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711.476 mensajes • 396.220 usuarios registrados desde el 25/05/2005

rinconcito

• 02/02/2010 22:14:00.
Mensajes: 148
• Registrado: agosto 2007.

JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

Aquí pongo más o menos un esquema jerarquizado de la elaboración de las leyes por si estoy equivocado y así me corrigen, es que la verdad con este tema me he hecho siempre medio lío, gracias.

1/CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

2/ Ley orgánica (Las cortes), mayoría absoluta o cualificada. (Materias reservadas)

3/ Ley ordinaria (Las cortes) normalmente por mayoría simple (iniciativa de la propia cámara, del poder ejecutivo, o iniciativa popular).

4/Decreto legislativo, por delegación expresa efectuada por el poder legislativo. (Cuando nacen del gobierno Reales Decretos legislativos, Cuando nacen del las CC.AA Decretos Legislativos)
A) Ley de Bases delimitan con precisión el objeto y alcance de la delegación legislativa para la formación de textos normativos articulados con rango de ley.
B) Ley ordinaria o de mandato para refundir textos

5/ Decreto Ley, emanada del poder ejecutivo (gobierno), sin que medie intervención o autorización previa del Congreso, por razón de urgente necesidad el cual debe ser sometido al poder legislativo para su aprobación o derogación. (Cuando se aprueban en el consejo de Ministros se llama Real Decreto Ley)

6/Ley-Marco, son competencias PLENAS que otorga el Estado a las Comunidades Autónomas, y aquí si que les da derecho a legislar las materias que regulen, además de ejecutarlas.

8/Ley de transferencia, son competencias que otorgan las Cortes a las Comunidades Autónomas, para que ejecuten ciertas materias pero que no les da derecho a legislarlas.

9/Los REGLAMENTOS: la potestad reglamentaria está encomendada al gobierno en el artículo 97CE.

También ejercen la potestad reglamentaria:
I) En la AGE: el consejo de ministros (Reales Decretos); cada uno de los ministros (Órdenes ministeriales), y los órganos inferiores (Resoluciones, circulares e instrucciones)
II) En las Comunidades Autónomas; el consejo de gobierno (decretos); los consejeros (órdenes) y los órganos inferiores (resoluciones)
III) En las Entidades Locales: El pleno, aprueba el Reglamento orgánico, las ordenanzas fiscales y no fiscales. Los bandos del alcalde pueden eventualmente contener normas de carácter reglamentario, pero en sí mismos no son reglamentos, sino que son actos administrativos.
Las ORDENANZAS MUNICIPALES: el pleno de la correspondiente Entidad local

19 RESPUESTAS AL MENSAJE

Gegi123

• 02/02/2010 22:23:00.
Mensajes: 19
• Registrado: junio 2005.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

Hola rinconcito. del número 2 al 8 tienen el mismo rango jerárquico, rango de ley. No confundas el que se aprueben de forma distinta o que tengan distinto objeto con que tengan dsitinto rango jerárquico, es un error muy común.

Un saludo

Natybay

• 02/02/2010 22:50:00.
Mensajes: 77
• Registrado: abril 2006.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

Estoy de acuerdo con Gegi123

El Consejo de Ministros y el Gobierno es lo mismo. Mira la ley de Gobierno, que dice que los miembros del Gobierno se reúnen en Consejo de Ministros y en Comisiones Delegadas del Gobierno.

Que un decreto o un decreto-ley lleven lo de Real significa que los firma el Rey.

En el Real Decreto el Gobierno está ejerciendo la potestad reglamentaria. Una de las funciones del Rey (art. 62 CE) es expedir los decretos acordados en Consejo de Ministros.

En el Real Decreto-Ley el Gobierno ejerce la potestad legislativa provisionalmente. Lo tiene que convalidar el Congreso.

Las leyes orgánicas y las leyes ordinarias tienen el mismo rango jerárquico. Según el Tribunal Constitucional su relación es de competencia, no de jerarquía. Es decir, que determinadas materias, indicadas por la CE, están reservadas a ley orgánica.

En muchas bibliotecas (no sólo las de las Facultades de Derecho) tienes manuales donde explican el tema de las fuentes del derecho.

Por otro lado, las leyes de las Cortes tienen el mismo rango que las leyes de las Asambleas Legislativas de las CCAA, aunque distinto ámbito competencial.

