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¿Desde cuándo se computa? ¿desde la publicación en el BOE del nombramiento o desde la toma de posesión? ¿y para el escalafón? no lo encuentro ni en la LOPJ ni en el Rº Ingreso.
Gracias,
Pienso lo mismo, con carácter general, pero me asaltó la duda ya que para el concurso de traslado se computa desde la fecha de adjudicación de primer destino (misma del nombramiento) para los de nuevo ingreso o la de la resolución por la que se convoca el concurso para los demás.
Siendo así, ¿para qué se tiene en cuenta la toma de posesión?
• 31/03/2009 9:37:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: junio 2008.
Según el RD de Ingreso
"Artículo 28. Asignación inicial de puestos de trabajo.
Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en éste hasta tanto no hayan transcurrido dos años desde la fecha de la resolución por la que se les adjudicó destino... ."
Son 2 años, y el primer año, según LOPJ es el año natural de publicación en BOE, (aunq se halla publicado en diciembre de ese año). Respecto a la toma de posesión, si no tomas posesión, por causa muy justificada, en el plazo para ello, ya no t nombran funcionario, por lo tanto no tienes q preocuparte por el concurso...
Ese es mi punto de vista, saludos...
Claro, así también lo veo yo, si tomas posesión te tienen en cuenta la fecha de nombramiento/adjudicación de destino para la antigüedad, pero si no tomas posesión es evidente que no te tienen en cuenta nada. Pero mi pregunta iba dirigida a si tienen en cuenta en algún momento la fecha de toma de posesión para algo en concreto.
Es que me suena que para algo computan el tiempo desde la toma de posesión, pero no sé ahora mismo para qué.
• 31/03/2009 20:31:00.
• Mensajes: 16
• Registrado: julio 2007.
La fecha de toma de posesión se tiene en cuenta para todo todo, exceptopara los traslados que se cuenta la fecha de publicaión del nobramiento.
Es decir, la fecha de toma de posesión, se tiene en cuenta a efectos de :
Cobro de nómina: no cobras hasta que no tomes posesión.
Derechos pasivos ( jubilaciones,períodos de carencia )
Vacaciones
Trienios ( cobrarás el primer trienio el día que cumplas 3 años desde la toma de posesión).
Promoción interna: Te exigen años de servicios efectivos, es decir, desde la toma de posesión.
Vamos, sirve para bastante, digo yo, en comparación con la fecha de publicación del nombramiento ( que sólo sirve a efectos de traslados).
Saludos y suerte a todos mis ex-compis de gestión PI.
Mariló
GRACIAS... Es verdad... lo había liado todo justo al contrario, como norma general se cuenta desde la toma de posesión y para algo concreto desde el nombramiento, estoy tan sobrecargada que a veces dudo hasta de lo más básico...
¿me pasa sólo a mi?