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709.275 mensajes • 396.053 usuarios registrados desde el 25/05/2005

LAESCRIBASENTADA

• 12/05/2008 11:19:00.
Mensajes: 40
• Registrado: marzo 2007.

Vacantes de Auxilio en Juzgados de Paz

Hola!!!
Bueno, ahora estamos muchos dándole vueltas a qué plazas nos convienen más de entre las que nos ofertan para auxilio.
A mí se me plantea la duda de qué funciones tiene exactamente un funcionario de auxilio en un Juzgado de Paz. Más concretamente, no sé si ese funcionario de auxilio tiene que hacer las notificaciones y, en su caso, embargos, derivados de asuntos tramitados en el Juzgado de Paz, o si estas diligencias las hace el Servicio Común de Notificaciones y Embargos de la capital del partido judicial al que corresponde el Juzgado de Paz.
¿Alguien lo sabe?

8 RESPUESTAS AL MENSAJE

safer

• 12/05/2008 11:49:00.
Mensajes: 16
• Registrado: agosto 2007.

RE:Vacantes de Auxilio en Juzgados de Paz

Hola Escriba!!!
Lo único que sé es que, al menos, en mi concejo el auxiliar se pasa casi todo el día en el juzgado y sólo suele salir para entregar notificaciones y citaciones. Ya allí dentro no sé si toma café o trabaja, jeje. Aquí casi todos los pueblos son muy pequeños y no hay nada de embargos, vamos que la gente vive bien y está al corriente de los pagos. Solo recuerdo un lanzamiento hará 10 años por alquiler impagado de un local de negocio, pero vamos, que es inusual.
Un abrazo!!!

Scoremaniatic

• 12/05/2008 11:50:00.
Mensajes: 20
• Registrado: octubre 2007.

RE:Vacantes de Auxilio en Juzgados de Paz

Te paso a comentar por mi experiencia de agente de casí dos años en un Juzgado de Paz:

- normalmente los actos de comunicación los suele hacer el Juzgado de Paz, y los actos ejecutivos el SCNE (salvo en el mío jejeje).

- las funciones específicas de este cuerpo en un Juzgado de Paz son: realizar actos de comunicación derivados de los exhortos (y actos de conciliación y juicios de faltas propios9 y en su caso ejecutivos (embargos, lazamientos, cortes de gas, dar posesión, hacer inventarios...), registro y dar de baja exhortos en los libros correspondientes, preparar y franquear el correo, hacer certificados literales de inscripciones del Registro Civil, hacer fes de vida y estado, información a los ciudadanos (sobre exhortos por los que comparezcan, registro civil).

- las funciones de gestión de sala de vistas, en la mayoría al ser en pueblos, y ser la sala de vistas un mero despacho (del Juez o del secretario, cuando no deciden hacerlo en un salon del Ayto) son poco rigurosas, no es frecuente...

- y luego las endiñadas, que son principalmente de registro civil, y depende de cada Juzgado, hacer inscripciones del Registro Civil, archivar expedientes del Registro Civil, dar libros de familia... y un largisimo etcetera que son especiales de estos organos (legalizar libros de comunidades de propietarios...)

En muchos Juzgado de Paz que conozco (en la CAM) es sin duda donde menos "riguroso" es el horario, los hay de 9:00 a 2:00 o incluso menos, que trabajan 4 días a la semana, aunque tambíen los hay que hacen el horario completo.

Si suele ser reducido los horarios, también ten en cuenta que lo son las retribuciones, al ser Grupo IV, y no hay guardías ni otros "pluses". Por ello, suele ser un destino que buscan madres y otras personas que buscan "calidad de vida"

Cuidadín con los Secretarios (Gestores) que suelen ser peores que los verdad porque aunque son Gestores en función de Secretario de Juzgado de Paz se les sube a la cabeza el tema.

Si necesitas alguna otra info ya sabes donde preguntar.

Un saludete

LAESCRIBASENTADA

• 12/05/2008 12:05:00.
Mensajes: 40
• Registrado: marzo 2007.

RE:Vacantes de Auxilio en Juzgados de Paz

Para SAFER: Hombre, el famoso Concejo de......!!! Jeje. Con que allí la gente vive bien y está al corriente de sus pagos!! Y sólo hubo un lanzamiento hace 10 años!! Lógico, si siempre estais con la fiesta esa de la sidra, la gente está siempre de tan buen rollo que todo es armonía y "amor" en el ambiente.
No en serio, muchas gracias por la info. Y un beso gigante para tí y tu Concejo.

