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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 10/10/2020 18:27:00.
• Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.
Buenas tardes. Supongo que ya se habrá hablado pero quería saber si en los puestos que no son doble adscripción se respetaría la permanencia, no sé si quedamos con el mismo código o si nos asignan uno nuevo.
En otra ocasión que haya pasado que se ha hecho?
• 10/10/2020 19:50:00.
• Mensajes: 71
• Registrado: octubre 2005.
::: --> Editado el dia : 10/10/2020 19:52:31
::: --> Motivo :
Si no tienes doble adscripción la permanencia se pierde, todo no puede ser.
En según que casos (si tienes toda la permanencia) es casi mejor concursar primero y pillar un C-D y luego promocionar.
• 10/10/2020 20:25:00.
• Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.
Gracias, en mi caso he promocionado y lo planteaba por si me saldría mejor quedarme donde estoy en este sentido o daria igual porque estoy pensando en elegir en vez de convertir. Pero quiero tener claro todo. Lo cierto es que sin permanencia dudo que se pueda concursar a partir de que ya tienes las tardes y donde me quede calculo que me espera estar unos cuantos años salvo que volviera a promocionar que dudo que sea a la primera
• 10/10/2020 21:42:00.
• Mensajes: 16
• Registrado: septiembre 2017.
Buenas tardes.
Te dan la posibilidad de reconvertir tu plaza a doble adscripcion, y por tanto el código de la plaza sigue siendo el mismo, por lo que conservas todos los derechos igual que los que ya de antemano tienen asignada la doble adscripcion.
Espero haberte sido de ayuda.
• 11/10/2020 9:55:00.
• Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.
Pues me estáis diciendo cosas totalmente opuestas.
• 11/10/2020 10:30:00.
• Mensajes: 112
• Registrado: julio 2006.
Según Personal de mi Delegación, la permanencia la conservas si reconviertes. Sigues en tu mismo código,con lo cual no pierdes nada. Un compañero también tuvo la duda y eso ha sido lo q le han contestado
• 11/10/2020 10:59:00.
• Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.
Muchas gracias. Yo no es que tenga permanencia porque en el último concurso me dieron uno, pero si no pierdo lo poco que tengo, mejor.
• 11/10/2020 11:34:00.
• Mensajes: 71
• Registrado: octubre 2005.
Shastha, yo lo decía por como lo ha hecho la Junta las últimas veces que se ha permitido la reconversión, si este año hay cambios lo desconozco.
Un saludo.
Aunque no sé como lo harán con un código donde haya 5 funcionarios y tres de ellos no promocionen...
• 11/10/2020 13:39:00.
• Mensajes: 315
• Registrado: mayo 2011.
Se pierde la permanencia. No te quedas en tu plaza, sino en tu centro, con una plaza de nueva creación con las características de la de c2. Tendréis una plaza con código distinto.
• 11/10/2020 15:27:00.
• Mensajes: 315
• Registrado: mayo 2011.
Cosa que solo ocurre si tienes un puesto de doble adscripción.
• 11/10/2020 15:43:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: abril 2009.
Al convertir el 14 con tardes el puesto pasa a ser un 15 con tardes con el específico de un nivel 15 o sigues teniendo un específico del 14 aunque sea ya un 15?
• 11/10/2020 17:13:00.
• Mensajes: 71
• Registrado: octubre 2005.
Peri5630, si tienes tardes de auxiliar nivel 14 pasas a el específico de un 15 con tardes, por lo menos así ha sido los años que toca la lotería de la reconversión.
• 11/10/2020 19:13:00.
• Mensajes: 42
• Registrado: mayo 2008.
shastha, si cogiste plaza en el último concurso, creo que deberías valorar la posibilidad de elegir una nueva plaza ahora en la promoción interna para cambiar de código, y así podrías concursar a todas las Consejerías en el próximo concurso incluso si lo sacan antes de que lleves 2 años en tu plaza actual (al menos ese criterio aplicó la Junta en el último concurso).
