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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
711.648 mensajes • 396.234 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 18/12/2020 10:39:00.
• Mensajes: 305
• Registrado: septiembre 2016.
Buenas:
A los que trabajáis en los IES,
Un profesor consulta si puede presentar un escrito a traves de ventanilla electrónica desde el instituto
a la Delegación
Yo entiendo que sí, pero tengo la duda
• 18/12/2020 11:34:00.
• Mensajes: 197
• Registrado: mayo 2018.
Hola, sí, en mi IES se envían muchos documentos a la Delegación a través de ventanilla electrónica.
• 18/12/2020 13:20:00.
• Mensajes: 722
• Registrado: julio 2013.
Sí es para pedir la exclusión del sorteo para los tribunales, yo acabo de mandar una.
• 18/12/2020 13:38:00.
• Mensajes: 1463
• Registrado: abril 2007.
Nosotros en mi DT les decimos que lo presenten todo a través del centro
• 18/12/2020 16:27:00.
• Mensajes: 305
• Registrado: septiembre 2016.
Gracias por responder
Si era para eso exactamente
::: --> Editado el dia : 20/12/2020 0:27:08
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 20/12/2020 0:23:36
::: -- Motivo :
Pues se están haciendo MAL las cosas, como casi siempre. En primer lugar los centros escolares no son registros de documentos (salvo para ciertas cosas contadas como las matrículas que en este caso se entienden como auxiliares). Cuando trabajaba en el registro de educación he visto a una persona quedarse fuera de un concurso de traslado por presentar la documentación en el "registro del centro".
Segundo un centro jamas debería de mandar la documentación por ventanilla única, porque se trata de un organismo público y debería hacerlo como corresponde por eco o por SIR.
Editado: Y una cosa más un profesor si tiene que presentar documentación lo tiene que hacer el personalmente telemáticamente y no através del centro, porque lo funcionarios somos uno de esos colectivos que estamos obligados a presentar la documentación de manera telemática cuando son temas propios como funcionarios.
• 20/12/2020 9:56:00.
• Mensajes: 722
• Registrado: julio 2013.
::: --> Editado el dia : 20/12/2020 10:07:52
::: --> Motivo :
La naturaleza del registro de un centro es un enigma y una chapuza que no he conseguido aclarar. O es un registro o no es un registro. Si es un registro, deberíamos trabajar con aries, no con séneca. Si es un registro auxiliar debería depender del general de educación. Si no es un registro ¿por qué registrar nada? Qué efectos tiene?
Precisamente, las matrículas son lo único que no registramos (más de 1000 alumnos) :) Pero es que, además, dentro del registro propio del séneca, podemos tener nuestros registro auxiliares. ¿para qué? Un enigma jaja. Me leo y releo la ley 39/2015 y me descojono.
Yo ya hago lo que me digan y no me complico.
• 20/12/2020 12:57:00.
• Mensajes: 97
• Registrado: noviembre 2008.
Yo se, la hice a un compañero por ventanilla y me contestaron q lo tenía q hacer el, en registro o correos
• 21/12/2020 9:41:00.
• Mensajes: 98
• Registrado: octubre 2010.
Sí, pero si es un trámite para el que hay creada una oficina virtual preferentemente se debe utilizar la oficina virtual dado que el link de la ventanilla electrónica es el del portal de presentación electrónica general de la Junta
• 21/12/2020 11:31:00.
• Mensajes: 160
• Registrado: febrero 2006.
Es tal y como ha explicado Mildran.
Hace un par de años pusieron el registro electrónico y la ventanilla en Seneca, pero se entiende que es para temas directamente relacionados con el Centro única y exclusivamente. De hecho, cuando estás mandando algo por ventanilla, los desplegables te indican el tipo de documentación y a qué Servicio quieres dirigirlo. En ningún modo los Centros tienen un registro ni auxiliar ni mucho menos general como pone el sello del Centro que tengo yo.
De tal modo que sin un profesor, la ordenanza, la limpiadora o el Director quieren presentar documentación suya personal NO se les puede registrar NADA.
• 21/12/2020 21:21:00.
