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• 19/01/2009 17:38:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: junio 2006.
Tengo la siguiente duda , la ley del registro civil dice que el registro civil central está a cargo de un funcionario , sin embargo dice el reglamento del registro civil que dicho registro estará a cargo de dos magistrados asistidos de otros tantos secretarios judiciales. Por lo tanto hay un contradicción, parece que la opción que prevalece es la del reglamento pero, en ese caso un reglamento , contradice una ley , ¿no es un poco extraño?
• 19/01/2009 18:03:00.
• Mensajes: 10
• Desde: Santa Cruz de Tenerife.
• Registrado: junio 2008.
Hola REDBARON,
Si mal no recuerdo, los Registros Municipales están a cargo del Juez de primera Instancia, y el Registro Civil Central está a cargo de dos magistrados. Ahora mismo no tengo a mano las leyes, pero juraría que es así.
• 19/01/2009 21:39:00.
• Mensajes: 148
• Registrado: agosto 2007.
Desde mi humilde punto de vista las palabras que pueden confundir son las que he destacado en mayúsculas y no me parecen excluyentes las veo como complementarias, de todas formas es una humilde opinión, esperemos que alguien aporte una fundamentación más sólida.
Reglamento del Registro civil Art. 52
El Registro Civil Central ESTARÁ A CARGO de dos Magistrados asistidos de otros tantos Secretarios Judiciales. Los Magistrados se sustituirán entre sí y, en su defecto, serán sustituidos por los Encargados del Registro Civil de Madrid. La Dirección General de los Registros y del Notariado determinará las funciones que correspondan a cada Encargado.
El Registro Civil ESTÁ INTEGRADO: Art. 10 de la ley de registro civil
1. Por los Registros Municipales, a cargo del juez municipal o comarcal, asistido del secretario, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente.
2. Por los Registros Consulares, a cargo de los cónsules de España en el extranjero.
3. Por el Registro Central, a cargo de un funcionario de la Dirección General.
lo que creo es que la Ley se ha quedado obsoleta y apenas la han reformado por lo q se producen estos anacronismos: es posible que cuando se dictó en los años 50 el RCCentral estuviera a cargo de un funcionario del Ministerio de Justicia pero hoy lo está a cargo de esos dos Magistrados, y es conforme al Reglamento como suelen preguntar en los test
• 20/01/2009 21:46:00.
• Mensajes: 148
• Registrado: agosto 2007.
Sacado de la página del Ministerio de Justicia por lo tanto completamente de acuerdo con la opinión anterior.
Organización del Registro Civil Central
El Registro Civil Central está cargo de dos Magistrados, asistidos de otros tantos Secretarios Judiciales, y está atendido por funcionarios de la Administración de Justicia.
Actualmente, el Registro Civil Central tiene dos sedes en: