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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 28/09/2019 14:44:00.
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Buenas, qué tal os ha ido?
Yo lo he visto complicadisimo
• 28/09/2019 15:15:00.
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Yo también lo he visto complicadillo. He dudado entre bastante pero no he arriesgado demasiado. El corte debe bajar bastante respecto a la anterior.
• 28/09/2019 15:50:00.
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A mí lo que me ha dejado noqueado es el caso práctico.
• 28/09/2019 16:55:00.
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Sobre el 60% del examen lo he visto muy elemental y asequible. En el resto ya tenia su aquel, y la parte practica pura puñeteria.
• 28/09/2019 16:58:00.
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Ya esta colgado el cuestionario.
• 28/09/2019 17:54:00.
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Alguien a que le haya ido bien se anima a poner soluciones
Y la pregunta de la Ley de aguas y la de la LOUA??? Eso entraba??
RWS, eso era Patrimonio. Ya sabes, los bienes de dominio público son imprescritibles....
Pues ni idea de que estuviera incluido en ese tema, pufff, vaya tela
Pero con lo de la LOUA no sé a que pregunta te refieres.
• 28/09/2019 18:28:00.
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Sobre 95 puntos aproximadamente, ya que hay algunas preguntas del práctico que no las veo claras y las he contabilizado como errores.
• 28/09/2019 18:32:00.
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Por cierto, la Ley de Aguas, aunque de respuesta fácil, es la primera vez que se pregunta en la Junta para el A2.1100.
• 28/09/2019 18:47:00.
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Por encima de 90 puntos de examen es plaza asegurada, enhorabuena.
• 28/09/2019 19:05:00.
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He corregido todo salvo los supuestos ya q las teóricas te remiten a la norma y el artículo y no cabe interpretación.
Escribo con el móvil asi q puede haber algún error pero ahi va.
1.a
2.b
3.b
4.c
5.c
6.b
7.c
8.b
9.a
10.c
11.a
12.c
13.a
14.b
15.a
16.a
17.b
18.b
19.b
20.c
21.a
22.b
23.b
24.c
25.c
• 28/09/2019 19:08:00.
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• Registrado: mayo 2005.
26.b
27.a
28.c
29.c
30.b
31.a
32.c
33.a
34.a
35.b
36.c
37.c
38.c
39.b
40.a
41.c
42.b
43.b
44.c
45.b
46.a
47.c
48.c
49.a
50.a
51.b
52.a
53.a
54.c
55.a
• 28/09/2019 19:11:00.
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• Registrado: mayo 2005.
56.c
57.b
58.b
59.a
60.a
61.a
62.b
63.c
64.a
65.a
66.c
67.a
68.a
69.b
70.c
71.b
72.b
73.c
74.a
75.c
76.c
77.a
78.c
79.c
80.b
81.c
82.b
83.c
84.b
85.a
86.c
87.b
88.b
89.a
90.b
• 28/09/2019 19:12:00.
• Mensajes: 165
• Registrado: mayo 2005.
91.a
92.a
93.b
94.a
95.a
96.b
97.b
98.a
99.a
100.b
151.c
152.a
153.a
154.a
155c
• 28/09/2019 19:14:00.
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• Registrado: mayo 2005.
Lo dicho, puede haber algún error de transcripción, pero la corrección es facil yendo ley por ley y al artículo que pone la pregunta.
Si alguien se anima a poner algunas del supuesto se lo agradecería, lo he hecho con el móvil y se me van a desprender las retinas como siga jejeje
Suerte!
• 28/09/2019 19:17:00.
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• Registrado: enero 2008.
::: --> Editado el dia : 28/09/2019 19:30:24
::: --> Motivo :
La 2 es la C.
La 85 es la B.
La 92 es la C.
P.D. Vaya curro que te has pegado haciéndolo con el móvil.
Gracias granaino! Estoy de acuerdo con miles en la 85 y la 92, pero la 2 estoy de acuerdo con granaino. Yo he hecho una estimación aproximada de la primera parte y me sale rondando las 80 netas... El caso practico es otro cantar, me falto algo de tiempo. Muy variopinto con un suministro menor por anticipode caja fija y todo... Suerte a todos!!!
• 28/09/2019 19:40:00.
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• Registrado: septiembre 2006.
Gracias por el curro
Según esto 86, sin contar los errores del práctico que no serán pocos.
• 28/09/2019 19:44:00.
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• Registrado: septiembre 2006.
La 2 es la c
• 28/09/2019 19:44:00.
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• Registrado: mayo 2005.
Cierto, en las q he fallado me he liado y he puesto a veces la correcta y a veces la wyo puse.
Cambian estas
2.c
9.b
12.c
18.b
23.b
27.a
41.c
47.c
48.c
54.c
56.c
58.b
64.a
65.a
72.b
83.c
84.b
85.b
87.b
89.a
92.c
96.b
Estás son las respuestas correctas de las que he fallado y me lie al copiar
• 28/09/2019 20:02:00.
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• Registrado: enero 2017.
La 2 es la be
• 28/09/2019 20:06:00.
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• Registrado: febrero 2017.
::: --> Editado el dia : 28/09/2019 20:13:49
::: --> Motivo :
La 2 es la c y la 9 la a
Artículo 106. Funciones. Corresponde al Parlamento de Andalucía:
11.º La aprobación de los planes económicos.
El control de los medios de comunicación social dependientes de la Comunidad Autónoma.
La 9 pide errónea
• 28/09/2019 20:27:00.
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• Registrado: mayo 2005.
La 9 de la tengo mal, puse la a pero no entiendo como, debi leerla mal, la comision no adopta posición sobre el presupuesto ya q lo elabora ella
• 28/09/2019 20:38:00.
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• Registrado: julio 2019.
Mal. Lo he visto complicado. 59,2 considerando las 20 del ejercicio practico mal. Alguien se atreve a corregir el practico??
• 28/09/2019 20:56:00.
