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711.404 mensajes • 396.218 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Pasado de rosca

• 13/10/2022 15:15:00.
Mensajes: 36
• Registrado: octubre 2017.

Laboral Grupo 1 vs A1.1100

Buenas. ¿Consideráis que la experiencia como A1.1100 es homóloga a la de Laboral "Grupo 1 - Titulado Superior"?.
Recientemente se ha publicado las plazas provisionales del proceso de estabilización de Laboral 1- Titulado Superior, y para mi sorpresa, no consideran que la experiencia como A1.1100 se adecue al criterio de baremación establecido en las bases relativo a "Experiencia profesional en puestos cuyos contenidos funcionales sean homólogos a los encomendados a la categoría a que se aspira, en el ámbito de las Administraciones Públicas o empresas públicas o privadas".
Y además, la comisión argumenta que no es experiencia baremable conforme al criterior anteriormente citado al ser el A1 una contratación "sometida a derecho administrativo" (como no puede ser de otra forma).

Se me ocurren mil argumentos en contra de esta interpretación, y ninguno a favor. ¿Alguien sabe si existe algún armento que avale la interpretación de la comisión?. ¿Cómo lo veis?
Gracias de antemano.

24 RESPUESTAS AL MENSAJE

Mildran

Preparando la promo..

• 13/10/2022 15:47:00.
Mensajes: 439
• Registrado: enero 2008.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

Homologo es la misma ocupación en la adm./Empresa. No en los nombramientos de funcionario. Si nos fijamos en las oposiciones a funcionarios homologo hace referencia a cuerpos iguales en otras adm. Y cuando habla de experiencia laboral habla de "equivalente". Tb nos quejamos con razon de que a los laborales se le den funciones propias de funcionarios, y ahora algunos quieren ser "homólogos" a los laborales.

Pasado de rosca

• 13/10/2022 16:47:00.
Mensajes: 36
• Registrado: octubre 2017.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

Sin embargo, en las bases se establece una puntuación específica (lógicamente más alta) para experiencia en el mismo puesto. En concreto, hablan de "Experiencia profesional que se haya adquirido en la misma categoría".
Es evidente que la experiencia como A1.1100 no sería aplicable a este criterio, pero entiendo que sí sería aplicable en el siguiente criterio, con menor puntuación, en el que se habla de "Experiencia profesional en puestos cuyos contenidos funcionales sean homólogos a los encomendados a la categoría a que se aspira, en el ámbito de las Administraciones Públicas o empresas públicas o privadas".

A mi modo de ver, tan homólogos son, que comparten el temario de la convocatoria casi al 100%, comparten la misma nomenclatura de categoría profesional (Titulado Superior), los Anexos de Personal de cada Consejería incluyen a ambos (compartiendo por tanto "espacio" y funciones), clasificados jerárquicamente de la misma forma, misma categoría de cotización, etc, etc.

Y en cuanto al argumento de que no se barema por ser el A1.1100 contratación "sometida a derecho administrativo", no tiene ningún sentido si de acuerdo con el criterio mencionado habla de puestos homólogos "en AAPP". Sería absurdo aceptar la experiencia de un Titulado Superior de una empresa privada pero no la de Titulado Superior de una Administración Pública, que además es la misma que convoca el proceso.

La cuestión es si consideráis que tienen razón, y sobre todo, si tienen alguna base normativa que así lo demuestre.

Mildran

Preparando la promo..

• 13/10/2022 16:52:00.
Mensajes: 439
• Registrado: enero 2008.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

Un laboral no comparte sobre el papel funciones con un funcionario ni de lejos (otra cosa es en la realidad, que es otro tema), por lo que no son cuerpos homologables.

Pasado de rosca

• 13/10/2022 16:57:00.
Mensajes: 36
• Registrado: octubre 2017.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

::: --> Editado el dia : 13/10/2022 16:59:45
::: --> Motivo :

Entonces, qué podría considerarse homologable dentro de la Administración Pública que no sea "de la misma categoría" como menciona el primer criterio que señalo en mi anterior mensaje?. Es decir, a quién consideraríais homologable según el 2º criterio que he indicado?

