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709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005

anavioleta

• 30/01/2009 21:20:00.
Mensajes: 19
• Registrado: diciembre 2007.

RECURSO APELACION CONTRA UN AUTO DESISTIMIENTO PARCIAL

Hola! Alguien me podria decir, en que artículos de la LEC indica como se tramita un recurso de apelación contra un auto de desistimiento parcial, es decir, el actor desiste solo contra uno de los demandados, y el actor interpone recurso de apelación ya que se le condena en costas, pero debo continuar con la tramitación del proc. ordinario en relación con los demas demandados. Gracias de antemano.

7 RESPUESTAS AL MENSAJE

jm3

henry

• 31/01/2009 12:19:00.
Mensajes: 132
• Registrado: octubre 2008.

RE:RECURSO APELACION CONTRA UN AUTO DESISTIMIENTO PARCIAL

Hola. Deduzco de lo q expones que si el actor ha sido condenado en costas es xq cuando desisitió, el demandado ya había sido emplazado o citado y al dársele traslado de la petición del actor manifestó su disconformidad ( arts 20.2 y 3 y art 396.1). En este caso la condena en costas la impone la LEC y la apelación se tramitará como cualquier otra apelación: art 455 y ss dado que el desistimiento se acuerda mediante un auto defintivo.

anavioleta

• 31/01/2009 18:50:00.
Mensajes: 19
• Registrado: diciembre 2007.

RE:RECURSO APELACION CONTRA UN AUTO DESISTIMIENTO PARCIAL

::: --> Editado el dia : 31/01/2009 18:52:01
::: --> Motivo :

si tienes razon, pero en este caso el desistimiento es en relación a un solo demandado, pero no al resto de demandados. Por lo que debe continuarse con la tramitación del proc. ordinario, (en este caso hay 48 demanddos). Se dictó auto de desestimiento parcial, como auto no definitivo, y este es el que ha sido recurrido por el actor. Si aplico el 455 LEC hay que remitir los autos originales a la audiencia prov. para resolver, con lo que queda paralizado el proc. para el resto de demandados.

jm3

henry

• 01/02/2009 12:57:00.
Mensajes: 132
• Registrado: octubre 2008.

RE:RECURSO APELACION CONTRA UN AUTO DESISTIMIENTO PARCIAL

Saludos, ahora te entiendo mejor. Yo creo que habría dos soluciones:

- aplicar por analogía lo que dice la LEC para el caso de apelación de una st en que se pide su ejecución provisional: dejar en el Juzgado testimonio de lo q sea necesario para continuar el proceso

- llamar por teléfono ( no es broma ) a la AP y preguntar si en un caso como el tuyo a ellos les bastaría con que tú remitieses el testimonio de particulares que les haga falta para resolver

anavioleta

• 01/02/2009 13:24:00.
Mensajes: 19
• Registrado: diciembre 2007.

RE:RECURSO APELACION CONTRA UN AUTO DESISTIMIENTO PARCIAL

A lo que sé en la ley no se recoge como se tramita el recurso en este caso, que se podría entender como un recurso en un solo efecto. Utilizando el sentido común será más lógico remitir testimonio de los particulares necesarios para la sustanciación del recurso. Si bien dice la ley, que cuando se solicite la ejecución provisional, se remitirán los autos originales a la Audiencia Prov. quedando testimonio de los mismos en el Juzgado, pero entiendo que no es el mismo caso, ya que la ejecución provisional se inicia por demanda y te quedas con testimonio de los principales para tener los datos necesarios para su ejecución. Pero en este caso, se tiene que continuar con la tramitación del procedimiento ordinario, y creo que se debe hacer en los autos originales y no en el testimonio.
Tampoco es mala idea en llamar a la Audiencia y preguntarlo.
Gracias por todo. Saludos.

jm3

henry

• 02/02/2009 19:33:00.
Mensajes: 132
• Registrado: octubre 2008.

RE:RECURSO APELACION CONTRA UN AUTO DESISTIMIENTO PARCIAL

Estoy contigo en q la solución más lógica es la de remitir los particulares a la AP, pero en esta empresa a veces el sentido común no es el más cómun de los sentidos así q sería bueno q te asegurases antes de proceder de tal guisa. Fijate si es bueno este criterio q es el q usa la LECRIM para las apelaciones de los autos no definitivos q dicta el Juez de Instrucción ( aquí sí que la ley dice que el recurso es un solo efecto y se da un plazo a las partes para que designen particulares )

anavioleta

• 02/02/2009 22:04:00.
Mensajes: 19
• Registrado: diciembre 2007.

RE:RECURSO APELACION CONTRA UN AUTO DESISTIMIENTO PARCIAL

Hola! Si, sería por semejanza al recurso de apelación de la LECr. A lo que sé, cuando dice la LEC que se admite el recurso de apelación en un solo efecto, no indica cual es su tramitación, al menos yo no lo sé. Tengo mas experiencia acumulada en penal (instrucción) que en civil, bueno o tenía.

jm3

henry

• 04/02/2009 19:37:00.
Mensajes: 132
• Registrado: octubre 2008.

RE:RECURSO APELACION CONTRA UN AUTO DESISTIMIENTO PARCIAL

Saludos! la apelación en civil como regla y en la fase declarativa del procedimiento es en doble efecto: devolutivo ( se remite a la AP) y suspensivo ( no se tramita nada hasta que vuelvan los autos de la AP); pero están las excepciones, y una de ellas es
evidentemente la ejecución provisional. La tramitación en ambos casos es la misma con la única diferencia de lo q haya q dejar en el Juzgado mientras se tramita el recurso en la AP.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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