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PAQUIG

• 06/04/2010 12:42:00.
Mensajes: 15
• Registrado: abril 2009.

diferencias CONSEJO con CONSEJO de la UE ¿?

hola tengo un lío enorme a ver si alguien tan amable puede aclararme un poquito
¿El Consejo (a secas) es lo mismo que Consejo de la UE?
cuando se habla de consejo de Ministros hace referencia al Consejo de la UE ¿no?,
¿es éste el que legisla junto con el Parlamento?

Mil gracias..!!

15 RESPUESTAS AL MENSAJE

JARY

Burro cargado busca camino...

• 06/04/2010 13:26:00.
Mensajes: 37
• Desde: Tegueste.
• Registrado: enero 2010.

RE:diferencias CONSEJO con CONSEJO de la UE ¿?

::: --> Editado el dia : 07/04/2010 19:52:06
::: --> Motivo :

Una cosa es el Consejo Europeo, formado por los Jefes de Estado.
Otra es el Consejo (de Ministros). A éste último se le suele llamar sólo Consejo, y es el que legisla con el Parlamento. El de Jefes de Estado no tiene capacidad legislativa.

esthez

• 06/04/2010 14:07:00.
Mensajes: 28
• Registrado: mayo 2008.

RE:diferencias CONSEJO con CONSEJO de la UE ¿?

Hola.
Te contesto con chuleta en mano porque precisamente es el tema que me estoy preparando ahora:
Sí son instituciones distintas:(que digo yo que hay que tener mala uva para poner casi el mismo nombre)

Una es el Consejo Europeo y otra es el Consejo de la Unión Europea o simplemente Consejo.
Éste último es el más importante, es una de las principales instancias de la Unión Europea, representa a los Estados miembros y está compuesto por un representante de cada Estado miembro de rango ministerial facultado para comprometer al Gobierno de dicho Estado (Los Ministros cambian en función del orden del día: así si el tema a tratar en pesquero se reúnen los Ministros de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente).Éste es el órgano que aprueba leyes europeas aunque la inciativa por regla general es de la Comisión y en muchos casos legisla junto con el Parlamento Europeo. Dentro de este órgano está el COREPER.

Y como te decía está el Consejo Europeo formado por el presidente del Consejo, Presidente de la Comisión y los Jefes de Estado o de Gobierno de los E. miembros. Participará en sus trabajos el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y de Política de Seguridad.

Saludos.

PAQUIG

• 07/04/2010 10:31:00.
Mensajes: 15
• Registrado: abril 2009.

RE:diferencias CONSEJO con CONSEJO de la UE ¿?

Muchas gracias, habéis aclarado mis dudas.
Pero... hay una incongruencia entonces con lo que pone en mi temario, literal:
El Consejo Especial de Ministros, (...), lo que actualmente es el Consejo de la UE

Por lo cual, según esto, el Consejo de Ministros es el Consejo de la Unión Europea NO el Consejo a secas, ¿me equivoco?

Oyana

• 07/04/2010 10:53:00.
Mensajes: 17
• Desde: Madrid.
• Registrado: junio 2006.

RE:diferencias CONSEJO con CONSEJO de la UE ¿?

Esthez lo ha explicado muy bien. Jary se equivocó o se lió.
Siempre es bueno irse a los Tratados para leer y comprender bien cada Institución.
Aviso que con Lisboa:
1º Los Tratados son 2: Tratado de funcionamiento de la UE (antiguo TCE) y Tratado de la UE. Ambos modificados por el tratado de Lisboa en algunas cosas.
2º Las instituciones ahora son más: Parlamento Europeo, Consejo Europeo, Consejo, Comisión Europea, Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Banco Central Europeo, Tribunal de Cuentas. Antes no estab ni el Consejo Europeo ni el BCE.
3º. El Consejo europeo lo forman los jefes de Estado y de Gobierno (el rey y zapatero deberían acudir) y el presidente de la Comisión. Cuidado porq ahora con Lisboa, aparte de las presidencias semestrales (ahora España), ha nacido una presidencia permanente de 2 años y medio. El Consejo da impulsos políticos, se reúne para cosas más abstractas e importtes a nivel político.
4º. El Consejo de la UE es lo mismo que el Consejo o que Consejo de Ministros, porq quienes se reúnen son los Ministros de una determinada materia de cada EºM (a veces los de economía, otras los de trabajo, etc). El Consejo de la UE es entre otras cosas poder legislativo, tiene iniciativa para legislar junto con el PE (el Consejo europeo)

Oyana

• 07/04/2010 10:58:00.
Mensajes: 17
• Desde: Madrid.
• Registrado: junio 2006.

RE:diferencias CONSEJO con CONSEJO de la UE ¿?

Perdón, quería decir a lo último (que el Consejo europeo no - no tiene iniciativa legislativa). Y Cuando digo que el Consejo da impulson políticos, quería decir el Consejo europeo.

esthez

• 07/04/2010 10:58:00.
Mensajes: 28
• Registrado: mayo 2008.

RE:diferencias CONSEJO con CONSEJO de la UE ¿?

Estás en lo cierto: el Consejo de la UE está formado por representantes de los Estados miembros de rango ministerial, o sea, Ministros del área que comprenda el orden del día. O sea, como dice tu temario: El Consejo Especial de Ministros es el Consejo de la UE.
Entonces:

CONSEJO EUROPEO.
Composición: Presidente (ojo, de este Consejo, ya que está en el cargo 2 años y medio y no podrá ejercer mandato nacional alguno) + Presidente de la Comisión + Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros. Participación en sus trabajos en Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.

CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA O SIMPLEMENTE CONSEJO.
Éste es el importante, ya que es la principal instancia de la UE.
Composición: Un representante de cada E. miembro con rango ministerial. La Presidencia la ostentará un miembro por rotación por un periodo de 6 meses: actualmente ejerce este cargo España.

Mira a ver si te ha quedado ahora más claro, PaquiG.
Saludos.

Oyana

• 07/04/2010 12:03:00.
Mensajes: 17
• Desde: Madrid.
• Registrado: junio 2006.

RE:diferencias CONSEJO con CONSEJO de la UE ¿?

Sí, toda la razón, yo metí la presidencia semestral en el Consejo europeo, pero tienes razón, es del Consejo de la UE. Lo has puesto perfecto.

esthez

• 07/04/2010 12:07:00.
Mensajes: 28
• Registrado: mayo 2008.

RE:diferencias CONSEJO con CONSEJO de la UE ¿?

Oyana, es que yo lo he hecho con chuleta, no tiene mérito.

PAQUIG

• 07/04/2010 12:09:00.
Mensajes: 15
• Registrado: abril 2009.

RE:diferencias CONSEJO con CONSEJO de la UE ¿?

A ver, por parte de las dos, GRACIAS!! me ha quedado clarísimo, nadie lo podría explicar mejor.

Sólo que, tengo una dudilla nada más, a ver, la presidencia del Consejo, se ejerce por seis meses, vale, eso lo tengo claro.
Sin embargo OYANA pones que la presidencia del Consejo Europeo con el nuevo Tratado de Lisboa pasa de ser 6 meses a 2 años y medio que "ha nacido una presidencia permanente"

Entonces mi duda es, ¿la presidencia de los 6 meses es para el Consejo? ¿y la de los 2 años y medio es para el Consejo Europeo? ¿eso es lo que querías decirme? o que la Presidencia del Consejo pasa de 6 meses a dos años y medio como he indicado arriba??

esthez

• 07/04/2010 12:58:00.
Mensajes: 28
• Registrado: mayo 2008.

RE:diferencias CONSEJO con CONSEJO de la UE ¿?

Paqui, vuelve a leer el penúltimo mensaje mío detenidamente. Ahí lo especifico y he puesto el periodo de mandato de ambos presidentes para que distingas uno y otro y veas que no coinciden en la misma persona.

PAQUIG

• 07/04/2010 14:32:00.
Mensajes: 15
• Registrado: abril 2009.

RE:diferencias CONSEJO con CONSEJO de la UE ¿?

Gracias Esthez, lo había leído pero me había concentrado en lo que ponía Oyana de lo de los dos años y medio con el nuevo Tratado... en fin.
Gracias, tengo claro el mandato de ambos.

Una cosilla: dentro de las competencias del Consejo Europeo, hay dos artículos que son el apdo.4 del art.16 TUE en el que habla de un Consejo, (cuando habla del mínomo 55% y máximo 65% población), ese Consejo supongo yo que es el Ministros, verdad?, es que como está dentro de las competencias del Consejo Europeo pues me he liado un poco.
Sabes a lo que me refiero o te expongo el texto completo?

gracias

esthez

• 08/04/2010 14:02:00.
Mensajes: 28
• Registrado: mayo 2008.

RE:diferencias CONSEJO con CONSEJO de la UE ¿?

Paqui, de eso que preguntas ni idea, no lo tengo en mi temario. ¿Es que estudias por leyes europeas? Madre, qué rollo.
Mi consejo es que te hagas esquemas, con sedes, nº de miembros, plazos de mandatos, funciones generales... y te lo aprendas como el padrenuestro porque de ahí con la reforma del Tratado de Lisboa, dice mi profe que van a dar caña con el tema 5 en el examen.

PAQUIG

• 08/04/2010 20:18:00.
Mensajes: 15
• Registrado: abril 2009.

RE:diferencias CONSEJO con CONSEJO de la UE ¿?

noooo, por leyes q va
Estudio con un temario, pero hace alusión a estos dos artículos, el nuevo sistema de votación de mayoría doble, a raíz del Tratado de Lisboa, ¿no sabes cuáles son?
si quieres te los paso.

Oyana

• 10/04/2010 10:52:00.
Mensajes: 17
• Desde: Madrid.
• Registrado: junio 2006.

RE:diferencias CONSEJO con CONSEJO de la UE ¿?

Cuidado Paquig, todo el artículo 16 TUE habla del Consejo de la UE o Consejo, por eso empeza el 1er apartado hablando de las competencias (potestad legislativa, esto nunca lo tendrá el consejo europeo) y luego te dice su composición y forma de tomar decisiones. No entiendo muy bien por qué dices que es una de las funciones del consejo europeo.
Lo del 55% es la forma de votación cualificada del Consejo de la UE. Es una de las cosas más importtes o novedosas, porq sp ha habido discusiones en torno a la forma de decidir el consejo. Ahora la mayoría cualificada es otra (la de Niza) pero a partir de 2014 será otra y tamb España tendrá otro nº diferente de votos cualificados q ahora mismo.

Es el art. 15 TUE el q habla del Consejo europeo y el art. 14 del PE y así.

LucLu

... el Sol sale para todos

• 10/04/2010 12:25:00.
Mensajes: 43
• Registrado: enero 2010.

RE:diferencias CONSEJO con CONSEJO de la UE ¿?

....interesante hilo... gracias


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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