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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 08/04/2021 18:22:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: octubre 2020.
Es verdad que han incluido en colectivo 3 a los interinos covid a1? Han actualizado hoy la bolsa
• 08/04/2021 19:16:00.
• Mensajes: 55
• Registrado: octubre 2019.
A priori en el cuerpo de ADMINISTRADORES GENERALES (A1.1100) parece que si los han incluido.
• 08/04/2021 21:46:00.
• Mensajes: 18
• Registrado: agosto 2020.
::: --> Editado el dia : 08/04/2021 21:47:44
::: --> Motivo :
Alguien sabe por qué se han incluido a tantas personas en el colectivo 3?? Si son los covid,
como se denuncia eso?? Parece ser que todo está preparado para que, en cualquier momento, se realice el llamamiento
• 08/04/2021 22:09:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: octubre 2020.
No se sabe pero parece que los han incluido en colectivo 3 A1
• 08/04/2021 22:10:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: octubre 2020.
Serán llamados por orden antes que el colectivo 5 o 4.
• 08/04/2021 22:15:00.
• Mensajes: 55
• Registrado: octubre 2019.
Por lo visto no son los del correo COVID, sino otra convocatoria del mismo tipo (mediante correo electrónico) [--https://loradelrio.es/convocatoria-urgente-de-la-j...evencion-de-ri/--]
• 08/04/2021 22:22:00.
• Mensajes: 18
• Registrado: agosto 2020.
Si son de los correos covid. La de PRL fue de las primeras que se hicieron..
• 08/04/2021 22:30:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: octubre 2020.
Sii por lo visto so los.de PRL. Cómo puede ser asi???
• 08/04/2021 23:15:00.
• Mensajes: 25
• Registrado: octubre 2018.
::: --> Editado el dia : 08/04/2021 23:15:41
::: --> Motivo :
esto es acojonante de verdad. por un lado publican en boja q son sacados de una bolsa, y acto seguido los incluyen en otra? INCREIBLE.
• 08/04/2021 23:36:00.
• Mensajes: 55
• Registrado: octubre 2019.
En este caso ya es que esto cae por su propio peso. Acaban de salir varias sentencias donde se refleja cómo afecta a derechos fundamentales, un sindicato denunciando y toda la comunidad de opositores recién entrados en las bolsas del colectivo cinco en contra de esto. Sencillamente no se entiende que pretenden, mucho interés debe haber para que merezca la pena tener a la gente y los tribunales en tu contra
• 09/04/2021 9:40:00.
• Mensajes: 171
• Registrado: marzo 2018.
Como bien decis algunos, si que han incluido a los de los correitos covid, concretamente a los que se exigía la formación de previsión de riesgos laborales. Yo lo se porque hay una persona que he visto que la han incluido y se que entro asi...para colmo va alardeando que entro por sus meritos de tener esa cierta formación...(lo que tiene uno que escuchar). Lo de esta santa administración es que es de traca y no se puede ni calificar vamos, expulsan de la bolsa a los demas (como debe de ser) y estos que pasa?? Como tengan la potra de que los llamen para un puesto de 2 o 3 años, vamos a ver como los echan despues
• 09/04/2021 10:09:00.
• Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.
Los de prl a lo mejor no ha salido sentencia o no se denunció (a saber) y por eso están a lo mejor. Telita el tema
• 09/04/2021 10:18:00.
• Mensajes: 18
• Registrado: agosto 2020.
Pues si... Se puede comprobar con solo mirar la resolución de los PRL que entraron por los correos
Son muchos los que aparecen en el colectivo 3 de A1.1100, aunque no todos exactamente. Todo muy raro, la verdad...
• 09/04/2021 10:39:00.
• Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.
Yo los he comprobado y de mí delegAcion estaban por correo y Sae y han entrado todos
• 09/04/2021 13:17:00.
• Mensajes: 321
• Registrado: abril 2021.
A ver, vamos por partes:
- Hasta donde se, por lo que he podido ver (tampoco he buscado demasiado, solo me interesa la convocatoria de los C1) el dictamen de los tribunales es respecto a la resolución, por la que se convoca proceso de selección de aspirantes a nombramiento como personal funcionario interino en el Cuerpo General de Administrativos de la Junta de Andalucía (C1.1000), por lo que solo se aplicaría a los nombramientos que tuvieron lugar por la convocatoria de los C1.1000.
- Por otro lado hay que tener en cuenta que los tribunales aun no han sentenciado nada, lo que han hecho es dictar medidas cautelares por lo que aun no son definitivas y los tribunales cuando decidan pueden dictar sentencia en cualquier sentido.
