba tan tranquila pensando que era desde la de 2019. En fin, las cosas de la junta para variar
• 14/09/2020 13:27:00.
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• Registrado: diciembre 2008.
Sí Pietro en las convocatorias de acceso del personal laboral...habla de Promoción Interna. La Instrucción hace referencia a las Sentencias del Tribunal Supremo que al ser 2 ya es jurisprudencia. Pero las sentencias del Tribunal Supremo lo que hace es interpretar la Ley 70/78 en cuanto a la valoración de los trienios. Y dicta que el Personal Funcionario que tiene servicios prestados como Personal Laboral y con trienios perfeccionados, hay que pagarles la cuantía que venía cobrando como Laboral. Así de claro. Y la Instrucción 1/2020, no sé por qué, lo restringe sólo a los que fueron por Promoción Cruzada, discriminando a los que se presentaron a Oposiciones Libres. Yo creo que lo hacen para alargar más el tema a ver si mientras alguno se jubila o se muere.
• 18/09/2020 10:53:00.
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• Registrado: diciembre 2005.
De todos modos no estaría de más que vyamos informando por aquí de los que nos vayan respondiendo en nuestras respectivas delegaciones porque me da a mi que va a haber división de opiniones!
Salvo que desde Hacienda y AP se establezca una directriz general para toda la Junta...cosa que sería desable y razonable, aunque en esta casa todo es posible!
• 18/09/2020 11:35:00.
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• Registrado: diciembre 2009.
Pues no le veo diferencia con la anterior, la verdad.Lo de los 4 años con efectos retroactivos ya se sabía, para eso está la Ley de Hacienda.El problema aquí es cuando se cuenta el trienio, los efectos administrativos.Tenemos tres opciones:
-Desde la firma de la Instrucción.Los que tengan trienios anteriores a joderse
-Desde 4 años anteriores a la firma de la Instrucción.El que tenga anteriores, a joderse
-Desde que entró en vigor la Ley 6/85.A mi parecer, ésta debería ser la buena.La ley está vigente, una instrucción no es nadie para contradecir una Ley.O sea, alguien que trabajó de a1 de 2000 a 2002 y luego de auxiliar en 2003 debería poder pedir ahora que se le reconozca ese trienio como A1.Y que le paguen la diferencia 4 años para atrás.
No sé si recordaís que los interinos, antes de 2007, del EBEP, no tenian trienios.
• 18/09/2020 12:13:00.
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• Registrado: diciembre 2005.
La opción 3 es, sin duda, la legal y la que se debería tener claro que la Junta debería aplicar teniendo en cuenta que ha estado actuando de manera contraria a la que establece su propia Ley 6/1985!!!
Y como mal menor, a pesar de que el funcionario no tiene culpa de la mala praxis de la Junta, que le paguen la diferencia de lo que debió percibir si se hubiera perfeccionado el trienio en su día de forma lega, pero aplicando el periodo de caducidad de 4 años establecido en la Ley de Haicenda...
Eso es lo lógico!!! Pero esto es la Junta de Andalucía, y no es descartable ninguna de las opciones...y si no, al tiempo!
• 18/09/2020 13:23:00.
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• Registrado: diciembre 2009.
Sí, eso sería lo más justo, pero teniendo en cuenta lo ambiguo de la Instrucción, y además que sería lo más "caro" para la Junta, la verdad es que lo dudo mucho....
¿Os habéis leído la nota informativa que ha sacado el SAF en su página web sobre el tema? No cabe otra interpretación posible que la número 3 de versión 73 y que es la que yo defendí la semana pasada.
Copio y pego
Con la aprobación en el día de ayer de la INSTRUCCIÓN 1/2020 se modifica definitivamente la INSTRUCCIÓN 3/2005, en tres sentidos:
1- Se reconocen efectos retroactivos a la aplicación de este nuevo criterio, tomando como referencia la fecha en que se produjo el reconocimiento del trienio valorado de acuerdo con el mismo, y, en consecuencia, se atenderán las solicitudes que pudieran presentar las personas afectadas en el sentido de que se les abonen las diferencias correspondientes a la valoración de los trienios correspondientes.
2- Se reconsidera la limitación que la redacción dada al apartado undécimo de la Instrucción 3/2005 por la Instrucción 1/2019, en el sentido de que el nuevo criterio de valoración establecido por ésta deja de ser sólo de aplicación a los trienios cumplidos en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía.
3- Se incluye una mención específica al personal laboral fijo que ha adquirido la condición de personal funcionario de carrera, el cual tiene derecho a que los trienios que tenga reconocidos como personal laboral le sean abonados, tras adquirir la condición de personal funcionario, en la cuantía correspondiente al momento en que fueron perfeccionados.