Si tienes más dudas, aquí estamos, que este foro es para ayudarnos.

Saludos

blanquita001

estudiante opositora

• 03/02/2010 0:21:00.
Mensajes: 19
• Registrado: marzo 2008.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

Hola!! Sólo un apunte a lo dicho por gegi123, te faltan los tratados internacionales, están justo debajo de la CE, junto con las leyes. Saludos!!

ilustrisimo

hola

• 03/02/2010 12:14:00.
Mensajes: 11
• Registrado: agosto 2009.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

Mucho me temo que una L.O. no tiene rango de ley ordinaria. Mejor dicho del 3 al 8 tienen el mismo rango. Saludos

Natybay

• 03/02/2010 17:20:00.
Mensajes: 77
• Registrado: abril 2006.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

En mi respuesta he indicado que es el Tribunal Constitucional el que afirma en varias sentencias (de hace ya años) que las leyes orgánicas y las leyes ordinarias tienen el mismo rango jerárquico, y que su relación es de competencia.

El TC es el supremo intérprete de la Constitución, creo. Así que algo tendrá que decir al respecto, mal grado le pese a cierto sector de la doctrina. Cuyas opiniones siguen coleando.

No tengo a mano las sentencias pero vienen en los manuales de Derecho.

ilustrisimo

hola

• 03/02/2010 17:54:00.
Mensajes: 11
• Registrado: agosto 2009.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

Efectivamente,tienes razon. Saludos

rinconcito

• 03/02/2010 21:25:00.
Mensajes: 148
• Registrado: agosto 2007.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

Muchas gracias por sus respuestas ya he arreglado el esquema, talves no supe titular el post, lo que yo quería era dejar claro porque la verdad que a mi me cuesta un montón, entender lo de las leyes, porque no se es algo que escapa de mis manos, no pretendía establecer una jerarquía rígida, es que tan solo saber cuando escuchaba el nombre saber quien lo podía haber legislado, y en cuanto al real decreto ley y el decreto ley me sigue la duda, el decreto ley no ha pasado por las cortes, es el gobierno quien lo legisla... en caso de urgente necesidad....pero no se si una vez que lo aprueban las cortes es que comienza a llamar real decreto ley, en cuanto a la legislación de las CC.AA no discuto su jerarquía dentro de la CA lo único que quise es que se entendiera que cuando se legisla dentro de la CA el decreto legislativo ya no es real decreto, no se eran esas cosas las que quería que puntualizaramos, porque me repito y sin comer jejejje la verdad que a mi me ha costado entenderlo y para los opositores que como yo les puede resultar engorroso pues quería digerirlo entre todos, un saludo y mil gracias

jm3

henry

• 04/02/2010 18:56:00.
Mensajes: 132
• Registrado: octubre 2008.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

Los q saben de estas cosas dicen q los Estatutos de Autonomía aunque sobre el papel son leyes orgánicas, su forma de elaborarlos o modificarlos como es realmente pactada entre el Estado y la Autonomía constituyen una norma con rango superior a las otras leyes -incluso las orgánicas- y están sujetas sólo a la Constitución. Ahi queda eso....

Gegi123

• 04/02/2010 22:11:00.
Mensajes: 19
• Registrado: junio 2005.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

Jm3, esta muy bien eso, pero como tú mismo dices, lo dicen "los que saben de estas cosas", supongo que te refieres a la doctrina. Dentro de la doctrina siempre hay opiniones para todos los gustos y más en derecho donde todo siempre es opinable y todo depende de muchas circunstancias. Ese argumento de considerar los Estatutos de Autonomía por encima de las leyes orgánicas parece propio de estadistas federalistas, lo que no le quita valor, nada tengo en contra. Pero me suena a debate político más que a derecho positivo, y para la oposición no nos podemos ir por esos derroteros. La constitucíón dice claramente que los Estatutos de Autonomía se aprueban como Ley Orgánica. Está muy bien la discusión doctrinal, pero yo creo que para la oposición es con lo que tenemos que quedarnos.

