Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 14/10/2021 15:54:00.
• Mensajes: 50
• Registrado: abril 2018.
Buenas tardes,
Quería conocer si en vuestros centros de trabajo, cuando valoran la puntuación del trabajo desarrollado para un art. 30, computan el tiempo trabajado en anteriores art40 superior a 6 meses
Gracias
• 14/10/2021 16:23:00.
• Mensajes: 294
• Registrado: noviembre 2006.
El otro día lo pregunté y no.
• 14/10/2021 19:13:00.
• Mensajes: 38
• Registrado: julio 2005.
No, en los art. 30 no se tiene en cuenta el tiempo trabajado en puestos con carácter provisional sólo los de carácter definitivo, tal y como establece el art. 68 del Decreto 2/2002 y el apartado 4 de la Instrucción 1/2009.
• 14/10/2021 19:53:00.
• Mensajes: 268
• Registrado: mayo 2006.
El baremo de los art 30 es el mismo que el de los concursos. El tiempo en art 30 superior a 6 meses debe contarse . Los art 30 sirven para carrera profesional, pero siguen denegando los permisos
• 14/10/2021 20:14:00.
• Mensajes: 38
• Registrado: julio 2005.
::: --> Editado el dia : 14/10/2021 20:20:38
::: --> Motivo :
No es así Califator, el tiempo desempeñado en puestos provisionales NO se puntúa en la baremación de los art. 30 en el apartado de experiencia profesional sí en el de antigüedad, como tampoco se considera la agrupación de áreas para los méritos valorables en los art. 30, que sí se consideran en los concursos. Se utiliza el baremo del concurso pero varía para el trabajo desarrollado.
Repito normativa: art. 68 del Decreto 2/2002 y el apartado 4 de la Instrucción 1/2009 de la SGAP sobre Provisión de puestos de trabajo con carácter provisional por el procedimiento del art. 30 de la Ley 6/1985.