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ReikiJaen

Los ladrones se hacen gobernantes y viceversa

• 01/05/2025 8:54:00.
Mensajes: 55
• Registrado: diciembre 2018.

Promoción Interna Grupo B

De acuerdo con la nueva Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública ... se puede promocionar en un futuro al grupo B Cuerpo Técnico de Gestión Administrativa.
¿Para cuando sería lo más pronto que esto pudiera ocurrir? ¿Para qué convocatoria? ¿Para cuando saldrían los exámenes como muy pronto? ¿Esto lo tienen en cuanta ya los sindicatos?
2026? 2027? 2028?

7 RESPUESTAS AL MENSAJE

eloctavopasajero

• 01/05/2025 11:04:00.
Mensajes: 12
• Registrado: julio 2007.

RE:Promoción Interna Grupo B

Añado otra pregunta: la disposición adicional quinta dice que "(...) agrupará al personal funcionario en los siguientes cuerpos y especialidades:

Grupo B.1.1. Cuerpo Técnico de Gestión Administrativa.

Requisito: titulación de Técnico Superior de Formación Profesional de la familia de Administración y Gestión".

Quiere decir que, aún siendo un cuerpo general (art. 102.2), a diferencia de este mismo requisito para A1 y A2, para el caso concreto de este grupo B de gestión administrativa se exigiría la citada titulación específica?

La propia ley expone en su art. 101.b) lo siguiente: "Grupo B. Para el acceso a los cuerpos, escalas o especialidades del Grupo B se exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior", mientras que el artículo 76 del TREBEP clasifica al grupo B así: "Para el acceso a los cuerpos o escalas del Grupo B se exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior".

Seudonimo

• 01/05/2025 11:45:00.
Mensajes: 277
• Registrado: septiembre 2005.

RE:Promoción Interna Grupo B

Para los cuerpos del grupo B título Técnico Superior de Formación Profesional

Concretamente para el cuerpo B.1.1. Técnico de Gestión Administrativa titulo de Técnico Superior de Formación Profesional de la familia de Administración y Gestión.

Para otros cuerpos del grupo B serán los título Técnico Superior de Formación Profesional que digan la Ley y/o las convocatorias

eloctavopasajero

• 01/05/2025 12:41:00.
Mensajes: 12
• Registrado: julio 2007.

RE:Promoción Interna Grupo B

Art. 102 apartado 1: "Los cuerpos generales son los que tienen atribuido el desempeño de las funciones comunes al ejercicio de la actividad administrativa, y los especiales los que ejercen actividades que constituyen el objeto de una peculiar carrera o especialidad"

Continúa en su apartado 2: "Son cuerpos generales:
a) El Cuerpo Superior de Administración, clasificado en el Grupo A, Subgrupo A1
b) El Cuerpo de Gestión Administrativa, clasificado en el Grupo A, Subgrupo A2
c) El Cuerpo Técnico de Gestión Administrativa, clasificado en el Grupo B
d) El Cuerpo Administrativo, clasificado en el Grupo C, Subgrupo C1
e) El Cuerpo Auxiliar Administrativo, clasificado en el Grupo C, Subgrupo C2

Estos cuerpos están clasificados de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a los mismos (art.101).

Pero en la disposición adicional quinta, en cuanto a los cuerpos generales antes relacionados, la JJAA agrupa al personal funcionario en los siguientes cuerpos y especialidades:

Grupo A. Subgrupo A1:

A1.1 Cuerpo Superior de Administración, con las siguientes especialidades:
A1.1100. Administración General.
Requisito: titulación de Grado, Licenciatura, Ingeniería o Arquitectura.

A1.1200. Administración de Gestión Financiera.
Requisito: titulación de Grado, Licenciatura, Ingeniería o Arquitectura.

Grupo A. Subgrupo A2:
A2.1. Cuerpo de Gestión Administrativa, con las siguientes especialidades:

A2.1100. Administración General.
Requisito: titulación de Grado, Diplomatura universitaria, Ingeniería Técnica o Arquitectura Técnica.

A2.1200. Gestión Financiera.
Requisito: titulación de Grado, Diplomatura universitaria, Ingeniería Técnica o Arquitectura Técnica.

Grupo C. Subgrupo C1:
C1.1000. Cuerpo Administrativo.
Requisito: título de Bachiller o Técnico.

