Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 02/11/2021 12:50:00.
• Mensajes: 57
• Registrado: enero 2016.
Según me han comentado la orden del 2020 que regula el uso de la mascarilla, solo obliga a su uso en centros públicos cerrados si no se mantiene la distancia de 1.5m. Vosotras y vosotros en vuestros puestos la utilizáis si hay distancia suficiente entre mesas mientras estáis sentados? Y alguien que trabaje en una Oficina SAE? Es que no tengo ni idea de cual es el protocolo, lo he pedido cientos de veces pero no me lo dan y tampoco esta publicado.
• 02/11/2021 15:07:00.
• Mensajes: 146
• Registrado: diciembre 2020.
Yo trabajo en un IES y es obligatoria.
• 02/11/2021 17:09:00.
• Mensajes: 17
• Registrado: noviembre 2008.
Respecto a ese tema, yo lo consulté con el técnico de riesgos laborales de mi consejería y lo que me dijo es esto: "La unidad de prevención de riesgos laborales no puede proponer una obligatoriedad de uso de mascarilla porque la única norma que lo exige Orden de 14 de julio de 2020 que en el apartado primero establece el uso obligatorio de mascarillas "en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público" y en el apartado segundo que regula la recomendación de uso de mascarilla en espacio privados "se recomienda el uso de la mascarilla en los espacios abiertos o cerrados privados cuando exista reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes, aun cuando pueda garantizarse la distancia de seguridad".
Código Técnico de la Edificación. Si vas al documento técnico DB SUA (Seguridad de Utilización y Accesibilidad), se establece la clasificación de usos de los edificios. En la definición que aparece en el anejo A denominado terminología. En este anejo define como:
"Uso público: Zonas o elementos de circulación susceptibles de ser utilizados por el público en general, personas no familiarizadas con el edificio, tales como:
- en uso Administrativo los espacios de atención al público
- en uso Aparcamiento los aparcamientos públicos o que sirvan a establecimientos públicos
- en uso Comercial los espacios de venta, los espacios comunes en centros comerciales, etc.
- en uso Docente las aulas, las zonas de circulación, el salón de actos, bibliotecas, etc.
- en uso Sanitario, las consultas, las zonas de acceso al público, zonas de espera, etc.
- en uso Pública Concurrencia todas las zonas excepto las restringidas al público
- en uso Residencial Público, las zonas de circulación, las zonas comunes de acceso a usuarios como comedores, salones, etc."
Asimismo, define como:
"Uso privado: Zonas o elementos que no sean de uso público, tales como:
- en uso Administrativo las áreas de trabajo e instalaciones que no presten servicios directos al público
- en uso Aparcamiento los aparcamientos privados
- en uso Comercial y uso Pública Concurrencia las zonas de no acceso al público como trastiendas, almacenes, camerinos, oficinas, etc.
- en uso Docente los despachos, etc.
- en uso Sanitario las zonas de no acceso al público como habitaciones, quirófanos, despachos, alma-cenes, cocinas, etc.
- en uso Residencial Público los alojamientos, oficinas, cocinas, etc.
- en uso Residencial Vivienda todas las zonas.
El carácter del uso privado es independiente del tipo de titularidad, la cual puede ser tanto privada como pública."
Como conclusión, si trabajas en un espacio que tenga atención o sea utilizado por el público en general es obligatoria (registro, SAE, etc) y si trabajas en un espacio que sólo sea usado por los empleados del mismo sólo es recomendable.
• 03/11/2021 9:56:00.
• Mensajes: 57
• Registrado: enero 2016.
Gracias por tu explicación jungladeandalucia, explicación que me hubiera gustado tener de mis superiores, en lugar de imponer su uso sin ningún fundamento, se usa obligatoriamente porque lo digo yo.
Es verdad que trabajo en una oficina de empleo, pero también es cierto que no atendemos al publico directamente porque la oficina esta cerrada, la atención es telefónica en un 99% de los casos.
Estamos en la oficina con la puerta cerrada y con una distancia entre las mesas superior a 1.5m. Yo entiendo que es es recomendable y no obligatorio su uso, pero esto es el SAE y las oficinas son pequeños califatos donde la dirección actúa discrecionalmente. Ademas, si reclamo la aclaración de este asunto o de cualquier otro, me veo sola, porque el resto de personal, que no es funcionario (solo soy funcionaria yo y la dirección), no abre la boca ni para coger aire. Si les dicen que se tiren por un puente, pues se tiran sin rechistar.
Esta situación es así desde julio del 2020 y me acabo de enterar hace dos días por otra compañera. La desinformación es lo que me molesta. No llego a comprender porque pasa esto.
• 04/11/2021 10:15:00.
• Mensajes: 17
• Registrado: noviembre 2008.
Te comprendo perfectamente.
Si ya es complicado que algunas personas cumplas las normas, cuando es sólo una recomendación ni te digo. Lo tienes complicado ya que, como comentas, si la dirección no se implica en ese tema, es difícil que se consiga algo. Si el capitán general no te hace caso, prueba con el teniente coronel.
Suerte.