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710.691 mensajes • 396.159 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Meripoppins

• 14/03/2024 13:55:00.
Mensajes: 205
• Registrado: septiembre 2021.

BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

En algún hilo, creo haber visto el borrador de modificación del decreto 2/2002. Alguien sería tan amable de indicarme por dónde anda? Graciaaaaaas

21 RESPUESTAS AL MENSAJE

pelon

• 14/03/2024 14:52:00.
Mensajes: 49
• Registrado: septiembre 2007.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

[--https://juntadeandalucia.es/servicios/normativa/no...lle/474724.html--]

AHÍ LO LLEVAS

Meripoppins

• 15/03/2024 11:31:00.
Mensajes: 205
• Registrado: septiembre 2021.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

Mil graciaaaaaass!!!!!!

yeah1981

• 25/03/2024 8:30:00.
Mensajes: 32
• Registrado: mayo 2012.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

Buenas,

Viendo el Borrador de Decreto ( ya no es una modificación, es un Decreto nuevo que derogará el anterior), en la web que puso pelón, veo que en el artículo 64., referente a la valoración de los concursos de méritos, ya no se contempla ya el porcentaje adicional por pertenencia al cuerpo preferente. Es eso así? O está en otro artículo ahora y yo no lo he visto. En borradores antiguos si estaba pero ahora no lo veo.

Saludos.

cachmon

• 25/03/2024 9:53:00.
Mensajes: 224
• Registrado: junio 2005.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

Pues yo tampoco lo veo, si es así, vaya error, deberían corregirlo,
espero que los sindicatos estén atentos

supositor1984

• 25/03/2024 12:34:00.
Mensajes: 3
• Registrado: noviembre 2009.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

No aparece en el borrador el apartado de cuerpo preferente y tampoco el de docencia.

Kyle999999999

• 25/03/2024 12:35:00.
Mensajes: 208
• Registrado: diciembre 2018.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

donde aparece lo de que son 8 años permanencia total para el maximo de puntos??

arra

es posible...

• 25/03/2024 13:03:00.
Mensajes: 33
• Registrado: marzo 2007.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

Varias cuestiones sobre el decreto de modificación:

1. Según la publicación, esto está casi hecho solo publicarlo en Boja y ya está.
2. Se han olvidado como se ha dicho arriba, docencia y cuerpo preferente.
3. En cuanto a la experiencia, pone 10 años en "cuerpo y especialidad", eso quiere decir que lo mismo limitan la movilidad.

Todo un poco raro.
Un saludo

yeah1981

• 25/03/2024 13:27:00.
Mensajes: 32
• Registrado: mayo 2012.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

Está como sin acabar, no se si será el que finalmente saldrá publicado, porque es muy genérico en todo. Quizás es la intención.

Por ejemplo.. En los criterios de baremación, no establece la puntuación exacta por año de experiencia en el área funcional etc (criterio experiencia), o por año de antiguedad (criterio de antiguedad) como si hacía el anterior Decreto 2/2002. Únicamente habla de porcentajes máximos y mínimos que debe de valer cada criterio de baremación, como reservándose luego que en cada concurso puedan concretar el valor exacto de cada uno de ellos dentro de esos márgenes máximos y mínimos.

En fn, veremos que pasa..
,

ferman

tareas de iniciacion y control de expedientes admi

• 26/03/2024 9:25:00.
Mensajes: 3
• Registrado: abril 2007.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

es realmente extraño que en los puestos de doble adscripcion no hayan puesto puntuacion para cuerpo preferente

Kyle999999999

• 26/03/2024 9:42:00.
Mensajes: 208
• Registrado: diciembre 2018.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

al igual que paso con la eliminación de los multi puestos es posible que se eliminen tambien los puestos de doble adscripción y haya por ejemplo un puesto en el c1 y otro en a2 no??

ferman

tareas de iniciacion y control de expedientes admi

• 26/03/2024 11:04:00.
Mensajes: 3
• Registrado: abril 2007.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

no lo creo, los puestos de doble adscripcion son necesarios y estan en todas las administraciones, sino se podria crear una situacion en la que muchos puestos no fueran cubiertos, limitaria mucho la movilidad y la ocupacion de los mismos.

ZINNIA

• 04/04/2024 20:29:00.
Mensajes: 40
• Registrado: febrero 2006.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

¿Hay alguna previsión de fechas para la publicación de este Decreto??

Kyle999999999

• 05/04/2024 11:20:00.
Mensajes: 208
• Registrado: diciembre 2018.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

desaparecen los puestos de doble adscripcion??

chikito de la encina

yes we jarl

• 05/04/2024 17:14:00.
Mensajes: 150
• Registrado: abril 2010.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

No huele bien eso de experiencia profesional en puestos del mismo cuerpo y especialidad
Cada vez veo peor esta visionaria Ley
DelCortijismoalcacikismo

cachmon

• 05/04/2024 17:33:00.
Mensajes: 224
• Registrado: junio 2005.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

Y esa imprecision en el baremo (pone un rango para cada parte del baremo) hace que
hasta que no salga la convocatoria con las bases de Baremación de forma concreta,
nadie va a saber los puntos que tiene, y aún así, puede variar entre concursos,
o en el concurso permanente, en cualquier momento. Una vez más el legislador
piensa que esto no se va a usar nunca de manera perversa.

yeah1981

• 09/05/2024 9:09:00.
Mensajes: 32
• Registrado: mayo 2012.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

Buenas,

Alguna novedad sobre esto?