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• Registrado: septiembre 2006.
Os ha parecido más complicado que último examen? Yo al menos tengo esa impresión.
BarTola I, me refería a la pregunta sobre la composición de un órgano regulado en la Ley de Ordenación Urbanística. Me ha dejado descolocada esa Ley
• 28/09/2019 21:37:00.
• Mensajes: 31
• Registrado: febrero 2017.
::: --> Editado el dia : 28/09/2019 21:47:46
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 28/09/2019 21:42:24
::: -- Motivo :
::: -- Editado el dia : 28/09/2019 21:39:34
::: -- Motivo :
La 56 es la c
La 66 es la c
La 85 es la b
La 78 creo que es la b
• 28/09/2019 21:58:00.
• Mensajes: 44
• Registrado: diciembre 2011.
A mi lo que me ha parecido de coraje ha sido el supuesto práctico....
Por cierto, alguien se aventura a dar los posibles resultados?
• 28/09/2019 22:11:00.
• Mensajes: 165
• Registrado: mayo 2005.
Control de los medios de la comunidad, no habla de los locales, x eso es no es.
• 28/09/2019 22:26:00.
• Mensajes: 134
• Registrado: enero 2017.
101 b 102 b 103 c 104 c 105 b 106 b 107 c 108 a 109 c 110 a 111 c 112 b 113 c 114 a
• 28/09/2019 22:26:00.
• Mensajes: 38
• Registrado: julio 2015.
Hola buenas noches. La 2 es la c. Yo sin contar el practico que me habrá ido mal pero algún puntillo rascarse tengo 92.80. He fallado 6 preguntas según lo aquí puesto en el teórico. A ver que tal se da xq mi concurso no es muy allá. Saludos a tod@s y suerte
• 28/09/2019 22:31:00.
• Mensajes: 134
• Registrado: enero 2017.
Hola, y en la 101 y la 102 y la 103???? Yo he puesto b, b y c
• 28/09/2019 22:43:00.
• Mensajes: 31
• Registrado: febrero 2017.
::: --> Editado el dia : 28/09/2019 22:47:30
::: --> Motivo :
Yo 104 y 110 he puesto b
Y la 40 entiendo que es impugnable, por no ser materia del temario
• 28/09/2019 22:59:00.
• Mensajes: 134
• Registrado: enero 2017.
Sí, seguro, yo he dudado mucho en esas
Ah RWS, esa de la Comisión urbanística no la he hecho porque no la sabía ya que no entraba en el temario y creo que es impugnable. La 40 entiendo que no es impugnable porque a pesar de que menciona la Ley de aguas lo que pregunta es sobre las características del patrimonio público que si entra en el temario.
Otra cosa, sobre el caso práctico entiendo que no hay responsabilidad de la Admón. al ser las lluvias torrenciales un supuesto de fuerza mayor.
• 28/09/2019 23:11:00.
• Mensajes: 165
• Registrado: mayo 2005.
La 103 son servicios especiales aunque no cobre como concejal? No la he buscado, pero diría q es servicio activo (tuve un compañero laboral en ese caso y cobraba y trabajaba como uno más, solo q faltaba e en cuando x un pleno)
• 28/09/2019 23:12:00.
• Mensajes: 16
• Registrado: septiembre 2019.
Nadie tiene dudas sobre el notario y el deber inexcusable??
• 28/09/2019 23:14:00.
• Mensajes: 16
• Registrado: septiembre 2019.
La 104 es b no??
• 28/09/2019 23:16:00.
• Mensajes: 16
• Registrado: septiembre 2019.
Vamos a impugnar en masa la 40!!!
• 28/09/2019 23:18:00.
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• Registrado: mayo 2011.
Artículo 4.8194Servicios especiales.
Los funcionarios públicos serán declarados en la situación de servicios especiales:
h) Cuando desempeñen cargos electivos retribuidos y de dedicación exclusiva en las
Corporaciones Locales.
No recibía retribuciones por el cargo, por tanto, servicio activo.
• 28/09/2019 23:23:00.
• Mensajes: 315
• Registrado: mayo 2011.
[--https://www.feandalucia.ccoo.es/plantillai.aspx?p=20d=6128--]
• 28/09/2019 23:23:00.
• Mensajes: 38
• Registrado: julio 2015.
La del concejal es servicio activo. La he buscado en el reglamento de situaciones administrativas del personal civil del estado que es dnde viene. Un saludo. Suerte
• 28/09/2019 23:28:00.
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• Registrado: mayo 2005.
::: --> Editado el dia : 28/09/2019 23:35:57
::: --> Motivo :
La del notario está clara, debe estar un notario y uno de gabinete en la comisión provincial de valoraciones. La del deber inexcusable solo hay q ponerlo en google, además a mi para ir a firmar hipoteca no me lo dieron jajaj, aapp
• 28/09/2019 23:41:00.
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• Registrado: mayo 2011.
Acudir a firmar al notario, asuntos particulares.
[--https://www.feandalucia.ccoo.es/plantilla.aspx?p=20d=4572s=4--]
Granaino, la 41 es la B, no la C. NO ES OBLIGACIÓN del concesionario, conservar y NO disponer del bien
• 28/09/2019 23:44:00.
• Mensajes: 16
• Registrado: septiembre 2019.
El deber inexcusable no está regulado ...es ambiguo e impugnable
• 28/09/2019 23:47:00.
• Mensajes: 44
• Registrado: diciembre 2011.
Ahí va mi propuesta del supuesto práctico
101. B
102. B
103. B
104. B
105. B
No se si es que dió por la B o es que es la respuesta correcta. Que opináis?
• 28/09/2019 23:49:00.
• Mensajes: 165
• Registrado: mayo 2005.
