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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
711.616 mensajes • 396.233 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 03/02/2023 9:12:00.
• Mensajes: 22
• Registrado: septiembre 2006.
Buenas, pues eso, se puede renunciar a un art. 30 una vez tomado posesión?.
• 03/02/2023 9:27:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: marzo 2007.
En cualquier momento se puede renunciar y te vas de nuevo a tu puesto de origen.
• 03/02/2023 12:20:00.
• Mensajes: 198
• Registrado: agosto 2011.
Puedes renunciar cuando quieras,para ello presenta un escrito en registro dirigido a la Consejería donde tienes el puesto, indicando el puesto al que renuncias y si quieres el tuyo de origen, e indicando la fecha en la que quieres ser cesado.