Un saludo

jm3

henry

• 06/02/2010 11:55:00.
Mensajes: 132
• Registrado: octubre 2008.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

Saludos. He hecho bastantes test de oposiciones y me da la impresión q las respuestas en un buen número de casos se sacan más por lógica q por conocimientos del derecho positivo, aunque éstos desde luego son necesarios y hay que estudiar claro está. Por eso creo q no es del todo mala idea pensar un poco sobre las cosas que se estudian, ayuda a memorizar y a razonar las respuestas q un día habrá q dar. Ciao

rinconcito

• 07/02/2010 22:09:00.
Mensajes: 148
• Registrado: agosto 2007.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

Esta duda la puse arriba y parece que no se vio si se puede aclarar, gracias.

....y en cuanto al real decreto ley y el decreto ley me sigue la duda, el decreto ley no ha pasado por las cortes, es el gobierno quien lo legisla... en caso de urgente necesidad....pero no se si una vez que lo aprueban las cortes es que comienza a llamar real decreto ley

jm3

henry

• 08/02/2010 19:23:00.
Mensajes: 132
• Registrado: octubre 2008.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

Saludos. Decreto ley o Real Decreto Ley es lo mismo rinconcito. Se trata de legislación delegada: una norma que aprueba el Gobierno y tiene fuerza de ley desde ese momento, eso sí, sujeto a la condición de que en el plazo que marca la CE el Congreso lo convalide; si no lo convalida, ese Decreto ley deja de existir como ley. A lo mejor el lío lo tienes por los Reales Decretos que expide el Rey, no tienen nada que ver con lo que acabo de decir; estas normas tienen valor reglamentario, las hace el Gobierno pero están subordinadas a la ley.

Gegi123

• 08/02/2010 21:45:00.
Mensajes: 19
• Registrado: junio 2005.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

Hola. Con permiso de jm3, voy a hacer unas precisiones sobre los Decretos-Leyes.

Efectivamente, Decreto-Ley y Real Decreto-Ley es lo mismo, puedes verlo mejor en el artículo 25 de la ley del Gobierno aquí [--http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l50-1997.t5.html#a24.--] En la Constitución lo llama Decreto Ley, y la Ley del Gobierno le añade lo de "Real", pero es la misma disposición legislativa. Lo de real viene porque los expide el Rey, mírate el art. 62.f de la Constitución.

En ese mismo artículo del que te hablo (25 de la Ley del Gobierno), aparecen también tratados los Reales Decretos, que como bien dice jm3, es la forma que adoptan los reglamentos producidos por el Consejo de Ministros una vez aprobados por el Consejo de Ministros; no olvidar que el Real Decreto del Presidente del Gobierno y la Orden Ministerial tienen también rango de reglamento.

Un saludo

Natybay

• 08/02/2010 22:20:00.
Mensajes: 77
• Registrado: abril 2006.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

Rinconcito me parece que no te leíste mi primera respuesta en donde explicaba también los de los Reales Decretos y los Reales Decretos Leyes.

Una precisión: el Decreto Ley no es aprobado por las Cortes. Ojo, con esto porque suele salir en los tests.

El Decreto Ley es convalidado por el Congreso, únicamente. El Senado no interviene.

Además el Congreso no puede cambiar el texto. O lo convalida íntegro o lo deroga.

Aunque durante los 30 días de plazo puede tramitarlo como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia. Por ejemplo si se quisiera modificar el texto.

rinconcito

• 09/02/2010 7:53:00.
Mensajes: 148
• Registrado: agosto 2007.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

Gracia una vez más ahora si que me quedó bien clarito.

rinconcito

• 19/02/2010 23:33:00.
Mensajes: 148
• Registrado: agosto 2007.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

Por favor JM3 me puedes moler esto un poquito más porque la verdad que me sigo haciendo un lío y quiero que esto me quede bien claro, perdona mi torpeza.

Saludos. Decreto ley o Real Decreto Ley es lo mismo rinconcito. Se trata de legislación delegada: una norma que aprueba el Gobierno y tiene fuerza de ley desde ese momento, eso sí, sujeto a la condición de que en el plazo que marca la CE el Congreso lo convalide; si no lo convalida, ese Decreto ley deja de existir como ley. A lo mejor el lío lo tienes por los Reales Decretos que expide el Rey, no tienen nada que ver con lo que acabo de decir; estas normas tienen valor reglamentario, las hace el Gobierno pero están subordinadas a la ley

Natybay

• 20/02/2010 12:54:00.
Mensajes: 77
• Registrado: abril 2006.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

No es correcto decir que el Decreto Ley es legislación delegada.