He estado mirando, y la excepción de poder concursar sin llevar los 2 años en el último puesto obtenido por concurso, si es en la misma Consejería, no es que no aparezca sólo en el borrador de Decreto nuevo, sino que es que no aparece en la recientemente publicada Ley de Función Pública de Andalucía.

En la anterior Ley de función pública de Andalucía del 85, si aparecía esa excepción. En la nueva Ley de 2023, lo han quitado. Por lo tanto, por eso tiene pinta que ese "derecho" que teníamos se va a perder. Hay sindicatos que se han quejado de eso en el Borrador de Decreto, pero es que cuando se debería haber hecho la aportación es cuando se tramitó la Ley, que antes lo habilitaba, y en la nueva no.

Esto pasa también con otras cuestiones como el artículo 30(ahora 129), etc.

No se que, que pensáis.

Saludos.

AzoT

• 29/08/2024 11:37:00.
Mensajes: 90
• Registrado: agosto 2006.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

En el anterior concurso ponía esto, respecto a la doble adscripción:
A. BAREMO GENERAL APLICABLE A LOS PUESTOS CONTENIDOS EN EL
ANEXO I-A
1. Valoración del trabajo desarrollado.
La valoración del trabajo desarrollado se llevará a cabo teniendo en cuenta la
experiencia profesional obtenida en los diez últimos años en el desempeño de puestos
pertenecientes al área funcional, relacional o agrupación de áreas del convocado,
valorándose en relación con el nivel de los puestos solicitados hasta un máximo de 9
puntos, conforme a la siguiente distribución:

y si en el nuevo borrador pone según Boquepasa:
"Artículo 64. Méritos a valorar en los concursos generales.
1. En los concursos generales se valorarán los siguientes méritos:
a) La experiencia profesional. La valoración de la experiencia profesional adquirida se llevará a cabo en
función del tiempo de servicios prestados, tanto con carácter definitivo, como provisional, en los diez últimos años en el desempeño de puestos del MISMO CUERPO Y ESPECIALIDAD, valorándose de distinta forma la experiencia profesional en puestos de nivel competencial superior, igual o inferior al del puesto solicitado".

Se puede intuir que la doble adscripción desaparece así como las áreas funcionales...
No, qué pensáis???

ancela

Opositoris

• 29/08/2024 12:51:00.
Mensajes: 47
• Registrado: mayo 2006.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

Sí, AzoT, parece que a partir de ahora en los concursos sólo se puede optar a puestos de tu mismo cuerpo y especialidad (un biólogo por ejemplo sólo al cuerpo de Biólogos). Si te fijas en la convocatoria de loa srt 30 ya se dice, aunque no se aplica del todo hasta que nos estén adaptadas todas las RPT asignando a los puestos un cuerpo y en su caso especialidad. Por ello han quitado lo del 10%, si no puedes optar nada más que a plazas de tu cuerpo y especialidad, todos tienen esa característica.

Esto va a traer que se limite mucho la movilidad y que aquellos biólogos y demás cuerpos específicos que estén ocupando plazas que no son de su cuerpo y especialidad no se quieran mover, ya qu en l momento que se muevan ya quedan sujetos a plazas de su cuerpo y especialidad, cosa que no ocurre ahora con las áreas funcionales, relacionales y agrupaciones.

Vampirete

• 29/08/2024 18:54:00.
Mensajes: 307
• Registrado: enero 2024.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

Que te valoren los puntos en el concurso, en solo ciertos cuerpos y especialidades, no significa que te obliguen a participar en solo esos cuerpos y especialidades... a ver si leemos con detenimiento el decreto y no especulamos con situaciones aberrantes que no tienen ni sentido ni creo que tenga cabida en como está repartido el funcionariado en este administración!

sako

• 30/08/2024 8:55:00.
Mensajes: 161
• Registrado: julio 2005.

RE:BORRADOR MODIFICACIÓN DECRETO 2/2002

::: --> Editado el dia : 30/08/2024 9:00:59
::: --> Motivo :

Efectivamente tienen que modificar todas las RPTs para que cada puesto esté adscrito a un solo grupo/subgrupo, lo que limitará mucho las opciones a la hora de concursar.
Con respecto a este tema está habiendo ya problemas en algunos art 129, ya que la Instrucción 1/2024 dice:

Podrá participar en los procedimientos de movilidad voluntaria provisional el personal funcionario de carrera en situación de servicio activo que pertenezca al cuerpo y especialidad al que se encuentre adscrito el puesto de trabajo convocado y que reúna además los requisitos establecidos para su desempeño en la relación de puestos de trabajo.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, y hasta tanto no se modifiquen las relaciones de puestos de trabajo añadiendo el cuerpo, especialidad u opción a que hace referencia el artículo 104.4.b) de la LFPA, a aquellos puestos de trabajo que no estén actualmente adscritos en exclusiva a uno o más cuerpos, especialidades y opciones, podrán concurrir las personas funcionarias pertenecientes al grupo o subgrupo de clasificación que figure en el apartado «características esenciales» conforme al actual modelo de la RPT.

Hay sindicatos que ya están alegando en las valoraciones de los art 129 si se está baremando a personas de los dos grupos cuando la RPT no está modificada aún.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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