Como veis dice " tomando como referencia la fecha en que se produjo el reconocimiento del trienio valorado de acuerdo con el mismo" El trienio te lo reconocerían cuando fuera,y sólo te van a pagar la diferencia retributiva de 4 años anteriores a la fecha de firma de la Instrucción 1/2020.
• 18/09/2020 13:32:00.
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• Registrado: diciembre 2008.
Yo tengo mi reclamación puesta en 2019 y Contencioso para 2022, y por supuesto pido los atrasos de 4 años antes a mí demanda, o sea desde 2015, y lo que diga esa put...a instrucción, me importa un h...uevo, el juez dirá desde que fecha me tienen que pagar. Luego seguro no pagarán y habrá que insistir con ejecución de sentencia, hasta que el juez comience a pedir nombres de los funcionarios que hacen caso omiso a sus Resoluciones, y ya después se cagar..án y pagarán.
• 18/09/2020 14:44:00.
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• Registrado: diciembre 2008.
El SAF, como los demás sindicatos siguen sin enterarse... El punto 3, según el SAF se refiere a todos los funcionarios con servicios prestados de Laboral. Y la Instrucción, sólo lo reconoce a los de la Promoción Cruzada, discriminando a los que accedieron por Oposiciones Libres. Pero los sindicatos en qué mundo viven...que no se enteran de nada.
• 21/09/2020 16:21:00.
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• Registrado: diciembre 2005.
Yo, haciendo un poco de abogado del diablo, pero también porque leyendo varias veces la nueva Instrucción pienso que es más que probable, creo que la Junta no va cambiar tan radicalmente de la línea seguida en este tema y no va a pagar a todos los que lo pidan los atrasos de 4 años...incluso, leyendo la Instrucción, dudo de que reconozcan a todos a partir de ahora el derecho a que su trienio debió ser de un grupo superior!!! Aunque de esto último sigo teniendo dudas y espero también equivocarme...
Pero si SAF da esa opinión o interpretación, espero que lo hagan con conocimiento de causa y me hacer albergar esperanza de que, como en un principio interpreté al leer la Instrucción, sea así!
De momento imagino que a nadie le han contestado nada en sus respectiva Delegaciones, no?
• 21/09/2020 17:13:00.
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• Registrado: abril 2007.
::: --> Editado el dia : 21/09/2020 17:13:36
::: --> Motivo :
No entiendo a qué te refieres con que no se reconozca a todos.
Por otro lado, el tema es cosa de la consejería no de las delegaciones territoriales, yo lo he solicitado y creo que tocará esperar para que contesten
• 21/09/2020 17:34:00.
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• Registrado: diciembre 2005.
Me refiero a reconocer que el trienio estaba mal a todos los que lo solicitemos, independientemente de la fecha en la que se hizo ese trienio (en mi caso, en 2011)... es que de la Instrucción también cabe interpretar que solo se les reconozca el error a los perfeccionados en los últimos 4 años!
• 30/09/2020 8:45:00.
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Alguien tiene alguna novedad respecto a su solicitud?
• 30/09/2020 10:16:00.
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• Registrado: diciembre 2009.
el problema, entiendo yo, es que si se interpreta que sólo tienen efectos económicos y administrativos los trienios de los últimos cuatro años, qué diferencia hay con la anterior Instrucción?
Y me parece una pasada que una instrucción esté por encima de una ley.El derecho yo entiendo que está ahí, desde 1985.Otra cosa son los efectos ecnómicos.
Por esa interpretación, si no solicitas el grado, o un trienio, o cualquier otro derecho, pueden decirte que tienes cuatro años para pedirlo.Si no, desaparece.
• 30/09/2020 10:22:00.
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• Registrado: diciembre 2005.
Eso es lo que yo decía y, efectivamente, es una aberración jurídica!!!
Por eso, creo, que se quedarán con la decisión salomónica (que también es contraria a la ley) de reconocer de acurdo con la ley del 85 los trienios mal reconocidos en su día, pero pagar atrasos sólo a los reconocidos en los últimos 4 años...
A ver qué hacen!
Pero que sí, esta y las otras instrucciones son un absoluto despropósito!
• 30/09/2020 18:34:00.
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• Registrado: junio 2007.
