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709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005

LLegandoalameta

• 07/05/2021 11:44:00.
Mensajes: 57
• Registrado: enero 2016.

OBLIGACIÓN A RELACIONARSE ELECTRÓNICAMENTE

A ver si alguien me da una visión distinta. Desde marzo 2020, el SAE obliga a los usuarios a relacionarse electrónicamente con las oficinas de empleo. Si no tienen medios o conocimientos técnicos, les piden que otros les ayuden a hacerlo. Lo que sea para no atenderlos presencialmente. El mayor problemas las ofertas del PER (porque otras no hay realmente...) Los usuarios que participan en las ofertas del PER/PROFEA, no tienen ni medios ni conocimientos de ninguna de las maneras. Pues que yo sepa la Ley 39/2015 no ha sido ni suspendida ni modificada en este aspecto, exigiendo solo la obligatoriedad de relacionarse con la administración electrónicamente a determinados colectivos (art14 de la Ley39/2015), pero nunca a los particulares. Y por que el SAE actúa fuera de la ley sin que nadie haga nada por evitalo o por que los usuarios no exigen la atención presencial o la asistencia por parte del funcionariado para realizar estos trámites? o es que estoy equivocada y hay algún desarrollo reglamentario que les permita obligar al ciudadano a relacionarse electrónicamente?

5 RESPUESTAS AL MENSAJE

azul67

• 07/05/2021 12:48:00.
Mensajes: 25
• Registrado: junio 2009.

RE:OBLIGACIÓN A RELACIONARSE ELECTRÓNICAMENTE

Artículo 39. Relaciones obligatorias por medios electrónicos.

El deber de relacionarse por medios electrónicos no podrá imponerse a través de actos administrativos generales de convocatoria, debiendo encontrarse previsto en disposiciones normativas de rango legal o bien reglamentario cuando, en este último caso, quede acreditado que las personas afectadas tengan garantizado el acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios por razón de su capacidad económica o técnica, dedicación profesional u otros motivos.

LLegandoalameta

• 07/05/2021 13:16:00.
Mensajes: 57
• Registrado: enero 2016.

RE:OBLIGACIÓN A RELACIONARSE ELECTRÓNICAMENTE

Efectivamente, eso he visto en el decreto del 2019....Si no hay ninguna norma de rango legal que establezca la obligatoriedad, esta situación no es permisible de ninguna de las maneras. No hay ningún funcionario/a en el SAE con un cargo influyente (no yo que soy una administrativa mindundi...)que se hay leído la 39/2015 y/o el decreto 662/2019? En serio que este es el nivel en las altas esferas?? O bien, son conscientes que lo están haciendo contra legem y se las trae al pairo, eso también es otra posibilidad.

shastha

• 08/05/2021 19:10:00.
Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.

RE:OBLIGACIÓN A RELACIONARSE ELECTRÓNICAMENTE

Al final el perjudicado el ciudadano y, personas como tú, que lo pasan mal porque no se puede atender correctamente y ayudar a la gente como es debido.

Jungleador

• 08/05/2021 23:22:00.
Mensajes: 70
• Registrado: julio 2020.

RE:OBLIGACIÓN A RELACIONARSE ELECTRÓNICAMENTE

::: --> Editado el dia : 08/05/2021 23:23:28
::: --> Motivo :

Efectivamente, una cosa es que se obligue a funcionarios a relacionarse entre sus dependencias usando cero papel salvo para hacer anotaciones al margen con más facilidad y otra que al ciudadano se le obligue, y más cuando está en una situación social de clara brecha digital, como son los perceptores del PER-PFEA.

De hecho para hacer cualquier solicitud, aunque sea a la dependencia de al lado, has de hacerlo electrónicamente. Distinto es la obligación que tienes de escanear todo lo que presente y todo lo que le envíes y escanearlo todo para hacer el expediente electrónico. El medio de comunicación es el que elige el ciudadano. La administración ha de hacerlo electrónicamente. Y punto.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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