Grupo C. Subgrupo C2:
C2.1000. Cuerpo Auxiliar Administrativo.
Requisito: Graduado o Graduada en Educación Secundaria Obligatoria.

Por qué entonces siendo el Cuerpo Técnico de Gestión Administrativa un cuerpo general como los anteriores, el requisito es una titulación específica?:
Grupo B.1.1. Cuerpo Técnico de Gestión Administrativa.
Requisito: titulación de Técnico Superior de Formación Profesional de la familia de Administración y Gestión.

Dicho de otra forma, siguiendo con los cuerpos generales, en el caso del A1.1100 el requisito es una titulación de Grado (es válida cualquiera, sin especificar) para el A2.1100, una diplomatura universitaria (es válida cualquiera, sin especificar) para administrativo, el bachiller o técnico (es válido cualquiera, sin especificar). Pero para este B1 (general) solo sería válido el citado requisito.

Entonces, y siguiendo con mi interpretación, un/a funcionario/a, no podría presentarse a este B1 general al tener una FP de una familia distinta a la de Administración y Gestión, pero si tuviese por ejemplo el grado en historia, podría hacerlo en el A1 y A2 de estos cuerpos generales.

Seudonimo

• 01/05/2025 13:34:00.
Mensajes: 277
• Registrado: septiembre 2005.

RE:Promoción Interna Grupo B

::: --> Editado el dia : 01/05/2025 13:40:42
::: --> Motivo :

Para el A1.11, por ejemplo, han elegido de forma expresa que sea cualquier grado o licenciatura, pero podrían haber puesto una lista de las titulaciones que consideren las más adecuadas para las funciones del cuerpo.

Creo que en ningún sitio dice que "Cuerpo General" implica necesariamente cualquier titulación del nivel académico del grupo que sea...

Y lo mismo al revés con los cuerpos especiales, la mayoría tienen titulación específica, pero otros tienen una lista de titulaciones y algunos vale cualquier titulación.

ReikiJaen

Los ladrones se hacen gobernantes y viceversa

• 02/05/2025 8:49:00.
Mensajes: 55
• Registrado: diciembre 2018.

RE:Promoción Interna Grupo B

Ese es el tema, entiendo que únicamente con la formación superior de "Administración y Finanzas" se puede acceder al grupo B (Cuerpo Técnico de Gestión Administrativa) y por eso me la estoy sacando ahora. Y no sé si hacerlo más despacio porque esta promoción interna va a ir para largo o meter el turbo y pillarme más asignaturas.

eloctavopasajero

• 02/05/2025 11:42:00.
Mensajes: 12
• Registrado: julio 2007.

RE:Promoción Interna Grupo B

::: --> Editado el dia : 02/05/2025 11:44:39
::: --> Motivo :

Como decía anteriormente, el art. 102.1 dice que:"Los cuerpos generales son los que tienen atribuido el desempeño de las funciones comunes al ejercicio de la actividad administrativa".

Y en relación con los especiales, son "los que ejercen actividades que constituyen el objeto de una peculiar carrera o especialidad".

De este artículo destaco lo siguiente: cuerpos generales: desempeño de las funciones comunes.

Salvo a este B1, los demás cuerpos generales, tanto superiores como inferiores, no tienen como requisito una titulación específica. ¿Cuál es el motivo?

En la ley hay varios ejemplos. Uno de ellos: el artículo 58.1.b) dice, en relación con la
promoción interna vertical, que: "El personal funcionario de carrera del subgrupo C1 que reúna la titulación exigida podrá promocionar al subgrupo A2 sin necesidad de pasar por el grupo B". Para acceder a este A2, cuerpo general superior al B, no es necesario una diplomatura de la familia de Administración y Gestión: es válida cualquier diplomatura; pero no ocurre lo mismo para este B1 (como ya hemos comentado), cuerpo general inferior al A2.

En comparación al resto de los cuerpos generales, ¿se estaría vulnerando el derecho recogido en el art. 28.1. c) A la progresión en la carrera profesional y promoción interna?

Bueno, no insisto más :)
Saludos!

Seudonimo

• 02/05/2025 14:48:00.
Mensajes: 277
• Registrado: septiembre 2005.

RE:Promoción Interna Grupo B

Cuando salga la convocatoria el que tenga un título de Técnico Superior distinto si se considera discriminado tendrá que presentar un recurso contencioso-administrativo y si al juez le parece que la Ley es discriminatoria pues a lo mejor plantea la cuestión al constitucional...


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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