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speto76

Carpe Diem

• 16/02/2026 22:02:00.
Mensajes: 5
• Registrado: marzo 2025.

REINGRESO AL SERVICIO ACTIVO

Buenas!
Me encuentro como C1 en la DT de Hacienda en Cádiz despues de 17 meses en Madrid, para mi un triunfo siendo yo de Málaga, pero aqui noto un parón importante nada mas recien llegado ya que el salto a Málaga si que va a ser complicado.
El caso es que me encuentro en un proceso para una plaza de laboral fijo en Puertos del Estado en Málaga, quien sabe si eso puede salir, mi duda es que si saliera...me encontraría en Excedencia por servicio en el sector público, hhasta ahi todo bien, pero por lo que fuera si quisiera volver a la plaza de C1 sería por reingreso al servicio activo, pero mi duda es ¿en que localidad?... eso es lo que no me aclara hacer este movimiento ademas que concursar cada vez se haría mas complicado. La incertidumbre de cuantos años me puedo esperar a volver a casa....

¿Sabéis algo sobre este tipo de panorama?

2 RESPUESTAS AL MENSAJE

OPOJA2025

• 17/02/2026 9:29:00.
Mensajes: 12
• Registrado: enero 2026.

RE:REINGRESO AL SERVICIO ACTIVO

Ciñéndonos al art. 154 de la LFPA,
"4. Quienes se encuentren en la situación a que refiere este artículo tendrán derecho a reingresar al servicio activo en un puesto de trabajo en la misma localidad y de iguales retribuciones complementarias que las del último puesto obtenido con carácter definitivo."

Art. 162:
Artículo 162. Reingreso al servicio activo.
1. El reingreso al servicio activo del personal funcionario de carrera que no tenga reservado el puesto de trabajo se efectuará de forma ordinaria mediante la participación en las convocatorias de concurso o libre designación para la provisión de puestos que se convoquen.

Asimismo, el reingreso se efectuará por adjudicación de un puesto de trabajo vacante con carácter provisional, cuando existan vacantes adecuadas dotadas presupuestariamente, en los términos establecidos en el artículo 134.

2. Reglamentariamente, se regularán los plazos, procedimientos y condiciones, según las situaciones administrativas de procedencia, para solicitar el reingreso al servicio activo, con respeto al derecho a la reserva del puesto de trabajo en los casos en que proceda conforme a esta ley. En los demás supuestos, el reingreso estará condicionado a la existencia de vacante presupuestariamente dotada. Asimismo, reglamentariamente se determinará el orden de prelación para su resolución, cuando coincidan varias solicitudes de personas funcionarias de carrera sin reserva de puesto de trabajo.

3. El personal funcionario de carrera que, no siendo titular definitivo de puesto de trabajo, pase a cualquiera de las situaciones administrativas que conllevan reserva de puesto reingresará al servicio activo de conformidad con lo establecido en el artículo 134.

MasPlazas

• 17/02/2026 13:39:00.
Mensajes: 742
• Registrado: octubre 2010.

RE:REINGRESO AL SERVICIO ACTIVO

::: --> Editado el dia : 17/02/2026 13:39:23
::: --> Motivo :

Entiendo que eres funcionario de la Junta de Andalucía y puedes conseguir un puesto como laboral fijo en Puertos del Estado.

Hay que contemplar tres supuestos y ver cuál es tu caso:

- Servicio en otras Administraciones: esto se aplica si eres funcionario de la Junta y accedes por concurso o libre designación a un puesto en otra Administración. Aquí se aplica el art. 154 que te han comentado antes. Yo creo que este no es tu caso, porque entiendo que vas a acceder a Puertos del Estado por un proceso selectivo propio de esa entidad y no por un concurso o nombramiento como PLD.

- Excedencia voluntaria por prestar servicios en el Sector Público Andaluz. Tampoco es tu caso porque Puertos del Estado no es sector público andaluz.

- Excedencia por incompatibilidad. Este sería el caso en que estarías al tomar posesión como laboral fijo. En este caso, el reingreso se produce del mismo modo que si es una excedencia voluntaria cualquiera y la forma es la siguiente: o bien solicitándolo a Función Pública para que te asigne una vacante provisional, o bien concursando. Lo que ocurre es que tengo entendido que Función Pública no está reingresando a la gente de manera provisional, sino que más bien se está optando porque la gente concurse y obtengan un puesto definitivo. En estos casos, pues tu eliges los puestos y si tienes puntos y suerte, pues te lo darían. Obviamente a cuantos más puestos optes, pues más posibilidades. Eso si, el tiempo de laboral fijo sólo te contará como antigüiedad, no como experiencia, permanencia u otros méritos.

-


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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