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710.543 mensajes • 396.152 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Isamar

Magia, razón y fuerza

• 03/05/2024 7:57:00.
Mensajes: 16
• Registrado: junio 2005.

Promoción interna. Exención fase oposición

Buenos días,
Me ha surgido una duda al rellenar la solicitud para la promoción interna referente al punto de exención fase oposición.
Si aprobé la anterior convocatoria sin plaza ¿debo poner en la pregunta "Persona exenta de la realización de la fase de oposición" un SI aunque me vaya a presentar al examen?

Gracias

35 RESPUESTAS AL MENSAJE

Isamar

Magia, razón y fuerza

• 03/05/2024 9:02:00.
Mensajes: 16
• Registrado: junio 2005.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

::: --> Editado el dia : 03/05/2024 9:04:36
::: --> Motivo :

Hay 2 preguntas sobre la exención, la primera es la que he puesto en mi anterior post y la segunda es si te vas a presentar al examen. La segunda está clara, he puesto que SI me presento. Mi duda es la primera, porque no sé si estar exento es haber aprobado la promoción anterior en la fase de oposición (como es mi caso) o se refiere a otro tipo de exención.

Isamar

Magia, razón y fuerza

• 03/05/2024 9:43:00.
Mensajes: 16
• Registrado: junio 2005.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

La verdad es que dudo, le he preguntado a una compañera que en la otra promoción ya tenía un examen anterior aprobado y contestó a ambas preguntas que SI, por lo que tengo la solicitud en borrador sin atreverme a enviarla

catatrulio

• 03/05/2024 10:06:00.
Mensajes: 151
• Registrado: marzo 2009.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

Yo creo que es un tema de diseño de formulario:

Si no estás exenta no puedes poner que no te presentas (se queja elija lo que elijas) pero si pones que estás exenta, te deja elegir si hacer el examen (y contarte los puntos de examen aprobado como méritos) o si no haces el examen (no te cuenta como mérito el examen aprobado, no haces el examen y tu nota es la que sacaste la otra vez)

Es algo así: como son tres opciones, necesito dos preguntas. Si fueran cinco opciones, tres preguntas y así...

Me parece un diseño poco óptimo, creo que habría sido mejor poner las tres opciones directamente: obligado a hacer el examen, me guardo la nota, hago el examen y me cuento el mérito

Pero es lo que hay...

Isamar

Magia, razón y fuerza

• 03/05/2024 10:29:00.
Mensajes: 16
• Registrado: junio 2005.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

Vale, entonces qué debo responder a la primera pregunta si he aprobado la promoción anterior, pero me presento al examen?

j71

mas vale tarde que nunca

• 03/05/2024 10:47:00.
Mensajes: 69
• Registrado: julio 2016.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

a ver si te lo aclaro
en al primera pregunta, estas exento ? contestas SÍ
en la segunda pregunta, vas a hacer el examen? contestas SÍ

De este modo te olvidas de la nota anterior y harás el examen.
en la valoración de exámenes aprobados te valorarán el examen anterior

Vampirete

• 03/05/2024 11:14:00.
Mensajes: 307
• Registrado: enero 2024.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

Para que quieres presentarte si está exento?

Entiendo que si quiere que te valoren la nota de la vez anterior, no debes presentarte...

Enrique1969andalucia

• 03/05/2024 11:15:00.
Mensajes: 21
• Registrado: mayo 2024.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

No es así, si te presentas está claro que segunda respuesta es Si pero si no te guardas la nota, o sea no estás exento, la primera es NO lo que hay q marcar en la primera. Así lo está haciendo todo el mundo por aquí

opojunta

...

• 03/05/2024 11:22:00.
Mensajes: 138
• Desde: Málaga.
• Registrado: julio 2005.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

Yo tampoco me guardo la nota y me presento y he puesto primero No y después Sí. La verdad es que tuve muchas dudas. Entiendo que si está mal da igual. Yo me voy a puntuar en la fase de concurso los 4 puntos del examen aprobado.

Enrique1969andalucia

• 03/05/2024 11:53:00.
Mensajes: 21
• Registrado: mayo 2024.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

Tal y como dicen opojunta y la pupas81, en la academia también nos confirmaron es así. Muy mala redacción del apartado pero es así. Si no te presentas y te guardas la nota entonces es al contrario. No le deis más vueltas

Isamar

Magia, razón y fuerza

• 03/05/2024 12:23:00.
Mensajes: 16
• Registrado: junio 2005.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

Ok, gracias a todos

Vampirete

• 03/05/2024 12:25:00.
Mensajes: 307
• Registrado: enero 2024.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

Vamos a ver porque me estáis liando...

Imaginad que tengo voy por interna, y aprobé la vez anterior sin plaza.

Si quiero que me cuente la nota de la vez anterior, estaré exento no?

O directamente me la cuentan? Para cuantas convocatorias?

Entonces la pregunta de exento, y la otra para qué coño son?

Guapeche

• 03/05/2024 12:29:00.
Mensajes: 370
• Desde: Málaga.
• Registrado: mayo 2005.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

Por si os sirve, yo en el último me podría haber guardado la nota pero me presenté al examen. Puse si y si, hice el examen y promocioné al A2. Un saludo y suerte.

Vampirete

• 03/05/2024 12:30:00.
Mensajes: 307
• Registrado: enero 2024.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

Según lo que cuenta pupas, no se puede ser más enrevesado e inútil, pues con una sola pregunta, hubiera bastado!!!

Está usted exento?

SÍ, osea tengo nota anterior y no tengo que ir al examen
No, no tengo anterior y tengo que ir al examen

Porque al parecer, la nota te la bareman luego en la fase e concurso, si dices que están exento...