Yo sigo pensando q es la c, la a y la b, salen literalmente como obligaciones del concesionario en ese artículo de la ley asi q lanc es la q no es obligación. Además los bienes no se devuelven en su estado primitivo corrigiendo nada, eso no sale en la ley, ergo es la q incorrecta. Y conste q puse c, ya me gustaría q fuera, pero no
• 28/09/2019 23:52:00.
• Mensajes: 165
• Registrado: mayo 2005.
Sacado de google: se entenderá como deber inexcusable la obligación que incumbe a una persona y cuyo incumplimiento le pueda generar algún tipo de responsabilidad penal, civil o administrativa.
Yo la veo clarisima y de sentido común además
• 28/09/2019 23:58:00.
• Mensajes: 38
• Registrado: julio 2015.
Estoy con granadino la 41 es la c. Porque si es un deber del concesionario conservar y no disponer del bien. PoPor lo tanto lo que no es un deber es la respuesta correcta. C. Creo que el examen ha tenido una miaja de mala uva. .
• 28/09/2019 23:58:00.
• Mensajes: 103
• Registrado: febrero 2017.
Jodido, eh? Menos mal que no soy la única que lo piensa.
Mucho más que el último examen de promo.
Así que prefiero esperar a que salga la plantilla.
Una cosa tengo claro, quien no haya estudiado, esto no lo aprueba con la flauta.
• 29/09/2019 0:05:00.
• Mensajes: 165
• Registrado: mayo 2005.
Yo lo he visto mucho más difícil q las dos veces anteriores aunque, a falta de ver los supuestos, no me ha ido mal. También es verdad q lo llevaba mejor q esas veces.
En general casi todas las preguntas con muchos detalles y buscando la trampa, aun sabiéndolas era fácil picar en la mayoría de . Habra q ver las notas pero con este examen y el número de plazas creo q pocos aprobados se quedarán sin plaza
Si, llevas razón granaino, con tanto no en la pregunta, me hice un lío y la tengo mal. Cagada máxima.
• 29/09/2019 0:07:00.
• Mensajes: 165
• Registrado: mayo 2005.
Pues ya somos dos BarTola jejejej
• 29/09/2019 0:12:00.
• Mensajes: 44
• Registrado: diciembre 2011.
Jope es que han sido rebuscados con la forma de preguntar...
Y otra cosa, que me decís de la 108? No se habla de las bases de la convocatoria y no se sólo me que en ellas se establece que recursos se pueden po er con la resolución???
Yo tb veo la 41 la c. El concejal estaba en servicio activo pq no cobraba por ser concejal. Las lluvias torrenciales tb las he consoderado fuerza mayor pq son inevitables (previsibles o no). Lo de la firma del notario tiene luy mala leche pq yo tb lo heo deber inexcusable pero es muy interpretable... Eso no deberian haberlo preguntado. Lo de la Comisión de Valoración, aunque no entra la LOUA en el examen, es materia de expropiación forzosa y no la veo impugnable. La de la Ley de Aguas si, pq pregunta directamente por una ley de un tema q esta fuera de promoción interna... Creo a se puede impugnar.
• 29/09/2019 0:28:00.
• Mensajes: 80
• Registrado: septiembre 2006.
La de las lluvias torrenciales es ambigua e interpretable al máximo, quien decide sobre si hay o no relación de causalidad? El opositor? Yo la veo impugnable
• 29/09/2019 0:30:00.
• Mensajes: 80
• Registrado: septiembre 2006.
Podría ser tanto la a como lo b.
La 108 no seria la b? El concedente actual por delegación del consejero, que agota la via administrativao...
La 109 yo he puesto la b, pq es inactividad del interesado, no de la administración y en el caso de falta de subsanación de la solicitud, hay desistimiento.
• 29/09/2019 0:42:00.
• Mensajes: 80
• Registrado: septiembre 2006.
::: --> Editado el dia : 29/09/2019 0:42:51
::: --> Motivo :
Yo he puesto tb la b según lo que dice la 9/2007
115c, 116c, 118b, 119c.
Fredix lo de las lluvias no es cuestión de relación de causalidad... Si hay fuerza mayor exime a la Admon y el supuesto te habla de una situación inexperada... Los fenómenos atmosfericos son fuerza mayor.
• 29/09/2019 0:47:00.
• Mensajes: 80
• Registrado: septiembre 2006.
Yo creo que la 119 es la b, procedimiento abreviado por ser menos de 30000 eur
• 29/09/2019 0:49:00.
• Mensajes: 80
• Registrado: septiembre 2006.
Es cierto, leyéndolo mejor no cabe duda, el enunciado lo deja claro, así que la b
Granaino, en la 7 has puesto la C y creo que es la B. Ya me gustaría a mi que fuera la C porque la tendría bien, pero es la B. Si miras en la página de la UE, las 3 instituciones EXISTEN, así que he llegado a la conclusión de que es la B porque al Trubunal de Cuentas no le han puesto lo de Europeo y podría ser el Nacional, pero vamos que la pregunta tiene mala idea porque ademas en la misma página de la UE también lo llaman a veces Tribunal de Cuentas a secas, o sea que es que las 3 instituciones existen.
• 29/09/2019 5:29:00.
• Mensajes: 315
• Registrado: mayo 2011.
Bartola, el enunciado de la pregunta señala expresamente el srt. 13 del tratado:
"Artículo 13
1. La Unión dispone de un marco institucional que tiene como finalidad promover sus valores,
perseguir sus objetivos, defender sus intereses, los de sus ciudadanos y los de los Estados miembros,
así como garantizar la coherencia, eficacia y continuidad de sus políticas y acciones.
Las instituciones de la Unión son:
— El Parlamento Europeo,
— El Consejo Europeo,
— El Consejo,
— La Comisión Europea (denominada en lo sucesivo «Comisión»),
— El Tribunal de Justicia de la Unión Europea,
— El Banco Central Europeo,
— El Tribunal de Cuentas."
Es verdad! No me había dado cuenta del detalle de que pregunta en virtud del art.13. Pues entonces la tengo bien :) Gracias.
