Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
709.404 mensajes • 396.063 usuarios registrados desde el 25/05/2005
Buenos días, como de facil es practicar una movilidad forzosa a un funcionario. En un centro muy cercano al que trabajo se han quedado sin administrativos porque dos se han jubilado y otro se ha cambiado de puesto. Nos comentan que pueden practicar la movilidad forzosa mia o de alguna de mis compañeras al otro centro por necesidades del servicio. Eso es asi de facil??que tiren de la lista de interinos, no? Yo no quiero moverme porque ese centro en cuestion es un caos y lo mismo mis compañeras. Podrian movernos asi de facil???
Artículo 27 de la ley de función pública. Y si es así de fácil si está en la misma localidad. Otra cosa es que deberían de justificar bien a quién trasladan. Lo normal (y lo más correcto) serían que el que se mueva sea el que tiene menos antigüedad, pero realmente no está regulado por lo que puede ser cualquiera.
• 14/04/2021 13:02:00.
• Mensajes: 674
• Registrado: octubre 2010.
En teoría es así como comenta Mildran, lo que pasa es que como dice, tiene que estar muy bien justificado. Es decir, hay un procedimiento que normalmente empieza por gente voluntaria, y si no hay, pues en principio, tirarían en función de la antigüedad, y luego ha de haber una resolución. Lo único, que tiene que ser en la misma localidad. Y también han de justificar que la persona a la que mueven no es imprescindible o que no haga falta en el Servicio, mno se trata de desvestir un Santo para vestir a otro.