::: --> Editado el dia : 30/09/2020 19:06:07
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 30/09/2020 19:04:15
::: -- Motivo :
::: -- Editado el dia : 30/09/2020 18:59:44
::: -- Motivo :
Buenas tardes... Ayer presenté por Registro Telemático solicitud de Reconocimiento de Trienio en Grupo Superior en el A1.1100, trienio que se materializó en el 2009 en el grupo C1 y no en el A1 (durante esos tres años presté servicios en A1, A2 y C1) ... ...pues bien, esta mañana ha venido a mi puesto de trabajo el Jefe de Personal de la Delegación, y me ha dicho ...¿podemos hablar? acompáñame a Personal... ...Ok... y allí hemos hablado de manera muy correcta y cordial... .... .... y prácticamente me ha dicho, que me van a denegar la solicitud de Trienio en el grupo sueprior pues ha leido muy bien la Nueva Instrucción, y lo tiene claro... ... ..., en Delegación tienen que tomar la decisión... ... y le he comentado que iré a Contencioso Administrativo... ... ...¿como lo veis?
• 30/09/2020 19:28:00.
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Pero vamos a ver, no es el competente el órgano de personal de la Consejería o Agencia? Yo entiendo con eso, que no son las Delegaciones Territoriales quienes resuelven, sino pondría el centro directivo o especificaría, ¿no? Yo desde luego lo mandé a la Consejería.
Si te lo deniega a ver qué pie de recurso te pone y pones un recurso, no te vayas todavía al contencioso.
En base a qué te lo deniega? A lo de los cuatro años?
• 30/09/2020 19:34:00.
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...Lo quiere denegar en base a lo de los cuatro años... ...presenté la solicitud en el Registro Electrónico de la Junta... dirigido a la Secretaría General para la Administración Pública de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior... ...pero paradógicamente, me ha informado Personal de la Delegación... ... todo un poco extraño... en fin, vamos a ver que ocurre...
• 30/09/2020 19:52:00.
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Bueno cuando envías un Registro Telemático si no es de competencia del organo lo remite al que es competente. A lo mejor se lo han remitido a tu DT y por eso te van a contestar ellos. Pero que eficiente, porque yo lo presenté hace 15 días y creo que ni lo han recepcionado, estará volando por el Registro Telemático de la Consejería... ya mismo me veo llamando a Registro a ver si lo han recepcionado o no o a ver por dónde las lleva, porque en mi DT no ha tenido entrada.
Buenos días, en la web del empleado público está la nueva instrucción:
Instrucción 1/2020 por la que se modifica la Instrucción 1/2019, de 16 de
enero, sobre reconocimiento de Trienios y Reconocimiento de Servicios Previos al Personal Funcionario y Laboral, al Servicio de la Administración General de la Junta de Andalucía.
• 17/10/2020 14:41:00.
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Buenos días. A alguien le han contestado ya? Yo me hago a la idea de que va para largo pero me gustaría que lo resolvieran antes de la toma de posesion de la promoción interna
• 17/10/2020 18:56:00.
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::: --> Editado el dia : 17/10/2020 19:22:11
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 17/10/2020 19:08:43
::: -- Motivo :
::: -- Editado el dia : 17/10/2020 18:57:35
::: -- Motivo :
Buenas tardes... Desde Personal de la Delegación Territorial me comentaron que me iban a responder pronto... ...no obstante... he visto varias veces al jefe de personal, y ya no me dice nada y habla de otros asuntos... ...tengo la impresión que aplicarán el "Silencio Administativo" como respuesta... ...saben que no tienen nada que hacer, que la Instrucción es un absurdo que legitima la posibilidad de ganar en un Contencioso-Administrativo... ...La Instrucción dice que se reconocen los derechos económicos en el grupo superior... más claro el agua... pero una instrucción no tiene fuerza jurídica para interpretar una Ley (Ley 6/1985) y decidir desde cuando sí y desde cuando no se reconocen esos derechos económicos, pues la Ley tiene vigencia desde 1985..., ...y todo ello independientemente a que los derechos económicos se apliquen a los cuatro años previos a la solicitud... Jurídicamente la situación se les ha ido de las manos, por completo...
• 18/10/2020 12:01:00.
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::: --> Editado el dia : 18/10/2020 12:03:33
::: --> Motivo :
Yo es que sigo pensando que en la instruccion pone órgano de personal de la consejería o agencia, que los de tu DT no son competentes para decirte si cumples o si no y que si te responden negativamente pues el tema lo enviaría a la Consejería.
En mi caso la solicitud de momento está en la consejería, no han rebotado el registro a mi DT
• 06/11/2020 12:57:00.
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::: --> Editado el dia : 01/12/2020 10:12:50
::: --> Motivo :
resolución denegatoria