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• 14/02/2009 18:08:00.
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Hola!!!!
Alguien sabría explicarme lo que quiere decir cuando dice "La competencia de los Juzgados y Salas de lo Contencioso-administrativo "NO SERÁ PRORROGABLE"????
Gracias
Un saludo.
• 14/02/2009 20:11:00.
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• Registrado: octubre 2005.
Muchas gracias tonino90. Con esta explicación me basta.
Un saludo y mucha suerte para ti tambien.
Q la competencia no sea prorrogable significa q la ley establece los criterios para q un determinado juzgado conozca de un asunto y q esos criterios no pueden ser modificados por la voluntad de las partes. En civil, la compentencia territorial es en principio prorrogable: o sea las partes pueden someterse al Juzgado de Primera Instancia q quieran