• 29/09/2019 9:49:00.
• Mensajes: 262
• Desde: Sevilla.
• Registrado: enero 2008.
::: --> Editado el dia : 29/09/2019 9:57:13
::: --> Motivo :
Lo veo igual que tú, dani sevilla. Lo que se impugna son las bases de la convocatoria que fueron aprobadas por una orden de la Consejería. Contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabrá recurso en vía administrativa.
Las lluvias torrenciales las veo como fuerza mayor. En estos casos las administraciones aprueban subvenciones, ayudas públicas, reducciones/excenciones de tributos, etc. Y el permiso lo veo también como asuntos propios. Las Notarias también abren por las tardes, aunque en esto no estoy seguro al 100%.
• 29/09/2019 10:01:00.
• Mensajes: 56
• Registrado: noviembre 2007.
La de las lluvias torrenciales no esta nada clara, yo puse la a). Habla de lluvias torrenciales e inesperadas y no se si eso es fuerza mayor sí hace alusión a la insuficiencia de la red de alcantarillado y enlazado con la primera de reserva, las tres opciones son de indemnización ¿?
• 29/09/2019 10:08:00.
• Mensajes: 56
• Registrado: noviembre 2007.
Tengo dudas si la aprobación de unas bases reguladora de subvención mediante orden, es una norma reglamentaria o un simple acto administrativo, y eso es lo que determina la 106) a ver si alguien lo aclara
• 29/09/2019 10:09:00.
• Mensajes: 165
• Registrado: mayo 2005.
Yoe fijé también en lo del alcantarillado pero hablando con un compañero que además tramita estos temas dice qie jamás se aceptan, salvo que haya una falta clara de mantenimiento (si hubiera dicho que el alcantarillado está obstruido, x ejemplo). En fin, la impugnaré si dan fuerza mayor como correcta pero no le veo muchas posibilidades de q la acepten. Otra cosa, en caso de q se indemnizara, cual sería la cantidad correcta?
• 29/09/2019 10:44:00.
• Mensajes: 68
• Registrado: julio 2019.
He mirado publicacion de una base convocatoria subvenciones y pone que cabe recurso C-A y potestativamente el de reposicion así que sería valida tanto la b como c
• 29/09/2019 10:48:00.
• Mensajes: 68
• Registrado: julio 2019.
La 117, es la C?
La 120 es la B?
• 29/09/2019 10:54:00.
• Mensajes: 315
• Registrado: mayo 2011.
::: --> Editado el dia : 29/09/2019 10:54:32
::: --> Motivo :
M50, una cosa es impugnar la convocatoria, y otra las bases. Creo que el compañero está en lo cierto, y yo he caido en el error. Creo que directamente C-Admvo.
• 29/09/2019 11:07:00.
• Mensajes: 33
• Registrado: marzo 2008.
Creo que en este examen notas altas no va a ver. Yo lo he visto complicado había muchas preguntas para cogerte. Yo salí de una mala leche y si había estudiado. Tengo 78 puntos a falta de las preguntas del caso práctico. No se si voy a coger plaza pq mi concurso no es para tirar coetes. Pero vamos todavía tengo esperanza. Son 280 plazas y el examen creo que no ha tenido nada que ver con las convocatorias anteriores. Suerte a todos y espero que el esfuerzo de muchos compañeros tenga su recompensa.
• 29/09/2019 12:17:00.
• Mensajes: 80
• Registrado: septiembre 2006.
::: --> Editado el dia : 29/09/2019 12:18:00
::: --> Motivo :
Yo estimé una nota de corte entre 110 y 115, pero viendo la dificultad del examen creo que más bien estará sobre
105. Pienso que no habrá demasiados aprobados por encima de 90.
Esperaremos a mañana a ver si la gente se anima a poner su nota.
Ferdix, cuando hablas de nota de corte de 110 a 115. Lo crees realmente factible con dicha puntuacion?
En la convocatoria anterior estuvo sobre 124 puntos para los no discapacitados. Como lo ves???
• 29/09/2019 12:28:00.
• Mensajes: 67
• Registrado: diciembre 2011.
Buenas tod@, con respecto a la pregunta 108 q creeis, porque todo parece indicar q como es por delegación es potestativo pero si la hay otra respuesta q pone contencioso no cuadra, ya que la pregunta no dice si se refiere sólo a recurso administrativo o no, así q las vi incompatible y pensé en el recurso de alzada pensando q sería el consejo de gobierno quien debe resolver por alguna causa q desconozco. Como lo veía?
• 29/09/2019 12:45:00.
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• Registrado: mayo 2011.
La 108 va enlazada con la 107. Se refiere a la desestimacion del recurso presentado anteriormente.
• 29/09/2019 13:00:00.
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Vale Malageta no había visto q iban relacionadas ni en el examen ni en mi casa tranquilo, o estaba redactado muy complicado o tenía mucha telita el supuesto, ya que aunque sepas las cosas como no las vieses o interpretases caes,en el error.
• 29/09/2019 13:37:00.
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::: --> Editado el dia : 29/09/2019 13:47:56
::: --> Motivo :
La 105) es la b)??, 111) a)?, 112) c)?
• 29/09/2019 14:04:00.
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En la 119, uno pone Recurso Contencioso_Administrativo ordinario, normal. No pone un recurso Contencioso_administrativo Abreviado. Otra cosa es que luego vaya por la vía de los abreviados por darse ciertas circuntancias. Pienso yo.
• 29/09/2019 14:05:00.
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• Registrado: febrero 2009.
Buenas, a los q habéis puesto un enlace a una plantilla colgada de un sindicato, podéis volver a ponerlo? No se ve nada...sobre todo por el práctico
• 29/09/2019 14:20:00.
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• Registrado: septiembre 2019.
La ultima convocatoria creo que hubo 280 aprobados para 125 plazas. Aproximadamente. Pensais que eso puede pasar ahora, que haya plazas para todos los que aprueben?
