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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Junta de Andalucia
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• 08/10/2026 8:24:00.
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• Registrado: enero 2026.
cuando te pides excedencia voluntaria aqui en la junta andalucia, supongamos es de un año, al terminar la excedencia ya tienes derecho a volver a servicio activo, hay dos vías:
o solicitando reingreso a un puesto provisional (la forma rápida de entrar), en el cuál te pueden ofrecer lo que haya dando prioridad a los más cercanos a tu localidad, luego provincia y luego andalucia entera
o también puedes reingresar concursando concurso traslados (la forma lenta de entrar) , y ahi puedes solicitar los puestos que quieras, los más cercanos a tu localidad por ejemplo, y si el concurso se dilata y no sale o no sale la resolución adscripcion plazas, ese tiempo estas en excedencia voluntaria de forma indefinida hasta que consigas entrar así
es correcto ? Un saludo
• 08/10/2026 8:40:00.
• Mensajes: 25
• Registrado: agosto 2008.
Yo pienso que una vez que solicites el reingreso sigues en excedencia voluntaria. Yo pienso incluso que si
tienes por lo que sea derecho a paro podrías solicitarlo ya que en teoría estás en situación legal de desempleo
(tu has solicitado el reingreso pero no depende ya de ti cuando comienzas a trabajar, depende de cuando
la administración te asigne el puesto)
• 08/10/2026 9:13:00.
• Mensajes: 898
• Registrado: octubre 2010.
Cuando desde una excedencia voluntaria deseas reingresar al servicio activo, puedes solicitarlo, pero ya te digo que la forma ordinaria de volver a servicio activo es a través de un concurso de méritos. En teoría, podrías acceder a un puesto con carácter provisional, pero es tremendamente raro que puedas hacerlo de ese modo, ya que los puestos están reservados para acceso por concurso o por oposición y no con carácter provisional.
Mientras estés en excedencia voluntaria no estás en situación legal de desempleo, y no tienes derecho a cobrar nada, porque de hecho, como funcinario ni siquiera has cotizado por desempleo.
• 08/10/2026 11:21:00.
• Mensajes: 13
• Registrado: enero 2026.
pero estas son las dos vías no? o sea, si se desea, por concurso traslado o sea, el CAP y de no tener suerte al no obtener plaza deseada, esperar al siguiente y así, y mientras seguir como excedencia voluntaria
• 08/10/2026 11:35:00.
• Mensajes: 898
• Registrado: octubre 2010.
Efectivamente, si un funcionario se encuentra en excedencia voluntaria ha de concursar cuando desee volver al servicio activo. Obviamente, en función de lo que pida tendrá más o menos posibilidades de reingresar y mientras tanto continuará en excedencia. Ello no es óbice para simultáneamente solicite el reingreso a un puesto con carácter provisional, que también lo contempla la ley y si en tres meses no te contestan, el silencio es negativo.
Normalmente los puestos de la RPT están reservados para su cobertura a través de OEP o de concursos, y no para su cobertura con carácter provisional. De hecho, un puesto que no está cubierto ni prevista su cobertura por los procedimientos ordinarios, directamente es desdotado. Por ello, aunque la ley lo contempla, no conozco ningún caso en que haya accedido de ese modo. La forma normal desde luego es el concurso.