Mildran

Preparando la promo..

• 13/10/2022 17:59:00.
Mensajes: 439
• Registrado: enero 2008.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

Pues el mismo puesto de laboral en un ayuntamiento, por ejemplo.

LuixFer

• 13/10/2022 18:19:00.
Mensajes: 143
• Registrado: noviembre 2021.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

::: --> Editado el dia : 13/10/2022 18:32:48
::: --> Motivo :

Buenas, a mi juicio considero que debería ser baremable. El hecho de que una contratación esté sujeta a derecho administrativo no conlleva que no deba baremarse. Recuerdo fases de concurso para el A1.1100 cuando era concurso oposición, en la que se baremaba como mérito experiencia análoga en el sector privado, siempre que fueran en el grupo de cotización 1. Desde mi punto de vista una experiencia laboral no debe ser desechada cuando se acoge a regímenes diferentes al igual que no lo fue en el caso que te comento, basta con que las funciones hayan sido similares (supervisión, control, superiores de gestión...). De no ser así esto, creo que igualmente habría estado fuera de lugar considerar por parte de la administración funciones análogas del sector privado como méritos para el A1, puesto que por motivos evidentes no existen potestades administrativas en el sector privado, entendiendo pues que sí debería ser baremado también en el caso opuesto de funcionario a laboral. Si te han hecho una putada y no te has quedado lejos yo me planteaba recurrir en los tribunales, puede que algo saques.

También podrías valorar buscar jurisprudencia sobre el tema, me parecería extraño que fueras la primera persona a la que le ocurre, ya que aunque tengo una clara opinión, entiendo que pueda haber diferentes interpretaciones, y en cuestiones de personal de las aapp, ya ha pasado de todo

sceclpaton

• 13/10/2022 18:48:00.
Mensajes: 15
• Registrado: enero 2008.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

En las bases se recoge expresamente:

7.2.1.3. En ningún caso podrán ser computadas las relaciones prestadas en régimen
de colaboración social, ni los contratos civiles, mercantiles o sometidos al Derecho
Administrativo.

Mildran

Preparando la promo..

• 13/10/2022 19:11:00.
Mensajes: 439
• Registrado: enero 2008.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

LuixFer, en la administración no nos regimos por opiniones, sino por normas. Yo no estoy dando una opinión, estoy diciendo lo que dice la norma (que siempre ha sido asi). Cada vez la gente se lee menos las bases o no sabe interpretarlas. Pasa cono en la baremacionea de los cuerpos de funcionarios, la gente no se entera que para que te bareme la experiencia debe coincidir tanto el grupo de cotización como la ocupación ñ, pue todavia hay gente porfiando "que no le han tenido en cuenta su contrato de.....".

Pasado de rosca

• 13/10/2022 21:50:00.
Mensajes: 36
• Registrado: octubre 2017.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

LuixFer, efectivamente esa es la interpretación lógica, basada en el sentido común y en innumerables argumentos tales como tener la misma categoría de cotización, la misma denominación de categoría profesional (Titulado Superior), mismo temario, mismas funciones (conforme a la definición que da de Titulado Superior el VI Convenio Colectivo), mismo espacio físico (así se demuestra con los Anexos de Personal de cada Consejería), jurisprudencia que en otros casos lo han avaldo, etc, etc. Partiendo además del absurdo de que el propio procedimiento de selección está regido por Derecho Administrativo.

PERO, efectivamente como indica sceclpaton, está el detalle de que las bases excluye las relaciones laborales sujetas a Derecho Administrativo. Se llega así al sinsentido de que es baremable la experiencia de un Titulado Superior de una empresa privada pero no la experiencia de un Titulado Superior de la misma Administración que convoca el proceso de selección.
Este apartado es una evidente contradicción con el resto de las bases bases que en mi opinión son claramente impugnables...en su momento, pero no ahora. Ahora la selección de los "elegidos" sí cumple con lo dispuesto en esas bases que debieron ser tumbadas en su momento.

