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709.909 mensajes • 396.105 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 09/08/2009 12:29:00.
• Mensajes: 10
• Registrado: agosto 2005.
Pues eso, se puede ser funcionario y estar en el colegio de abogados como no ejerciente, o sería incompatible?
A ver si alguien se ha visto en esta situación.
• 09/08/2009 12:57:00.
• Mensajes: 16
• Registrado: julio 2008.
Pues yo estoy en la misma situación que tú, estoy como letrado no ejerciente, y lo pregunté a mi profesor y me dijo que pensaba que no había ningún problema de compatibilidad, ya que no estas ejerciendo. La verdad que a ver si alguién que lo sepa con toda seguridad o que esté trabajando y se encuentre en esa situación nos lo puede decir. Yo entiendo que leyendo los artículos de la LOPJ sobre las causas de incompatibilidad no habría duda porque te dice Art. 498.3.b.1º El ejercicio de la Abogacía... y cuando estas en la situación de letrado no ejerciente pues no ejerces la abogacía.
Bueno a veri si alguién nos puede aclarar algo más o igual habría que preguntar en el ministerio, no lo sé.
• 09/08/2009 16:10:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: agosto 2009.
Puede ser. De hecho estar colegiado como no ejerciente es para no perder la antiguedad... el simple hecho de ser letrado no es motivo de incompatibilidad, en todo caso el tener 2 empleos en ciertos casos...o empleos que puedan suponer no ser neutrales, o poder pasar informacion ...o tener esa información de forma ventajosa de cara al resto...
• 09/08/2009 21:06:00.
• Mensajes: 48
• Registrado: julio 2009.
estuve en el colegio de abogados hace unos dias y me comentaron que no habia problemas al estar como no ejerciente, que habia varios compañeros en esa situacion es decir funcionario d ejusticia y abogado colegiado no ejerciente.
Yo me dare de baja en cuanto me den la plaza , simplemente por razones economicas, pero seguire con la mutualidad , prefiero pagar este plan de pensiones que otro, es mas rentable
• 10/08/2009 8:19:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: febrero 2008.
ya se que deberia abrir post nuevo pero ya lo hice en su dia y no me supo contestar nadie asi que probaré por aquí que hay algun picapleitos suelto.
yo también estoy colegiada pero como ejerciente y mi duda es si habría alguna posibilidad por remota que fuera, de que el tiempo que he estado currando en el turno de oficio, o sea otorgando un servicio público y derecho fundamental para la Junta de Andalucía a cambio de una remuneracion (escasa) , puede considerarse "relación laboral", para arañar unos puntitos en el baremo si consigo pasar los 2 que me quedan de gestión.
gracias
• 10/08/2009 9:21:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: agosto 2009.
::: --> Editado el dia : 10/08/2009 9:21:18
::: --> Motivo :
Buenas a todos/as. Se puede ser Abogado NO Ejerciente y Funcionario Público al Servicio de la Administración de Justicia, Juez, Fiscal e incluso Secretario Judicial Sustituto . Lo digo con completo conocimiento y por experiencia propia.
Lo que no se puede ser es Abogado Ejerciente y Funcionario Público o desempeñar alguna de las funciones que he relacionado siempre que por normativa, que existe, sea causa de incompatibilidad el serlo.
Un Abogado No ejerciente, no ejerce solo consta como tal.............
Espero poder haber satisfecho tu/vuestra duda.
Un saludo.
• 10/08/2009 10:52:00.
• Mensajes: 48
• Registrado: julio 2009.
alealva siento comunicarte que no te dan puntos por ello, al menos en la ultima convocatoria no los daban, un compañero mio los alego pero fue aguas de borrajas , nada de nada, lo siento
• 11/08/2009 8:41:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: febrero 2008.
gracias por contestar. que remedio, yo , el sía que llegue, lo presenaré tambien y a ver que sucede.
• 11/08/2009 10:56:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: julio 2009.
Hola, yo estoy como ejerciente, y he pasado el de auxilio. Cuándo considerais que me tendría que dar de baja o pasarme a no ejerciente? lo digo porque tengo señalado un juicio para septiembre, y no se si buscar ya a algún compañero que me pida la venia y hacerlo ya para no tener problemas. Gracias.
• 11/08/2009 11:00:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: febrero 2008.
a mi entender la incompatibilidad se produce con la adquisición de la condición de funcionario. entre tnato puedes currar como el que más
• 11/08/2009 11:05:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: julio 2009.
Gracias alealva, eso pensé, que hasta la toma de posesión no habría problemas, pero tenía mis dudas. Gracias otra vez.
• 11/08/2009 11:06:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: noviembre 2008.
Hola cuando es el la practrica.