El Gobierno con el Decreto Ley NO está ejerciendo ninguna delegación del poder legislativo, es decir, las Cortes.

Legislación delegada sería un Decreto Legislativo.

El Decreto Ley es una facultad que la Constitución otorga DIRECTAMENTE al Gobierno de dictar disposiciones legislativas provisionales, que posteriormente tienen que ser convalidadas por parte del poder legislativo, el Congreso.

En la legislación delegada, las Cortes intervienen A PRIORI

En los Decretos Leyes el Congreso interviene A POSTERIORI.

jm3

henry

• 20/02/2010 14:58:00.
Mensajes: 132
• Registrado: octubre 2008.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

Saludos de nuevo. Digamos que el Gobierno desde el punto de vista del rango puede elaborar dos tipos de normas: las que tienen rango de ley y las que lo tienen de reglamento. Las primeras son los Decretos Leyes y los Decretos Legislativos, y las otras son los Decretos. Lo que pasa es que formalmente como dice el art. 62 de la CE el Rey tiene la obligación de expedir los Decretos acordados en C. de Ministros, sea cuales sean esos Decretos (con valor de ley o de reglamento), pero si se trata de una ley la sanciona y la promulga. Por eso se llaman Reales Decretos. Ciao.

rinconcito

• 21/02/2010 20:14:00.
Mensajes: 148
• Registrado: agosto 2007.

RE:JERARQUÍA NORMATIVA PARA HACERLO ENTRE TODOS

Puedo parecer plasta y hasta quizas sea un poco, pero quiero dejar zanjado el tema y aprenderlo de forma que me quede claro. A los grandes del foro que por favor me lo corrijan si hay algún error.



1/CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

--Tratados Internacionales

2/ Ley orgánica (Las cortes), mayoría absoluta o cualificada. (Materias reservadas)

Δtienen el mismo rango jerárquico. Tienen relación de competencia. Según T.C

3/ Ley ordinaria (Las cortes) normalmente por mayoría simple (iniciativa de la propia cámara, del poder ejecutivo, o iniciativa popular).

Δtienen el mismo rango jerárquico. Tienen relación de competencia. Según T.C

4/Decreto legislativo, por delegación expresa efectuada por el poder legislativo. (Cuando nacen del gobierno Reales Decretos legislativos, Cuando nacen del las CC.AA Decretos Legislativos)
A) Ley de Bases delimitan con precisión el objeto y alcance de la delegación legislativa para la formación de textos normativos articulados con rango de ley.
B) Ley ordinaria o de mandato para refundir textos

5/ Decreto Ley, emanada del poder ejecutivo (gobierno), sin que medie intervención o autorización previa del Congreso, por razón de urgente necesidad el cual debe ser sometido al poder legislativo para su aprobación o derogación. (Cuando se aprueban en el consejo de Ministros se llama Real Decreto Ley)

6/Ley-Marco, son competencias PLENAS que otorga el Estado a las Comunidades Autónomas, y aquí si que les da derecho a legislar las materias que regulen, además de ejecutarlas.

8/Ley de transferencia, son competencias que otorgan las Cortes a las Comunidades Autónomas, para que ejecuten ciertas materias pero que no les da derecho a legislarlas.

TODAS TIENEN RANGO DE LEY

9/Los REGLAMENTOS: la potestad reglamentaria está encomendada al gobierno en el artículo 97CE.

También ejercen la potestad reglamentaria:
I) En la AGE: el consejo de ministros (Reales Decretos); cada uno de los ministros (Órdenes ministeriales), y los órganos inferiores (Resoluciones, circulares e instrucciones)
II) En las Comunidades Autónomas; el consejo de gobierno (decretos); los consejeros (órdenes) y los órganos inferiores (resoluciones)
III) En las Entidades Locales: El pleno, aprueba el Reglamento orgánico, las ordenanzas fiscales y no fiscales. Los bandos del alcalde pueden eventualmente contener normas de carácter reglamentario, pero en sí mismos no son reglamentos, sino que son actos administrativos.
Las ORDENANZAS MUNICIPALES: el pleno de la correspondiente Entidad local


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