Vikingo82 no son cautelares, lo de los juzagados son sentencias. Otra cosa es que no sean firmes ya que se puede recurrir al TSJA.
• 09/04/2021 13:43:00.
• Mensajes: 321
• Registrado: abril 2021.
Resolución de 5 de abril de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se dispone el cumplimiento del auto dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sede Granada), en la pieza de medidas cautelares en relación con la resolución, por la que se convoca proceso de selección de aspirantes a nombramiento como personal funcionario interino en el Cuerpo General de Administrativos de la Junta de Andalucía (C1.1000).
• 09/04/2021 13:48:00.
• Mensajes: 321
• Registrado: abril 2021.
Aunque si es cierto que se ha dictado sentencia ya anulando convocatorias para otros cuerpos e incluso anulando la base novena de la resolución del 14 de abril de 2020:
"Novena. Valor de los servicios prestados
Habida cuenta de las excepcionales circunstancias de emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19, el desempeño efectivo y presencial de todos los puestos de trabajo durante el periodo comprendido entre la declaración del estado de alarma y la finalización de dicha emergencia sanitaria será objeto de valoración, en la bolsa que en cada caso pueda corresponder, con una puntuación, por cada mes de servicios prestados o parte proporcional, que supondrá el doble del valor de la puntuación que en su caso corresponda."
• 09/04/2021 13:49:00.
• Mensajes: 321
• Registrado: abril 2021.
Las anulaciones aparecen en la:
"Resolución de 24 de marzo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se dispone el cumplimiento de las sentencias que se relacionan, dictadas por Juzgados del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo en los procedimientos que se especifican, respecto de las resoluciones por las que se convocan procesos de selección de aspirantes a nombramiento como personal funcionario interino en los Cuerpos, Especialidades y Opciones que se referencian y de la Resolución de esta Dirección General de 14 de abril de 2020, por la que se establecen las bases que articulan el procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19."
• 09/04/2021 16:00:00.
• Mensajes: 43
• Registrado: septiembre 2017.
Vamos a ver. Yo soy un interino covid y se nos ha echado a todos de los que hay sentencia en vía de derechos fundamentales, que es ejecutable aunque no sea firme. Los que están son los del PRL, ellos no tienen sentencia todavía, su juzgado va más lento.
A mí, por ejemplo, ya me echaron, porque mi sentencia ya salió.
• 09/04/2021 16:09:00.
• Mensajes: 43
• Registrado: septiembre 2017.
No sé puede echar a alguien sin soporte jurídico para hacerlo. De todas formas, ya hay abiertas apelaciones e incidentes de ejecución y el asunto tardará años en quedar zanjado. A los días de estar allí me llamaron para otra interinidad de otra cosa y renuncié, otra gente era autónoma se dieron de baja para la compatibilidad ahora han vuelto y no les dejan solicitar ayudas covid por ese intervalo de baja. Cada uno tenemos, nuestras historias y no vamos a dejar a la JA lavarse las manos.
• 09/04/2021 20:20:00.
• Mensajes: 321
• Registrado: abril 2021.
Según tengo entendido más que echar lo que ha pasado es que se han terminado los contratos (que realmente no lo se, pero creo que al menos para los de C1.1000 el contrato era hasta diciembre de 2020). En el caso de que realmente hayan echado a la gente pues parece claro que si han anulado la resolución de la convocatoria por la que fueron contratados pues ahí tienes el fundamento jurídico. Igualmente para la originación de derechos como puede ser la entrada en bolsa a través del colectivo 3, pues evidentemente son nulos todos los derechos derivados del acto que ha sido declarado nulo.
En cuanto al posible perjuicio ocasionado a quienes entraron vía mail pues es cuestión de estudiar cada caso con un abogado y plantearse reclamar a la Junta, que es la responsable de todo este desaguisado, algún tipo de indemnización
• 09/04/2021 23:14:00.
• Mensajes: 1123
• Registrado: marzo 2011.
A probar, como bien dices cada uno tiene sus circunstancias y por ello los que han accedido por oposición también las tienen.
No te quejes, lo que no tenían es soporte jurídico para llamaros, porque como bien dice el trebep la selección de personal interino ha de realizarse mediante procedimientos que garanticen los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Si renunciaste a otra interinidad es cosa tuya y no de la administración, y en muchas administraciones si no coges un puesto por estar trabajando en otra administración no te excluyen de la bolsa y luego te reincorporado.