• 29/09/2019 14:33:00.
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• Registrado: mayo 2011.
::: --> Editado el dia : 29/09/2019 14:35:42
::: --> Motivo :
Si te interpone, mediante demanda, pero entiendo que sea discutible, por cuanto a la redacción.
Artículo 78.
1. Los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo y, en su caso, los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo de este Orden Jurisdiccional conocen, por el procedimiento abreviado, de los asuntos de su competencia que se susciten sobre cuestiones de personal al servicio de las Administraciones Públicas, sobre extranjería y sobre inadmisión de peticiones de asilo político, asuntos de disciplina deportiva en materia de dopaje, así como todas aquellas cuya cuantía no supere los 30.000 euros.
2. El recurso se iniciará por demanda, a la que se acompañará el documento o documentos en que el actor funde su derecho y aquellos previstos en el artículo 45.2.
3. Presentada la demanda, el Secretario judicial, apreciada la jurisdicción y competencia objetiva del Tribunal, admitirá la demanda. En otro caso, dará cuenta a éste para que resuelva lo que proceda.
Admitida la demanda, el Secretario judicial acordará su traslado al demandado, citando a las partes para la celebración de vista, con indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada que remita el expediente administrativo con al menos quince días de antelación del término señalado para la vista. En el señalamiento de las vistas atenderá a los criterios establecidos en el artículo 182 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
• 29/09/2019 14:34:00.
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• Registrado: septiembre 2006.
::: --> Editado el dia : 29/09/2019 14:34:27
::: --> Motivo :
Lo dudo, el tribunal puede bajar la nota de corte toda lo quiera. Imagino que esta vez lo bajarán lo suficiente como para que haya más número de aprobados que plazas.
• 29/09/2019 14:38:00.
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• Registrado: mayo 2011.
No pueden bajar todo lo que quiera.
"2.3. La puntuación necesaria para superar la fase de oposición tendrá que ser 60
puntos. No obstante, en el caso de que el número de personas que apruebe el ejercicio
de la fase oposición fuese menor que el número de plazas convocadas, la comisión de
selección podrá acordar, con anterioridad a la identificación nominal de las personas
participantes, que la puntuación necesaria para aprobar la fase de oposición sea
inferior a 60, hasta el mínimo de 50 puntos. Deberá, en este caso, con la nota de corte,
alcanzarse el número de plazas convocadas, pudiendo ser superado únicamente en caso
de empates."
• 29/09/2019 14:57:00.
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Por favor podéis decirme las respuestas a las preguntas:
9, 10, 37 y 82
• 29/09/2019 14:57:00.
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• Registrado: julio 2019.
Toda la razon Malagueta.
Puede alguien decirme cual es la respuesta a la 117 y a la 120?
• 29/09/2019 15:00:00.
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• Registrado: septiembre 2006.
Claro, me refería a que lo bajarán por debajo de 60 si es necesario. En la anterior creo que se quedó en torno a 75 el corte.
• 29/09/2019 15:06:00.
• Mensajes: 44
• Registrado: diciembre 2011.
A ver después de darle vueltas, creo que las respuestas correctas son:
9 B
10 C
37 C
82 B
¿Qué opináis?
::: --> Editado el dia : 14/04/2022 23:46:40
::: --> Motivo :
:::
• 29/09/2019 15:21:00.
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• Registrado: enero 2017.
Hola, lo de la fuerza mayor está muy claro, l tengo mal, eso me pasa por no leer bien e ir corriendo y pq
Me quedé atascada pensando si un pld consolida o no grado...en la pregunta de GARANTÍA PROVISIONAL qué habéis puesto hay o no hay?
• 29/09/2019 16:11:00.
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• Registrado: octubre 2005.
Hola!
Me incorporo al foro. .
Si habláis de bajar la Nota es por qué pensáis que no van a aprobar 3oo de 13oo?
Yo creo que sí los habrá, aún no creo que haya notas altas
• 29/09/2019 16:36:00.
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• Registrado: mayo 2006.
Pone recurso contencioso x el procedimiento abreviado. No creo que bajen la nota de corte... eso sí, notas altas ni de coña.
Examen super ambiguo y complejo, yo me he matado estudiando y así lo he visto.
• 29/09/2019 16:41:00.
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• Registrado: julio 2015.
Con vistas la del despido son 20 días hábiles. La pregunta 77 es la a. Y la ritual no hay garantía provisional. Por lo demad. No aprobar un examensaje como este significar fallar más de 50 preguntas en el supuesto que contestes todas. Estoy seguro que han aprobado más de 306 personas e incluso bastante más de la mitad de los presentados. He leído tb que el corte estaría sobre 110 ó 115. Ojalá pero lo veo muy bajo. Imaginad que la media de notas sea 80 y la mediala de concurso 40 como en la anterior convocatoria. Pues solo 3so ya suma 120. Un saludo a tod@seguir y ahora a disfrutar del domingo.
• 29/09/2019 17:05:00.
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• Registrado: febrero 2017.
El examen estaba redactado con mucha mala baba. Aunque se apuntaba a un examen sencillo no ha sido el caso. El A2.11 es el grupo mas complicado siempre por numero de aspirantes y dificultad d examen. Habrá mas de 300 personas con toda seguridad q lllegaran a 60. En cuanto al corte es difícil aun aventurar pronostico pero son 280 por cupo libre y creo q poner un corte de 120 puntos para el ultimo me parece altísimo. El año pasado el corte del A1 con 150 plazas fue unos 115...yo apuesto mas por un corte alrededor de esta nota aunq podria ser incluso menor con la dificultad d este examen
• 29/09/2019 17:18:00.
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• Registrado: mayo 2006.
Totalmente de acuerdo contigo! examen difícil, lo cuál agradezco x tema de concurso... corte sobre 115
• 29/09/2019 17:30:00.
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• Registrado: octubre 2008.
