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709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005

belvef

• 29/04/2009 19:30:00.
Mensajes: 14
• Registrado: marzo 2008.

RECURSO DE LESIVIDAD

NO ME ACLARO CON EL RECURSO DE LESIVIDAD. ¿QUIÉN LO INTERPONE? ¿LA PROPIA ADMINISTRACIÓN QUE HA COMETIDO EL ACTO LESIVO? ENTONCES, CUANDO LA ADMON AUTORA DE UN ACTO QUIERE DEMANDAR SU ANULACIÓN, 1º LO DECLARA LESIVO Y 2º INTERPONE RECURSO DE LESIIVIDAD? ES ASÍ, O ES QUE ESTOY YA MÁS " LIÁ" QUE LA PATA UN ROMANO" (Y ESO A ESTAS ALTURAS!! MENUDA PERSPECTIVA!!POR FAVOR AYUDA.

5 RESPUESTAS AL MENSAJE

jm3

henry

• 29/04/2009 19:36:00.
Mensajes: 132
• Registrado: octubre 2008.

RE:RECURSO DE LESIVIDAD

Cuando una Admón dicta un acto en que reconoce un derecho al alguien lo q no puede hacer es cuando le venga en gana desdecirse y revocarlo. Primero lo declara lesivo ( y lo hace esa misma Admon ) pero después tiene que plantear un recurso contencioso-administrativo, demandar al particular a quien reconoció el derecho y solicitar del Juez la anulación del acto.

belvef

• 29/04/2009 19:46:00.
Mensajes: 14
• Registrado: marzo 2008.

RE:RECURSO DE LESIVIDAD

JM3, ERES UN MONSTRUO!! ESTE AÑO UNA PLAZA ES TUYA SEGURO!! MUCHAS GRACIAS POR LA ACLARACIÓN.

SANDA

VIVE y DEJA VIVIR

• 29/04/2009 19:51:00.
Mensajes: 91
• Desde: Barcelona.
• Registrado: marzo 2007.

RE:RECURSO DE LESIVIDAD

Hola Belvef, este tema lo tengo "fresquito" porqué lo repasé ayer.

Cuando la PROPIA Admòn autora de algún acto pretenda demandar su anulación ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa deberá previamente declararlo LESIVO para el interés público.

Esta declaraciòn deberá hacerse antes de CUATRO AÑOS contados desde la fecha en que se hubiera dictado el acto admtvo. que se pretenda anular.

Si el acto emana de la Admón del Estado, la declaración de lesividzd deberà revestir la forma de ORDEN MINISTERIAL.

Los actos dictados por un Departamento mInisterial no podràn ser declarados lesivos por Ministro de distinto ramo, pero si por el Consejo de Ministros.

El recurso de lesividad se inicia siempre por demanda.
Saludos!

belvef

• 29/04/2009 20:01:00.
Mensajes: 14
• Registrado: marzo 2008.

RE:RECURSO DE LESIVIDAD

MUCHAS GRACIAS A TÍ TAMBIÉN POR TU RESPUESTA SANDA!

jm3

henry

• 29/04/2009 20:02:00.
Mensajes: 132
• Registrado: octubre 2008.

RE:RECURSO DE LESIVIDAD

No sé si darte las gracias por lo de monstruo, pero en cualquier caso las aclaraciones de Sanda son muy precisas para lo que querias saber.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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