Indemnización no creo que corresponda darles, pues han estado trabajando mientras que otras personas que han entrado en bolsa por mecanismos legal o reglamentariamente establecidos seguro no han sido llamadas.
Lo siento pero no lleváis razón, y podéis apelar que dudo que os den la razón, y más cuando tienen en bolsa a candidatos cuya selección sí ha respetado los principios de igualdad, mérito y capacidad por haber superado ejercicios de los correspondientes procedimiento selectivos.
• 09/04/2021 23:27:00.
• Mensajes: 383
• Registrado: agosto 2020.
Hombre... yo creo que no deben entrar en bolsa y que por desgracia esto no les puede generar ningún derecho. Pero de ahí a que no pueden pedir indemnización si consideran que por mala actuación de la Administración han sido perjudicados hay un trecho, no creo que con eso perjudique a nadie. Es más, puede incluso beneficiar xq así se dan cuenta de que no pueden hacer lo que les venga en gana en cada momento, que hay que respetar la ley. No creo yo que sea lo mejor que haber montado este tinglado les salga encima gratis...
• 10/04/2021 10:07:00.
• Mensajes: 43
• Registrado: septiembre 2017.
NURITAONE
Sí teníamos derecho a entrar porque en la normativa del colectivo 3, lo que dice es que entran todas aquellas que hayan trabajado. Y digo teníamos porque en el momento que se formó la bolsa todavía no había sentencia. ¿Qué es injusto? pues le corresponde a los juzgados decirlo. Yo sólo digo, que hay que hacer lo que digan los juzgados. Y si estamos hablando entre funcionarios o exfuncionarios ( Yo lo he sido en educación y hay muchas probabilidades de que me vuelvan a llamar pero ya el curso que viene) tenemos que tener claro eso. Y cuando las sentencias sean firmes, pues a acatarlas para lo bueno y para lo malo. He visto por ahí muchos comentarios sobre que había que echarnos, sin sentencia o con sentencia, y da que pensar, cómo un funcionario puede decir esas barbaridades. Espero que como dicen pongan más prácticas en las oposiciones y menos memorizar, porque veo que es necesario.
• 10/04/2021 10:34:00.
• Mensajes: 383
• Registrado: agosto 2020.
Si, pero hay que entrar en el colectivo 3 de forma legal y eso es lo que no ha pasado, esa entrada en la función pública, que produciría después su inclusión en el colectivo 3,es nula de pleno derecho y afecta a derechos de terceras personas (xq supone más gente en bolsa por lo que es más complicado que llamen a los que están ya o a los nuevos que entren por derecho en ella) Pero aún así, ha sido consecuencia de la mala administración y todos los afectados tenéis derecho a reclamar lo que estiméis conveniente a los que han generado esta situación.
• 10/04/2021 11:12:00.
• Mensajes: 55
• Registrado: octubre 2019.
Aquí el caso es que andamos unos contra otros y obviamos que el único culpable en todo esto es la Junta de Andalucía y específicamente el departamento que se encargó de esta idea de los correos. No es el derecho mi especialidad, lo poco que conozco es gracias al estudio de mi oposición.
Sé que la potestad discrecional de la administración es necesaria, pero en este caso, se podría usar este suceso de ejemplo para explicar la desviación de poder. De entre varias opciones han escogido la que peor contribuye al interés general
Esta claro que la idea desde un principio carecía de lógica, principalmente porque vulnera los principios fundamentales de acceso a la función pública. Tiene narices, como su propio nombre indica que sea los FUNDAMENTALES.
Además, clama al cielo que estando presente el principio de igualdad se carguen a enfermos crónicos, mayores de 60 y embarazadas de un proceso selectivo ¿son ciudadanos de segunda? Son derechos fundamentales que no deberían pasar a un segundo plano bajo ningún concepto.
También me gustaría dar las gracias a el usuario “a probar” que siendo uno de los perjudicados a mostrado con respeto su punto de vista y situación. A mi al menos me ha hecho ver que las acciones de la junta han impactado en todos nosotros de una forma u otra y que todos tenemos nuestros intereses.
No obstante, si algo es ilegal hay que corregirlo. De la mejor forma posible está claro, pero mantener una ilegalidad en largo plazo no es bueno parta nadie
Pues eso interinos solo tendrán derecho a las plazas de prevención, no? Y cuando salga su sentencia los echaran de sus puestos de trabajo y de la bolsa, eso espero
Si quieren entrar en bolsa que se pongan a estudiar