Para SCOREMANIATIC: ¡MUCHÍSIMAS GRACIAS por semejante detalle informativo! Has resuelto todas mis dudas. Gracias por las molestias que te has tomado al redactar tu respuesta. Si algún día necesitas algo no dudes en pedírmelo. Un abrazo.

MBaixa

• 12/05/2008 12:17:00.
Mensajes: 12
• Registrado: noviembre 2007.

RE:Vacantes de Auxilio en Juzgados de Paz

Para orientarnos y aunque esté en la Ley, lo dejo escrito en el foro para consulta, porque han ofrecido un montón de plazas en la CC. Valenciana en Jdos. de Paz:

Los Jdos. de paz tienen competencia en materia:

-civil
-penal
-REgistro Civil

En Civil:

-para el conocimiento en 1ª instancia de los asuntos de cuantía no superior a 90 euros que no estén comprendidos en ninguno de los casos a que, por razón de la materia, se refiere el apdo. 1 del art. 250 lec.

-Para los actos de conciliación, con o sin avenencia.

-Para llevar a cabo lo convenido en actos de conciliación ante el mismo Jdo. de Paz, en cuantía no superior a 90 euros.

-Para cumplir las comisiones de Auxilio Judicial siempre que el mismo consista en un acto de de comunicación y en el lugar donde hubiere de prestarse, no existe Jdo. de 1ª Instancia, (art. 170 lec) (creo fue pregunta de examen en el práctico)

En materia Penal:

1. Para celebrar actos de conciliación en materia penal.

2. Para la formación de atestados con ocasión de delitos, o de faltas atribuidas a la competencia de los Jdos. de Instrucción comunicando y remitiendo inmediatamente las actuaciones practicadas.

3. Para el cumplir las comisiones de auxilio judicial que reciban de otros Jueces de Paz y de sus superiores jerárquicos en el Proced. ordinario y de cualquier jdo. o Tribunal en el P.Abreviado.

4. Para conocer, juzgar o sancionar las faltas cometidas en su término municipal, siempre que su conocimiento les esté expresamente atribuido por la Ley, (art. 14.1º LEcrim., modificado por la L.Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, atribuye a los Jueces de Paz el conocimiento de los Juicios de Faltas tipificados en los art. 626,630,632 y 633 del CP, así como las faltas tipificadas en el art. 620.1º y 2º CP, excepto cd. el ofendido fuera alguna de las personas a que se refiere el art. 173 .

En materia de R.Civil:

-Art. 46 Rglto..

Yo deduzco que los embargos derivados de procedimientos competencia del Jdo. de Paz le corresponde ejecutarlo al mismo.

campaneta

• 12/05/2008 12:34:00.
Mensajes: 5
• Registrado: febrero 2008.

RE:Vacantes de Auxilio en Juzgados de Paz

Otra duda, Servicios Comunicaciones Actos Comunicaciones (tarde), Significa que el horario siempre es de tarde??
Y Servucios de Comunicaciones y Embargos Cenro penitenciario, a que se refiere?

NATALY1

• 12/05/2008 13:11:00.
Mensajes: 40
• Registrado: julio 2007.

RE:Vacantes de Auxilio en Juzgados de Paz

Se dice que en los juzgados de paz el sueldo es batante menos verdad? bueno en fin con tal de que me quede cerca me da igual!!

ros21

• 12/05/2008 14:34:00.
Mensajes: 12
• Registrado: abril 2007.

RE:Vacantes de Auxilio en Juzgados de Paz

No se cobra bastante menos, creo que no llegará a 50 euros y la diferencia de la cantidad de trabajo es considerable. Yo he estado 6 años pero al final he terminado aburrida del poco trabajo que hay.
Lo de salidas a centro penitenciarios las hacen los que están en penal y los del servicio común y pagan como unos 50 euros cada 2 meses, que es por citar y notif... a los de prisión, porque en penal son dos agentes, entonces cada mes lo cobra una. En el servicio común no se cada cuanto.
Donde más se cobra con diferencia es en instrucción por las guardias. Los demás todos nos damos la mano, para gustos están los colores. En fiscalia es más de hacer fotocopias y llevar los asuntos a distintos sitios... Yo desde luego, organos centrales no pediria porque hay mucho señorito y mucha presión. En los tsj y ap también hay muchos que te miran por encima del hombro.

campaneta

• 12/05/2008 19:24:00.
Mensajes: 5
• Registrado: febrero 2008.

RE:Vacantes de Auxilio en Juzgados de Paz

Los desplazamientos a centros penitenciarios, como se realizan, te llevan o te pagan la gasolina?? Y si no tienes vehículo''


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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