Así pues, me como los mocos (habría quedado entre los primeros de haberse aplicado con coherencia el criterio de las bases).
Gracias por las respuestas.

LuixFer

• 14/10/2022 7:18:00.
Mensajes: 143
• Registrado: noviembre 2021.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

Hola mildran, si bien es cierto que la administración la rigen normas y no opiniones, existen mecanismos para impugnar actos de la Administración precisamente porque no siempre se actúa acorde a estas. Pongo de manifiesto mi absoluto desconocimiento de unas bases de un proceso en el cual no he participado, pero también me parece cuestionable el hecho que la Administración decida no valorar esa experiencia, únicamente es lo que digo, la administración no se rige por opiniones, pero no estamos redactando un acto administrativo, es un foro y en los foros se debate y opina

Mildran

Preparando la promo..

• 14/10/2022 8:06:00.
Mensajes: 439
• Registrado: enero 2008.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

Exacto, existen mecanismos, si no te gustan las bases, pues las impugnas.
Pero el tema es que ahora la gente que ha presentado el baremo se ha dado de bruces con que no le cuentan el tiempo como funcionario interino y eso es porque cada vez más se está repitiendo el fenómeno de que las gentes no se leen unas simples bases y no saben interpretarlas. Estamos viéndolo cada vez más en las oposiciones de estabilización como la gente se sorprende de que el tiempo por ejemplo de auxiliar no le valga para administrativo y viceversa, cuando son cosas que está claro desde el principio (y lleva eones siendo así)

Y yo soy de la opinión que ese tiempo debería de contar, pero puesto que nadie impugnó en su momento las bases de la convocatoria, eso significa que esas bases son firmes y por lo tanto es lo que hay. Y repito que soy de los que piensa que en las bases debería reflejarse que esa experiencia contara (menos, pero que contara), pero las bases son las que son.

Kojak

• 14/10/2022 12:13:00.
Mensajes: 50
• Registrado: abril 2018.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

Hola,
con lo de homólogo, tb tuve problemas. Decirte que si el puesto de laboral del grupo 1 es de Administración, tienes posibilidades de que el TSJA lo acepte. Son varios años, así que busca letrado y adelante.
En mi oposición no contemplaban los servicios prestados en el SAS. Se llevó al Contencioso y el TSJA dio la razón.

LuixFer

• 14/10/2022 12:14:00.
Mensajes: 143
• Registrado: noviembre 2021.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

Cierto que no hay nada que hacer contra las bases ya, para las próximas si de nuevo vuelve a incluirse ese término valoraría recurrir a quien tenga mucho tiempo de trabajo acumulado en el a1.11, creo que es un tema que puede debatirse en tribunales haya mayor o menor suerte al final

koko99

• 14/10/2022 17:57:00.
Mensajes: 48
• Registrado: agosto 2011.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

Hola, yo aprobé el examen de 1009 y presenté méritos y he ido a ver el expediente para ver como me habían baremado y me encuentro que no me han baremado...no puedo revisar el expediente pq no sale...a alguien le ha pasado lo mismo? estoy bastante escamado la verdad

roland81

• 14/10/2022 19:04:00.
Mensajes: 4
• Registrado: diciembre 2015.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

::: --> Editado el dia : 14/10/2022 19:36:52
::: --> Motivo :

A mí me ha pasado exactamente igual, no me han baremado. Llamé al IAAP y me dijeron que llamara al telefono de atencion general sobre oposiciones. La solucion, que hiciera una alegación. Eso he hecho pidiendo que baremen mi solicitud y adjuntando el justificante de mi autoaremo entregado en su momento de forma telemática, a ver que pasa pero ya me han quitado el derecho a alegar mi puntuación. En caso que me baremen, que deberian, ya solo puedo poner un recurso si no estoy de acuerdo.

shastha

• 14/10/2022 21:23:00.
Mensajes: 1463
• Registrado: abril 2007.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