• Mensajes: 722
• Registrado: julio 2013.
No sé qué pensar, Hiblis. Efectivamente, en el sello pone registro general, jaja.Y cuando crearon el registro séneca, en el manual se hablaba de la necesidad de adaptar el registro a la ley 39/2015 ¿¿?? A mí me parece que estamos dejados de la mano de Dios administrativamente, y esto es sólo un botón. Una matrícula es un acto administrativo y una solicitud de admisión, también. Tiene efectos administrativos desde que tiene entrada en el registro.
• 22/12/2020 6:34:00.
• Mensajes: 371
• Desde: Málaga.
• Registrado: mayo 2005.
A día de hoy no somos ni registros generales ni auxiliares. si cualquier persona nos presenta cualquier solicitud que no tenga que ver con el Centro, nuestra fecha de entrada no sirve para para nada, hasta que no tenga entrada en la Delegación no le servirá dicho registro de entrada, así que cuidado con recoger alguna solicitud que no tenga nada que ver con el Centro.
El registro del Centro solo sirve a efectos del propio Centro y en las relaciones que tenemos con las Delegaciones de Educación. En estos casos si es válida la fecha de entrada.
Cuando se crea un registro auxiliar hay que publicarlo en BOJA. ¿Cuantas veces lo habéis visto publicado con un IES? Se podría buscar la lista de registros que supuestamente está obligada a publicar una vez al año (si no recuerdo mal, lo digo de memoria) y mirar cuantos IES hay, seguro que no hay ninguno.
Y como ya ha dicho algún compañero, el registro oficial de la Junta de Andalucia se lleva a través de Sirhus. Hasta que no estemos integrados en el no seremos oficial.
• 22/12/2020 7:37:00.
• Mensajes: 722
• Registrado: julio 2013.
Creo que te refieres al aries. Lo que hay es lo que hay, pero no hablo de eso. Según la ley hay registros generales o auxiliares dependientes de los generales, no hay más. O es un registro o no es un registro, y si es un registro...
• 22/12/2020 7:50:00.
• Mensajes: 722
• Registrado: julio 2013.
Es decir, si nuestro registro tiene efectos administrativos, está sometido a la ley 39. Y si está regulado por la ley 39...
• 22/12/2020 8:45:00.
• Mensajes: 225
• Registrado: marzo 2011.
::: --> Editado el dia : 22/12/2020 8:51:28
::: --> Motivo : Completar
Buenas. Estando de acuerdo con lo que dice Guapeche solamente quiero matizar que los IES son registros auxiliares para los casos en que alguna disposición lo establezca como es el caso de presentación de las ayudas individualizadas de transporte, ayudas de FCT, beca 6000, beca adriano o beca segunda oportunidad por ejemplo. Aunque si no me falla la memoria creo que para nada más.
• 23/12/2020 8:09:00.
• Mensajes: 371
• Desde: Málaga.
• Registrado: mayo 2005.
Umberto1982, cierto, el Aries, que era muy temprano, jejeje. Como dice ja77, solamente funciona como en un registro en los casos que expresamente se mencionan (por eso puse para el propio Centro y en las relaciones con las Delegaciones de Educación). Generales no somos claramente. Y si fuesemos auxiliares, cuando se creara un IES nuevo tendría que publicarse la creación del registro y puedes buscar en BOJA, que no hay ninguno. Somos un caso especial, jejeje.
En serio, yo al que me venga a presentar alguna solicitud (oposiciones, ayudas que no tenga que ver con el centro, ...) le advierto de que nuestra fecha no vale, que la que tiene validez es la de entrada en Delegación. ¿Que después el que recibe la solicitud ve nuestro sello y se cree que es un registro oficial? Pues suerte que hemos tenido. Pero lo normal es que no lo tomen como registro de entrada.
• 23/12/2020 8:42:00.
• Mensajes: 722
• Registrado: julio 2013.
Entiendo lo que dices, guapeche. De hecho vino una mujer a traer una documentación para la beca general y la mandé a la delegación, por si acaso. Pero si un profesor tiene un sello de entrada en su baja y después pasase algo con baja ¿qué diría un juez? El nuestro es un registro ilegal. Hay registros generales y auxiliares, no hay más.
