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709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005

fueradecasa

• 01/09/2022 11:28:00.
Mensajes: 13
• Registrado: agosto 2022.

Artículo 30 en mi provincia

::: --> Editado el dia : 01/09/2022 11:28:20
::: --> Motivo :

Buenos días, recientemente ha salido un artículo 30 en mi provincia y tengo muchas dudas sobre qué hacer, si solicitarlo o no... Lo que más "miedo" me da es que si por casualidad me autorizaran y sacan esa plaza en la próxima convocatoria tenga que volverme. No sé qué pensáis o qué me recomendáis... Gracias!!

5 RESPUESTAS AL MENSAJE

shastha

• 01/09/2022 11:43:00.
Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.

RE:Artículo 30 en mi provincia

Pide en el concurso bases y no solo estructura para asegurarte que te puedas volver si es lo que quieres y no te dan nada de estructura para que no te tengas que volver a la otra provincia

opojunta

...

• 01/09/2022 11:45:00.
Mensajes: 138
• Desde: Málaga.
• Registrado: julio 2005.

RE:Artículo 30 en mi provincia

::: --> Editado el dia : 01/09/2022 11:46:37
::: --> Motivo :

Lo normal sería que en ese mismo concurso tú también pudieras coger plaza en tu provincia. Como están las cosas ahora si no tuvieras los dos años de antigüedad para poder concursar siempre podrías concursar en el ámbito de tu consejería. El problema sería que aprueben antes del próximo concurso, que parece que va a ser el permanente, la nueva ley de función pública, entonces no se podrá concursar sin mínimo de antigüedad en ningún caso.

shastha

• 01/09/2022 12:02:00.
Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.

RE:Artículo 30 en mi provincia

La ley en teoría entra en vigor al año de su publicación, así que en teoría también si hay un concurso antes deberían no estar sujetos a los de los dos años en todo caso. Veremos a ver

shastha

• 01/09/2022 12:03:00.
Mensajes: 1459
• Registrado: abril 2007.

RE:Artículo 30 en mi provincia

Yo de todas formas si me lo dieran lo cogeria porque si estás un año o lo que sea un año que te quitas de estar fuera y volver siempre puedes volver a tu puesto y ya buscarías alquiler o lo que fuera. Ante todo hay que ser prácticos

Joker1

Y fuimos salvajes y libres...

• 01/09/2022 23:50:00.
Mensajes: 198
• Registrado: agosto 2011.

RE:Artículo 30 en mi provincia

Lo primero que debes saber es si te van a autorizar a irte, porque la regla general es que no autorizan. A mi me dieron 2 art 30 pero al pedir autorización la denegaban. A ver si el concurso permanente se activa y te permite volver antes.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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