Pero a los que no os han baremado, habéis visto si vuestra suma de examen y autobaremo está por encima del corte? Porque si está por debajo del corte del último con plaza de cuatro cupo es normal que no os haya si quiera baremado porque no bareman a todos los aspirante, solo a los que por nota de examen+concurso cubren las plazas, si quitan puntos a alguien pasan al siguiente y así hasta completar las plazas

roland81

• 14/10/2022 22:25:00.
Mensajes: 4
• Registrado: diciembre 2015.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

En que parte de la convocatoria pone que solo te bareman si estas por encima del corte?. En cualquier caso en mi autobaremo ne salia por encima de la ultima plaza, asi que al menos debo tener derecho a alegar si no me han puntuado lo que yo puse, si no para qué dan opcion a alegar?

roland81

• 14/10/2022 22:27:00.
Mensajes: 4
• Registrado: diciembre 2015.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

Sobre todo porque a priori yo no puedo saber cual va a ser el corte.

shastha

• 15/10/2022 7:25:00.
Mensajes: 1463
• Registrado: abril 2007.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

La última plaza es del turno de discapacidad. Tienes que ver si tú puntuacion de examen+autobaremo está por encima de 163,600 que es la última persona del turno de general con plaza, porque entiendo que si fueses por el cupo de discapacidad si te habrían baremado si estás por encima de él, así que deduzco que tu turno es el general. Evidentemente tú no vas a saber el corte antes por eso te autobaremas, pero una vez baremados los que obtienen plaza el corte es ese y los que auto baremados queden por debajo no los bareman porque no tienen opción de plaza

feniano

• 15/10/2022 12:01:00.
Mensajes: 114
• Registrado: diciembre 2008.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

Vaya...cuando uno que tiene servicios prestados en la Junta como funcionario interino A1 y no le cuentan su experiencia para el concurso de acceso de Laborales...nos quejamos. Pero nadie dice nada del Titulado Superior Grupo I del Convenio, que cuando accede a Funcionario A1 por oposiciones...ese tiempo de Laboral no le cuenta para nada...excepto para trienios por servicios prestados. Curioso la doble vara de medir de algunos.

19INDE

AHORA QUE YA NO IMPORTA

• 15/10/2022 18:01:00.
Mensajes: 4
• Registrado: mayo 2021.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

::: --> Editado el dia : 15/10/2022 18:43:49
::: --> Motivo :

::: -- Editado el dia : 15/10/2022 18:06:57
::: -- Motivo :

Totalmente de acuerdo feniano. Después de unos cuantos años en la administración como personal laboral, no solo no me han contado la experiencia como laboral para acceder a cuerpos de personal funcionario, sino que he tenido que sufrir discriminación por parte muchos, ya que consideraban que no merecía trabajar en la administración por no haber aprobado un examen, recordándome constantemente a mi, pero no a mi empleador, que mis funciones eran propias del personal funcionario, olvidando que los contratos se firman por mutuo acuerdo de las partes.
Quizás habría que plantearse quién tiene la culpa y quién crea la necesidad de celebrar dichos contratos. Pero lo más fácil es ir contra el más débil y bailarle el agua al político de turno, que con suerte te podrá proporcionar unos euros más con un PLD o Art.30.

sceclpaton

• 15/10/2022 21:14:00.
Mensajes: 15
• Registrado: enero 2008.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

¿Cómo sabéis que el corte está en 163,600? Entonces si tu suma de concurso y oposición alcanza esa nota te bareman y si no, nada?

shastha

• 16/10/2022 12:41:00.
Mensajes: 1463
• Registrado: abril 2007.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

Mirando el listado de notas. El último del cupo general es el que marca la nota de corte para ese cupo y la nota del que tenga el cupo de discapacidad el corte para ese.

tesorero

• 28/10/2022 12:46:00.
Mensajes: 1
• Registrado: octubre 2022.

RE:Laboral Grupo 1 vs A1.1100

::: --> Editado el dia : 17/11/2022 12:26:56
::: --> Motivo : Actualización

::: -- Editado el dia : 17/11/2022 12:24:41
::: -- Motivo : Actualización


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