Si reconviertes el puesto no tengo ni idea de si te dejarían concursar a todas las Consejerías o no (a saber las ocurrencias de Función Pública).
• 12/10/2020 10:26:00.
• Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.
::: --> Editado el dia : 12/10/2020 10:26:12
::: --> Motivo :
Pero yo creo que eso dependía de si en los dos años anteriores habías concursado o no, aunque cambies de código, no que por simplemente cambiarlo ya puedas concursar a todo aunque sería un puntazo.
Sobre el otro tema que pregunte inicialmente, veo que no queda nada claro y creo que en los casos de adscripción unica no se va a respetar la permanencia
Me han dicho que los puestos de las delegaciones de gobierno son para baremar la bolsa única del personal laboral. Alguien puede decirnos qué tal es ese trabajo?
• 12/10/2020 17:34:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: abril 2009.
Esto indicaban las bases del anterior concurso:
El personal funcionario de carrera que no lleve dos años con destino definitivo
obtenido por concurso, únicamente podrá participar en los concursos que se convoquen
en el ámbito de la Consejería de destino, en los términos establecidos en el apartado
anterior. Dicha regla no se aplicará al personal funcionario que por promoción interna
haya accedido a otro puesto de trabajo distinto al que desempeñaba con anterioridad.
El personal que acceda a otro Cuerpo o especialidad por promoción interna o por
integración, y permanezca en el puesto de trabajo que desempeñaba, se le computará, a estos efectos, el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el Cuerpo o Especialidad de procedencia.
Igualmente, si con ocasión de haber obtenido un puesto en un concurso, se le hubiera
diferido el cese en el puesto de origen, se computará el tiempo desde la resolución por la
que se difiere el cese hasta el cese efectivo como desempeñado en el nuevo puesto.
Si en el siguiente siguiera así pedir otro puesto en vez de reconvertir quizás sea más ventajoso a la hora de poder concursar, no?
Con respecto a la permanencia decían que si reconviertes la pierdes
• 12/10/2020 20:47:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: mayo 2006.
Sin embargo, a nosotros nos dijeron los sindicatos en un principio que sólo perdías la permanencia si solicitabas una plaza de entre las vacantes que se ofertaran si reconvertias tu plaza, conservabas la permanencia....de ahí las dudas
• 12/10/2020 20:56:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: mayo 2006.
Si se reconvierten los puestos con el mismo código hay permanencia, que eso fue lo que negociaron y nos dijeron en una visita sindical a nuestra delegación.....si eso al final ha cambiado....pues ni idea
• 12/10/2020 21:22:00.
• Mensajes: 91
• Registrado: septiembre 2012.
Entonces lo que hay que hacer es bombardear a los sindicatos con correos y llamadas para que lo cumplan.
• 12/10/2020 22:50:00.
• Mensajes: 16
• Registrado: septiembre 2017.
Lo que está clarísimo es que si se elige un nuevo puesto de los ofertados, la permanencia se pierde y solo se podría concursar en la Consejería de ese puesto.
En cuanto a la reconversión, al dar la posibilidad de reconvertir puestos que no son de doble adscripcion es para beneficiar a los promocionados, para que mantengan los beneficios adquiridos en el puesto. Se actúa de la misma forma que para los puestos que ya son de doble adscripción, que para eso se hace, para dar los mismos derechos a todos los promocionados.
Distinto es cuando el puesto no sea susceptible de conversión,
• 13/10/2020 4:43:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: mayo 2006.
Decreto 186/2018 de 2 de octubre, el que aprueba la Oep 2018:
Disposición adicional 3.....dice claramente que se declarará la modificación de la relación de puestos de trabajo, suprimiendo el puesto que ocupa, adscrito al subgrupo C2, y creando un puesto adscrito al subgrupo C1..
Mi gozo en un pozo.
• 13/10/2020 9:19:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: abril 2009.
Blasinfantte según las bases del anterior concurso si se elige un nuevo puesto de los ofertados sí se podría concursar a todas las Consejerías, es uno de los supuestos que venían regulados, en el siguiente no se sabe si seguiría igual