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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Nachetee

• 23/06/2008 12:39:00.
Mensajes: 7
• Registrado: junio 2007.

¿¿LOS DOS AÑOS PARA PROMOCIONAR COMO SE CONTABILIZAN??

Hola a todos!

Tenía una preguntilla:

Si alguien trabaja como tramitador procesal y ha tomado posesión el 23 de diciembre de 2008, por ejemplo, y quiere promocionar internamente, tendría que esperar dos años.

Pero esos dos años, ¿cómo se contabilizarían?

Opciones:

a) Se cumplirían el 23 de diciembre de 2010, es decir, a partir de esa fecha de podría promocionar.

b)Al tomar posesión en 2008, en el 2010 (desde el día 1 de enero de 2010) ya se podría promocionar.

Vamos, que no sé si se cuenta fecha por fecha ,o va por años independientemente de si, por ejemplo,tomas posesión en enero o en dicuiembre de 2008.

Un saludo a todos y todas!!
Nachete

13 RESPUESTAS AL MENSAJE

danibcna

JUSTICIA

• 23/06/2008 12:40:00.
Mensajes: 35
• Registrado: marzo 2007.

RE:¿¿LOS DOS AÑOS PARA PROMOCIONAR COMO SE CONTABILIZAN??

La opcion correcta es la b.

cervato

• 23/06/2008 13:03:00.
Mensajes: 1
• Registrado: febrero 2008.

RE:¿¿LOS DOS AÑOS PARA PROMOCIONAR COMO SE CONTABILIZAN??

Hola. No es por meterme donde no me llaman pero creo que lo correcto es tener dos años completos de servicio activo prestados.

chelovek

C.A.J.

• 23/06/2008 13:06:00.
Mensajes: 9
• Registrado: marzo 2008.

RE:¿¿LOS DOS AÑOS PARA PROMOCIONAR COMO SE CONTABILIZAN??

::: --> Editado el dia : 23/06/2008 13:06:40
::: --> Motivo :

¿ Estás seguro , danibcna? Porque yo he preguntado lo mismo en otro post (uno que empezó Klingsor sobre el plazo de toma de posesión) y me han dicho lo contrario. Que se computa el plazo de fecha a fecha para promocionar y para los trienios. La opción b) es cierta para los concursos de traslado. Echa un vistazo al otro post que te digo.

chelovek

C.A.J.

• 23/06/2008 13:09:00.
Mensajes: 9
• Registrado: marzo 2008.

RE:¿¿LOS DOS AÑOS PARA PROMOCIONAR COMO SE CONTABILIZAN??

El post es éste :

[--https://www.buscaoposiciones.com/foro/Oposiciones-J...n-8-3398508.htm--]

lolijusti

• 23/06/2008 13:09:00.
Mensajes: 8
• Registrado: agosto 2007.

RE:¿¿LOS DOS AÑOS PARA PROMOCIONAR COMO SE CONTABILIZAN??

Hola, si tomas posesión el 23 de diciembre del 08, el 1 de enero de 09 ya tendrías 1 año, con lo que el 2º año es el 2010 y ya puedes promocionar, así por lo menos lo establece el reglamento de provisión aunque no recuerdo el artículo concreto. Yo también creo que la correcta es la b

lolijusti

• 23/06/2008 13:14:00.
Mensajes: 8
• Registrado: agosto 2007.

RE:¿¿LOS DOS AÑOS PARA PROMOCIONAR COMO SE CONTABILIZAN??

hola, perdonar que insista, el articulo que te decia es el 46 del reglamento de provisión: para el cómputo de los años se considerará como primer año el año natural en wue se dictaron las resoluciones de que se trate, con independencia de su feccha, y como segundo año el año natural siguiente.

juanal9

• 23/06/2008 13:16:00.
Mensajes: 3
• Registrado: enero 2008.

RE:¿¿LOS DOS AÑOS PARA PROMOCIONAR COMO SE CONTABILIZAN??