• 24/12/2020 6:58:00.
• Mensajes: 371
• Desde: Málaga.
• Registrado: mayo 2005.
Respecto a las bajas, y hablo de memoria, según las instrucciones hay que entregarlas en el centro de trabajo y ahí es donde se deben custodiar los originales. Yo lo metería en otro de los casos especiales que tenemos. Si tienen que entregarla en el instituto y tienen una copia donde consta que se le ha recogido, no deberían tener ningún problema. Yo también te entiendo, pero es lo de los registros en los IES es una cosa muy rara, jejeje.
Umberto, por eso comento que los centros son un reino de taifa, y los que trabajan deberían de estar al tanto de las modificaciones de las normativas. Se está hablando de poner sellos ect, pues bien, recuerdo que a día de hoy (y desde hace meses) NO EXISTEN SELLOS DE REGISTRO DE DOCUMENTOS, es decir ese sello que se pone es como si no existiera porque los sellos de registro (y los de compulsa) están derogados, porque todo registro se hace de manera telemática y si el ciudadano exige copia se le expide el justificante de entrada presencial.
• 28/12/2020 8:09:00.
• Mensajes: 722
• Registrado: julio 2013.
Ya, pero la normativa es para los registros generales y auxiliares jaja
• 28/12/2020 20:34:00.
• Mensajes: 305
• Registrado: septiembre 2016.
Entonces si viene un alumno solicitando que se le compulse un título de Bachillerato o de algún Ciclo formativo, ¿Qué se hace si está derogado el sello de compulsa????
• 29/12/2020 8:25:00.
• Mensajes: 1463
• Registrado: abril 2007.
Que vayan o llamen a la delegación. La compulsa que se hace ahora es electronica y la pueden usar las veces que quieran porque tiene csv
• 29/12/2020 9:55:00.
• Mensajes: 305
• Registrado: septiembre 2016.
Buenos días
Shastha entiendo entonces ¿que el secretari@ del IES ya no compulsa?
Tiene que ser en la Delegación
Gracias y salud!!!
• 29/12/2020 10:12:00.
• Mensajes: 1463
• Registrado: abril 2007.
Solo pueden compulsar funcionarios de carrera de administración, ni interinos ni personal docente. A lo mejor si eres funci puedes, se autoriza a través de sirhus, marcando una pestaña por lo que me dijeron por lo que no veo problema en que se autorizara al personal de centros a hacerlo, pero el personal docente seguro que no está autorizado.
• 29/12/2020 12:04:00.
• Mensajes: 305
• Registrado: septiembre 2016.
Pero si antes era el secretario que compulsaba, entonces le han quitado la compulsa?
Un administrativo no tiene competencia para compulsar
• 29/12/2020 14:25:00.
• Mensajes: 722
• Registrado: julio 2013.
Jaja po no he compulsao yo ni ná, si es que a eso se le puede llamar compulsa. Hasta que han dicho que los IES no puedn compulsar. Un administrativo sí puede compulsar. Yo he hecho bíceps y triceps compulsando (compulsas de verdad, quiero decir)
• 29/12/2020 15:09:00.
• Mensajes: 1463
• Registrado: abril 2007.
Funcionaria a un administrativo y auxiliar ya se le puede habilitar para compulsar, es marcar algo en sirhus nada más. Ya no se tiene que publicar en boja quien tiene competencia. Y si, los secretarios ya no tienen sello de compulsa, cuando se derogó el sello ahi también había códigos ocupados por interinos que podían compulsar porque él la delegación lo hicieron con códigos, no con nombres y apellidos. Ahora si son interinos no pueden compulsar y un auxilie administrativo si puede hacerlo. Claro que no se puede compulsar cualquier cosa, tiene que ser de los documentos por ejemplo que se emiten en la sección donde trabajas,
• 29/12/2020 15:17:00.
• Mensajes: 305
• Registrado: septiembre 2016.
