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709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005

noviembre484

• 06/03/2025 16:35:00.
Mensajes: 4
• Registrado: noviembre 2024.

Limites en la promoción interna con el nuevo Decreto de Provision

Buenas tardes, os habéis dado cuenta de los cambios que el artículo 49 establece para la promoción interna vertical?? Quería preguntar cómo interpretais vosotros dicho artículo.

Yo lo entiendo de la siguiente manera: ahora solo puedes promocionar al cuerpo del grupo superior que a su vez está relacionado con el cuerpo en grupo inferior
Es decir que si eres del A2 de pesca solo puedes promocionar al A1 de pesca, estando vetado por ejemplo poder participar en la promoción interna a los cuerpos generales A1.1100 o A1.1200, o a cualquier otro cuerpo del grupo superior a pesar de q no requieran una titulación específica. Y este ejemplo se aplicaría a todos los cuerpos, y los únicos que pueden ir al A1.1100 sería los que pertenecen al A2.1100.

5 RESPUESTAS AL MENSAJE

Mildran

Preparando la promo..

• 06/03/2025 17:36:00.
Mensajes: 425
• Registrado: enero 2008.

RE:Limites en la promoción interna con el nuevo Decreto de Provision

En ese artículo no pone nada de eso. Los cambios frente al 2/2002 es porque en este decreto nombraba al antiguo sistema de clasificacion, por lo que no había subgrupos.

noviembre484

• 06/03/2025 18:11:00.
Mensajes: 4
• Registrado: noviembre 2024.

RE:Limites en la promoción interna con el nuevo Decreto de Provision

Si que lo pone Mildran. En ese artículo se habla de cuerpo y especialidad si te fijas. En ningún momento, se habla de acceso de grupo al inmediato superior. En la ley 5/2023 si que se habla de esto último
En cambio en el Decreto se obvia esto. Al igual que en el artículo 84 q regula los artículos 129 , dice q para acceder a estos cuerpos se debe pertenecer al cuerpo o especialidad a la que estén adscritos.

Mildran

Preparando la promo..

• 06/03/2025 18:55:00.
Mensajes: 425
• Registrado: enero 2008.

RE:Limites en la promoción interna con el nuevo Decreto de Provision

Habla que debes de pertenecer a UN cuerpo O especialidad inferior, no de una concreta. Y en el artículo 84 dice eso porque la doble adscripción de los cuerpos es algo a extinguir. las plazas van a ser vinculadas a un único cuerpo, por lo que lógicamente solo vas a poder participar en art. 129 de plazas de tu cuerpo (lo cual es una cacicada, pero es así), pero mientras eso no se desarrolle podrás participar en los art. 129 mientras logicamente tegas la experiencia en el área y pertenezcas a algunos de los cuerpos adscritos.

noviembre484

• 06/03/2025 19:09:00.
Mensajes: 4
• Registrado: noviembre 2024.

RE:Limites en la promoción interna con el nuevo Decreto de Provision

Ese es el problema, que nunca se había hecho referencia a un cuerpo o especialidad, sino que siempre se había hablado del paso de un grupo inferior a uno superior, y en todo caso estar en posesión una titulación específica, para el caso q te quisieras presentar al A1 de biología, psicología veterinaria.

De hecho apuesto que ese matiz de cuerpo o especialidad está establecido ahí intencionadamente con el único objetivo de impedir que te puedas presentar al cuerpo del grupo superior q quieras, y q te límites al cuerpo del grupo superior al que ya perteneces del inferior. Es un poco complicado de exponer, pero creo q ese el motivo del cambio q han introducido. Sino de q han desarrollado este artículo 49 con los requisitos de acceso

Alfa13

• 07/03/2025 8:19:00.
Mensajes: 5
• Registrado: octubre 2020.

RE:Limites en la promoción interna con el nuevo Decreto de Provision

La ley de Función Pública 5/2023, en su artículo 58.1.a establece: "Promoción Interna Vertical: supone el ascenso desde un subgrupo o grupo de clasificación hasta otro subgrupo o grupo superior, de acuerdo con la regulación establecida por la normativa estatal de carácter básico".

Es cierto que la redacción del artículo 49 del Decreto 51/2025 habla de cuerpo o especialidad, pudiendo crear confusión y una interpretación errónea, pero un Decreto no puede contradecir la Ley de Función Pública Andaluza y el EBEP.

Por tanto no debe existir problema para poder presentarse por promoción interna de un cuerpo específico a otro de administración general.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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