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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Petra1973

• 17/03/2010 13:00:00.
Mensajes: 7
• Registrado: julio 2009.

Juzgados de Instrucción: sentencia de conformidad

Hola, algún alma caritativa podría explicarme esta función del juzgado de Instrucción de dictar sentencia de conformidad con la acusación en los casos previstos por la ley? Muchas gracias, es que no tengo ni idea de qué es

5 RESPUESTAS AL MENSAJE

alexdas2001

Opositar en justicia es ante todo una larga espera

• 17/03/2010 13:30:00.
Mensajes: 547
• Registrado: junio 2009.

RE:Juzgados de Instrucción: sentencia de conformidad

El objetivo de la sentencia de conformidad, ya que se trata de un procedimiento de enjuiciamiento rápido es evitar la celebración del juicio oral y lograr la mayor agilidad en los procedimientos legales. Un claro ejemplo es en los delitos contra la seguridad vial (conducir ebrio, bajo los efectos del alcohol, infracción de tráfico grave). En este caso el juez de instrucción o el juez de instrucción que se encuentre en función de guardia dictará sentencia cuando tanto la parte de acusación como la defensa están de acuerdo en la pena a imponer, el juez la admite cuando la conformidad se ajusta a derecho, y se encuentra según lo dispuesto en el art. 801

Artículo 801.
1. Sin perjuicio de la aplicación en este procedimiento del artículo 787 (del procedimiento abriebiado) , el acusado podráprestar su conformidad ante el juzgado de guardia y dictar éste sentencia de conformidad, cuando concurran los sig uientes requisitos:
1º Que no se hubiera constituido acusación particular y el Ministerio Fiscal hubiera solicitado la apertura del juicio oral y, así acordada por el juez de guardia, aquél hubiera presentado en el acto escrito de acusación.
2º Que los hechos objeto de acusación hayan sido calificados como delito castigado con pena de hasta tres años de prisión, con pena de multa cualquiera que sea su cuantía o con otra pena de distinta naturaleza cuya duración no exceda de 10 años.
3º Que, tratándose de pena privativa de libertad, la pena solicitada o la suma de las penas solicitadas no supere, reducida en un tercio, los dos años de prisión.

Artículo 787.
la defensa, con la conformidad del acusado presente, podrá pedir al Juez o Tribunal que proceda a dictar sentencia de conformidad con el escrito de acusación que contenga pena de mayor gravedad, o con el que se presentara en ese acto, que no podrá referirse a hecho distinto, ni contener calificación más grave que la del escrito de acusación anterior. Si la pena no excediere de seis años de prisión, el Juez o Tribunal dictará sentencia de conformidad con la manifestada por la defensa, si concurren los requisitos establecidos en los apartados siguientes.

Petra1973

• 17/03/2010 16:15:00.
Mensajes: 7
• Registrado: julio 2009.

RE:Juzgados de Instrucción: sentencia de conformidad

muchísimas gracias alexdas por esmerarte tanto en la explicación. Y si no es molestia me podrías decir dónde viene lo de las partes de un juicio, es que no tengo claro si las partes serían solamente el demandante y el demandado o serían también el abogado, MInisterio fiscal, procurador, etc. Es que me estoy inicando en estas oposiciones y ando un poco pez.

Natybay

• 17/03/2010 16:33:00.
Mensajes: 77
• Registrado: abril 2006.

RE:Juzgados de Instrucción: sentencia de conformidad

El demandado y el demandante son las partes en los procesos no penales. En estos reciben otros nombres, como puedes ver en la LECRIM.

El Ministerio Fiscal es parte en algunos casos: en los delitos públicos, por ej. aunque es una parte algo especial pues actúa como defensor de la legalidad.

El abogado y el procurador no son partes: defienden y representan. respectivamente, a una de las partes.
Si te estás preparando por tu cuenta, tal vez te convenga buscarte algún manual de Derecho. Suele haberlos en las bibliotecas públicas. Y así enterarte de conceptos básicos.

Petra1973

• 18/03/2010 0:35:00.
Mensajes: 7
• Registrado: julio 2009.

RE:Juzgados de Instrucción: sentencia de conformidad

Muchas gracias Natybay, y tienes razón creo que me convendría buscar algún manual de derecho.

Melo1969

• 18/03/2010 9:28:00.
Mensajes: 15
• Registrado: octubre 2009.

RE:Juzgados de Instrucción: sentencia de conformidad

No sé si tienes un Temario (tipo Adams), pero creo que es aconsejable por tres motivos:
1º Las cosas vienen más estructuradas que las leyes.
2º Te indica dónde encontrar las materias a estudiar
3º La primera parte del temario puedes estudiarla directamente del temario (no la segunda).
Este tercer punto tiene una explicación: En un examen de 100 preguntas y 31 temas, teóricamente, caen unas 3 preguntas por tema. No creo que sea lógico estudiarse todos los tratados europeos, ni empaparse la Declaración de derechos humanos, ni el Estatuto de os trabajadores.
Si por ejemplo caen 2 preguntas fuera del temario de la academia, pierdes eso, un 2%, que dudo que lo "recogieras" estudiando por las leyes, pues se trataría de algo bastante rebuscado. Como ejemplo las preguntas de la Ley del Menor que calleron en la última convocatoria.
Creo que vale la pena estudiar con un temario, tener una idea general, y sobre todo completar la segunda parte (procesal) con las leyes.
Vamos, opino.
Eso sí la Constitución al "deillo"


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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