Gracias por las aclaraciones Shastha
Feliz año nuevo a todos!!!
shastha deberías de no confundir, ya que lo que has comentado es incorrecto. Cualquier funcionario, sea interino o de carrera, administrativo, docente o veterinario puede compulsar con el único requisito lógico de estar habilitado para ello. Decir que un interino no puede compulsar es incorrecto, ya que el decreto 622/2019 solo menciona a funcionarios sin especificar de carrrera o interinos.
• 29/12/2020 20:05:00.
• Mensajes: 722
• Registrado: julio 2013.
::: --> Editado el dia : 29/12/2020 20:05:30
::: --> Motivo :
Es verdad, shatsha. Yo soy interino y he compulsado lo que no está escrito. Tenía un sello de compulsa con mi nombre y apellidos.
• 29/12/2020 20:22:00.
• Mensajes: 1463
• Registrado: abril 2007.
::: --> Editado el dia : 29/12/2020 20:23:31
::: --> Motivo :
En mi delegación es lo que tienen entendido y a los interinos no los han habilitado. De hecho los interinos de registro estos últimos meses no podían compulsar y tenía que compulsar electrónicamente otros compañeros que si eran funcionarios de carrera. Y nos dijeron que sólo personal de administración, sea veterinario o auxiliar pero personal docente no.
Vamos yo me remito a la práctica general que se está haciendo en mi delegación, de hecho en los centros se está remitiendo a la delegación las compulsas de títulos por este motivo.
Estoy hablando de las copias auténticas a través de compuls@, no de estampar sellos, Umberto.
Por otro lado, yo no soy la que está metida en esos temas, comento lo que nos dijeron hace unos meses cuando se retiraron de la delegación los sellos de compulsa y pidieron a los servicios el personal para habilitarlo para emitir copia auténticas y nos dijeron que tenía que ser funcionario de carrera
• 29/12/2020 21:55:00.
• Mensajes: 722
• Registrado: julio 2013.
Qué suerte! :) Será por la compulsa electrónica o cosas de la delegación. Pero muy lógico no es. Yo he compulsado y he hecho certificados digitales, que es aún más serio.
::: --> Editado el dia : 30/12/2020 15:21:12
::: --> Motivo :
Yo tb he hecho certificados digitales y compulsa manuales, pero en este caso me refiero lógicamente a la compulsa electrónica (la "manual" ya no se puede hacer ya que está derogada como tal). Una cosa es lo legal y otra la práctica. Los docentes (funcionarios, ya que en las escuelas infantiles existe docentes laborales) no tienen en principio ningún problema para poder compulsar de manera legal, el problema, claro está que la autorización se hace a través de sirhus y los docentes su sistema es el sirhus-e, que no está bien interconectado, de ahí el problema. En cuanto al personal interino tampoco existe impedimento legal. Supongo que el problema está en que últimamente los contratos de interinos hay mucho de acumulación de tareas (e historias raras) y no quieren que le den claves y a los dos o tres meses esos interinos se vayan y después (por la poca agilidad de la administración) se tarda un mundo en que den la baja y la nueva alta. A mi me ha pasado con el Aries, para que me den el alta en mi puesto he tenido que llamar personalmente a mi antiguo destino para que me dieran la baja de Aries, y me pudieran dar de alta. Cosas de la agilidad de la administracion...
HOla, me podeis decir en que normativa esta lo de la derogación del sello de compulsa. En mi IES lo seguimos usando porque no sabíamos nada.
• 14/01/2021 10:48:00.
• Mensajes: 722
• Registrado: julio 2013.
A nosotros nos avisaron de la Delegación. De todas formas aquí ni había un sello de compulsa, sino uno cutre que ponía "es copia fiel del original" y punto jaja.
::: --> Editado el dia : 15/01/2021 17:48:04
::: --> Motivo :
ñiña en el Decreto 622/2019, que entró en vigor sobre Marzo del 2020
Muchas gracias, aqui en mi centro no teniamos ni idea. El otro día llame a delegación, a asesoría juridica y ellos no tenían ni idea. Ayyyyy que se entera una mas por un foro que por delegación, así nos va.