A mi me han parecido extrañas y ambiguas la 104 y la 118
-El permiso para ir al notario tiene más miga de lo que parece al pincipio. La típica y tradicional firma de hipoteca para comprar una casa, cabría como asunto propio y tradicionalmente se ha considerado así. Pero en el caso no esespecifican que vaya al notario para comprarse una casa. Y tras la Ley de Jurisdicción Voluntaria que se aprobó en 2015 los notarios han pasado a tener algunas competencias nuevas, que antes estaban atribuidas a los jueces (civil, sucesiones, reclamaciones económicas, etc...)
[--http://noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/...ion-voluntaria/--]
[--http://noticias.juridicas.com/conocimiento/articul...ion-voluntaria/--]
La Ley 15/2015 de 2 de julio de Jurisdicción Voluntaria, ha variado notablemente la participación en las resoluciones de los procedimientos que recoge la misma, debido a que en numerosos casos se sustituye la labor del Juez por la del Notario o por el Letrado de la Administración de Justicia, tanto en los temas mercantiles, de familia y sucesorios, entre otros. Si hasta ahora se acudía al Notario exclusivamente para realizar el testamento, la declaración de herederos y la partición de la herencia cuando había acuerdo entre herederos y/o legatarios, ahora TAMBIÉN CUANDO NO EXISTE TAL ACUERDO , YA QUE SE SUSTITUYE EL JUZGADO POR LA NOTARÍA OTORGÁNDOLE AL NOTARIO , LA LABOR DE DECIDIR Y RESOLVER como si de un juzgador se tratara.
El caso se refiere a 2018 , tres años después de la aprobación de la ley de jurisdicción voluntaria. Creo que tal como está planteado el caso, y en el contexto actual tras la Ley de Jurisdicción Voluntaria, comparecer en una notaría para firmar, en numerosos casos puede ser un deber inexcusable como lo era comparecer en el Juzgado. Así que puede estar sujeto a interpretación y criterios.
PREGUNTA 118 -Respecto de las lluvias torrenciales , habría que saber cual es el volumen y si son susceptibles de ser consideradas fuerza mayor, o si los daños se debieron o se agravaron por un deficiente mantenimiento o limpieza del alcantarillado (actuación competencia del Ayuntamiento según art. 26 de la LRBRL ). Una actuación del ayuntamiento que conllevara mal mantenimiento del alcantarillado , limitando la capacidad de desaguar, sería suceptible de considerarse responsabilidad patrimonial
[--https://www.lasprovincias.es/valencia-ciudad/contr...01650-ntvo.html--]
En esta noticia reciente, hablan de 4 días de lluvias torrenciales sin inundaciones significativas con una correcta gestión de la red de alcantarillado.
"Y es que, a pesar de las lluvias torrenciales, con intensidades máximas registradas de 90 litros a la hora por metro cuadrado, Alicante no vivió durante esos cuatro días ningún problema significativo de inundaciones, y se realizó una correcta gestión de las escorrentías superficiales, la captación del agua acumulada y su transporte en la red de alcantarillado, afirma Cutillas."
[--https://www.elagoradiario.com/agua/despues-de-la-tormenta-resiliencia/--]
Y aquí un ejemplo de condena a Ayuntamiento por daños en la casa tras inundación
[--https://www.europapress.es/andalucia/sevilla-00357...1220174550.html--]
Atención a lo que dijo la juez
"la presunta omisión por parte del Ayto en materia de adecuación de las infraestructuras al desarrollo urbanístico de la zona es motivo suficiente para atribuir la responsabilidad por daños a la propia Administración"
Me han parecido preguntas con demasiado margen de interpretación para un test de gestión administrativa.
• 29/09/2019 17:41:00.
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Hola otra vez por otro lado me están diciendo que el contrato es por procedimiento negociado...yo puse contratación directa pensando en que era un contrato menor...lo de la visita al notario yo tb la he visto muy confusa pero la de fuerza mayor veo que es así por eso mismo pq en ningún lado te habla de que haya fallos en el alcantarillado...yo mi nota creo que ronda entre 65_ 70 pero no estoy segura 128556
• 29/09/2019 17:41:00.
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Es que tiene tarea la preguntita de las lluvias, porque podría haber precisado más pero no, simplemente dice que se hace insuficiente la red.... que seguramente el tribunal busca que veamos que es fuerza mayor, pero como indicaindica el compañero anterior igualmente se podría reconducir la pregunta por la vía de mala gestión o negligencia de la administración, en fin....
Yo no veo normal que un tipo test de lugar a tantas posibles interpretaciones, precisamente debería ser el mas onbejiser el mas objetivo de los posibles tipos de examen por poder poner exactamente lo que dice la ley sin tantas ambigüedades
No se que es onbejiser, el corrector no se que estaba corrigiendo, jaja
• 29/09/2019 17:53:00.
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Pensáis que tanta gente con concursos por encima de 40 puntos van a sacar más de 70 con este examen?Igual estoy equivocado pero yo sigo dudando que el corte esté por encima de 110.
::: --> Editado el dia : 14/04/2022 23:46:28
::: --> Motivo :
:::
• 29/09/2019 18:10:00.
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• Registrado: mayo 2006.
Contrato menor está claro adjudicacion directa (viene en la Ley de contratos), así se llaman también. menos 15000 suministro. blanco y en botella
• 29/09/2019 18:14:00.
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Iva excluido. Estaba puesto a conciencia... y para ser de negociado le faltan datos...
Lo de las lluvias torrenciales está claro fuerza mayor, no dice nada de mantenimiento incorrecto del alcantarillado.que el mantenimiento.
• 29/09/2019 18:16:00.
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Creo que va a haber buenas notas y gente con mucho concurso, que no es mi caso, pienso que el corte estará sobre 118.
• 29/09/2019 18:20:00.
