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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
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• 25/04/2025 9:21:00.
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Hola a todos. Tengo una duda debida a mi situación personal que las bases del inminente concurso no van a dilucidar, pues reproducirán lo descrito en el artículo 63 del Decreto 51/25. El caso es que no completaré 2 años en mi puesto actual (obtenido en el último concurso) y pediré en breve excedencia por prestación servicios en sector público (un puesto en AGE). El problema es que desearía volver a la Junta en unos años, pero no sé si podría concursar o no, pues el art. 63.2 dice que hay que llevar 2 años en el puesto, el 63.3 abre la posibilidad a concursar desde otras situaciones administrativas y el 63.1 elimina la obligatoriedad de los 2 años si es por reingreso, pero este punto es para quienes participan por primera vez en concurso general (yo ya lo hice en el anterior).
Agradecería que alguien que sepa del tema compartiera su opinión, o al menos, qué interpreta del artículo 63 para esta situación. Saludos.