Se computa desde la fecha de toma de posesión, es decir, si tomas posesión el 23 de Febrero del 2008, no podrán participar en la promoción interna hasta haber cumplido dos años efectivos de servicio activo, es decir, hasta el 23 de febrero del 2010. En Gestion PI, unos cuantos compañeros se han quedado fuera por este tema, y para más indicación una compañera después de superar todo el proceso, le han sacado de la lista por que le quedaban dos días para cumplir los dos años, desde la toma de posesión. Los dos años efectivos se computan a efectos de poder participar en los concursos de traslados, se computan como años naturales.

chelovek

C.A.J.

• 23/06/2008 13:28:00.
Mensajes: 9
• Registrado: marzo 2008.

RE:¿¿LOS DOS AÑOS PARA PROMOCIONAR COMO SE CONTABILIZAN??

Loli, el art 46 es sobre los concursos de traslado. El 33 es sobre la promoción interna y no dice que se computen los dos años igual que para los concursos de traslado. Yo creía que se computaría igual pero no es así, según dicen. Se cuentan los dos años de fecha a fecha.

chelovek

C.A.J.

• 23/06/2008 13:32:00.
Mensajes: 9
• Registrado: marzo 2008.

RE:¿¿LOS DOS AÑOS PARA PROMOCIONAR COMO SE CONTABILIZAN??

::: --> Editado el dia : 23/06/2008 13:33:09
::: --> Motivo :

Me parece una putada, porque hay que esperar más. A lo mejor me presento a tramitación por libre , porque si tengo que esperar a la promoción interna , voy a tardar más. Aunque depende de cuándo salga la próxima convocatoria. Igual va al mismo tiempo que la P.I.
Hay que joderse... Con lo lentos que son estos cabrones.

Tyrex

Auxiliar de Justicia. Descongelación en proceso...

• 23/06/2008 13:59:00.
Mensajes: 58
• Registrado: enero 2008.

RE:¿¿LOS DOS AÑOS PARA PROMOCIONAR COMO SE CONTABILIZAN??

Entonces para concursar se computan el primer año natural el de la publicación del nombramiento, y el segundo, el siguiente natural.
Para promocionar, se computan años de desempeño efectivo del puesto. Mi duda en este caso es si también cuenta el tiempo de funcionario en prácticas durante el mes de desempeño, en caso de auxilio, o los dos meses, en caso de tramitación. Incluso, si te adscriben a tu futuro destino, si eso también se podría computar en el desempeño efectivo del puesto, ya que alguna compensación tendría que tener esta situación.

lolijusti

• 23/06/2008 14:05:00.
Mensajes: 8
• Registrado: agosto 2007.

RE:¿¿LOS DOS AÑOS PARA PROMOCIONAR COMO SE CONTABILIZAN??

correcto Chelokev, es cierto, estaba equivocada es para el concurso y para la promoción no se dice, gracias

Rinhoa

• 24/06/2008 17:45:00.
Mensajes: 48
• Registrado: abril 2007.

RE:¿¿LOS DOS AÑOS PARA PROMOCIONAR COMO SE CONTABILIZAN??

yo creo que son dos años desde la toma de posesión.

iker

• 24/06/2008 23:03:00.
Mensajes: 44
• Registrado: junio 2006.

RE:¿¿LOS DOS AÑOS PARA PROMOCIONAR COMO SE CONTABILIZAN??

Para ascensos se toma en consideración la fecha en la que se toma posesión, siendo dos año efectivos de servicios prestados de fecha a fecha (de 23/12/2008 a 23/12/2010), por lo que no se tiene en cuenta la referencia del artículo alegado que, como se ha dicho, es para concurso de traslados pero no para ascensos. Tampoco se tiene en cuenta la fecha de nombramiento en el BOE como funcionario, sino la toma de posesión concreta. Y, finalmente, tampoco se tiene en cuenta el período de prácticas dado que éste sólo se tiene en cuenta a efectos económicos pero no para ascensos.
SALUDOS


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