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Respecto a las aguas torrenciales, he trabajado en responsabilidad patrimonial y hay multitud de sentencias en las que se ha condenado a la Administración por lluvias torrenciales. Aquí, el matiz está, a mi modo de ver, en que dice que el alcantarillado es insuficiente, por lo que es responsabilidad de la Administración que no sea insuficiente máxime cuando vivimos en una zona donde hay lluvias torrenciales un año sí y el otro también, si no que se lo pregunten a la gente de Málaga.
Pasa igual con el viento, abren telediarios hablando de velocidades superiores a 90 Km. pero esto no exime de responsabilidad porque se dan en zonas donde eso es lo habitual, como en Cádiz o Galicia.
Bueno, suerte a todos.
• 29/09/2019 18:25:00.
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Es de lógica, que cuando hay lluvias torrenciales, ningún alcantarillado va a ser suficiente. Como dices, para que te lo consiguen te tendrás que ir a un tribunal.
• 29/09/2019 18:38:00.
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No Irasacha, no es así. Arriba un compañero ha puesto ejemplos de lluvias en Alicante donde el sistema de alcantarillado funciono bien. Además, que es torrencial, 90 litros, 120 litros... Lluvías torrenciales se producen varias al cabo del año y hay sitios como Alicante que lo han solventado y otros no.
Creo que el tema aquí es que vivimos en una zona donde las lluvias torrenciales son frecuentes y que por tanto la Administración debe disponer de un sistemas de alcantarillado capaz de solventar el problema, es decir, es una cuestión previsible.
Por otro lado, nos dice que el alcantarillado es insuficiente por lo que entiendo que se ha actuado con negligencia.
De todas formas es solo mi opinión.
• 29/09/2019 18:45:00.
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Efectivamente todo son opiniones. Pero cuando te dice insuficiente quiere decir que no ha podido con la lluvia torrencial por eso se le llama torrencial si fuera una lluvia normal si habría podido con ella
• 29/09/2019 18:46:00.
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Pienso que la idea del Tribunal es que hay RP, sino sería rizar el rizo más de la cuenta
• 29/09/2019 19:02:00.
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Haciendo una lectura por encima creo que a algunos se les está yendo la cabeza. Al notario pone el supuesto que va a firmar unas escrituras, y unas escrituras es una compraventa normal y corriente. No acude por lo que dicen ahí arriba de que un notario sustituye a un juez y tal. Creo sinceramente que cada uno puede defender lo que quiera pero hay que ser realista. Y con respecto a las lluvias torrenciales dice que suceden de forma inesperada, es decir, que no pudieron ser previstas y por lo tanto tal y como dice la ley no son indemnizables más allá de ayudas y prestaciones. No pretendo crear polémica tan solo creo que algunos le están buscando tres pies al gato.
Los fenómenos atmosféricos son fuerza mayor pq, previsibles o no, son Inevitables!
• 29/09/2019 19:15:00.
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• Registrado: febrero 2017.
::: --> Editado el dia : 29/09/2019 19:15:33
::: --> Motivo :
Condenan al Ayuntamiento de Tocina a indemnizar a un vecino por daños en su casa tras inundación
Una juez de Sevilla ha condenado al Ayuntamiento de Tocina y al Consorcio Aguas del Huesna a indemnizar a un vecino por los daños que sufrió su vivienda el 27 de septiembre de 2012 tras producirse una inundación por lluvias, según una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press. Así, la juez de lo Contencioso-Administrativo número 14 de Sevilla estima el recurso del vecino contra la resolución de 12 de noviembre de 2012 del Ayuntamiento de Tocina que inadmitió a trámite la reclamación.
• 29/09/2019 19:17:00.
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Claro, como dice lindi24, ademas es una causa mayor. Era otra pista para adivinar que no habia responsabilidad patrimonial. Son detalles a los que hay que estar atentos. Al fin y al cabo es un supuesto practico.
• 29/09/2019 20:21:00.
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convistas, has puesto que la 101 es la A, pero creo que es la B
• 29/09/2019 20:38:00.
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Pregunta 84 impugnable: la b seria la supuesta correcta pero el art 2.3 de la L6/85 dice en concreto "sometimiento a la Ley y al Derecho". Por lo tanto la b es incorrecta y anulable al no contener la expresion "y al derecho".
• 29/09/2019 20:46:00.
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Totalmente de acuerdo
Impugnables:
40
84
...
::: --> Editado el dia : 14/04/2022 23:46:14
::: --> Motivo :
:::
::: --> Editado el dia : 29/09/2019 21:20:58
::: --> Motivo :
Yo lo he visto complicado, y en cuanto a la famosa pregunta sobre ir al notario si es o no deber inexcusable, aquí sé que en la práctica cada órgano de personal hace una cosa distinta, no hay un criterio único.
La Instrucción 4/2012 te dice que deber inexcusable es la obligación que incumbe a cualquier persona cuyo incumplimiento le genera una responsabilidad de índole penal, civil o administrativa. El supuesto habla de firmar unas escrituras, firmar escrituras NO TIENE porque ser de compra-venta si miráis las clases de escrituras que existen en la página del Consejo Nacional del Notariado, ya me diréis si no se puede incurrir en responsabilidad en alguna de ellas:
[--https://www.notariado.org/liferay/web/notariado/el...ntos-notariales--]
Como véis hay compra-ventas, testamentos, herencias, capitulaciones matrimoniales, BODAS, SEPARACIONES Y DIVORCIOS, poderes, actas, constitución de sociedad
Os cuento mi caso particular, a nosotros nos citaron y a otros compradores, y esta sí era una escritura de compra-venta, para la firma de un piso de VPO en una fecha y hora concreta ante notario, y la empresa municipal que nos vendió la vivienda no nos dió opción de fecha ni hora.
Es por ello que esta pregunta es muy confusa y es en definitiva, si el hecho de tener que ir al notario no conlleva con carácter general la concesión de permiso por cumplimiento de un deber inexcusable, sino que habrá que analizar cada caso y ver si se cumplen los criterios para su concesión.
