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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
709.457 mensajes • 396.068 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 07/09/2025 21:08:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: septiembre 2025.
He cruzado las listas definitivas del concurso de 2023 con las provisionales de la primera OPNC del concurso de 2025. Hay decenas de personas que fueron adjudicatarios en 2023 y que aparecen como adjudicatarios provisionales en las de 2025, ¿no se supone que hay que estar dos años en el puesto definitivo para participar en otro concurso?
• 07/09/2025 22:43:00.
• Mensajes: 10
• Registrado: mayo 2006.
Es verdad. Hay personas que cogieron plaza en anterior concurso y salen ahora en las provisionales
• 07/09/2025 22:59:00.
• Mensajes: 15
• Registrado: diciembre 2024.
También hay adjudicatarios con 0 puntos en antigüedad cuando con la nueva reglamentación tienen que tener como mínimo 1,2 puntos correspondientes a 2 años de antigüedad.
• 07/09/2025 23:14:00.
• Mensajes: 40
• Registrado: febrero 2006.
Los que salieron adjudicatarios en 2023, ¿Son del mismo cuerpo? Podría ser que hubieran concursado desde una excedencia.
Es posible tener 0 puntos en antigüedad, ya que los méritos los han valorado a fecha 31 de diciembre, y el requisito de los 2 años lo han cumplido a la fecha de convocatoria, lógicamente ahí no tienen puntos.
Como dice el compañero, la gran mayoría son los que han dejado la plaza en excedencia al sacar la promo, de esas hay montones. Pero también puede haber otras causas, como cesados en un pld....
• 08/09/2025 8:48:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: octubre 2023.
Es mi caso. Concurso desde el grupo C1 en que estoy en excedencia (actualmente estoy en el A2).
• 08/09/2025 8:57:00.
• Mensajes: 114
• Registrado: octubre 2020.
Dobles funcionarios, que concursan con el otro grupo/subgrupo con que lo hicieron en el anterior. Hay mucho funcionario C2-C1 o C1-A2 (incluso C2-C1-A2), vía promoción interna. No dejas de pertenecer al grupo inferíor, solo pasas a excedencia,...(pudiendo concursar desde él o ellos).
• 08/09/2025 10:46:00.
• Mensajes: 15
• Registrado: diciembre 2024.
ZINNIA tu explicación de por qué se puede tener un 0 en antigüedad no me vale, ya que en todo caso tendría que tener como mínimo 0,6 puntos.
• 08/09/2025 10:57:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: septiembre 2025.
Me refiero a gente que fue adjudicataria en 2023 y (provisionalmente) en 2025 y que en ambos casos ha concursado desde el mismo cuerpo. Sé que existe la posibilidad de que entre concursos te nombren PLD, te cesen y estés obligado a concursar, pero viendo la cantidad de casos y los cuerpos desde los que se concursa parece evidente que no aplica a todos. Por eso he creado este hilo, ¿hay algún otro supuesto que se me escape en virtud del cual se permita concursar sin que hayan transcurrido los dos años desde la adjudicación de plaza en el concurso anterior?
• 08/09/2025 12:00:00.
• Mensajes: 40
• Registrado: febrero 2006.
::: --> Editado el dia : 08/09/2025 12:02:09
::: --> Motivo :
Otraprimeriza, no es proporcional, la antigüedad es el grado consolidado y en año y medio no has consolidado nada, por lo tanto es igual a cero.
Haz una simulación con cualquier calculadora que tienen los sindicatos
• 08/09/2025 13:05:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: febrero 2010.
Entonces, un PLD que no lleva los 2 años en el puesto, puede salir adjudicatario provisional sin haber sido cesado ni puesto en un destino provisional? Porque he visto algún caso en las listas provisionales, y yo pensaba que no podría al seguir en servicio activo sin haber sido cesado.
• 08/09/2025 13:43:00.
• Mensajes: 16
• Registrado: agosto 2018.
Al PLD no se le exige el requisito de los 2 años para poder concursar tal y como se establece en las bases. Este requisito sólo se exige para puestos definitivos obtenidos por acceso libre, promoción interna o concurso. Apartado quinto de las bases de la convocatoria:
"El personal funcionario de carrera de la Administración General de la Junta de Andalucía deberá reunir los requisitos mínimos exigidos en la relación de puestos de trabajo y en la convocatoria correspondientes, y contar, al menos, con dos años de permanencia en el puesto definitivo desde el que se participa, obtenido en algún proceso ivo de acceso libre o de promoción interna." ". El período mínimo de permanencia en un puesto de trabajo obtenido por concurso general para participar en los sucesivos procedimientos de provisión por concurso general será, asimismo, de dos años."
Por omisión se entiende que el PLD no se le exige permanencia en el puesto para poder concursar es por ello que no tienen que esperar los 2 años para poder concursar, aún si no han sido cesados del puesto.
• 08/09/2025 14:01:00.
• Mensajes: 12
• Registrado: febrero 2010.
Ya veo, pues otra ventaja más por ser PLD
• 08/09/2025 14:19:00.
• Mensajes: 15
• Registrado: diciembre 2024.
Zinnia, no tiene nada que ver el grado consolidado con la antigüedad.
Los dos son conceptos barremables independientes.
Puedes tener 40 años de antigüedad y tener sólo consolidado un nivel.
Ejemplo, administrativo que se lleva en un IES los 40 años, sólo consolida el nivel 15 y si lo solicita.
Me reafirmó en que con la nueva reglamentación del concurso, no se puede tener 0 puntos en antigüedad.
En las últimas ofertas de vacantes hubo algunos cuerpos donde se ofertaron vacantes no básicas, por lo que esas personas tienen que concursar si o si (por ser el caracter de ocupación provisional), por lo que su antigüedad puede ser 0 perfectamente.
• 09/09/2025 9:05:00.
• Mensajes: 8
• Registrado: octubre 2024.
Vamos a ver, os cuento mi caso. Yo fui adjudicataria en el anterior concurso (A2), luego saqué la promoción interna a al A1 y pedí excedencia en ese cuerpo. Ahora he concursado desde el A1 y he sido nuevamente adjudicataria desde ese cuerpo, desde la excedencia por incompatibilidad sí se puede concursar
La no toma de posesión de algún adjudicatario implica la imposibilidad de participar en el concurso en el año siguiente, pero se exige algún requisito para ello?
Gracias.