Seudonimo

• 03/05/2024 12:58:00.
Mensajes: 275
• Registrado: septiembre 2005.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

::: --> Editado el dia : 03/05/2024 12:59:52
::: --> Motivo :

Son tres casos:

SI estoy exento porque aprobe sin plaza hace menos de 3 años pero SI me presento al examen (para subir nota asumiendo el riesgo de que me salga peor y para que me cuenten el anterior examen como mérito)

SI estoy exento porque aprobe sin plaza hace menos de 3 años y NO me presento al examen (no sea que me salga peor asumiendo que no me cuentan el anterior examen como mérito)

NO estoy exento porque no aprobé sin plaza hace menos de 3 años (aprobé hace más de 3 o no he aprobado nunca) y SI me presento al examen porque no me queda otra.

El otro caso NO estoy exento y NO me presento al examen puedes marcarlo pero supongo que será causa de exclusión...

Vampirete

• 03/05/2024 13:31:00.
Mensajes: 307
• Registrado: enero 2024.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

Es que si no está exento, preguntar si vas o no al examen es trivial...

Vaya gente!!!

Seudonimo

• 03/05/2024 13:37:00.
Mensajes: 275
• Registrado: septiembre 2005.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

::: --> Editado el dia : 03/05/2024 14:01:40
::: --> Motivo :

Ya, pero tienes que contestar las 2 preguntas, si no, no te deja grabar la solicitud...

ALcoop

• 07/05/2024 13:36:00.
Mensajes: 1
• Registrado: mayo 2024.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

Buenas tardes,

si aprobaste el examen anterior y quieres usar esa nota y no hacer el examen debes responder SI a la primera pregunta y No a la segunda.

Si aprobaste el examen anterior pero quieres presentarte al examen, se deben responder las dos preguntas con un SI.

Si no aprobaste el examen anterior o no te presentaste se debe responder a la primera No y a la segunda SI

Esto se deduce de la convocatoria: "En virtud de lo dispuesto en el apartado 6 de la base séptima de la Resolución de 26 de enero de 2022, de la Secretaría General para la Administración Publica, por la que se convocan procesos ivos de promoción interna para ingreso en diferentes cuerpos y especialidades de la Administración General de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 20, de 31 de enero), las personas aspirantes exentas de realizar la fase de oposición deberán indicar en la solicitud de participación si hacen uso de esta exención o si por el contrario concurren a la fase de oposición correspondiente a la presente convocatoria."

Y si vamos al apartado 6 de la base séptima de la Resolución de 26 de enero de 2022 mencionada vemos que:
"6. Las personas aspirantes que en la presente convocatoria de promoción interna hayan superado la fase de oposición, pero no hayan superado el proceso ivo por no alcanzar suficientes méritos en la fase de concurso, quedarán exentas de realizar en la siguiente convocatoria de promoción interna la fase de oposición, siempre que no hayan transcurrido más de tres años entre la realización del ejercicio de la fase oposición superada y la publicación en el BOJA de la respectiva convocatoria. No obstante, si en la próxima convocatoria de promoción interna optaran por presentarse a la fase de oposición, de la que están exentas, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria inmediatamente anterior."

Perdón por el ladrillo!
saludos

Enrique1969andalucia

• 07/05/2024 16:59:00.
Mensajes: 21
• Registrado: mayo 2024.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

Si aprobaste el examen anterior pero quieres presentarte al examen y quiero me cuenten los puntos x haber aprobado, no la nota. Es No la primera y la segunda Si

opojunta

...

• 08/05/2024 8:46:00.
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• Desde: Málaga.
• Registrado: julio 2005.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

Merece la pena hacer otra solicitud? Yo creo que no, no?

Enrique1969andalucia

• 08/05/2024 8:55:00.
Mensajes: 21
• Registrado: mayo 2024.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

La duda es, si estando solicitada la participación en la fase de oposición, en que influye el haber marcado Si o NO en persona exenta de la realización de la fase de oposición?

opojunta

...

• 08/05/2024 9:05:00.
Mensajes: 138
• Desde: Málaga.
• Registrado: julio 2005.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

He presentado otra. Pensaba que sería lioso por la tasa ya pagada, pero es muy fácil. Solo hay que volver a rellenar la solicitud. La tasa ya sale sola.

Enrique1969andalucia

• 08/05/2024 13:53:00.
Mensajes: 21
• Registrado: mayo 2024.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

Os pongo textualmente la respuesta q me da el IAAP a la consulta x mail:
Si has aprobado pero no has conseguido plaza, NO quiero guardarme la nota, quiero presentarme a la oposición.
Participación en el ejercicio de la fase de oposición de este proceso ivo.SI
Significado de exento: "libre de"....no estás libre de hacer el examen

opojunta

...

• 08/05/2024 18:00:00.
Mensajes: 138
• Desde: Málaga.
• Registrado: julio 2005.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

Pues vaya lío. Yo quiero hacer el examen. Supongo que si hay algún problema en las listas provisionales se podrá reclamar. Ya no voy a cambiar otra vez la solicitud. Sigue dejando muchas dudas cuál es el planteamiento correcto.

opojunta

...

• 09/05/2024 11:42:00.
Mensajes: 138
• Desde: Málaga.
• Registrado: julio 2005.

RE:Promoción interna. Exención fase oposición

He llamado al IAAP porque no me quedaba tranquila y me han dicho que la segunda solicitud la tengo bien. SÍ estoy exenta y SÍ participo en el ejercicio de la fase de oposición. Y que de todos modos, siempre hay que estar atento a las listas provisionales. Bueno, ya me olvido del tema, que vaya tela.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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