No obstante, si de la no asistencia en la fecha y hora convocada -sin posibilidad de cambio horario-, se derivase responsabilidad penal, civil o administrativa, el responsable de la unidad deberá analizar la situación concreta para la concesión del permiso, si procede.
• 29/09/2019 21:27:00.
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Exopositora73, para tu caso podias haber ido una tarde anterior y hacer un poder notarial a otra persona para esa compraventa y haber ido esa persona en tu lugar.
• 29/09/2019 21:30:00.
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::: --> Editado el dia : 29/09/2019 21:30:40
::: --> Motivo :
Entiendo que no se trata de lo que se pueda hacer, sino que no es una cuestión legal que esté clara para preguntar en un supuesto práctico.
De verdad se duda si ir al notario NO es un deber inexcusable? Incluso si vas a comprar una VPO no deja de ser un asunto particular. O es un deber inexcusable comprarte un piso?. En cuanto al asunto de la responsabilidad patrimonial. Me gustaría ver cuántos con lo de la gota fría se lo ganan a la Admón. Por supuesto que no hay (generalis casus) con lluvias torrenciales. En cuanto a la pregunta de la Comisión Provincial de Valoraciones fijan justiprecio ergo tema de expropiación forzosa (explicado arriba por otro usuario) y la de Aguas, bien de dominio público imprescriptible (ídem de ídem respecto al tema de patrimonio de la Admón). Mañana, en todo caso, se sale de dudas. Suerte !!!
::: --> Editado el dia : 30/09/2019 0:36:34
::: --> Motivo :
Josete, el supuesto no habla de compra-venta, habla de firmar una escrituras, pero no determina cuales, si firmas en escritura pública ante notario una SEPARACIÓN o un DIVORCIO, ¿eso no genera responsabilidades civiles?, si lo haces en un JUZGADO sí te dan el permiso por deber inexcusable y en un Notario no, o una CONCILIACIÓN ante notario, o una RECLAMACIÓN DE DEUDAS, o una CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD MERCANTIL........que todo eso no es un deber inexcusable de carácter PERSONAL, vamoossssssss.
Yo esperaré a la plantilla de mañana, pero tengo claro que voy a impugnarla porque repito habla de firma de escrituras pero no de qué tipo de escritura, y claramente hay escrituras que te generan responsabilidades.
Y Guapeche.....claro que podía ir y pagar un poder notarial, pero no voy a sumar más gastos a una compra venta por un permiso de un rato en el trabajo.
• 30/09/2019 11:04:00.
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Estáis del todo equivocados. Firmar o NO FIRMAR unas escrituras, te puede generar responsabilidades, pues claro, te compras una casita, pues ya la tienes... si no la firmas, no la tienes.
Pero el DEBER INEXCUSABLE, lo que exige es que se generen responsabilidades POR NO ASISTIR.
Vamos, que si ese día no vas al notario, lo único que te ocurre, es que tendrás que pedir cita para otro día, pero NO TE GENERA NINGUNA RESPONSABILIDAD NI CIVIL NI PENAL.
Yo tuve que ir de testigo, citada, a una boda, y me lo dejaron muy clarito en personal: asuntos propios. (Si no voy, la putada se la hago a los novios, pero a mí plin).
También tuve que asistir, de testigo, a un juicio, y también estaba clarito: DEBER INEXCUSABLE, pues estaba citada por el juez. Tengo la obligación legal de comparecer.
• 30/09/2019 12:18:00.
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Ya está puesta la plantilla
• 30/09/2019 12:27:00.
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87 129300128532
• 30/09/2019 12:33:00.
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• 30/09/2019 12:44:00.
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vais a impugnar alguna pregunta??
• 30/09/2019 12:51:00.
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Pues yo por ejemplo la 9.
Daba por hecho que era la B y han puesto la A. ¿Alguien más está de acuerdo?
• 30/09/2019 13:07:00.
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Yo tb daba por respuesta verdadera LA b, ES QUE PUEDEN SER ALS DOS.
• 30/09/2019 13:25:00.
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La 9) preguntan por la respuwsta falsa q claramente es la a)
• 30/09/2019 13:33:00.
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Es que pregunta por la falsa
• 30/09/2019 13:37:00.
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Pues tenéis toda la razón, no sé como me pudo pasar y esto que esa pregunta la repasé.
¡Qué fuerte!
• 30/09/2019 13:59:00.
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Creeis que subirán la nota de corte?
La nota de corte del examen no se puede subir, solo bajarla hasta 50 puntos. Pero no creo que lo hagan, habrá suficientes aprobados.
• 30/09/2019 14:14:00.
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alguien sabe donde se encuentra en la pagina del IAAP, como impugnar alguna pregunta de la plantilla? Te dice en el BOJA que se hace electrónicamente pero no encuentro la pestaña.
• 30/09/2019 14:14:00.
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Examen y concurso: 138.X
• 30/09/2019 15:17:00.
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No lo sé nunca lo he hecho, pero me ponéis por aquí como lo basamos y como se hace y me sumo a impugnar esas preguntas 40 y 84
• 30/09/2019 16:11:00.
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X mi parte tb voy a impugnar la 40. Y para mi la 104 y 118 tb son impugnables pero que opináis vosotros?
• 30/09/2019 16:48:00.
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Yo impugnaré la 40 también. Alguien se anima a redactar una base jurídica solvente? Los juristas de por aquí digo..
• 30/09/2019 23:09:00.
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Hola me acabo de registrar, no sé donde se ponen las notas, la mia 72+57.2
otra compañera 81.8 +56
otra 62.2+60
• 30/09/2019 23:22:00.
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otro 78+25
• 30/09/2019 23:25:00.
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otra 90 +50
• 30/09/2019 23:26:00.
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podeis poner la lista de puntos totales? gracias
• 01/10/2019 7:37:00.
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40, 84, 104 y 118, pero como se redacta, etc.